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Descargar - Species Survival Network

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DOCUMENTO ANTECEDENTE / ESTADO ACTUAL EFECTO DEL DOCUMENTO OPINIÓN DEL SSN<br />

19. La CITES y los medios<br />

de subsistencia<br />

CoP16 Doc. 19<br />

• RC 8.3 (Rev. CoP13) “Reconoce que la implementación<br />

de las decisiones de inclusión en CITES debe tomar en<br />

cuenta los impactos potenciales sobre los medios de<br />

subsistencia de los pobres.”<br />

• La Decisión 15.5 dirigida al WG de Medios de subsistencia<br />

del SC, para que entre otras cosas:<br />

• revise el proyecto de Resolución contenido en el<br />

Anexo 1 del CoP15 Doc. 14;<br />

• finalice el juego de herramientas para una evaluación<br />

rápida a nivel nacional de los impactos<br />

negativos y positivos de la implementación de las<br />

decisiones de inclusión en CITES sobre los medios<br />

de subsistencia de los pobres;<br />

• finalice las directrices voluntarias para que las<br />

Partes aborden los impactos negativos; y<br />

• prepare una versión final de las herramientas y<br />

directrices para la revisión y aval del SC62.<br />

• La Decisión 15.6 instruye al SC para que informe a la<br />

CoP16 sobre la implementación de la Decisión 15.5.<br />

• Preparado por la presidencia del WG del SC sobre<br />

Medios de Subsistencia.<br />

• Proporciona un proyecto de Resolución (Anexo 1) para<br />

su adopción el cual, entre otras cosas:<br />

• alienta a las Partes a que trabajen con los principales<br />

grupos interesados para diseñar, aplicar y<br />

supervisar estrategias eficaces en relación con la<br />

aplicación de CITES;<br />

• acuerda que se debe alentar el empoderamiento<br />

de las comunidades rurales pobres mediante medidas<br />

que incluyan promover la transparencia en las<br />

políticas relativas a la pobreza y la utilización de<br />

recursos, desarrollar asociaciones comerciales<br />

socialmente responsables y reconoce la tenencia de<br />

los recursos y de los derechos de propiedad cultural<br />

e intelectual de las comunidades indígenas, tribales<br />

y rurales; y<br />

• se debe potenciar el apoyo a la aplicación de<br />

inclusión en los Apéndices de la CITES mediante la<br />

sensibilización y la educación del público, incluida<br />

la incluidos los programas de educación de los dirigidos<br />

a las comunidades rurales pobres.<br />

• Proporciona proyectos de Decisiones (Anexo 2) para<br />

adopción los cuales, entre otras cosas:<br />

• animan a las Partes exportadoras e importadoras<br />

a realizar evaluaciones voluntarias rápidas de los<br />

impactos de la implementación de las decisiones<br />

de inclusión sobre los medios de subsistencia de<br />

las comunidades rurales pobres y para mitigar cualquier<br />

impacto negativo identificado a través del uso<br />

de directrices voluntarias;<br />

• instruye al SC66 a que revise la implementación<br />

de la Resolución y SC WG sobre Medios de subsistencia<br />

para continuar monitoreando el progreso de<br />

estos asuntos; y<br />

• instruye a la Secretaría para que desarrolle estudios<br />

de caso sobre la aplicación del juego de herramientas<br />

y las directrices y crear una sección en el sitio<br />

web de CITES.<br />

• Proporciona:<br />

Continúa<br />

OPONERSE<br />

• SSN urge a las Partes para oponerse a la adopción de<br />

cualquier Resolución o Decisión basados en este documento<br />

hasta que se finalicen el juego de herramientas y las<br />

directrices, y estén completamente disponibles en todos<br />

los idiomas de trabajo oficiales de la Convención para<br />

su consideración, y que se hayan aprobado por el SC. En<br />

particular, no deben hacerse decisiones con respecto a las<br />

“Directrices Nazca” (Anexo 4) ya que su estatus no se ha<br />

hecho claro en el documento.<br />

Proyecto de Resolución<br />

• SC no ha aprobado el proyecto de Resolución y de hecho<br />

contiene un lenguaje tachado y añadido alterno subsecuente<br />

al SC62.<br />

• SSN urge a las Partes a oponerse a la adopción del<br />

texto alterno en el Proyecto que propone que las Partes<br />

exploren el uso del “emblema” de CITES para “certificar<br />

productos que son obtenidos legalmente y sustentablemente”.<br />

CITES no tiene ni los medios no la habilidad de<br />

verificar que cada permiso emitido satisface los requerimientos<br />

de la Convención, incluyendo aquellos relevantes<br />

a los DENPs.<br />

• El proyecto de Resolución se refiere a medidas domésticas<br />

que van más allá del ámbito de la CITES (tales como<br />

el desarrollo de asociaciones comerciales y asuntos de<br />

tenencia); esos asuntos pueden estar contenidos en el conjunto<br />

de herramientas o en las directrices pero no deben<br />

estar contenidos en una Resolución.<br />

Proyectos de Decisiones<br />

• SSN urge a las Partes para oponerse a las siguientes<br />

acciones contenidas en las propuestas de Decisiones:<br />

• dirigida a la Secretaría para que desarrolle estudios de<br />

caso, ya que va más allá de sus facultades y la distraerá<br />

de las funciones esenciales que debe desempeñar;<br />

• instruir a los países importadores para que evalúen<br />

la implementación en los países exportadores para<br />

propósitos más allá de aquellos relacionados con la<br />

Convención;<br />

Continúa<br />

www.ssn.org<br />

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