Descargar - Species Survival Network
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DOCUMENTO ANTECEDENTE / ESTADO ACTUAL EFECTO DEL DOCUMENTO OPINIÓN DEL SSN<br />
19. La CITES y los medios<br />
de subsistencia<br />
CoP16 Doc. 19<br />
• RC 8.3 (Rev. CoP13) “Reconoce que la implementación<br />
de las decisiones de inclusión en CITES debe tomar en<br />
cuenta los impactos potenciales sobre los medios de<br />
subsistencia de los pobres.”<br />
• La Decisión 15.5 dirigida al WG de Medios de subsistencia<br />
del SC, para que entre otras cosas:<br />
• revise el proyecto de Resolución contenido en el<br />
Anexo 1 del CoP15 Doc. 14;<br />
• finalice el juego de herramientas para una evaluación<br />
rápida a nivel nacional de los impactos<br />
negativos y positivos de la implementación de las<br />
decisiones de inclusión en CITES sobre los medios<br />
de subsistencia de los pobres;<br />
• finalice las directrices voluntarias para que las<br />
Partes aborden los impactos negativos; y<br />
• prepare una versión final de las herramientas y<br />
directrices para la revisión y aval del SC62.<br />
• La Decisión 15.6 instruye al SC para que informe a la<br />
CoP16 sobre la implementación de la Decisión 15.5.<br />
• Preparado por la presidencia del WG del SC sobre<br />
Medios de Subsistencia.<br />
• Proporciona un proyecto de Resolución (Anexo 1) para<br />
su adopción el cual, entre otras cosas:<br />
• alienta a las Partes a que trabajen con los principales<br />
grupos interesados para diseñar, aplicar y<br />
supervisar estrategias eficaces en relación con la<br />
aplicación de CITES;<br />
• acuerda que se debe alentar el empoderamiento<br />
de las comunidades rurales pobres mediante medidas<br />
que incluyan promover la transparencia en las<br />
políticas relativas a la pobreza y la utilización de<br />
recursos, desarrollar asociaciones comerciales<br />
socialmente responsables y reconoce la tenencia de<br />
los recursos y de los derechos de propiedad cultural<br />
e intelectual de las comunidades indígenas, tribales<br />
y rurales; y<br />
• se debe potenciar el apoyo a la aplicación de<br />
inclusión en los Apéndices de la CITES mediante la<br />
sensibilización y la educación del público, incluida<br />
la incluidos los programas de educación de los dirigidos<br />
a las comunidades rurales pobres.<br />
• Proporciona proyectos de Decisiones (Anexo 2) para<br />
adopción los cuales, entre otras cosas:<br />
• animan a las Partes exportadoras e importadoras<br />
a realizar evaluaciones voluntarias rápidas de los<br />
impactos de la implementación de las decisiones<br />
de inclusión sobre los medios de subsistencia de<br />
las comunidades rurales pobres y para mitigar cualquier<br />
impacto negativo identificado a través del uso<br />
de directrices voluntarias;<br />
• instruye al SC66 a que revise la implementación<br />
de la Resolución y SC WG sobre Medios de subsistencia<br />
para continuar monitoreando el progreso de<br />
estos asuntos; y<br />
• instruye a la Secretaría para que desarrolle estudios<br />
de caso sobre la aplicación del juego de herramientas<br />
y las directrices y crear una sección en el sitio<br />
web de CITES.<br />
• Proporciona:<br />
Continúa<br />
OPONERSE<br />
• SSN urge a las Partes para oponerse a la adopción de<br />
cualquier Resolución o Decisión basados en este documento<br />
hasta que se finalicen el juego de herramientas y las<br />
directrices, y estén completamente disponibles en todos<br />
los idiomas de trabajo oficiales de la Convención para<br />
su consideración, y que se hayan aprobado por el SC. En<br />
particular, no deben hacerse decisiones con respecto a las<br />
“Directrices Nazca” (Anexo 4) ya que su estatus no se ha<br />
hecho claro en el documento.<br />
Proyecto de Resolución<br />
• SC no ha aprobado el proyecto de Resolución y de hecho<br />
contiene un lenguaje tachado y añadido alterno subsecuente<br />
al SC62.<br />
• SSN urge a las Partes a oponerse a la adopción del<br />
texto alterno en el Proyecto que propone que las Partes<br />
exploren el uso del “emblema” de CITES para “certificar<br />
productos que son obtenidos legalmente y sustentablemente”.<br />
CITES no tiene ni los medios no la habilidad de<br />
verificar que cada permiso emitido satisface los requerimientos<br />
de la Convención, incluyendo aquellos relevantes<br />
a los DENPs.<br />
• El proyecto de Resolución se refiere a medidas domésticas<br />
que van más allá del ámbito de la CITES (tales como<br />
el desarrollo de asociaciones comerciales y asuntos de<br />
tenencia); esos asuntos pueden estar contenidos en el conjunto<br />
de herramientas o en las directrices pero no deben<br />
estar contenidos en una Resolución.<br />
Proyectos de Decisiones<br />
• SSN urge a las Partes para oponerse a las siguientes<br />
acciones contenidas en las propuestas de Decisiones:<br />
• dirigida a la Secretaría para que desarrolle estudios de<br />
caso, ya que va más allá de sus facultades y la distraerá<br />
de las funciones esenciales que debe desempeñar;<br />
• instruir a los países importadores para que evalúen<br />
la implementación en los países exportadores para<br />
propósitos más allá de aquellos relacionados con la<br />
Convención;<br />
Continúa<br />
www.ssn.org<br />
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