16.02.2015 Views

REGLAMENTO DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS ... - Guanajuato

REGLAMENTO DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS ... - Guanajuato

REGLAMENTO DE LA LEY DE FRACCIONAMIENTOS ... - Guanajuato

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

122 48 210 210 210 210 210 210 210 210<br />

152 60 245 245 245 245 245 245 245<br />

183 62 280 280 280 280 280 280<br />

213 84 320 320 320 320 320 320<br />

244 96 360 360 360 360 360<br />

II.<br />

III.<br />

IV.<br />

Las tuberías deberán quedar asentadas sobre una cama o Plantilla de arena o<br />

tepetate fino, de 10 cms de espesor como mínimo;<br />

Las tuberías deberá quedar perfectamente asentadas sobre la cama y<br />

alineadas tanto en lo horizontal como en lo vertical;<br />

Las tuberías deberán acotillarse lateralmente con arena fina o tepetate fino. El<br />

relleno de las cepas una vez colocada la tubería deberá ser de tepetate<br />

compactado a 30 centímetros arriba del lomo del tubo, el resto podrá ser con<br />

material producto de la excavación exento de piedras, compactado al 90% de<br />

su p.v.s.m. En capas de 20 centímetros de espesor como mínimo y la última<br />

capa de 15 centímetros compactado al 95% de su p.v.s.m;<br />

V. Todas las tubería empleadas, deberán ser con junta hermética y del material<br />

que en cada caso según el diámetro, determine el Sistema Municipal;<br />

VI.<br />

VII.<br />

VIII.<br />

IX.<br />

Pozos de visita.- los pozos de visita se construirán de acuerdo al Plano tipo<br />

que proporcionará el Sistema Municipal;<br />

El diámetro mínimo en las redes de drenaje deberá ser de 20 centímetros;<br />

Las descargas domiciliarías deberán ser de 15 centímetros de diámetro como<br />

mínimo y deberán estar a 80 centímetros de profundidad como mínimo en el<br />

lote o vivienda donde se va a proporcionar el servicio, salvo autorización del<br />

Sistema Municipal; y<br />

Las anteriores especificaciones generales referentes a las redes de agua<br />

potable y drenaje son enunciativas y no limitativas, a efecto de que el Sistema<br />

Municipal fije y determine los lineamientos, normas y especificaciones que cada<br />

desarrollo en particular requiera para su buen funcionamiento, en beneficio de<br />

los usuarios y el Municipio y que el propietario deberá cumplir.<br />

Artículo 22.<br />

Las obras correspondientes a la red de energía eléctrica para servicio doméstico y<br />

alumbrado público, deberán apegarse al proyecto aprobado por la C.F.E., a las<br />

normas y especificaciones que dicha dependencia indique y a los lineamientos<br />

generales señalados en este Reglamento, respecto al alumbrado público, las<br />

instalaciones y obras se deberán apegar a las normas que determine la Dirección de<br />

servicios.<br />

Artículo 23.<br />

Las guarniciones según su tipo y material deberán cumplir con las especificaciones<br />

siguientes:<br />

I. Las guarniciones de concreto de forma trapezoidal: tendrán un ancho mínimo<br />

de 20 centímetros de base, 12 centímetros de corona y 40 centímetros de<br />

peralte; concreto con una resistencia mínima a la comprensión de f’c = 180<br />

kg/cms2., y juntas de dilatación a cada 3.00 metros mínimo;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!