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DT 53-Armando_Martinez_Web - ielat

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<strong>Armando</strong> Martínez. La ambición desmedida: una nación continental llamada Colombia(IELAT‐ Agosto 2013)expedidas por Martín Tovar Ponte dos días antes y dirigidas al presidente de la tituladaJunta Suprema del Nuevo Reino de Granada, confiaban en que se mantuvieraninalterables las “relaciones de unión y amistad que existen al presente entre elsupremo gobierno del Nuevo Reino de Granada y el de Venezuela”, puescorrespondían a “la identidad del principio y del objeto con que han sido instaladosuno y otro”. El enviado, un “amigo de la felicidad americana”, pretendía “asegurar, sies posible, sobre bases más firmes nuestra unión; determinar algunos principios quedirijan la conducta de ambos gobiernos en lo sucesivo; promover, en fin, en ambasprovincias todos los establecimientos que puedan conducirlas a su prosperidad yseguridad”.Como los abogados santafereños proyectaron una restauración de lajurisdicción de la Real Audiencia como jurisdicción del Estado de Cundinamarca, en lapráctica asumieron la vocería de todo el Reino ante las Provincias Unidas deVenezuela, comenzando con el episodio de la llegada del canónigo de la Catedral deCaracas, enviado plenipotenciario del nuevo gobierno republicano venezolano. ElSemanario ministerial del gobierno de Santafé ya había divulgado, en su entrega 23 del18 de julio de 1811, el proyecto federal que había sido acogido en Venezuela por lasprovincias de Cumaná, Barcelona, Margarita, Caracas, Barinas, Mérida y Trujillo,confederadas bajo el título de Provincias Unidas de Venezuela. El plan de estaconfederación obligaba a cada una de estas provincias soberanas a auxiliarsemutuamente contra toda violencia exterior, a defender la religión católica, la seguridadde la propiedad, la libertad individual y la igualdad ante la ley. Pero cada una de ellasse reservaba el derecho a darse un modo de administración interior. Se erigió comoautoridad superior al Congreso General de las Provincias Unidas, que tendría su sedeen el pueblo de La Victoria, a quien competía la declaratoria de guerra o de paz, laacuñación de moneda, la concesión de patentes de corso, la imposición decontribuciones comunes, el derecho de Patronato y otras tareas de gobierno general.El plan prohibía la introducción o comercio de negros bozales (tal como habíaordenado la Suprema Junta de Caracas el 14 de agosto de 1810), promovía laeducación popular en las artes y ciencias útiles, y ordenaba a cada provincia elnombramiento de diputados que las representasen ante el Congreso.El Congreso resultaba así de la cesión de una parte de las soberaníasprovinciales, un modelo que los neogranadinos tenían también a la vista. Pero elproyecto de confederación venezolana puso también la vista en la posibilidad deconfederarse con las provincias neogranadinas. Fue así como el canónigo de laCatedral de Caracas, José Cortés de Madariaga, fue enviado a Santafé por la SupremaJunta de Caracas como comisionado para promover la adopción conjunta de “medidascapaces de centralizar el respetable poder depositado en ambos estados por losheroicos, religiosos pueblos, sus constituyentes” 84 . Don José Acevedo y Gómez,secretario de Gracia y Justicia de la Suprema Junta de Santafé, le respondió deinmediato, complacido por la posibilidad de una “unión del poder y de los recursos delos dos estados de Venezuela y la Nueva Granada”, entendiendo que “la confederación84 Oficio del enviado de Caracas dirigido al Supremo gobierno de Santafé. Pamplona, 23 de febrero de 1811.En: Suplemento al No. 4 del Semanario ministerial del gobierno de Santafé de Bogotá (marzo de 1811).Archivo Restrepo [en adelante AR], vol. 8, 25r.Instituto de Estudios Latinoamericanos – Universidad de Alcalá | 43

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