V I V I E N D AUn parque de varios millones de contadoresReclamacionesLas reclamaciones odiscrepancias que sesusciten en relacióncon el contrato desuministro a tarifa ocon las facturacionesderivadas delmismo deben dirigirseal órgano competenteen materiade energía de laComunidad Autonómacorrespondiente,quien resolverádichos contenciosos,independientementede las actuacionesen vía jurisdiccionalque pudieran producirsea instancia decualquiera de laspartes.En cualquier caso, elusuario puede dirigirsea una asociaciónde consumidores,en la que leofrecerán asesoramientoy a partir dela cual podrá canalizarsu reclamación.derecho a ser informado y asesoradopor la compañía distribuidorasobre la tarifa, su modalidad deaplicación, la potencia a contratar,los complementos tarifarios y lasdemás condiciones del contratoque sean más convenientes para elconsumidor; éste puede elegirlibremente la que más le convieneentre las tarifas oficialmente aprobadas.No obstante, el consumidortiene derecho a cambiar de tarifa,modalidad de aplicación y potenciacontratada, aunque no podránrepetirse los cambios hasta quehaya transcurrido un año desde laúltima modificación, salvo que sellegue a un acuerdo con la compañíadistribuidora.Sin embargo, la empresa distribuidorapodrá exigir, en elmomento de la contratación, laentrega de un depósito de garantía,equivalente a la facturación teóricamensual correspondiente a cincuentahoras de utilización de lapotencia contratada. Este depósitose devolverá de manera automática,a la resolución formal del contratoexcepto la cantidad necesariapara cubrir el saldo de las cantidadespendientes de pago. Al dar dealta un nuevo suministro, ademásEL SUMINISTROPUEDE INTERRUMPIRSESI EL USUARIO NOABONA LA FACTURA ADOS MESES DE SUREQUERIMIENTOdel depósito, también se cobran losderechos de acometida o engancheestablecidos.Por otro lado, las empresas distribuidoraspodrán negarse a suscribircontratos de suministro a tarifaa aquellos consumidores quehayan sido declarados deudorespor una sentencia judicial firme decualquier empresa distribuidora,siempre que no justificara el pagode dicha deuda y su cuantía fuesesuperior a 150,25 euros o cuandolas instalaciones del consumidorno reúnan las condiciones técnicasy de seguridad reglamentarias.El contrato puede traspasarse aotro consumidor que vaya a haceruso del mismo en idénticas condicionesmediante una comunicaciónque permita dejar constancia ala empresa distribuidora a efectosde la expedición de un nuevo contrato.Es más, cuando el usuarioefectivo de la energía, con justotítulo, sea una persona distinta altitular que figura en el contrato,podrá exigir el cambio a su nombredel contrato existente sin más trámites.Para poder realizar estoscambios, que son gratuitos salvo enlo referente a la actualización deldepósito, es preciso estar al corrientedel pago.Si se trata de contratos de bajatensión con antigüedad superior aveinte años y vayan a ser modificados,la empresa distribuidora debeproceder a la verificación de las instalacionesy está autorizada, en estecaso, a cobrar los derechos de verificaciónvigentes. Si efectuada laverificación se comprobase que lasinstalaciones no cumplen las condicionestécnicas y de seguridadreglamentarias, la empresa distribuidoraexigirá la adaptación de lasinstalaciones y la presentación delcorrespondiente Boletín de Instalador.Éste es un certificado emitidopor un instalador autorizado quegarantiza que la instalación eléctricacumple todos los requisitos decalidad y seguridad fijados reglamentariamente.20 • CONSUMERISMO • Número <strong>108</strong>
con más de treinta años puede estar dando errores en la facturación.Muchos pueden facturar malCONTADORESDENUNCIADAS ENDESA, IBERDROLA, HIDROCANTÁBRICO YUNIÓN FENOSA POR NO SUSTITUIR CONTADORES CON 30 AÑOSFACUA pide alMinisterio de Industria quesancione a las compañíaseléctricas al haberconcluido el plazo de dosaños para la sustitución delos contadores con más detreinta años establecidopor la Orden 1.100/2002.FACUA ha denunciado antelos ministerios de Industria,Turismo y Comercio y Sanidady Consumo a Endesa, Iberdrola,Hidrocantábrico, Unión Fenosa yotras pequeñas empresas de distribucióneléctrica por haber incumplidola obligación de sustituir los contadorescon más de treinta años establecidaen la Orden 1.100/2002, de8 de mayo. La antigüedad de estoscontadores puede suponer que laseléctricas estén facturando a millonesde usuarios cantidades no acordesa la energía que consumen.El lunes 7 de junio acabó elplazo de dos años establecido en lacitada Orden del Ministerio deFomento, cuyas competencias en elsector eléctrico ha asumido elnuevo Ministerio de Industria,Turismo y Comercio. La disposiciónadicional única de dichanorma plantea que "los contadoreseléctricos de inducción con más detreinta años de servicio, deberán serretirados de la red en un plazo máximode dos años, a partir de la entradaen vigor de esta Orden". Una entradaen vigor que tuvo lugar a los veintedías de su publicación en el BOE el17 de mayo de 2002, esto es, el 6 dejunio de dicho año.La Orden 1.100/2002, de 8 demayo, fue aprobada a raíz de uninforme emitido en septiembre de2001 por la Comisión Nacional dela Energía (CNE) a petición de tresfederaciones de consumidoresandaluzas, entre ellas FACUAAndalucía, y la Junta de Andalucía.Según datos del citado informe,de los 19 millones de contadores enrégimen de alquiler, se desconocela antigüedad de más del 16,4%(más de 3,1 millones) y más de 7,4millones (más del 39%) supera losquince años de vida sin haber sidoobjeto de verificación periódica. Yla CNE indica que "con carácter general,se acepta internacionalmente quesuperados los primeros 15 años devida, la fiabilidad de la medida noqueda garantizada sin más".¿FACTURAS INCORRECTAS?El informe de la CNE confirmabalas sospechas de las federaciones.Las compañías eléctricas españolaspueden estar facturando a los usuarioscantidades no acordes a laenergía que consumen, dada laantigüedad de un parque de contadoresque nunca había sido revisadopor inspectores de la Administración.La Comisión advertía que"la falta de regulación" existenteentonces "sobre la verificación periódicade los contadores de inducciónconlleva que haya existido, desdesiempre, una incertidumbre generalizadasobre la fiabilidad de la medidade dichos aparatos", advirtiendo dela inexistencia de "una suficientegarantía en la medición".FACUA ha excluido de ladenuncia a la suministradora andaluzaSevillana de Electricidad, delgrupo Endesa, y a la empresa delmunicipio gaditano de Puerto RealEpresa. Ambas compañías sí hanprocedido a sustituir los contadorescuya antigüedad supera los treintaaños, aunque con notables diferenciasen sus procedimientos, comoya informamos en el número anteriorde CONSUMERISMO.A diferencia de Epresa, que estárealizando la campaña de sustitucionescon todas las garantíaspara los usuarios e incluso en colaboracióncon FACUA, Sevillanaestá cambiando los equipos sininformar previamente de formaindividualizada a los usuarios afectados,e incluso estando ausentesde sus domicilios, ni indicarles losderechos que les amparan; entreellos, el hecho de que en caso desospechar errores en la medición,pueden solicitar la comprobaciónoficial del aparato sustituido paraconocer si les han facturado correctamente.Sustituciones contodas las garantíasFACUA ha establecidoun acuerdo conla empresa de suministroseléctricosElectricidad dePuerto Real, SA(Epresa) para llevara cabo conjuntamenteuna campañade información previaa la sustituciónde los contadoreseléctricos con másde treinta años. Elacuerdo también hasido suscrito por laFederación Andaluzade Consumidoresy Amas de Casa, AlAndalus.El acuerdo conEpresa establececuáles han de ser losprocedimientos aseguir, por parte dela empresa, para llevara cabo la sustituciónde los contadores,sin que porello se lesionen losderechos de losusuarios. De estemodo, Epresa se hacomprometido ainformar, previamentey de maneraindividualizada, a losusuarios afectadospor el cambio decontador sobre lasrazones de estamedida y los derechosque les amparan,concretamente,estar presente en elmomento del cambioy el hecho deque pueden solicitarla comprobación oficialdel aparato sustituidosi tuvieradudas sobre sucorrecto funcionamiento.21 • CONSUMERISMO • www.facua.org/consumerismo