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Tomo I - DHnet

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En materia de educación, las actividades de la Comisión fuerondiversas. La enseñanza de la materia “Autoritarismo en la historiareciente del Paraguay”, como parte del programa de estudios delMinisterio de Educación y Cultura para los alumnos del tercer ciclo dela educación escolar básica, cátedra diseñada y elaborada por laComisión, es uno de sus aportes. Para garantizar una buena estrategiade enseñanza de esta cátedra se realizaron varios talleres de consultacon representantes del Ministerio de Educación. La realización deasambleas populares y talleres de capacitación y sensibilización paralos líderes locales contribuyó a la formación pedagógica de lascomunidades visitadas. Todas estas actividades educativas estuvieronacompañadas con la entrega de algunos materiales de divulgaciónelaborados por la Comisión.La Comisión contó con una Unidad de Salud Integral dedicada a laasistencia psicológica a las víctimas y testigos, tanto para quienesacudieron directamente a las sedes de la Comisión como para quienesasistieron a las audiencias públicas, y a la asistencia psicológica delas víctimas y de los propios funcionarios de la CVJ, receptores de lostestimonios de las víctimas. Otra tarea importante de la Unidad consistióen la elaboración de informes médicos de las secuelas de la tortura einformes psiquiátricos para las víctimas interesadas en solicitar laindemnización en las instancias judiciales.SÌntesis y CaracterizaciÛn del RÈgimen 1954 - 2003La Comisión también presentó ante los organismos judicialescompetentes algunos casos de violaciones de derechos humanos, enparticular casos de tortura, tratos o penas crueles, inhumanas ydegradantes, así como desaparición forzada de personas. La Comisiónformuló diez denuncias entre mayo del 2006 y marzo del 2008, que ensu gran mayoría se encuentran en la etapa investigativa. El dictamenfiscal sostuvo que la tesis institucional de la fiscalía paraguaya desdehace 15 años es que los delitos de tortura estaban prescritos, tesisaceptada por el juez de primera instancia, en fallo hoy apelado. Estaposición es contraria a lo sustentado en el derecho internacional de losderechos humanos, en la doctrina Paciello de la Corte Suprema deJusticia del Paraguay y en la Convención sobre imprescriptibilidad decrímenes de guerra y lesa humanidad ratificada por Paraguay. Un hechoque permite a la CVJ abrigar una esperanza de rectificación de la justiciaparaguaya en este punto es el pronunciamiento el 16 de octubre de2007 por parte del Fiscal General Adjunto, quien señaló que los delitosdebían subsumirse en las prescripciones del Código Penal vigente, sercalificados como imprescriptibles por ser crímenes de lesa humanidady de esa manera evitar la impunidad de los perpetradores reconocidoscomo criminales por los principios generales del derecho internacional.26

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