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Gerencia de asesoría y servicios de crédito - Infonavit

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Ley <strong>de</strong>l INFONAVITA continuación conocerás en or<strong>de</strong>n <strong>de</strong> presentación, los principales artículos <strong>de</strong>la Ley <strong>de</strong>l INFONAVIT, los cuales vienen comentados, lo que te permitirá orientar alos trabajadores en la exigencia <strong>de</strong> sus <strong>de</strong>rechos como beneficiarios <strong>de</strong> lasprestaciones.Artículo reformado DOF 01-06-2005Artículo 29.- Son obligaciones <strong>de</strong> los patrones:Respecto <strong>de</strong> las obligaciones PatronalesI.- Proce<strong>de</strong>r a inscribirse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto y dar los avisosa que se refiere el Artículo 31 <strong>de</strong> esta Ley;Los patrones estarán obligados, siempre que contraten un nuevo trabajador, asolicitarle su número <strong>de</strong> Clave Única <strong>de</strong> Registro <strong>de</strong> Población.Los patrones inscribirán a sus trabajadores con el salario que perciban almomento <strong>de</strong> su inscripción;II.- Determinar el monto <strong>de</strong> las aportaciones <strong>de</strong>l cinco por ciento sobre el salario<strong>de</strong> los trabajadores a su servicio y efectuar el pago en las entida<strong>de</strong>s receptorasque actúen por cuenta y or<strong>de</strong>n <strong>de</strong>l Instituto, para su abono en la Subcuenta <strong>de</strong>Vivienda <strong>de</strong> las cuentas individuales <strong>de</strong> los trabajadores previstas en los sistemas<strong>de</strong> ahorro para el retiro, en los términos <strong>de</strong> la presente Ley y sus reglamentos, asícomo en lo conducente, conforme a lo previsto en la Ley <strong>de</strong>l Seguro Social y enla Ley Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>l Trabajo. En lo que correspon<strong>de</strong> a la integración y cálculo <strong>de</strong> labase y límite superior salarial para el pago <strong>de</strong> aportaciones, se aplicará locontenido en la Ley <strong>de</strong>l Seguro Social.Estas aportaciones son gastos <strong>de</strong> previsión <strong>de</strong> las empresas y forman parte <strong>de</strong>lpatrimonio <strong>de</strong> los trabajadores.Los patrones, al realizar el pago, <strong>de</strong>berán proporcionar la información relativa acada trabajador en la forma y con la periodicidad que al efecto establezca lapresente Ley y, en lo aplicable, la Ley <strong>de</strong>l Seguro Social y la Ley <strong>de</strong> los Sistemas <strong>de</strong>Ahorro para el Retiro.El registro sobre la individualización <strong>de</strong> los recursos <strong>de</strong> la Subcuenta <strong>de</strong> Vivienda<strong>de</strong> las cuentas individuales <strong>de</strong> los sistemas <strong>de</strong> ahorro para el retiro, estará a cargo<strong>de</strong> las Administradoras <strong>de</strong> Fondos para el Retiro (AFORES), en los términos que seestablecen en la Ley <strong>de</strong> los Sistemas <strong>de</strong> Ahorro para el Retiro y su Reglamento. Loanterior, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> los registros individuales que <strong>de</strong>termine llevar elInstituto.3

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