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Gerencia de asesoría y servicios de crédito - Infonavit

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Habla sobre el <strong>de</strong>stino que le pue<strong>de</strong> dar el trabajador a las aportacionessubsecuentes que realice.La especificación <strong>de</strong> estas alternativas <strong>de</strong>berá estar por escrito en el contrato <strong>de</strong>crédito.VIGÉSIMA PRIMERA. Cuando se otorguen créditos en cofinanciamiento, lasaportaciones que se efectúen a la Subcuenta <strong>de</strong> Vivienda con posterioridad alotorgamiento <strong>de</strong> los créditos se aplicarán a cubrir el saldo insoluto <strong>de</strong>l crédito quehaya otorgado el Instituto. Cuando éste se haya liquidado y exista un saldoinsoluto <strong>de</strong>l crédito otorgado por la entidad financiera, podrán <strong>de</strong>stinarse aamortizar el principal <strong>de</strong> dicho crédito.Explica el <strong>de</strong>stino que se le darán a las aportaciones que se efectúen a la subcuenta<strong>de</strong> vivienda con posterioridad al otorgamiento <strong>de</strong> los créditos.Créditos conyugalesVIGÉSIMA SEGUNDA. Se podrán otorgar créditos conyugales bajo el esquema <strong>de</strong>cofinanciamiento, siempre y cuando el cónyuge cumpla con los requisitosestablecidos en las presentes Reglas. El monto máximo <strong>de</strong> crédito que se otorgueal cónyuge será hasta el 75% <strong>de</strong> los montos previstos en la regla décima cuarta<strong>de</strong> las presentes, más en su caso, el saldo <strong>de</strong> la Subcuenta <strong>de</strong> Vivienda.Muestra la posibilidad <strong>de</strong> obtener créditos conyugales, los requerimientos ycaracterísticas.De los <strong>de</strong>scuentosVIGÉSIMA TERCERA. El Instituto, previo convenio con las entida<strong>de</strong>s financieras,podrá solicitar al patrón que efectúe el <strong>de</strong>scuento al salario <strong>de</strong>l trabajadorcorrespondiente al pago <strong>de</strong>l crédito otorgado por la entidad financiera entérminos <strong>de</strong> las presentes Reglas, a partir <strong>de</strong> la formalización <strong>de</strong>l créditorespectivo.En este convenio se pactarán los <strong>servicios</strong> que el Instituto prestará a la entidadfinanciera para este efecto, así como la retribución correspondiente a favor <strong>de</strong>lInstituto.El trabajador <strong>de</strong>berá otorgar al Instituto la autorización para que éste solicite a supatrón realizar el <strong>de</strong>scuento correspondiente. Esta autorización se documentarápor escrito en una carta <strong>de</strong> autorización irrevocable, y asimismo se consignará enuna cláusula específica <strong>de</strong>l contrato <strong>de</strong> crédito respectivo.Indica las condiciones para <strong>de</strong>scontar <strong>de</strong>l sueldo <strong>de</strong>l trabajador el pago <strong>de</strong> su crédito.42

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