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Gerencia de asesoría y servicios de crédito - Infonavit

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crédito a que se refiere la regla décima octava <strong>de</strong> las Reglas para elotorgamiento <strong>de</strong> créditos a los trabajadores <strong>de</strong>rechohabientes <strong>de</strong>l INFONAVIT.Indica el monto <strong>de</strong> crédito que se le podrá otorgar al trabajador, <strong>de</strong>pendiendo si setomó en cuenta el saldo <strong>de</strong> subcuenta <strong>de</strong> vivienda como pago inicial e ingresos <strong>de</strong>ltrabajador no consi<strong>de</strong>rados en el salario base.DÉCIMA QUINTA. El plazo máximo para la amortización <strong>de</strong> los créditos otorgadospor el Instituto en cofinanciamiento será hasta <strong>de</strong> 30 años <strong>de</strong> pagos efectivos.DÉCIMA SEXTA. Los gastos, comisiones, impuestos, <strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> registro y costo <strong>de</strong>avalúo que se causen u originen por la compra-venta o construcción <strong>de</strong> lavivienda y por la apertura <strong>de</strong> crédito que otorgue la entidad financiera serán acargo <strong>de</strong>l trabajador.Para el crédito que otorgue el Instituto, los gastos <strong>de</strong> titulación, financieros y <strong>de</strong>operación <strong>de</strong>l crédito no exce<strong>de</strong>rán <strong>de</strong>l 5% <strong>de</strong>l monto <strong>de</strong> aquél, como lo disponela regla vigésima segunda <strong>de</strong> las Reglas para el otorgamiento <strong>de</strong> créditos a lostrabajadores <strong>de</strong>rechohabientes <strong>de</strong>l INFONAVIT.Informa cuales son los gastos que corren a cargo <strong>de</strong>l trabajador, estipulando que no<strong>de</strong>ben exce<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l 5% <strong>de</strong>l monto <strong>de</strong>l crédito.DÉCIMA SÉPTIMA. Los créditos otorgados en cofinanciamiento <strong>de</strong>berán estarasegurados, por lo menos en lo que respecta al saldo insoluto <strong>de</strong> los créditos,para los casos <strong>de</strong> incapacidad total permanente o <strong>de</strong> muerte, así como para elcaso <strong>de</strong> incapacidad parcial permanente, cuando ésta sea <strong>de</strong>l 50% o más oinvali<strong>de</strong>z <strong>de</strong>finitiva, que liberen al trabajador o a sus beneficiarios <strong>de</strong> lasobligaciones, gravámenes o limitaciones <strong>de</strong> dominio a favor <strong>de</strong>l Instituto y/o <strong>de</strong> laentidad financiera. El costo <strong>de</strong> la prima <strong>de</strong>l seguro antes referido, será a cargo <strong>de</strong>lInstituto, en la proporción que le corresponda por el crédito otorgado por elpropio Instituto, y a cargo <strong>de</strong>l trabajador, por lo que se refiere a la parteproporcional <strong>de</strong>l crédito otorgado por la entidad financiera.Asimismo, la vivienda dada en garantía hipotecaria <strong>de</strong>berá contar con un seguro<strong>de</strong> daños que cubra el valor <strong>de</strong>structible <strong>de</strong>l mismo cuyos beneficios, en su caso,se distribuirán entre el Instituto y la entidad financiera <strong>de</strong> manera proporcional alsaldo insoluto <strong>de</strong> los créditos otorgados en cofinanciamiento al momento <strong>de</strong>realizarse el siniestro. El costo <strong>de</strong> la prima <strong>de</strong> este seguro será a cargo <strong>de</strong>ltrabajador acreditado.Establece que los créditos y la vivienda <strong>de</strong>ben estar asegurados, el tipo <strong>de</strong> seguros yquién es el responsable <strong>de</strong> pagar las primas.Como asesor certificado <strong>de</strong>berás indicar a los trabajadores que en el caso <strong>de</strong> queestuvieran en las situaciones señaladas en esta cláusula, podrán llamar al INFONATEL,40

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