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CUENCA MATANZA RIACHUELO – Manual para Inspectores

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Cuenca Matanza Riachuelo63tes de la cuenca suscribieron un Acuerdo Compromiso.La Ley 26.16826, aprueba el acuerdo compromiso <strong>para</strong>la creación de la Autoridad de Cuenca a la que adhirieronla Ciudad de Buenos Aires por Ley 2217 del 26/01/2007y la provincia de Buenos Aires por Ley 13.642 del27/03/2007.El artículo 1º de la Ley crea la Autoridad de Cuenca MatanzaRiachuelo (ACUMAR) como ente de derecho públicointerjurisdiccional en el ámbito de la Secretaría de Ambientey Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete deMinistro.El ámbito de competencia de la ACUMAR es el área dela Cuenca Matanza Riachuelo, la cual incluye la CiudadAutónoma de Buenos Aires y los partidos de Lanús, Avellaneda,Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, La Matanza,Ezeiza, Cañuelas, Almirante Brown, Morón, Merlo, MarcosPaz, Presidente Perón, San Vicente y General Las Heras, dela Provincia de Buenos Aires.La Autoridad de Cuenca está compuesta por ocho integrantes:el Secretario de Ambiente y Desarrollo Sustentablede la Nación en calidad de presidente de ACUMAR (artículo2º); tres representantes del Poder Ejecutivo Nacional,dos representantes de la Provincia de Buenos Aires y dosrepresentantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires(artículo 2º in fine).Con el objeto de cooperar, asistir y asesorar al Ente, laley crea un Consejo Municipal integrado por un representantede cada Municipio de las jurisdicciones comprendidas(artículo 3º).Asimismo, con funciones consultivas, la ley crea unaComisión de Participación Social integrada por representantesde las organizaciones con intereses en el área (artículo4º).La Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo tiene facultadesde regulación, control y fomento de las actividadesindustriales; la prestación de servicios públicos y; cualquierotra actividad con incidencia ambiental en la Cuenca,pudiendo intervenir administrativamente en materia de prevención,saneamiento, recomposición y utilización racionalde los recursos naturales lo que significa que tiene facultad<strong>para</strong> inspeccionar en su ámbito de aplicación (artículo 5º).26. La ley 26.168 fue sancionada el 15/12/2006, promulgada el 4/12/2006 y publicada en el Boletín Oficial el5/12/2006.

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