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.:-. GUIO.;. -INGLES..;crill. 2 529.l.A.identidad, establecidos en el Título 21 del Código de Normas Federales. Observamos queun ingrediente que se añade legalmente a productos alimenticios puede ser utilizado enalimentos estandarizados sólo si está permitido por el estándar de identidad aplicable. ------Posibles reclamos por la etiqueta -------------------------------------------------------------------En virtud de la sección 403(a) de la Ley Federal sobre Alimentos, Medicamentos yCosmética (FFDCA), un alimento está mal rotulado si su etiquetado es falso o engañoso enalgún detalle. La sección 403(r) de la FFDCA plantea el marco estatutario para el uso de losreclamos por etiquetas que caracteriza el nivel de un nutriente en un alimento o quecaracteriza la relación de un nutriente con una enfermedad o condición relacionada con lasalud. Al describir el uso específico del fosfato amónico ferroso y describir la informaciónen la que Nestlé se basa para llegar a la conclusiónORAS bajo las condicionesestas disposicionesde que el fosfato amónico ferroso esde uso específico, Nestlé plantea un tema potencial conforme asobre etiquetado de la FFDCA. Si los productos que contienen fosfatoamónico ferroso tienen algún reclamo sobre la etiqueta o el etiquetado, dichos reclamos sondel ámbito de la Oficina de Nutrición, Etiquetado y Suplementos Dietarios (ONLDS) en elCentro para la Seguridad AlimentariaAditivos Alimentariosy la Nutrición Aplicada. La Oficina de Seguridad deno consultó con la ONLDS sobre el tema del etiquetado ni evaluó lainformación en vuestra notificación para determinar si apoyaría cualquier reclamo hecho•acerca del fosfato amónico ferroso en la etiqueta o el etiquetado. ----------.--------------------Sección 301(11) de la FFDCA ----------------------------------------------------------.-------.-._.-La Ley de Enmiendas de la Administración de Alimentos y Medicamentos de 2007, que sepromulgó el 27 de septiembre de 2007, enmienda la FFDCA agregando la sección 301(I1),entre otras cosas. Esta sección de la FFDCA prohíbe la introduccióno la entrega para laintroducción en el comercio interestatal de cualquier alimento que contenga una droga

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