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REVISTA n 92 - Asociación Española de Neuropsiquiatría

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Separación o divorcio...DEBATES(99)En principio, y a pesar <strong>de</strong> que el niño reparte su vida entre dos hogares diferentes,el estilo cooperativo resulta ser el <strong>de</strong> menor motivo <strong>de</strong> conflictos. Las dificulta<strong>de</strong>sque pue<strong>de</strong>n <strong>de</strong>rivar <strong>de</strong> la cooperación <strong>de</strong> los padres en la custodia <strong>de</strong>l hijo,obe<strong>de</strong>cen a la inci<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> variables como la edad (cuanto más jóvenes son losprogenitores, más posibilida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> conflictos), el tamaño <strong>de</strong> la «familia» (cuantomás amplia, más dificulta<strong>de</strong>s), que la custodia haya sido o no <strong>de</strong>terminada legalmente,que se <strong>de</strong>n diferencias en la percepción <strong>de</strong> los padres <strong>de</strong> cómo se involucró el otroen la crianza <strong>de</strong>l hijo antes <strong>de</strong> la separación o el divorcio y <strong>de</strong> la presencia <strong>de</strong>criterios distintos en la consi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong>l bienestar <strong>de</strong>l niño en el hogar <strong>de</strong> uno uotro progenitor.A pesar <strong>de</strong> que <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la década <strong>de</strong> los setenta <strong>de</strong>l pasado siglo la custodiacompartida ha sido consi<strong>de</strong>rada, sobre todo en los países anglosajones, como lamejor opción en la separación y el divorcio, porque se supone que salvaguarda mejorel bienestar <strong>de</strong> los hijos habidos en esas parejas (32, 33), todavía sigue abierto el<strong>de</strong>bate entre partidarios y oponentes a la misma (34, 35, 36). Los argumentos a favor<strong>de</strong> la custodia compartida se han centrado en los beneficios para el niño <strong>de</strong> mantenerlas relaciones con ambos padres. Por el contrario, el principio <strong>de</strong> la igualdad legal <strong>de</strong>los progenitores para ejercer sus funciones en el cuidado y educación <strong>de</strong> los hijos, hasido objeto <strong>de</strong> crítica por parte <strong>de</strong> algunos autores, al alertar sobre el posible riesgo<strong>de</strong> conflictos <strong>de</strong> lealtad en los niños que mantienen lazos afectivos estrechos conambos progenitores, alterando la necesidad <strong>de</strong> estabilidad en la vida <strong>de</strong>l niño yperjudicándolos por la exposición continuada <strong>de</strong> éste al conflicto entre los padres, alintensificarse la tensión entre la pareja en virtud <strong>de</strong>l contacto que sus visitas pue<strong>de</strong>nacarrear.En opinión <strong>de</strong> Turkat (37), el acuerdo igualitario respecto a las responsabilida<strong>de</strong>sparentales que implica la custodia compartida, no siempre se cumple en una granmayoría <strong>de</strong> casos. El tipo más habitual <strong>de</strong> acuerdo <strong>de</strong> custodia compartida conlleva la<strong>de</strong>signación <strong>de</strong> uno <strong>de</strong> los padres como el que primariamente resi<strong>de</strong> con el hijo y <strong>de</strong>lotro como el que no resi<strong>de</strong> habitualmente con él. Esto supone que uno <strong>de</strong> los padres,justamente el resi<strong>de</strong>nte, <strong>de</strong>sempeña durante más tiempo sus funciones con el niño,tiene mayores responsabilida<strong>de</strong>s hacia él y disfruta más <strong>de</strong> su presencia. En cambio,el padre no resi<strong>de</strong>nte no tiene tales ventajas, siendo el que usualmente se encarga<strong>de</strong>l apoyo económico. Esta situación evi<strong>de</strong>ntemente no respon<strong>de</strong> a lo que judicialmentese entien<strong>de</strong> y consi<strong>de</strong>ra que es la custodia compartida (38).Desdichadamente, la literatura revela un amplio número <strong>de</strong> informes que evi<strong>de</strong>ncianque los padres separados o divorciados no siempre facilitan la cooperación enlos términos legales establecidos en el proceso (39, 40). Esa realidad no es sorpren<strong>de</strong>nte,si se tiene en cuenta que muchos procesos <strong>de</strong> separación o divorcio se sustentanen la incapacidad <strong>de</strong> permanecer unidos sentimentalmente los miembros <strong>de</strong> lapareja, por lo que no es lógico suponer que vaya a tener una trayectoria distinta3531

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