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Modesto Seara Vázquez - MSV

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decisiones respondan al interés general de al humanidad y no a los de las potencias<br />

hegemónicas. Lo primero implica someter a las Naciones Unidas a un proceso de<br />

transformación, que le imprima personalidad propia. Lo segundo requiere una<br />

democratización de todo el sistema, con reformas a la Carta, que conjuguen las<br />

realidades sociales de un mundo formado por países de magnitudes diferentes,<br />

con las legítimas aspiraciones de los pueblos, de tener un instrumento eficaz y<br />

justo que se enfrente a los problemas comunes. Es importante señalar que el<br />

igualitarismo que muchos propugnan, de un país un voto, no es realista, ni es<br />

eficaz, ni es justo. Es ridículo sostener que se deba atribuir a Andorra el mismo<br />

peso que a China en las votaciones de los diversos órganos de la Organización.<br />

En esencia, propondríamos las siguientes reformas principales a la Carta de la<br />

Organización de Naciones Unidas:<br />

A. En lo que respecta a los principios, la igualdad de los Estados sería matizada,<br />

para tener en cuenta las diferencias reales que existen entre ellos. La jurisdicción<br />

interna, consagrada en el artículo 2, párrafo 7, sería interpretada de modo<br />

diferente, en el sentido de asumir prioritariamente la obligación de la solidaridad<br />

entre los pueblos, con el derecho y la obligación de las Naciones Unidas de<br />

prestarles asistencia, tanto en situaciones de extrema miseria, como de desórdenes<br />

internos graves que puedan llegar al genocidio. Al llegar a los albores del Siglo XXI<br />

es inaceptable que se siga sosteniendo la política de Poncio Pilatos; pero al mismo<br />

tiempo debe distinguirse claramente, entre el derecho y la obligación de la<br />

institución universal (que representa a todos los pueblos del mundo) de actuar en<br />

defensa de los intereses generales, y el supuesto derecho de intervención (causa<br />

humanitatis o como se quiera presentar), individual o colectivo de un conjunto de<br />

países que actúen al margen de las Naciones Unidas. El primer caso es, pura y<br />

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