10.01.2017 Views

BOCG-12-D-83

2izqjeE

2izqjeE

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES<br />

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS<br />

Serie D Núm. <strong>83</strong> 10 de enero de 2017 Pág. 11<br />

tiempo y, dada la rapidez y la acumulación de trabajo que soportará el Juez, seguramente esta respuesta<br />

carecerá de la debida atención que se le ha de prestar.<br />

En atención a todo lo expuesto, se presenta la siguiente<br />

Proposición no de Ley<br />

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para hacer<br />

efectivas las siguientes medidas alternativas a ésta comarcalización perjudicial:<br />

1. Mantener las competencias en Violencia sobre la Mujer en el partido judicial de San Javier,<br />

llevando a cabo un proceso de especialización, formación o dotación de recursos suficientes para<br />

responder a los asuntos de esta índole de forma íntegra, o incluso de “especialización”, al igual que se ha<br />

llevado a cabo en otros partido judiciales como en el de Torrevieja con una carga de trabajo inferior a la de<br />

San Javier.<br />

2. Desarrollar un Plan de Atención Integral a la afectada, una vez realizada la especialización, que<br />

cubriera tanto el transporte a Cartagena desde cualquier sitio y a cualquier hora, para denunciar o para<br />

llevar a cabo su juicio rápido, como el resto de servicios de atención a la afectada de manera inmediata.<br />

Por supuesto, sin olvidar la dotación de más recursos humanos capaces de resolver el doble de asuntos<br />

de los actuales (y que recordemos, nos encontramos en una situación de saturación y colapso judicial en<br />

éste ámbito en Cartagena), más jueces especializados en ésta materia, y el personal que a ellos le<br />

acompañan (secretarios, etc.), siendo necesario incluso la reorganización de la planta judicial dotando al<br />

partido judicial de Cartagena de un Juzgado de Violencia sobre la mujer n.º 2.»<br />

Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2016.—Eduardo Santos Itoiz y Javier<br />

Sánchez Serna, Diputados.—Irene María Montero Gil, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de<br />

Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.<br />

161/0011<strong>12</strong><br />

A la Mesa del Congreso de los Diputados<br />

Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario Confederal de<br />

Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea presenta la siguiente Proposición no de Ley para que en la<br />

inscripción en el Registro Civil se apliquen las presunciones de filiación matrimonial independientemente<br />

del sexo de los cónyuges, para su debate en la Comisión de Justicia.<br />

Antes de la entrada en vigor de la Ley 3/2007, de 15 de marzo, reguladora de la rectificación registral<br />

de la mención relativa al sexo de las personas, en el caso de menores nacidos en el seno de un matrimonio<br />

formado por dos mujeres, la madre no biológica debía, tras el nacimiento, iniciar un procedimiento de<br />

adopción.<br />

Sin embargo, dicha Ley, en su disposición adicional primera, añadió un apartado 3 al artículo 7 de la<br />

Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida para establecer que:<br />

«3. Cuando la mujer estuviere casada, y no separada legalmente o de hecho, con otra mujer, esta<br />

última podrá manifestar ante el Encargado del Registro Civil del domicilio conyugal, que consiente en que<br />

cuando nazca el hijo de su cónyuge, se determine a su favor la filiación respecto del nacido.»<br />

Es decir, la Ley parece regular claramente el derecho de inscribir en el Registro Civil como hijo o hija<br />

de ambas madres casadas al menor nacido.<br />

Pero se producen numerosas quejas por parte de madres lesbianas que han tratado de inscribir a sus<br />

hijos en los registros y ven vulnerado ese derecho, con los problemas e inconvenientes que eso supone<br />

para las familias. Es el caso reciente de la negativa del juez encargado del Registro Civil de Denia a<br />

inscribir al hijo de un matrimonio de mujeres de Alicante por no acreditar cómo fue concebido.<br />

Algunas asociaciones de gays, lesbianas y transexuales aconsejan que si dos mujeres casadas<br />

piensan tener familia, lo mejor es acudir antes de que nazca su hijo a conocer, en cada caso concreto, qué<br />

es lo que el Registro que les corresponde pide y exige, para evitar sorpresas de última hora una vez que<br />

cve: <strong>BOCG</strong>-<strong>12</strong>-D-<strong>83</strong>

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!