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BOCG-12-D-83

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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES<br />

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS<br />

Serie D Núm. <strong>83</strong> 10 de enero de 2017 Pág. 47<br />

Las actuaciones de interés general son de competencia exclusiva del Gobierno de España y de<br />

carácter prioritario en la ejecución de las inversiones que tienen como objetivo solucionar las carencias<br />

estructurales acreditadas.<br />

Entre las obras calificadas como de interés general por el Plan Hidrológico Nacional están la laminación<br />

de avenidas y regulación del río Antas y la reposición y adecuación de encauzamiento del río Adra. Ambas<br />

fueron establecidas en el Anexo II de la Ley 10/2001, de 5 de julio, y hasta la fecha no se ha realizado<br />

ninguna actuación para dar cumplimiento de la obligatoriedad del Gobierno Central de ejecutar las inversiones.<br />

Además, estas dos actuaciones también se encuentran recogidas en el Plan Hidrológico de las<br />

Cuencas Medíterráneas Andaluzas aprobado mediante el Real Decreto 11/2016, de 8 de enero. En este<br />

Plan, la laminación de avenidas y regulación del río Antas tiene un previsión de inversión de 29.148.000<br />

euros y la reposición y adecuación del río Adra de 9.581.000 euros. Y ninguna de ellas se ha llevado a<br />

cabo en la provincia de Almería, siendo prioritarias para poder garantizar la seguridad de las personas y<br />

de los bienes en los municipios en los que transcurren ambos ríos.<br />

En este sentido, las lluvias torrenciales del 17 y 18 de diciembre de 2016 en el levante almeriense con<br />

precipitaciones acumuladas superiores a 100 litros por metro cuadrado en <strong>12</strong> horas han vuelto a poner en<br />

riesgo las poblaciones de esta comarca.<br />

A este reciente fenómeno meteorológico extremo se les suma los sufridos en la misma zona a finales<br />

de septiembre de 20<strong>12</strong> que se tradujo en la pérdida de 4 vidas humanas y del episodio de la riada en Adra<br />

que atravesó el municipio el 7 de septiembre de 2015 y que provocó innumerables pérdidas materiales, lo<br />

que pone de manifiesto la necesidad urgente de que el Gobierno ejecute estas infraestructuras.<br />

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista formula la siguiente<br />

Proposición no de Ley<br />

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a acometer, de manera urgente, las actuaciones<br />

de Laminación de avenidas y regulación del rio Antas y Reposición y Adecuación de encauzamiento del<br />

rio Adra declaradas como de interés general en el Anexo II del Plan Hidrológico Nacional aprobado en<br />

la Ley 10/2001, de 5 de julio.»<br />

Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2016.—Sonia Ferrer Tesoro y Juan<br />

Jiménez Tortosa, Diputados.—Miguel Ángel Heredia Díaz, Portavoz del Grupo Parlamentario Socialista.<br />

161/001113<br />

A la Mesa del Congreso de los Diputados<br />

Los Grupos Parlamentarios abajo firmantes, al amparo de lo dispuesto en el artículo 193 y siguientes<br />

del vigente Reglamento de la Cámara, presentan la siguiente Proposición no de Ley sobre la tenencia y<br />

comercio de primates, para su debate en Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.<br />

Exposición de motivos<br />

Los primates, especie más cercana al ser humano, están protegidos por la Convención sobre el<br />

Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), estando las<br />

diferentes especies que lo componen incluidas en el Apéndice I —prohibido su comercio— o en el<br />

Apéndice II —regulado su comercio— (Anexos A o B, respectivamente del Reglamento UE n.º 338/1997,<br />

del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres<br />

mediante el control de su comercio). Es decir, su comercio internacional está esencialmente prohibido<br />

o regulado.<br />

No obstante lo anterior, conforme al Real Decreto 1881/1994, de 16 de septiembre, por el que se<br />

establecen las condiciones de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y las<br />

importaciones procedentes de países terceros de animales, esperma, óvulos y embriones, los intercambios<br />

de primates están limitados por razones sanitarias y quedan restringidos a los organismos, institutos o<br />

centros oficialmente autorizados.<br />

cve: <strong>BOCG</strong>-<strong>12</strong>-D-<strong>83</strong>

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