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BOCG-12-D-83

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BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES<br />

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS<br />

Serie D Núm. <strong>83</strong> 10 de enero de 2017 Pág. 43<br />

Según la repuesta parlamentaria del Gobierno de fecha 22 de octubre de 2013, en las convocatorias<br />

de 2007, 2008, 2009 y 2010 el número de prestatarios fue, respectivamente, de 3.463, 4.742, 5.1<strong>83</strong><br />

y 2.235. El propio Gobierno es consciente del daño provocado a los afectados, a tenor del contenido de la<br />

Orden ECD/630/20<strong>12</strong>, de 28 de marzo, por la que se deja sin efectos la Orden EDU/3320/2011, de 1 de<br />

diciembre, por la que se regulan los préstamos universitarios para realizar estudios de posgrado de Máster<br />

y Doctorado, y su modificación realizada por Orden ECD/250/20<strong>12</strong>, de 31 de enero. El Ministerio derogó<br />

el sistema de préstamos por las siguientes razones que se extractan de la citada Orden: «El progresivo<br />

deterioro de las condiciones de los préstamos universitarios ofrecidos por el Ministerio han producido una<br />

bajada constante y continua de peticionarios de este sistema de ayudas, de más del 60 % entre la última<br />

de 2010 y la precedente de 2009, hasta llegar a unos números previstos para este año, que no justifican<br />

desde el punto de vista del uso eficiente de los recursos públicos, el mantenimiento de la actual<br />

convocatoria». Y añade: «Asimismo, los préstamos de esta línea tenían una doble característica que los<br />

hacía difícilmente asumibles por los estudiantes: menor tiempo de amortización que en convocatorias<br />

anteriores y un elevado interés fijo para toda la vida del préstamo».<br />

A raíz de la grave crisis económica, los afectados se encuentran en situaciones de desempleo o<br />

precariedad. Sin embargo, las entidades financieras reclaman a los afectados el pago de las cuotas y,<br />

entre otras prácticas, están cargando comisiones, cobrando intereses de demora abusivos e incorporando<br />

los datos de los afectados en ficheros de morosidad, a pesar de que los fondos del programa de préstamos<br />

son exclusivamente públicos. Ni las convocatorias ni los convenios de colaboración suscritos por el ICO<br />

contemplan esos cargos.<br />

El pasado 18 de noviembre de 2016, la Asociación de Afectados por el Préstamo Renta Universidad y<br />

más de 200 afectados presentaron una reclamación de responsabilidad patrimonial de la Administración,<br />

sin que a día de hoy el Ministerio de Educación haya ofrecido una solución a los afectados. La gravedad<br />

de la situación personal y económica de los afectados exige una respuesta rápida y eficaz por parte del<br />

Gobierno de España que evite la judicialización del asunto.<br />

El acceso a la enseñanza universitaria es un derecho cuyo ejercicio debe ser facilitado por los poderes<br />

públicos y no puede estar condicionado por el poder adquisitivo de las personas. El Gobierno de España<br />

debe promover el ejercicio del derecho a la educación y no inducir y mantener con su política educativa<br />

una situación de sobreendeudamiento de los estudiantes. La solución a la problemática tendría coste cero<br />

para las arcas públicas, ya que bastaría con garantizar la aplicación de las condiciones inicialmente<br />

previstas en el sistema a la totalidad de los préstamos y los universitarios podrían reembolsarlos cuando<br />

su situación económica se lo permitiera.<br />

Por todo ello se presenta la siguiente<br />

Proposición no de Ley<br />

«El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:<br />

1. Establecer un canal de comunicación adecuado entre el Ministerio de Educación y la Asociación<br />

de Afectados por el Préstamo Renta Universidad para escuchar sus demandas y proporcionar respuestas<br />

eficaces a la situación de los afectados.<br />

2. Aprobar las normas jurídicas y llevar a cabo las actuaciones necesarias para que el reembolso de los<br />

préstamos correspondientes a la convocatoria de 2008 y siguientes sólo tenga lugar cuando los prestatarios<br />

posean una renta anual de 22.000 euros en cada ejercicio, extinguiéndose la deuda en todo caso a los quince<br />

años, en consonancia con las condiciones incorporadas en el sistema de préstamos renta en 2007.<br />

3. Exigir a las entidades financieras colaboradoras el cese de los requerimientos de pago y de las<br />

cláusulas y prácticas relativas al cobro de comisiones e intereses moratorios y a la incorporación de datos<br />

personales en ficheros de morosidad en relación con los contratos de todas las convocatorias del programa<br />

de préstamos.»<br />

Palacio del Congreso de los Diputados, 20 de diciembre de 2016.—Javier Sánchez Serna, Diputado.—<br />

Íñigo Errejón Galván, Portavoz del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú<br />

Podem-En Marea.<br />

cve: <strong>BOCG</strong>-<strong>12</strong>-D-<strong>83</strong>

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