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REVISTA MENSUAL OCTUBRE 2017

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Homologación: Es el proceso que permite verificar a<br />

manera de ensayo si los documentos generados por<br />

el contribuyente son enviados, cuando corresponda a<br />

través del servicio web y si cumplirían con lo requerido<br />

para tener la calidad de comprobantes de pago electrónicos,<br />

notas electrónicas, resumen diario y comunicación<br />

de baja.<br />

Condiciones para ser emisor electrónico y para<br />

emitir comprobantes electrónicos<br />

• Presentar la solicitud de autorización para incorporarse<br />

al sistema de emisión electrónica, a<br />

través de SUNAT Operaciones en Línea - SOL opciones<br />

con clave SOL, de corresponder.<br />

• Encontrarse con la condición de domicilio habido<br />

y en estado activo en el RUC.<br />

• Solicitar la emisión de factura electrónica y notas<br />

de débito y crédito electrónicas.<br />

• Encontrarse afecto al impuesto a la renta de tercera<br />

categoría en el RUC.<br />

• Realizar la declaración jurada solicitada a través<br />

de SUNAT Operaciones en línea - SOL opciones<br />

con clave SOL.<br />

• Registrar la dirección de correo electrónico que<br />

utilizará como emisor electrónico.<br />

• Registrar a través de SUNAT Operaciones en Línea<br />

- SOL, opciones con clave SOL, el certificado digital<br />

que utilizará como emisor electrónico.<br />

• Realizar satisfactoriamente el proceso de homologación.<br />

• Efectos de ser emisor electrónico<br />

• La adquisición de la calidad de emisor electrónico<br />

de: facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas,<br />

notas de crédito electrónicas y notas de<br />

débito electrónicas.<br />

• La obligación de remitir a la SUNAT un ejemplar<br />

del resumen de comprobantes impresos.<br />

Obligaciones del emisor electrónico<br />

• Usar el formato digital en la boleta de venta electrónica<br />

y la nota electrónica vinculada a aquella.<br />

• Colocar la firma digital en la boleta de venta electrónica<br />

y la nota electrónica vinculada a aquella.<br />

• Utilizar para la representación impresa un papel<br />

que cumpla con las especificaciones, si se usa tecnología<br />

de impresión térmica.<br />

• Colocar en la representación impresa de la factura<br />

electrónica, la boleta de venta electrónica o la<br />

nota electrónica vinculada a aquellas, el valor resumen<br />

o el código de barras.<br />

• A partir del 1.1.2018, colocar el código de barras<br />

en la representación impresa indicada antes.<br />

• Definir una forma de autenticación que garantice<br />

que solo el adquirente o usuario puede acceder a<br />

la información.<br />

2.3 SISTEMA DE EMISIÓN SEE- FACTURADOR<br />

Concepto<br />

Es una aplicación gratuita de facturación electrónica,<br />

dirigida principalmente a medianos y pequeños contribuyentes<br />

que cuentan con sistemas computarizados<br />

y tienen un alto volumen de facturación. Desde<br />

esta aplicación puede emitir facturas, boletas de<br />

venta, notas de crédito y notas de débito, las cuales<br />

se enviarán a SUNAT en forma automática o a indicación<br />

del usuario.<br />

Características<br />

• Puede ser utilizada sin conexión a internet. Para<br />

ASESORÍA TRIBUTARIA<br />

A<br />

el envío a SUNAT si se requiere conexión.<br />

• Genera, firma y envía XML de manera automática.<br />

• Genera un archivo PDF en caso requiera entregar<br />

una representación impresa.<br />

Pasos para iniciar la emisión electrónica<br />

• Registrar los datos de configuración inicial, para<br />

lo cual debe seleccionar la opción de configuración,<br />

de la “Bandeja” del facturador<br />

• Cargar en la carpeta CERT, el certificado digital con<br />

el cual se firmarán los documentos electrónicos.<br />

Recuerde que dicho certificado, debe estar también<br />

registrado en SUNAT Operaciones en Línea.<br />

• Generar el archivo con la información del comprobante<br />

que desea emitir en formato txt, json<br />

o xml y grabarlo en la carpeta DATA, según la estructura<br />

definida por SUNAT.<br />

2.4 SISTEMA DE EMISIÓN SEE-OSE<br />

Concepto<br />

Es parte del sistema de emisión electrónica, como<br />

medio de emisión de los comprobantes de pago electrónicos<br />

y sus documentos relacionados, tales como:<br />

factura, boleta de venta, notas de crédito, notas de<br />

débito, comprobante de retenciones, comprobante<br />

de percepciones, guía de remisión, recibos de servicios<br />

públicos.<br />

OSE: (OPERADOR DE SERVICIOS ELECTRONICOS)<br />

Es quién realiza la comprobación informática del<br />

cumplimiento de las condiciones de emisión de los<br />

documentos electrónicos enviados por el emisor.<br />

Fuente: SUNAT<br />

• Requisitos para presentar la solicitud de inscripción en<br />

el Registro OSE<br />

• Ser persona jurídica.<br />

• Tener número de RUC en estado activo.<br />

• Tener en el RUC la condición de domicilio fiscal habido.<br />

• Estar afecto al régimen general del impuesto a la renta<br />

de tercera categoría.<br />

• Ser emisor electrónico de por lo menos facturas y boletas<br />

de venta electrónicas<br />

• Haber presentado, de estar obligado, las DDJJ mensuales<br />

por concepto del IGV e impuesto a la renta (6 últimos<br />

meses a la presentación de la solicitud). En caso de<br />

ser retirados del Registro OSE con anterioridad, deben<br />

presentar las referidas declaraciones respecto de los<br />

últimos 12 meses, contados hasta la fecha en que la so-<br />

2da. Quincena de Octubre A - 5

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