09.09.2020 Views

Revista 184 en web

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

SEGURIDAD

Resolución 54 CONASSAT

Protocolo de actuación retorno actividades

CONSENSO TRIPARTITO FECHA 11/04/2020 - APLICACIÓN DE LAS INSPECCIONES DEL IGTSS

Arq./T.P. Julio Camarano

50

El Decreto 83/1996 se denomina “CREACIÓN E INTEGRACIÓN

DEL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO”, la denominada CONASSAT. Este Consejo tiene por finalidad

la de fomentar aspectos varios referidos a la vinculación entre

empresas, trabajadores y la legislación. Está formada por integrantes

de todos los aspectos del ámbito laboral, trabajadores, empresarios y

el Estado.

Este consejo a miras de la pandemia por COVID 19 emitió la

Resolución 54 del ministerio de Trabajo y Seguridad Social de fecha

19 de marzo de 2020 donde resuelve, entre otros, la coordinación

necesaria para que cada empresa realice un protocolo para la prevención

del COVID 19, según las características de cada empresa o

institución.

En la misma resolución se mencionan aspectos a contemplar para

la ejecución de los protocolos y situaciones frente a casos de presunto

contagio o confirmación del mismo.

Con fecha 11 de abril de 2020 - dos días antes del retorno a los trabajos

en el ámbito de la construcción – se firmó de forma tripartita

por los sectores empresariales, el SUNCA - PIT CNT y representantes

del Ministerio, uno de los primeros protocolos para la “vuelta a la

normalidad” como se la denomina actualmente. En el texto citado,

se mencionan aspectos de forma mas detallada que en la resolución

54 del CONASSAT a modo de entrar en la aplicación de aspectos de

forma activa y práctica en cada una de las obras.

En su punto 3 del protocolo detalla: “Las empresas deben presentar

los Protocolos de Prevención de actuación ante el riesgo de

contraer COVID-19, según lo establecido en las resoluciones 54 del

CONASSAT realizadas en la materia. Los mismos, se deben desarrollar

tomando en cuenta las condiciones realizadas por esta tripartita,

donde prevé acciones preventivas, acciones en caso de una sospecha

y de confirmación de COVID 19 y acciones de retorno y desarrollo

del trabajo.” Cabe destacar que este protocolo surgió por la actualización

de un protocolo emitido con anterioridad al cese de los

trabajos y dado que se manifestó por parte de los trabajadores que no

existían las condiciones para la vuelta a la actividad con el protocolo

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!