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Pueblo-v-Lydia-Echevarria

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procedimiento cuando se establece claramente la ingerencia de factores ajenos al mecanismo<br />

decisional, que afectan la noción de juicio justo e imparcial que la Constitución garantiza a todo<br />

acusado.<br />

16. Id. En ciertas circunstancias, para garantizar el derecho de un acusado a un juicio justo e<br />

imparcial, se justifica la imposición de medidas tendentes a restringir el margen o radio de acción<br />

de los medios informativos en su gestión de cubrir las incidencias de un proceso judicial.<br />

17. Derecho Constitucional, Procedimiento Criminal, Juicio Público, Libertad de Expresión,<br />

Libertad de Prensa. El derecho del acusado a un juicio público, bajo la Enmienda Sexta, no<br />

implica, a su vez, garantía irrestricta a un juicio privado; al amparo de las Enmiendas Quinta y<br />

Decimocuarta se reconoce el derecho de los medios noticiosos a informar lo que acontece en el<br />

juicio en su fondo en un caso criminal.<br />

18. Procedimiento Criminal, Publicidad de los Procedimentos. En virtud de la presunción de<br />

regularidad y corrección que ampara a la adjudicación del juzgador de hechos, quien impugna el<br />

veredicto de culpabilidad de un acusado a base del efecto de publicidad del procedimiento, tiene<br />

la carga de establecer la irregularidad y que ésta afectó sustancialmente el resultado del caso.<br />

19. Id., Derecho Constitucional, Juicio Justo e Imparcial. La mera publicación de informaciones<br />

noticiosas en torno a un proceso judicial no perjudica por sí solo la garantía constitucional a un<br />

juicio justo; recae sobre el acusado demostrar que la publicidad del caso lo privó de tal derecho;<br />

ni siquiera la sola incorrección de información periodística que reseña la prueba desfilada<br />

constituye perjuicio que acarree revocación.<br />

20. Id. El acusado que invoca publicidad excesiva como fundamento para revocar una<br />

convicción debe -para refutar la presunción de regularidad y corrección de los procedimientos-<br />

demostrar la existencia de publicidad parcializada, inflamatoria o tan intensa, de la cual pueda<br />

inferirse con razonable certeza una atmósfera de pasión contra el acusado, o que hubiera<br />

justificado el traslado del caso debido a la creación de una atmósfera de prejuicios, odios y<br />

pasiones.<br />

21. Id. Para rebatir la presunción de regularidad y corrección de un proceso criminal, debe<br />

probarse la existencia de publicidad parcializada, inflamatoria o tan intensa de la cual pueda<br />

inferirse con razonable certeza una atmósfera de pasión contra el acusado, o que justifique el<br />

traslado del caso debido a la creación de una atmósfera de prejuicios, odios y pasiones contra el<br />

acusado o contra el Estado que sostiene la acusación.<br />

22. Id. Al impugnarse un veredicto a base del efecto de publicidad adversa, lo decisivo es el<br />

estado mental que pudo haber imperado en los miembros del jurado; la pregunta clave no es si el<br />

público en general conoció o recuerda el caso en particular, sino si el jurado pudo, a pesar de<br />

ello, juzgar imparcialmente al acusado.<br />

23. Procedimiento Criminal, Juicio Por Jurado, Selección del Jurado, Publicidad de los<br />

Procedimientos. Un candidato a jurado no debe ser descualificado por el mero hecho de haber<br />

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