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• Acuerdos con la ITSS con la TGSS, INSS, ISM y SPEE. Potenciar los acuerdos para mejorar los procedimientos de<br />

detección de fraudes a partir de su gestión.<br />

• Acuerdo con la AEAT. Atendiendo a lo acordado en el Plan de Prevención y Corrección del Fraude Fiscal, Laboral y a<br />

la Seguridad Social de 5/03/2010, se suscribió un nuevo convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo e<br />

Inmigración (actualmente Empleo y Seguridad Social) y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de fecha<br />

18/11/2011.<br />

• Acuerdo con la Diputación Foral de Vizcaya. Tiene por objeto el intercambio de información entre la Hacienda Foral<br />

y la ITSS. Posibilitará obtener información de las declaraciones de diversos impuestos cuya gestión no corresponde a la<br />

AEAT sino a la Hacienda Foral. El convenio se suscribió el 7 de julio de 2011.<br />

• Acuerdo con las Fuerzas de Seguridad del Estado. Actualmente está en tramitación una nueva Instrucción<br />

Conjunta entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración y el Ministerio del Interior, con lo que es previsible que en breve<br />

pueda aprobarse. Extiende la colaboración a la persecución de la trata para la explotación laboral, los delitos relacionados<br />

con redes para el tráfico de personas o inmigración ilegal, y otros de especial relevancia, así como a los fraudes<br />

relacionados con los ingresos o prestaciones de la Seguridad Social. Sustituiría a la actual Instrucción Conjunta de las<br />

Subsecretarías del Ministerio de Interior, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y del Ministerio de Asuntos Sociales<br />

sobre colaboración entre la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de<br />

15/02/1994.<br />

• Acuerdos con las Comunidades Autónomas. Habiéndose acordado ya el traspaso de efectivos de la Inspección de<br />

Trabajo y Seguridad Social a la Generalitat de Cataluña en 2010, en el año 2011 también se ha producido el traspaso de<br />

efectivos al País Vasco. Ambos traspasos se han realizado sobre la base del mantenimiento de los principios comunes.<br />

• Colaboración con Inspecciones de Trabajo y de Seguridad Social de otros países. En 2011 se han mantenido<br />

reuniones de trabajo con las Inspecciones de Trabajo de Portugal, Francia y Rumania, con el fin de intercambiar<br />

experiencias sobre la metodología para la prevención y corrección del fraude, así como el desplazamiento transnacional<br />

de los trabajadores, en la línea de incrementar la eficacia de la Inspección en un mundo crecientemente globalizado.<br />

3.2.3 Bases para un plan de lucha integrado contra la economía sumergida<br />

El Informe de 23/09/2008 del Parlamento Europeo sobre la intensificación de la lucha contra el trabajo no declarado<br />

señala numerosas medidas a adoptar para su control. Atendiendo a su contenido y a la propia experiencia en la materia, se<br />

apuntan aquellas que se estiman básicas, como podrían ser las siguientes: medidas estratégicas, con la elaboración de<br />

una estrategia global en la que participen activamente todas las partes interesadas: administraciones públicas, partidos<br />

políticos, interlocutores sociales, empresas y trabajadores; medidas legislativas, de modo que al elaborar las normas se<br />

consideren las medidas concretas de prevención de la economía sumergida que fueran precisas en relación con la<br />

aplicación de dichas disposiciones; medidas de incentivo, tanto preventivas de incumplimientos como de afloramiento del<br />

empleo sumergido existente; medidas sancionadoras, sobre las cuales cabe indicar que, aprobado ya el Real Decreto-<br />

Ley 5/2011, que aumenta sustancialmente las sanciones, habría que incidir en la aplicación del principio de reconocimiento<br />

mutuo de sanciones pecuniarias, objeto del Proyecto Cibeles de la UE, liderado por España, que se está elaborando;<br />

medidas para potenciar y coordinar las inspecciones, dotándolas de mayores medios materiales y humanos, en<br />

especial mediante el más ágil acceso a bases de datos y la disposición de herramientas efectivas para tratar la información,<br />

y programas específicos de perfeccionamiento profesional de los funcionarios; incorporación de los agentes sociales a la<br />

lucha contra el fraude, mediante acuerdos específicos y concretos; campañas de sensibilización, dirigidas tanto a la<br />

sociedad como al sistema educativo y a los empleadores, trabajadores y usuarios potenciales del trabajo no declarado.<br />

Ministerio de Empleo y Seguridad Social<br />

Para la realización eficaz de este objetivo, con fecha de 27 de abril de 2012, se aprobó por Acuerdo de Consejo de<br />

Ministros el Plan de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, en el que ha participado, de forma<br />

coordinada con otros órganos del Departamento, la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.<br />

Como consecuencia de la adopción de este Plan, se articulan una serie de medidas y reformas normativas que, o bien se<br />

han adoptado ya, o bien, se prevé sean adoptadas próximamente y que se reflejan en el presente texto.<br />

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