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-SALA de TOGAS<br />

La víctima en los ilícitos penales cometidos por menores<br />

que la prevención del delito debería comenzar por<br />

otros derroteros de carácter social y no esgrimir la<br />

aplicación de la ley como verdadera reinserción.<br />

Junto a los perjuicios cuantificables derivados del<br />

hecho punible se dan otra serie de perjuicios de difícil<br />

resarcimiento, estos son los perjuicios morales,<br />

entre los que podemos significar los traumas psíquicos<br />

derivados del hecho, la sensación de miedo, inseguridad,<br />

tanto individual de la propia víctima como<br />

de la soc i E~dad, como co nsecuencia de la victimización,<br />

que puede afectar a sectores determinados de<br />

ésta.<br />

Entre los daños morales, tienen especial relevancia<br />

por su qravedad, los producidos en las víctimas de<br />

delitos contra la libertad sexual, especialmente cuando<br />

se trata de menores. En estos menores víctimas<br />

de tales dE~Iitos, que pueden ser cometidos tanto por<br />

mayores de edad como por menores, -en los que como<br />

anteriormente se ha indicado, la incidencia en este<br />

último wupo de autores desgraciadamente va en<br />

aumento-, los traumas psíquicos producidos por la<br />

com isión de estos delitos en los menores víctimas de<br />

los mismos, son enormes, siendo necesario el tratamiento<br />

psicológico durante un período de tiempo bastante<br />

prolongado; no consiguiendo en todos los casos,<br />

por dE!sgracia, la total superación de dichos traumas.<br />

VICTIMIZACION<br />

Además de lo anteriormente expuesto, se<br />

agrava aun más la situación de la victimización secundaria,<br />

es decir, recordar el delito ,denunciar y declarar<br />

ante las distintas instancias oficiales, así como<br />

el tener que enfrentarse nuevamente con el autor de<br />

los hechos en el acto del juicio, en resu men revivir<br />

todos los hechos que fueron consecuencia del delito.<br />

Para evitar el enfrentamiento directo con el autor<br />

de la infracción se puede solicitar y acordar la adopción<br />

de las distintas medidas previstas pa ra la protección<br />

de testigos, éstas se suelen acordar con frecuencia<br />

cuando la víctima es menor, realizándose en<br />

este caso todas las declaraciones e in terrogatorios,<br />

así como las demás pruebas que deban verificarse,<br />

con sumo cuidado para disminuir en lo posible esta<br />

victimización secundaria, especialmente en aquellos<br />

delitos contra la libertad sexual, en los que no es raro<br />

que exista una relación de familia , vecindad o<br />

amistad entre el autor del delito y la víctima, es lo que<br />

se conoce como victimización no fungible ( siendo la<br />

fungible cuando no hay relación alguna entre autor y<br />

víctima).<br />

Ante el elenco de delitos de los que todos podemos<br />

ser víctimas, lo que crea inseguridad ciudadana<br />

y, derivada de el la, es la insolidaridad, unido a la<br />

desconfianza hacia el sistema judicial, como consecuencia<br />

del pequeño porcentaje en el que se consigue<br />

una sentencia condenatoria, en relación con el<br />

tasa oficial de crimin alidad (criminalidad registrada),<br />

no la real, que comprendería también la cifra negra ,<br />

da lugar a un a espira l en la que cuanto menos se denuncia<br />

más desconfianza existe en la solución judicial.<br />

Es lo que se conoce como profecía autoincumpli ­<br />

da, por lo que los ciudadanos cada vez adoptan más<br />

medidas de ca rácter preventivo para evitar el riesgo<br />

de ser víctima de un delito, con los costes de ello derivados<br />

y al margen de los programas de prevención<br />

adoptados por las instancias oficiales.<br />

De cuan to se ha expuesto a lo largo de este<br />

análisis de la víctima se desprende que esta debía ser<br />

objeto de una mayor protección por parte de las inst<br />

ituciones a fin de disminui r en lo posible los perjuicios<br />

derivados del hecho delictivo, tanto materiales<br />

como morales, lo que a la larga redundaría también<br />

en beneficio de la comunidad que se sentiría menos<br />

desprotegida f rente al delito en general y mucho más<br />

frente al delito cometido por un menor.<br />

Además sería muy conveniente lograr una reducción<br />

de la criminalidad , disminuyéndose con ello la<br />

inseguridad ciudadana y la insolidaridad derivada de<br />

la misma, así como el resto de los perjuicios económicos<br />

derivados del delito (policiales, judiciales, contratación<br />

de seguros y protección de carácter personal),<br />

lo cual hallará su solución a través de una correcta<br />

política criminal, junto con programas reeducativos<br />

y de inserción del autor que sean eficaces; con<br />

una completa escolarización de los menores (pues la<br />

cu ltura es un medio importante para conseguir la integración<br />

del delincuente en la sociedad); con acceso<br />

al mundo laboral. Incorporando además, la adopción<br />

de programas preventivos del delito, tanto a nivel de<br />

grupo social como a nivel individual; y todo ello en<br />

una acción conjunta de los distintos estamentos de la<br />

sociedad interesados en dichos fines.

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