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• Las verificaciones y las pruebas que deben hacerse para llevar a<br />
cabo <strong>el</strong> control de ejecución y <strong>el</strong> control de obra acabada.<br />
• Las instrucciones de uso y mantenimiento, mediante la <strong>el</strong>aboración<br />
de un “Manual de Uso y Mantenimiento”.<br />
Las instalaciones que requieren un proyecto se ejecutarán bajo la<br />
dirección de un técnico titulado competente (director de la instalación).<br />
En <strong>el</strong> artículo 19 se establece que <strong>el</strong> director de la instalación<br />
hará las funciones de control y en los artículos 20, 21, 22 y 23 se<br />
detallan las operaciones que debe incluir cada fase d<strong>el</strong> control.<br />
Para las instalaciones que requieren un proyecto se deberá presentar<br />
al órgano competente de cada comunidad autónoma un certificado<br />
de inspección inicial, además d<strong>el</strong> proyecto y d<strong>el</strong> certificado de<br />
la instalación. Una vez registrada la instalación deberá incluirse toda<br />
la documentación de referencia en <strong>el</strong> libro d<strong>el</strong> edificio:<br />
a) El proyecto o memoria técnica de la instalación efectivamente ejecutada;<br />
b) El “Manual de uso y mantenimiento” de la instalación efectivamente<br />
ejecutada;<br />
c) Una r<strong>el</strong>ación de los materiales y equipos efectivamente instalados,<br />
en la que se indiquen sus características técnicas y de funcionamiento,<br />
junto con la correspondiente documentación de origen y<br />
garantía;<br />
d) Los resultados de las pruebas de puesta en servicio realizadas de<br />
acuerdo con la IT 2;<br />
e) El certificado de la instalación, registrado en <strong>el</strong> órgano competente<br />
de la Comunidad Autónoma;<br />
f) El certificado de la inspección inicial, cuando sea preceptivo.<br />
Se establece la responsabilidad de los usuarios de:<br />
• encargar a una empresa de mantenimiento la realización d<strong>el</strong> mantenimiento<br />
de la instalación térmica;<br />
• realizar las inspecciones obligatorias y conservar su documentación;<br />
• conservar la documentación de todas las actuaciones de reparación<br />
o reforma en <strong>el</strong> Libro d<strong>el</strong> Edificio.<br />
Las operaciones de mantenimiento serán llevadas a cabo por empresas<br />
autorizadas; se establece como novedad que anualmente deberá<br />
expedirse un certificado de mantenimiento que se tramitará por <strong>el</strong><br />
órgano competente de la comunidad autónoma.<br />
Se definen los requisitos que deben cumplir las empresas autorizadas<br />
como instaladoras o empresas de mantenimiento. Este punto<br />
ya se contemplaba en <strong>el</strong> antiguo reglamento, sin embargo no se<br />
especificaban los requisitos con tanto detalle. Ahora se contemplan<br />
aspectos como la validez d<strong>el</strong> registro de las empresas en diferentes<br />
comunidades autónomas, así como de los carnés profesionales.<br />
Se establece un régimen de inspecciones con la finalidad de verificar<br />
<strong>el</strong> cumplimiento d<strong>el</strong> RITE. En la IT4 se especifica cuales son las instalaciones<br />
objeto de inspección periódica, así como los contenidos<br />
y plazos de las mismas. Podrán realizarse inspecciones iniciales o<br />
periódicas. Se señalarán los calendarios según cada comunidad autónoma.<br />
(ver tabla 1, pág. 23).<br />
En <strong>el</strong> artículo 32 se establece un criterio de calificación energética<br />
como resultado de las inspecciones, que se resume en tres niv<strong>el</strong>es:<br />
ACEPTABLE, CONDICIONADA y NEGATIVA. La obtención de una u<br />
otra calificación radica en la detección o no de defectos, que pueden<br />
ser muy graves, graves o leves. El artículo 33 clasifica de forma genérica<br />
lo que se entiende por estos defectos.<br />
Es una novedad la creación de una comisión asesora. Se determina<br />
la creación de un órgano colegiado de carácter permanente<br />
que orgánicamente depende de la Secretaria General de Energía d<strong>el</strong><br />
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y que recibe <strong>el</strong> nombre<br />
de Comisión Asesora. Se determina su composición y organización.<br />
La Comisión Asesora tendrá las siguientes funciones:<br />
• Analizar los resultados obtenidos en la aplicación práctica d<strong>el</strong> RITE,<br />
proponiendo criterios para su correcta interpretación y aplicación.<br />
• Recibir propuestas y comentarios de las diferentes Administracio-<br />
TrADuCCIó AL CASTELLà<br />
nes Públicas, agentes d<strong>el</strong> sector y usuarios para su estudio.<br />
• Estudiar y proponer la actualización d<strong>el</strong> reglamento de acuerdo con<br />
la evolución de la técnica.<br />
• Estudiar las actuaciones internacionales en la materia.<br />
• Establecer los requisitos que deben cumplir los documentos reconocidos<br />
d<strong>el</strong> RITE (art. 6), las condiciones para validarlos y <strong>el</strong> procedimiento<br />
a seguir para su reconocimiento y registro.<br />
En la segunda parte d<strong>el</strong> Reglamento de Instalaciones Térmicas en<br />
los Edificios, las instrucciones técnicas detallan los parámetros que<br />
debe cumplir cada instalación. Esta parte está configurada por cuatro<br />
grandes bloques:<br />
it 1. Diseño y dimensionado<br />
it 2. Montaje<br />
it 3. Mantenimiento y uso<br />
it 4. Inspección.<br />
Cada una de estas instrucciones establece los valores límites que<br />
forman parte de las exigencias de bienestar, calidad d<strong>el</strong> ambiente,<br />
eficiencia energética y seguridad. Además, se desarrollan las condiciones<br />
de montaje, las pruebas a realizar en cada instalación, las<br />
instrucciones de mantenimiento y <strong>el</strong> régimen de las inspecciones.<br />
Algunos parámetros que forman parte de las condiciones de diseño<br />
han variado o se han añadido para poder compararlos con <strong>el</strong> anterior<br />
reglamento (v<strong>el</strong>ocidades medias d<strong>el</strong> aire, caudales mínimos de<br />
ventilación diferentes para locales de fumadores o no fumadores,<br />
calidad d<strong>el</strong> aire con respecto a concentración de CO 2 o a filtraciones<br />
mínimas, etc.). Sin embargo, todos los cambios que nos trae este<br />
nuevo reglamento tienen r<strong>el</strong>ación directa con la mejora de la calidad<br />
de las condiciones ambientales para los usuarios y también para <strong>el</strong><br />
medio ambiente.<br />
Queda prohibida la instalación de:<br />
• Calderas de tipo atmosférico a partir d<strong>el</strong> 1 de enero d<strong>el</strong> 2010.<br />
• Calderas con marcado de prestación energética según <strong>el</strong> RD<br />
275/1995, d<strong>el</strong> 24 de febrero, de una estr<strong>el</strong>la a partir d<strong>el</strong> 1 de enero<br />
de 2010.<br />
• Calderas con marcado de prestación energética según <strong>el</strong> RD<br />
275/1995, d<strong>el</strong> 24 de febrero, de dos estr<strong>el</strong>las a partir d<strong>el</strong> 1 de enero<br />
de 2012.<br />
ELENA VILAGRAN GRAU<br />
Arquitecta Técnica<br />
Jefa de Área de Instalaciones de <strong>CECAM</strong><br />
compresión De rocas con banDas eXtensométricas:<br />
móDulo De Young (e) Y coeficiente<br />
De poisson (n) (ver pág. 25)<br />
1. introDucción. la mecÁnica De rocas<br />
La mecánica de rocas es la disciplina que, dentro de los campos de<br />
la Geología y de la Ingeniería, trata las propiedades y comportamientos<br />
mecánicos de los materiales rocosos y de la respuesta que éstos<br />
presentan ante las fuerzas a las que están sometidos.<br />
Las masas rocosas están casi siempre afectadas por discontinuidades<br />
o planos de debilidad, que separan <strong>el</strong> macizo rocoso en diferentes<br />
bloques o matriz rocosa. Debido a estas discontinuidades <strong>el</strong><br />
medio rocoso presenta un carácter discontinuo y anisótropo.<br />
Por lo tanto, la finalidad de la mecánica de rocas es poder conocer<br />
y predecir <strong>el</strong> comportamiento de los materiales rocosos frente a la<br />
acción de las fuerzas internas y externas que se ejercen sobre <strong>el</strong>los.<br />
El conocimiento de las tensiones y deformaciones que puede llegar<br />
a soportar <strong>el</strong> material rocoso frente a unas determinadas condiciones