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Baixar el PDF - CECAM

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• Las verificaciones y las pruebas que deben hacerse para llevar a<br />

cabo <strong>el</strong> control de ejecución y <strong>el</strong> control de obra acabada.<br />

• Las instrucciones de uso y mantenimiento, mediante la <strong>el</strong>aboración<br />

de un “Manual de Uso y Mantenimiento”.<br />

Las instalaciones que requieren un proyecto se ejecutarán bajo la<br />

dirección de un técnico titulado competente (director de la instalación).<br />

En <strong>el</strong> artículo 19 se establece que <strong>el</strong> director de la instalación<br />

hará las funciones de control y en los artículos 20, 21, 22 y 23 se<br />

detallan las operaciones que debe incluir cada fase d<strong>el</strong> control.<br />

Para las instalaciones que requieren un proyecto se deberá presentar<br />

al órgano competente de cada comunidad autónoma un certificado<br />

de inspección inicial, además d<strong>el</strong> proyecto y d<strong>el</strong> certificado de<br />

la instalación. Una vez registrada la instalación deberá incluirse toda<br />

la documentación de referencia en <strong>el</strong> libro d<strong>el</strong> edificio:<br />

a) El proyecto o memoria técnica de la instalación efectivamente ejecutada;<br />

b) El “Manual de uso y mantenimiento” de la instalación efectivamente<br />

ejecutada;<br />

c) Una r<strong>el</strong>ación de los materiales y equipos efectivamente instalados,<br />

en la que se indiquen sus características técnicas y de funcionamiento,<br />

junto con la correspondiente documentación de origen y<br />

garantía;<br />

d) Los resultados de las pruebas de puesta en servicio realizadas de<br />

acuerdo con la IT 2;<br />

e) El certificado de la instalación, registrado en <strong>el</strong> órgano competente<br />

de la Comunidad Autónoma;<br />

f) El certificado de la inspección inicial, cuando sea preceptivo.<br />

Se establece la responsabilidad de los usuarios de:<br />

• encargar a una empresa de mantenimiento la realización d<strong>el</strong> mantenimiento<br />

de la instalación térmica;<br />

• realizar las inspecciones obligatorias y conservar su documentación;<br />

• conservar la documentación de todas las actuaciones de reparación<br />

o reforma en <strong>el</strong> Libro d<strong>el</strong> Edificio.<br />

Las operaciones de mantenimiento serán llevadas a cabo por empresas<br />

autorizadas; se establece como novedad que anualmente deberá<br />

expedirse un certificado de mantenimiento que se tramitará por <strong>el</strong><br />

órgano competente de la comunidad autónoma.<br />

Se definen los requisitos que deben cumplir las empresas autorizadas<br />

como instaladoras o empresas de mantenimiento. Este punto<br />

ya se contemplaba en <strong>el</strong> antiguo reglamento, sin embargo no se<br />

especificaban los requisitos con tanto detalle. Ahora se contemplan<br />

aspectos como la validez d<strong>el</strong> registro de las empresas en diferentes<br />

comunidades autónomas, así como de los carnés profesionales.<br />

Se establece un régimen de inspecciones con la finalidad de verificar<br />

<strong>el</strong> cumplimiento d<strong>el</strong> RITE. En la IT4 se especifica cuales son las instalaciones<br />

objeto de inspección periódica, así como los contenidos<br />

y plazos de las mismas. Podrán realizarse inspecciones iniciales o<br />

periódicas. Se señalarán los calendarios según cada comunidad autónoma.<br />

(ver tabla 1, pág. 23).<br />

En <strong>el</strong> artículo 32 se establece un criterio de calificación energética<br />

como resultado de las inspecciones, que se resume en tres niv<strong>el</strong>es:<br />

ACEPTABLE, CONDICIONADA y NEGATIVA. La obtención de una u<br />

otra calificación radica en la detección o no de defectos, que pueden<br />

ser muy graves, graves o leves. El artículo 33 clasifica de forma genérica<br />

lo que se entiende por estos defectos.<br />

Es una novedad la creación de una comisión asesora. Se determina<br />

la creación de un órgano colegiado de carácter permanente<br />

que orgánicamente depende de la Secretaria General de Energía d<strong>el</strong><br />

Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y que recibe <strong>el</strong> nombre<br />

de Comisión Asesora. Se determina su composición y organización.<br />

La Comisión Asesora tendrá las siguientes funciones:<br />

• Analizar los resultados obtenidos en la aplicación práctica d<strong>el</strong> RITE,<br />

proponiendo criterios para su correcta interpretación y aplicación.<br />

• Recibir propuestas y comentarios de las diferentes Administracio-<br />

TrADuCCIó AL CASTELLà<br />

nes Públicas, agentes d<strong>el</strong> sector y usuarios para su estudio.<br />

• Estudiar y proponer la actualización d<strong>el</strong> reglamento de acuerdo con<br />

la evolución de la técnica.<br />

• Estudiar las actuaciones internacionales en la materia.<br />

• Establecer los requisitos que deben cumplir los documentos reconocidos<br />

d<strong>el</strong> RITE (art. 6), las condiciones para validarlos y <strong>el</strong> procedimiento<br />

a seguir para su reconocimiento y registro.<br />

En la segunda parte d<strong>el</strong> Reglamento de Instalaciones Térmicas en<br />

los Edificios, las instrucciones técnicas detallan los parámetros que<br />

debe cumplir cada instalación. Esta parte está configurada por cuatro<br />

grandes bloques:<br />

it 1. Diseño y dimensionado<br />

it 2. Montaje<br />

it 3. Mantenimiento y uso<br />

it 4. Inspección.<br />

Cada una de estas instrucciones establece los valores límites que<br />

forman parte de las exigencias de bienestar, calidad d<strong>el</strong> ambiente,<br />

eficiencia energética y seguridad. Además, se desarrollan las condiciones<br />

de montaje, las pruebas a realizar en cada instalación, las<br />

instrucciones de mantenimiento y <strong>el</strong> régimen de las inspecciones.<br />

Algunos parámetros que forman parte de las condiciones de diseño<br />

han variado o se han añadido para poder compararlos con <strong>el</strong> anterior<br />

reglamento (v<strong>el</strong>ocidades medias d<strong>el</strong> aire, caudales mínimos de<br />

ventilación diferentes para locales de fumadores o no fumadores,<br />

calidad d<strong>el</strong> aire con respecto a concentración de CO 2 o a filtraciones<br />

mínimas, etc.). Sin embargo, todos los cambios que nos trae este<br />

nuevo reglamento tienen r<strong>el</strong>ación directa con la mejora de la calidad<br />

de las condiciones ambientales para los usuarios y también para <strong>el</strong><br />

medio ambiente.<br />

Queda prohibida la instalación de:<br />

• Calderas de tipo atmosférico a partir d<strong>el</strong> 1 de enero d<strong>el</strong> 2010.<br />

• Calderas con marcado de prestación energética según <strong>el</strong> RD<br />

275/1995, d<strong>el</strong> 24 de febrero, de una estr<strong>el</strong>la a partir d<strong>el</strong> 1 de enero<br />

de 2010.<br />

• Calderas con marcado de prestación energética según <strong>el</strong> RD<br />

275/1995, d<strong>el</strong> 24 de febrero, de dos estr<strong>el</strong>las a partir d<strong>el</strong> 1 de enero<br />

de 2012.<br />

ELENA VILAGRAN GRAU<br />

Arquitecta Técnica<br />

Jefa de Área de Instalaciones de <strong>CECAM</strong><br />

compresión De rocas con banDas eXtensométricas:<br />

móDulo De Young (e) Y coeficiente<br />

De poisson (n) (ver pág. 25)<br />

1. introDucción. la mecÁnica De rocas<br />

La mecánica de rocas es la disciplina que, dentro de los campos de<br />

la Geología y de la Ingeniería, trata las propiedades y comportamientos<br />

mecánicos de los materiales rocosos y de la respuesta que éstos<br />

presentan ante las fuerzas a las que están sometidos.<br />

Las masas rocosas están casi siempre afectadas por discontinuidades<br />

o planos de debilidad, que separan <strong>el</strong> macizo rocoso en diferentes<br />

bloques o matriz rocosa. Debido a estas discontinuidades <strong>el</strong><br />

medio rocoso presenta un carácter discontinuo y anisótropo.<br />

Por lo tanto, la finalidad de la mecánica de rocas es poder conocer<br />

y predecir <strong>el</strong> comportamiento de los materiales rocosos frente a la<br />

acción de las fuerzas internas y externas que se ejercen sobre <strong>el</strong>los.<br />

El conocimiento de las tensiones y deformaciones que puede llegar<br />

a soportar <strong>el</strong> material rocoso frente a unas determinadas condiciones

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