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exposición laboral a agentes cancerígenos y mutágenos

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48 • EXPOSICIÓN LABORAL A AGENTES CANCERÍGENOS Y MUTÁGENOS<br />

la <strong>exposición</strong> a <strong>agentes</strong> <strong>cancerígenos</strong> durante el trabajo prevista por el<br />

propio Real Decreto. Actualmente no está publicada esta guía, y por tanto<br />

solo podremos atenernos a las posibles indicaciones específicas que existan<br />

en organismos técnicos o en las diferentes administraciones.<br />

Prevención y reducción de la <strong>exposición</strong> (art. 5)<br />

Este artículo comienza volviendo a remarcar que si como resultado de la<br />

evaluación se pone de manifiesto un riesgo de <strong>exposición</strong> a <strong>cancerígenos</strong> o<br />

<strong>mutágenos</strong>, deberá evitarse dicha <strong>exposición</strong> y programar su sustitución.<br />

Si la sustitución no es técnicamente posible el empresario garantizará<br />

que la producción y utilización del mismo se realice en un sistema<br />

cerrado (evitando el contacto del trabajador con el agente).<br />

Si no es técnicamente posible el cerramiento, el empresario garantizara<br />

que el nivel de <strong>exposición</strong> de los trabajadores se reduzca a un valor<br />

tan bajo como sea técnicamente posible.<br />

En la primera modificación de este Real Decreto se introdujo la obligatoriedad<br />

de no superar un valor límite para el benceno (ver Anexo); en<br />

la segunda modificación, se añaden valores límites exigibles para el cloruro<br />

de vinilo monómero y el polvo de maderas duras, y se incorpora la<br />

obligación de que aún en el caso de no superar el valor límite se cumpla lo<br />

dispuesto en al apartado anterior (sustitución, utilización de un sistema<br />

cerrado y reducción de la <strong>exposición</strong> al valor más bajo posible).<br />

Siempre que se utilice un agente cancerígeno o mutágeno el empresario<br />

deberá aplicar todas las medidas necesarias siguientes:<br />

Limitar las cantidades del agente cancerígeno o mutágeno en el lugar<br />

de trabajo.<br />

Diseñar los procesos de trabajo y las medidas técnicas con el objeto<br />

de evitar o reducir al mínimo la formación de <strong>agentes</strong> <strong>cancerígenos</strong> o<br />

<strong>mutágenos</strong>.

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