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Formación y Orientación Laboral

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Fuerza mayor temporal: Si por alguna circunstancia no recogida<br />

en los supuestos anteriores, no puedes prestar tus servicios<br />

en la empresa, la autoridad laboral puede declarar la suspensión<br />

del contrato por fuerza mayor. Si las causas impidieran el<br />

trabajo por tiempo indefinido, se produciría la extinción del contrato.<br />

- Causas económicas o tecnológicas: Las causas económicas<br />

de suspensión de los contratos se producen cuando la empresa<br />

se declara en suspensión de pagos, mientras que las causas<br />

tecnológicas pueden ser la obsolescencia de la maquinaria, la<br />

introducción de nuevos procesos de producción, etc.<br />

- Cierre legal de la empresa: Consiste en un cierre temporal de<br />

la empresa, suspendiendo durante ese periodo tu contrato de<br />

trabajo y el del resto de trabajadores.<br />

c)Causas voluntarias provocadas por el trabajador:<br />

- Huelga: Durante la huelga permaneces en una situación de alta<br />

especial o asimilación al alta, sin derecho a percibir salario, ni<br />

prestaciones por desempleo o I LT.<br />

- Ejercicio de un cargo público: Se refiere al ejercicio de cargos<br />

políticos o sindicales.<br />

CAUSAS DE LA SUSPENSIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO<br />

Mutuo acuerdo<br />

Involuntarias<br />

Voluntarias<br />

EXTINCIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO<br />

Unidad 3: Legislación y relaciones laborales I<br />

Causas consignadas en el contrato<br />

Tras la conclusión del contrato<br />

ILT e IP<br />

Maternidad de la mujer trabajadora<br />

Servicio militar y sustitutorio<br />

Causas económicas o tecnológicas<br />

Fuerza mayor temporal<br />

Ejercicio de un cargo público<br />

La huelga<br />

Tabla 3.2.<br />

¿Por qué motivos puede extinguirse tu contrato de trabajo?<br />

a)Cumplimiento del objetivo:<br />

Sobre todo para los contratos temporales. Se requiere la denuncia<br />

de la terminación del contrato para que ésta sea efectiva, en caso<br />

contrario, se considera prorrogado indefinidamente.<br />

b)Mutuo acuerdo con el empresario.<br />

c)Voluntad propia:<br />

Puedes ocasionar la extinción del contrato por dimisión o jubilación.<br />

Puedes dimitir de tu trabajo sin alegar causa y sin por ello<br />

verte obligado a pagar ningún tipo de indemnización, salvo que no<br />

comuniques, en el plazo, el preaviso correspondiente establecido<br />

en convenio o por los usos y costumbres de la empresa.<br />

La extinción del contrato<br />

de trabajo es definitiva<br />

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