GRUPO TMM, S.A. - Consulta Bitácora para BMV - CNBV
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El 29 de diciembre, nosotros y ciertas subsidiarias modificaron el programa de bursatilización de cartera<br />
incrementando el monto en circulación en $25.0 millones adicionales, básicamente bajo los términos y<br />
condiciones existentes previamente a dichos incrementos. Al 29 de diciembre de 2003, después de dar<br />
efecto a dichas modificaciones, el monto de principal total de certificados en circulación bajo este<br />
programa era de $76.3 millones de Dólares bajo este programa. El 25 de mayo de 2004 y el 10 de junio<br />
de 2004, la Compañía y ciertas subsidiarias modificaron el programa de bursatilización de cartera <strong>para</strong><br />
incrementar el monto neto en circulación de dicho programa a $78.2 millones de Dólares, bajo los<br />
mismos términos y condiciones existentes previamente a dichos incrementos. Para efectos contables, la<br />
bursatilización de cartera representa el monto total en Dólares de servicios futuros a proporcionar a los<br />
clientes bajo este programa y así se refleja en los Estados Financieros.<br />
Reembolso del IVA<br />
El 25 de septiembre de 2002 el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer<br />
Circuito (el “Tribunal Federal”) emitió una sentencia a favor de TFM sobre un litigio de devolución de<br />
IVA, que ha estado pendiente en las cortes de México desde 1997. Este litigio surgió cuando la<br />
Tesorería de la Federación entregó un certificado de devolución de IVA a una entidad del Gobierno de<br />
México y no a TFM. Por decisión unánime el Tribunal Federal concedió a TFM un amparo <strong>para</strong> que el<br />
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (“Tribunal Fiscal”) dejara insubsistente la sentencia<br />
que este último había emitido con anterioridad negando a TFM el derecho al mencionado reclamo,<br />
ordenando al Tribunal Fiscal emitiera una nueva decisión consistente con los lineamientos de la<br />
sentencia emitida por el Tribunal Federal, la cual requiere que las autoridades fiscales emitan un<br />
certificado de devolución de IVA únicamente a nombre de TFM. El 6 de diciembre de 2002, la Sala<br />
Superior del Tribunal Fiscal una vez más emitió una resolución en contra de TFM. El 8 de enero del<br />
2003, TFM fue oficialmente notificada de la nueva sentencia del Tribunal Fiscal y el 29 de enero del<br />
2003 interpuso la apelación correspondiente. El 11 de junio de 2003, el Tribunal Federal emitió<br />
sentencia a favor de TFM en contra de la sentencia del Tribunal Fiscal. El 9 de julio de 2003, TFM fue<br />
formalmente notificada de la sentencia de amparo que emitió un panel de tres jueces del Tribunal<br />
Federal; en su sentencia, dicho Tribunal declaró que el Certificado de Devolución de IVA no había sido<br />
entregado a TFM y confirmó que TFM tenía el derecho de recibir dicho Certificado. Adicionalmente el<br />
Tribunal Fiscal declaró en su sentencia que la decisión de la Tesorería de la Federación de negar la<br />
entrega de dicho certificado a TFM violaba la ley, y ordenó se expidiera el Certificado de Devolución de<br />
IVA a nombre de TFM en los términos que establece el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación,<br />
vigente en 1997. Como consecuencia de lo anterior, el caso se regresó al Tribunal Fiscal.<br />
El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Fiscal, en sesión pública del día 13 de agosto de 2003, emitió<br />
sentencia por la cual dejó sin efectos su propia sentencia de fecha 6 de diciembre de 2002 y en estricto<br />
acatamiento y cumplimiento de la ejecutoria de fecha 11 de junio de 2003, dictada por el Tribunal<br />
Federal, resolvió que se configuró la negativa ficta y que TFM probó su pretensión, por lo que declaró la<br />
nulidad de la negativa como lo ordenó el Tribunal Federal. El 25 de agosto de 2003, el Tribunal Fiscal<br />
notificó oficialmente a TFM de su sentencia con relación al juicio que TFM inició en 1997 en materia de<br />
devolución del IVA. La sentencia del Tribunal Fiscal es resultado del voto unánime de los nueve<br />
magistrados presentes en la sesión pública en que se abordó el tema, y se dio en acatamiento del amparo<br />
otorgado el 11 de junio por el Tribunal Federal. El Tribunal Fiscal ordenó se expidiera a favor de TFM el<br />
Certificado de Devolución de Impuestos en los términos del artículo 22 del Código Fiscal de la Federación<br />
vigente en 1997.<br />
El 3 de octubre de 2003, la Procuraduría Fiscal de la Federación presentó recurso de revisión en contra de<br />
la sentencia del Tribunal Fiscal de fecha 13 de agosto de 2003, en la que se cumplimenta la ejecutoria de<br />
amparo que dictó el Tribunal Federal el 11 de junio de 2003. El 5 de noviembre de 2003, el Tribunal<br />
Federal desechó el recurso de revisión que había presentado la Procuraduría Fiscal de la Federación por<br />
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