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PROSPECTO PRELIMINAR - Consulta Bitácora para BMV - CNBV

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Los Certificados Bursátiles dejarán de causar intereses a partir de la fecha señalada <strong>para</strong> su pago, siempre<br />

que la Emisora hubiere constituido el depósito del importe de la amortización, y en su caso, de los<br />

intereses correspondientes, en las oficinas del INDEVAL, a más tardar a las 11:OO a.m. de ese día.<br />

En los términos y <strong>para</strong> efectos del artículo 282 de la LMV, la Emisora estipula que el Título que am<strong>para</strong> el<br />

monto total de la emisión no lleva cupones adheridos, haciendo las veces de éstos y <strong>para</strong> todos los efectos<br />

legales, las constancias que el propio lndeval expida <strong>para</strong> tal efecto. La amortización de los Certificados<br />

Bursátiles se efectuará contra la entrega del propio Título de Crédito, el día señalado <strong>para</strong> su vencimiento.<br />

Procedimiento <strong>para</strong> el cálculo de interés a Tasa de Udis<br />

A partir de la fecha de Emisión, y en tanto no sean amortizados, los Certificados Bursátiles devengarán,<br />

un interés bruto anual fijo sobre su valor nominal, a una tasa de interés bruto anual de ____%<br />

(____________ POR CIENTO) (la “Tasa de Interés Bruto Anual”), la cual se mantendrá fija durante la<br />

vigencia de la Emisión.<br />

El interés que devenguen los Certificados Bursátiles se computará a partir de su fecha de Emisión,<br />

respecto de cada Período de Intereses y los cálculos <strong>para</strong> determinar el monto a pagar como intereses,<br />

deberán de comprender los días naturales de que efectivamente consten los periodos respectivos hasta la<br />

fecha de pago.<br />

Para determinar el monto de intereses pagaderos en cada Período de Intereses aplicable respecto de los<br />

Certificados Bursátiles de la presente Emisión, el Representante Común utilizará la siguiente fórmula:<br />

En donde:<br />

Ij = Uj x VNAj-1 x [(TI/36000) x PLj]<br />

Ij = Intereses a pagar en la Fecha de Pago de Intereses j.<br />

Uj = Valor en moneda nacional de las Unidades de Inversión en la Fecha de Pago de Intereses j.<br />

TI = Tasa de Interés Real Bruto Anual (expresada en porcentaje).<br />

PLj = Número de días efectivamente transcurridos en el periodo j.<br />

VNAj-1 = Valor Nominal Ajustado total de los Certificados Bursátiles en circulación en la fecha de pago<br />

j-1, expresado en Unidades de Inversión, el cual <strong>para</strong> el primer período será igual al Valor Nominal.<br />

El Valor Nominal Ajustado de los Certificados Bursátiles se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:<br />

En donde:<br />

VNAj = VNAj-1 – AP j<br />

VNAj = Valor Nominal Ajustado de los Certificados Bursátiles en la Fecha de Pago de Intereses j.<br />

VNAj-1 = Valor Nominal Ajustado anterior j-1de los Certificados Bursátiles.<br />

APj = Amortización del Principal en la Fecha de Pago de Intereses j.<br />

A fin de determinar el monto en Pesos que deberá cubrirse por concepto de intereses en una determinada<br />

Fecha de Pago de Intereses, el Emisor, con la asistencia del Representante Común, utilizará la siguiente<br />

fórmula:<br />

En donde:<br />

IPj = Ij * U<br />

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