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Irregular<strong>id</strong>ades Crediticias en el Banco Provincia<br />
En este estado de cosas, el Banco se encuentra imposibilitado de hacer valer los<br />
créditos otorgados con la principal garantía constitu<strong>id</strong>a. Tal situación, que debía haberse<br />
previsto, no es más que la consecuencia de una asociación de riesgo llevada a cabo por el<br />
Banco sin garantías suficiente y en base al otorgamiento de una asistencia financiera ostensiblemente<br />
violatoria de la reglamentación interna del BAPRO.<br />
Continua analisis de la segunda carpeta :<br />
1. Informe de la Gcia de Proyectos de Inversión y Riesgo del 22 de marzo de 2002.<br />
Realiza un informe de la situación crediticia de TdC, de dicho informe se destaca: el vto del<br />
crédito por U$S 20MM al 15/03/99, y el de U$S 40MM el 2/03/99 (cuando su vto según la presentación<br />
judicial es el 27/02/99).<br />
Se destaca del informe que el ingreso de la total<strong>id</strong>ad de la deuda a Prestamos Venc<strong>id</strong>os en<br />
Proceso de Ejecución es en el mes de set/00 ( se desconoce la tardanza de más de un año de<br />
proceder a pasar la deuda a su correspondiente proceso de ejecución en abierta violación<br />
de la normativa interna del Banco).<br />
Del informe surgen gestiones realizadas por la firma deudora a efectos de lograr la refinanciación<br />
de sus vencimientos. Como así también nos habla del default del Grupo Económico l<strong>id</strong>erado por<br />
SCP, por lo cual solicita la restructuración de su deuda bancaria.<br />
Sorprendentemente surge que el Banco participa en deuda directa con las firmas Cia Gral de<br />
Combustibles SA y con Tren de la Costa SA y con SCP mediante deuda “avalada”. Destacándose<br />
el grado de exposición financiera del Grupo Económico con el Banco.<br />
Se destaca que Tren de la Costa SA tiene una deuda total con el sistema financiero del orden<br />
de los U$S 141,1 MM. (no consta el conocimiento que el Banco debería haber ten<strong>id</strong>o del<br />
grado de compromisos financieros por parte de TdC al tiempo de los prestamos solicitados.<br />
Aunque no debería ser extraño que esta Gerencia estuviera manejando esa información<br />
a la hora de estudiar los proyectos llevados a cabo por TdC).<br />
La propuesta original de TdC consistía en la reprogramación de la deuda a un plazo de 7 años,<br />
con las garantías vigentes y la prenda sobre las acciones de Parque de la Costa “una vez escind<strong>id</strong>o<br />
de la rubrada” (no se explica como puede transferirse PDC a otra firma diferente de la<br />
concesionaria).<br />
El BAPRO, el RIO y CITIBANK elaboraron una contrapropuesta la que fue aceptada en ppio por<br />
CSP: plazo de pago el 30 % el 30/09/01; 20 % el 30/09/02; y el 50 % 30/09/03/ asimismo en caso<br />
de cualquier venta de activos de TdC su resultado neto se destinará a la precancelación de la<br />
deuda / dcho preferente del BAPRO en caso de precancelación de la deuda de hasta el 40 % del<br />
monto a precancelar / en caso de venta de tenencias accionarias de la SCP en la Cia Gral de<br />
Combustibles y/o venta de cualquier activo de la SCP el produc<strong>id</strong>o de las tenencias que correspondan<br />
a Acreedores Avalados (entre ellos el BAPRO aunque tengamos en cuenta la poca firmeza<br />
de la confort letter de la SCP) se destinarán a la cancelación de lo adeudado./ Garantía: 1)<br />
fianza de la SCP; 2) cesión f<strong>id</strong>uciaria en garantía de los dchos de cobro sobre todos los ingresos<br />
de TdC; 3) dchos reales sobre bienes muebles e inmuebles del deudor, marcas y dichos de propiedad<br />
intelectual; 4) prenda/f<strong>id</strong>eicomiso de las I) 100 % de las tenencias directas e indirectas de TdC<br />
en Trilenium SA (Casino); II) 100% participación de TdC en PDC ; III) 100 % acciones que detente<br />
en Real State - Bienes Raices. Esta nueva propuesta pone en descubierto el conocimiento<br />
del Banco de las otras participaciones societarias que detentaba la firma Tren de la Costa<br />
SA como así también la posibil<strong>id</strong>ad de constituir garantías reales sobre bienes registrales,<br />
como así también la fianza directa de la Sociedad Comercial del Plata SA (auténtica y real<br />
firma adjudicataria de la concesión del ramal ferroviario).Todo ello, debería haberse llevado<br />
a cabo al inicio de los acuerdos creditorios y no en este proceso de restructuración de<br />
la deuda financiera que deviene de la dificultades económicas por las cuales atraviesa el<br />
Grupo Económico.<br />
Se deja asentado que deb<strong>id</strong>o a la «situación económico-financiera de la titular (reconocimiento<br />
tardío por parte del BAPRO), al no poder atender sus compromisos, se concensuó un proceso