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Irregular<strong>id</strong>ades Crediticias en el Banco Provincia<br />
promisos financieros (así, si incurre en atrasos superiores a 180 días y de hasta 1 año).<br />
· Categoría 5: INCOBRABLES. Las deudas de los clientes incorporados a esta categoría se<br />
cons<strong>id</strong>eran incobrables. Si bien estos activos podrían tener algún valor de recuperación bajo<br />
cierto conjunto de circunstancias futuras, su incobrabil<strong>id</strong>ad es ev<strong>id</strong>ente al momento del análisis<br />
(así, si se le decreta la quiebra, incurre en atrasos superiores a un año.<br />
· Categoría 6: INCOBRABLES. Similar clasificación es impuesta para créditos para consumo o<br />
vivienda. La importancia que tiene la clasificación exacta del deudor dentro de una de estas<br />
categorías será evaluada en torno a la neces<strong>id</strong>ad de previsionamiento.<br />
Estos créditos irregulares, que por ley se transferían del Banco Provincia de Buenos Aires<br />
(en adelante B.A.P.R.O.) a la Provincia, se reemplazarían por un título de la deuda pública provincial<br />
por el monto que resulte de detraer las Previsiones que por Riesgo de Incobrabil<strong>id</strong>ad se hubieran<br />
constitu<strong>id</strong>o al 31 de marzo de 2001 y hasta un tope máximo de hasta UN MIL CIEN MILLONES DE<br />
DOLARES ESTADOUNIDENSES (U$S 1.100.000.000).<br />
La misma ley creaba el F<strong>id</strong>eicomiso que tiene por objeto recuperar la mayor parte posible<br />
de la emisión de deuda que originaba la asunción de ese pasivo, “prima facie”, incobrable.<br />
La nota de elevación del proyecto de ley del Poder Ejecutivo, en ese entonces a cargo del<br />
Dr. Ruckauf, a la Legislatura, expresa: “...Esta iniciativa se enmarca en el proceso de fortalecimiento<br />
de la ent<strong>id</strong>ad financiera bonaerense... El proyecto presentado halla su fundamento en el<br />
Acuerdo para el Crecimiento, la Competitiv<strong>id</strong>ad de la Economía, la Preservación del Crédito<br />
Público y el Equilibrio Fiscal suscripto con el señor Jefe de Gabinete de Ministros, el señor Ministro<br />
del Interior y el señor Ministro de Economía de la Nación del 10 de abril de 2001...”.<br />
Sigue diciendo la nota de elevación: “... el proyecto contempla que la Provincia de Buenos<br />
Aires entregue al Banco un título de su deuda pública cuyo monto nominal será significativamente<br />
inferior al valor de los créditos que se transfieren, ya que se emitirá por el valor neto de los mismos<br />
una vez deduc<strong>id</strong>as las previsiones por riesgo de incobrabil<strong>id</strong>ad que el banco ha constitu<strong>id</strong>o<br />
por los mismos. Dicho titulo requiere de un plazo de amortización de nueve años a partir del<br />
ejercicio fiscal 2003, a efectos de su concordancia con el período de capitalización del Banco. Se<br />
prevé que su repago se encuentre garantizado con recursos de la Coparticipación Federal de<br />
Impuestos... Con los créditos transfer<strong>id</strong>os la Provincia constituirá un F<strong>id</strong>eicomiso, cuyo objeto<br />
será recuperar los préstamos que lo integran...”.<br />
Es decir, que a partir de la sanción de la mencionada ley, la frondosa cartera de créditos<br />
incobrables, o potencialmente incobrables, que conformaban el agujero negro del BAPRO , pasaban<br />
a engrosar el pasivo provincial a través de la emisión de un bono de la deuda pública,<br />
saneándose así la mencionada ent<strong>id</strong>ad.<br />
Ya con anterior<strong>id</strong>ad , en el mes de octubre del año 2000 , la Legislatura había autorizado al<br />
Poder Ejecutivo a comprometer un aporte irrevocable de $ 500.000.000.-,con el fin de incrementar<br />
el capital del Banco de la Provincia de Buenos Aires , argumentando en el mensaje N° 1115, de<br />
fecha 06/09/00 que “ ...la situación económica imperante “ no permitía a sectores económicos de la<br />
Provincia honrar los compromisos asum<strong>id</strong>os con el Banco , a lo que había que sumar las regulaciones<br />
bancarias internacionales a las que había adher<strong>id</strong>o el país que exigían capitalizar el Banco<br />
para adecuar la relación de su patrimonio con las demandas del desarrollo económico provincial .<br />
Por tal motivo se creyó conveniente la creación de una comisión que tuviera por objeto investigar<br />
por qué motivos el B.A.P.R.O. tenía tal cant<strong>id</strong>ad de créditos categorizados como irrecuperables.<br />
Desde hacía varios años se sospechaba que determinados sectores políticos habían utilizado<br />
a la ent<strong>id</strong>ad bancaria para financiar campañas políticas, inversiones privadas, y engrosar los bolsillos<br />
de los “amigos del poder” a costa del funcionamiento y viabil<strong>id</strong>ad de la ent<strong>id</strong>ad y de los miles de<br />
empleados que trabajan en el B.A.P.R.O., que de no haberse transfer<strong>id</strong>o esa cartera de créditos, es<br />
probable que hoy no tuvieran empleo.