Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano
Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano
Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
el recurso de reposición ante quien haya proferido el acto,<br />
y el de apelación ante su inmediato superior.<br />
Artículo 152°.- Recurso de Reposición. El recurso de<br />
reposición se interpondrá ante la misma<br />
autoridad que toma la decisión, a fin de que se revoque,<br />
reforme, adicione o aclare.<br />
Deberá interponerse con expresión de las razones que lo<br />
sustenten, por escrito presentándolo personalmente dentro<br />
de los tres (3) días siguientes a la notificación.<br />
Artículo 153°.- Recurso de apelación. El recurso de<br />
apelación tiene por objeto que el inmediato<br />
superior estudie el asunto decidido en primera instancia,<br />
para que lo confirme, revoque o reforme. Deberá<br />
interponerse por escrito presentándolo personalmente ante<br />
quién dictó la decisión, con la expresión de las razones que<br />
sustenten la impugnación. La apelación podrá interponerse<br />
directamente o en subsidio del recurso de reposición.<br />
Artículo 154°.- Trámite de las solicitudes. En las<br />
solicitudes que se eleven ante funcionarios<br />
o estamentos institucionales, se observará el siguiente<br />
trámite:<br />
a. Se presentarán personalmente en forma escrita ante<br />
la Secretaría General, dirigidas al funcionario y al<br />
estamento correspondiente<br />
b. Las solicitudes referentes a asuntos en los que haya<br />
una decisión en firme, se devolverán de plano por el<br />
destinatario con la nota respectiva, sin ningún otro<br />
trámite.<br />
c. Toda solicitud concebida en términos ininteligibles,<br />
descomedíos, irrespetuosos o sin la debida<br />
106