Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano
Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano
Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Artículo 6°. - Estudios de Posgrado. Los programas de<br />
Posgrado estarán adscritos al Centro de<br />
Investigaciones y tendrán:<br />
• Un Comité de Estudios de Posgrado<br />
• Un Jefe Programa de Estudios de Posgrado<br />
• Programas de Posgrado<br />
• Un Comité Asesor por programa<br />
• Infraestructura investigativa del Centro de Investigaciones<br />
• Cuerpo Profesoral<br />
El desarrollo de los programas estará sujeto a la<br />
normatividad vigente y a la regulación estatutaria y del<br />
Consejo de la Facultad de Ingenierías.<br />
Artículo 7°.- Comité de Estudios de Posgrado. Los<br />
programas de posgrado contarán con un<br />
Comité de Estudios de Posgrado, integrado por:<br />
• El Vicerrector Académico, que lo presidirá<br />
• El Director del Centro de Investigaciones<br />
• El Jefe Programa Académico de Posgrado<br />
• Los Decanos de Facultad<br />
Serán funciones del Comité de Estudios de Posgrado:<br />
a. Formular criterios y normas generales sobre los<br />
programas de posgrado en la Institución.<br />
b. Estudiar la viabilidad, la conveniencia para la región y<br />
el país y su adecuación a las normas de la institución,<br />
de los nuevos programas de posgrado que deseen<br />
establecer las Facultades, y rendir concepto a los<br />
Consejos Académico y Directivo.<br />
134