17.07.2014 Views

Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano

Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano

Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

calificador, cuya nota será la definitiva. El segundo y tercer<br />

calificadores serán designados por el Decano de Facultad,<br />

de los profesores de la misma asignatura o área, de la<br />

Facultad. En todo caso, la segunda y tercera calificaciones<br />

se consignarán en actas motivadas y las correcciones no<br />

pueden ir sobre el texto del examen.<br />

Artículo 82°.- Lugar y fecha para la devolución de<br />

exámenes. Los exámenes se devolverán<br />

en el <strong>Instituto</strong>, en día, hora y lugar previamente señalados<br />

por el profesor, dentro de los plazos establecidos para cada<br />

caso.<br />

Artículo 83°.- Repetición de exámenes. Cuando en un<br />

examen escrito, diferente a los de<br />

habilitación, con un valor igual al 20%, no apruebe siquiera<br />

el veinticinco por ciento (25%) de los estudiantes, hay lugar,<br />

por una sola vez, a la repetición del mismo, si así lo solicita<br />

por escrito, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la<br />

devolución, no menos del cincuenta por ciento (50%) de los<br />

perdedores, siempre que a juicio del Consejo de Facultad,<br />

el examen haya versado sobre temas u objetivos no<br />

contenidos en el programa o no tratados en clase por el<br />

profesor, o cuando el nivel o grado de dificultad haya sido<br />

excesivo o cuando el tiempo haya resultado insuficiente.<br />

La solicitud de que trata este artículo obliga a sus firmantes<br />

a la presentación del nuevo examen, la cual se limita<br />

exclusivamente a ellos, para quienes queda sin efecto la<br />

calificación del examen sustituido.<br />

Artículo 84°.- Nota definitiva. Se entiende por nota<br />

definitiva la nota final, o la de habilitación<br />

cuando ésta sea mayor que aquella. Cuando la nota<br />

definitiva fuere la de la habilitación, deberá dejarse<br />

constancia de ello en la hoja de vida del estudiante.<br />

61

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!