17.07.2014 Views

Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano

Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano

Reglamento Estudiantil - Instituto Tecnológico Metropolitano

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

hoja de vida académica y deberá cumplir este trámite en los<br />

tres (3) años siguientes a la terminación de sus estudios.<br />

Si en tres (3) años no se efectúan los trámites se tendrá<br />

que acoger el aspirante a las normas estipuladas por el<br />

Consejo Académico de la Institución.<br />

Artículo 116°.- Título académico. El título es el<br />

reconocimiento expreso de carácter<br />

académico, otorgado a una persona natural, a la culminación<br />

de un programa, por haber adquirido un saber determinado<br />

en una Institución de Educación Superior conforme a lo<br />

establecido por la Ley.<br />

Artículo 117°.- Registro de un título. El otorgamiento de<br />

un título se hará constar en el acta de<br />

graduación, en el diploma correspondiente y se anotará en<br />

el libro de registro de títulos del <strong>Instituto</strong> en la Coordinación<br />

Admisiones y Registro. De esta anotación se dejará<br />

constancia en el título mismo.<br />

Artículo 118°. - Acta de graduación. El acta de graduación<br />

deberá ser suscrita por el Rector, Secretario<br />

General y Decano de Facultad y deberá contener:<br />

a. Nombre de la Institución.<br />

b. Autorización legal en virtud de la cual la Institución<br />

confiere el título.<br />

c. Nombres y apellidos de la persona que recibe el título.<br />

d. Número del documento de identidad.<br />

e. Requisitos cumplidos por el graduado.<br />

f. Título otorgado.<br />

g. Fecha y número de acta de graduación.<br />

86

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!