José Carlos Blanco Diseño y realización - Coag
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BENEFICIARIOS<br />
Las organizaciones interprofesionales agroalimentarias<br />
legalmente constituidas y reconocidas por el<br />
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación al<br />
amparo del procedimiento establecido en el artículo<br />
4 de la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora<br />
de las organizaciones interprofesionales<br />
agroalimentarias.<br />
GASTOS SUBVENCIONABLES<br />
Podrán concederse ayudas para las siguientes<br />
fi nalidades:<br />
AYUDAS<br />
CUANTÍA DE LAS AYUDAS<br />
► 75 por 100 de los gastos de constitución previos<br />
al reconocimiento y estudios relativos a éste. El<br />
importe de esta ayuda junto con la de los gastos<br />
del primer año de funcionamiento no podrá exceder<br />
de 72.121,45 euros.<br />
► 50 por 100, 40 por 100 y 30 por 100 de los<br />
gastos de funcionamiento en el primer, segundo<br />
y tercer año, con unos límites máximos de<br />
72.121,45 euros, 54.091,09 euros y 36.060,73<br />
euros, respectivamente.<br />
COAGUÍA 2013<br />
► Gastos de constitución previos al reconocimiento<br />
y estudios relativos al mismo.<br />
► Gastos de funcionamiento durante los tres primeros<br />
años de actividad, considerándose como<br />
tales los siguientes:<br />
» Gastos de personal, que incluye los siguientes:<br />
sueldos y salarios; seguridad social a cargo de<br />
la organización interprofesional y los gastos de<br />
viaje, incluidos los de transporte del personal<br />
propio de la organización interprofesional<br />
agroalimentaria.<br />
» Dietas y gastos de transporte de los componentes<br />
del órgano de gobierno de estas organizaciones,<br />
en el ejercicio de sus funciones, como<br />
máximo en la cuantía establecida en la Administración<br />
General del Estado para los funcionarios<br />
de Grupo 2.<br />
» Arrendamientos y cánones.<br />
» Reparaciones y conservación.<br />
» Material de ofi cina.<br />
» Suministros: agua, gas, electricidad y<br />
carburantes.<br />
» Comunicaciones y portes.<br />
» Asesoramiento técnico, jurídico-contable, fi scal<br />
y laboral.<br />
» Realización de campañas de promoción del<br />
producto o sector objeto de las organizaciones,<br />
así como la creación de imagen externa de las<br />
mismas.<br />
» Llevar a cabo estudios referidos a alguna de las<br />
fi nalidades de la organización interprofesional<br />
agroalimentaria solicitante.<br />
► 50 por 100 de los costes de las campañas de<br />
promoción, con límite máximo de 60.101,21<br />
euros. Se podrán subvencionar dos campañas<br />
anuales.<br />
► 50 por 100 de los gastos de realización de estudios,<br />
con un límite por estudio de 30.050,61euros,<br />
pudiendo subvencionarse dos estudios anualmente.<br />
SOLICITUDES<br />
Las solicitudes de subvención se dirigirán al Ministro<br />
de Agricultura, Pesca y Alimentación en los plazos siguientes:<br />
► Ayudas para gastos de constitución, funcionamiento<br />
y campañas de promoción: desde el 1 de<br />
enero hasta el 31 de marzo de cada año.<br />
► Ayudas para la realización de estudios: desde el<br />
1 de enero hasta el 31 de mayo de cada año.<br />
Para las organizaciones que opten por considerar<br />
como primer año de funcionamiento el de su reconocimiento,<br />
todas las ayudas se podrán solicitar en<br />
el plazo de tres meses desde dicho reconocimiento,<br />
limitado en todo caso el plazo hasta el 30 de septiembre.<br />
DOCUMENTACIÓN<br />
► Solicitud de subvención.<br />
► Memoria detallada de la actividad.<br />
► Presupuesto pormenorizado.<br />
► Declaración sobre la solicitud o concesión de<br />
otras ayudas para la misma fi nalidad.<br />
► Autorización expresa al Ministerio de Agricultura,<br />
Pesca y Alimentación para recabar de la Agencia<br />
Estatal de Administración Tributaria y de la<br />
Tesorería General de la Seguridad Social la información<br />
relativa al cumplimiento de las obligaciones<br />
tributarias y ante la Seguridad Social.<br />
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