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José Carlos Blanco Diseño y realización - Coag

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DIRECTORIOS I CALENDARIO DE AYUDAS AGRARIAS DE DESARROLLO RURAL<br />

En Andalucía, muchos de los espacios incluidos en esta<br />

Red corresponden a zonas agrarias, siendo precisamente<br />

esta actividad la que ha permitido desarrollar y mantener<br />

muchos de los valores ambientales que han justifi -<br />

cado su inclusión en esta Red europea. Por ello, en muchas<br />

de estas zonas, el mantenimiento de la agricultura<br />

se considera imprescindible para asegurar la adecuada<br />

conservación de dichos valores ambientales, lo que no<br />

quita que, en determinadas ocasiones, sea necesario establecer<br />

limitaciones al ejercicio de dicha actividad para<br />

mejor preservar esos valores. En estas circunstancias<br />

se hace necesario compensar a los agricultores por las<br />

restricciones o adaptaciones a su actividad que se impongan<br />

por causas ambientales, o por la aplicación de la<br />

Directiva 2000/60/CE, lo que asegurará el cumplimiento<br />

de requisitos ambientales y la salvaguarda de los cultivos<br />

o aprovechamientos ganaderos de esas zonas.<br />

ACTUACIONES.- La ayuda es necesaria para que los<br />

agricultores en ciertas zonas compensen costes contraídos<br />

e ingresos no percibidos que resultan de las desventajas<br />

específi cas relacionadas con el cultivo en zonas<br />

de Natura 2000 y de las zonas afectadas por la Directiva<br />

Marco del Agua.<br />

214. AYUDAS AGROAMBIENTALES<br />

Los instrumentos agroambientales son necesarios para<br />

apoyar el desarrollo sostenible de zonas rurales y para<br />

responder a la demanda cada vez mayor de la sociedad<br />

de servicios ambientales. Las ayudas concedidas bajo<br />

esta medida deben animar a agricultores y otros administradores<br />

de tierras a servir a la sociedad en conjunto mediante<br />

la introducción o la continuación con la aplicación<br />

de métodos de producción agrícola compatibles con la<br />

protección y mejora del medio ambiente, el paisaje y sus<br />

características, los recursos naturales, el suelo y la diversidad<br />

genética.<br />

serán pagos anuales y cubrirán los siguientes costes:<br />

► Costes adicionales debidos al compromiso.<br />

► Ingresos no percibidos debido al compromiso.<br />

De ser necesario, pueden cubrir también los costes de<br />

transacción.<br />

216. AYUDAS A LAS INVERSIONES NO PRODUCTIVAS<br />

A fi n de reforzar el logro de los compromisos adquiridos<br />

en los programas agroambientales u otros objetivos<br />

agroambientales, o bien para reforzar, para cada explotación,<br />

el carácter de utilidad pública de una zona Natura<br />

2000 o de otras de alto valor natural que sean defi nidas,<br />

puede ser conveniente la realización de determinadas inversiones,<br />

que no sean remuneradoras, es decir, que no<br />

produzcan ningún aumento signifi cativo de los benefi cios<br />

en dichas explotaciones. A tal fi n, se justifi ca el establecimiento<br />

de ayudas para este tipo de inversiones.<br />

ACTUACIONES.-Las ayudas destinadas a inversiones no<br />

productivas, es decir inversiones que no produzcan ningún<br />

aumento signifi cativo de los benefi cios de las explotaciones<br />

agrarias o forestales (como por ejemplo la restauración<br />

de elementos históricos en tierras agrarias o la creación de<br />

un hábitat o de un elemento del paisaje) pueden ser:<br />

221. PRIMERA FORESTACIÓN DE TIERRAS AGRÍCOLAS<br />

La forestación en tierras agrícolas es una medida que<br />

puede favorecer el desarrollo socioeconómico de las zonas<br />

rurales al actuar como un catalizador de la cohesión<br />

social, ayudar a la diversifi cación de rentas y, además,<br />

contribuir activamente a la protección del medio ambiente,<br />

la prevención de peligros y fuegos naturales y atenuar<br />

el cambio climático. Esta repoblación forestal debe lógicamente<br />

adaptarse a las condiciones locales para que<br />

sea compatible con la conservación de los recursos naturales<br />

y aumentar la biodiversidad.<br />

ACTUACIONES.- Los pagos agroambientales están dirigidos<br />

a agricultores y otros responsables de la gestión de<br />

tierras que suscriban de forma voluntaria compromisos<br />

agroambientales. Las ayudas se concederán anualmente<br />

y cubrirán los costes adicionales y las pérdidas de ingresos<br />

derivados del compromiso suscrito. De ser necesario,<br />

podrán cubrir también los costes de transacción.<br />

215. AYUDAS RELATIVAS AL BIENESTAR DE LOS ANIMALES<br />

Las ayudas al bienestar de los animales buscan fomentar<br />

entre los agricultores la adopción de normas rigurosas en<br />

la cría de animales que vayan más allá de las prácticas<br />

obligatorias. Con ello se da respuesta a demandas de la<br />

sociedad respecto a la cría de animales compatible con<br />

su bienestar.<br />

ACTUACIONES.- Las ayudas al bienestar de los animales<br />

pueden concederse a los agricultores que suscriban<br />

voluntariamente compromisos relativos al bienestar de<br />

los animales durante un periodo de entre 5 y 7 años. Este<br />

compromiso debe ir más allá de los requisitos obligatorios<br />

(establecidos en el artículo 4 del Anexo III del Reglamento<br />

(CE) nº 1782/2003 y otros requisitos obligatorios pertinentes<br />

establecidos en la legislación nacional). Las ayudas<br />

ACTUACIONES.- Cualquier forestación inicial debería<br />

ser adaptada a las condiciones locales y ser compatible<br />

con el medio ambiente y aumentar la biodiversidad.<br />

Los pagos a los benefi ciarios podrán cubrir uno o más de<br />

los siguientes costes:<br />

► Costes de implantación (incluye costes para materiales<br />

de plantación, la plantación y los costes directamente<br />

vinculados y necesarios para la plantación).<br />

► Los costes de mantenimiento del bosque (una prima<br />

anual por hectárea durante un periodo máximo de 5<br />

años).<br />

► Compensación por la pérdida de ingresos respecto a<br />

la ganancia de los agricultores previa a la forestación<br />

de la tierra (una prima anual por hectárea por un máximo<br />

de 15 años).<br />

222. PRIMERA IMPLANTACIÓN DE SISTEMAS AGRO-<br />

FORESTALES EN TIERRAS AGRÍCOLAS<br />

Los sistemas agroforestales son sistemas de utilización<br />

de tierras que combinan la explotación forestal y agrícola<br />

en las mismas tierras. Tienen un alto valor ecológico y<br />

social combinado con sistemas extensivos de agricultura<br />

y silvicultura, dirigidos a la producción de madera de alta<br />

136 COAGUÍA 2013

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