19.01.2015 Views

PLAN PASTORAL PARA EL MINISTERIO HISPANO / De ...

PLAN PASTORAL PARA EL MINISTERIO HISPANO / De ...

PLAN PASTORAL PARA EL MINISTERIO HISPANO / De ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

APENDICE A: Preguntas & Respuestas / <strong>De</strong> Huéspedes a Anfitriones<br />

cimiento de cómo desarrollar efi cazmente o abordar este<br />

ministerio, y algunas veces negligencia a nivel de toma<br />

de decisiones.<br />

Pregunta: ¿Cómo una parroquia logra la integración eclesial<br />

plena de los hispanos<br />

Respuesta: Las prácticas pastorales buenas y consistentes en<br />

las parroquias han demostrado que los hispanos logran<br />

la integración eclesial plena cuando un párroco y su<br />

personal asumen responsabilidad y se involucran con la<br />

comunidad hispana. Esto no sólo evita problemas pastorales<br />

potenciales, sino que aborda las crisis como oportunidades<br />

para el crecimiento y edifi ca a la comunidad,<br />

facilitando un proceso de integración, de ser huéspedes a<br />

anfi triones, de recién llegados a corresponsables de la comunidad<br />

parroquial.<br />

Pregunta: ¿Se recomiendan las Misas bilingües o multiculturales<br />

para empezar el ministerio hispano<br />

Respuesta: La Arquidiócesis de Seattle generalmente no recomienda<br />

empezar el ministerio hispano con una Misa<br />

bilingüe o multicultural. Para que esto sea de benefi cio<br />

para la comunidad parroquial local, todos los grupos culturales<br />

étnicos implicados, inclusive la comunidad tradicional,<br />

deben tener un aprecio mutuo de sus culturas,<br />

dones y contribuciones y el párroco y el personal parroquial<br />

deben estar comprometidos en encuentro y communio.<br />

Sin embargo, las Misas bilingües o multiculturales<br />

deberían ser aprovechadas como oportunidades para la<br />

edifi cación comunitaria, especialmente en días de fi estas<br />

parroquiales o culturales.<br />

Pregunta: ¿Están las parroquias y organizaciones católicas<br />

obligadas a ayudar a aquellos que pudieron haber<br />

inmigrado a los Estados Unidos sin la documentación<br />

adecuada<br />

Respuesta: Sí. No tenemos ningún fundamento para estar<br />

verifi cando el estado migratorio de aquellos que buscan<br />

asistencia, pero sí tenemos una obligación moral y religiosa<br />

para ayudar y alimentar, física y espiritualmente, a<br />

los que se encuentran en necesidad.<br />

Pregunta: ¿Pero no nos pone esto en conflicto con la ley<br />

civil<br />

Respuesta: No. Todo lo contrario, pues el mandato evangélico<br />

de “amar y servir a nuestro prójimo” y la libertad de<br />

ejercer la religión en los Estados Unidos son los fundamentos<br />

en nuestro apoyo de la dignidad de los inmigrantes<br />

que buscan nuestra asistencia.<br />

Pregunta: ¿Y qué se dice acerca de bautizar a los inmigrantes<br />

que no tienen la documentación adecuada<br />

Respuesta: La parroquia no puede rehusar el bautismo en<br />

base a una falta de inscripción parroquial, documentación<br />

migratoria, y/o idioma. Los trabajadores inmigrantes<br />

y los refugiados se les debe permitir la misma<br />

oportunidad para bautizar a sus niños y educarlos en la<br />

fe católica como todos los demás católicos alrededor del<br />

mundo. Las parroquias deben adaptar su preparación en<br />

torno a la vida de los inmigrantes y los inmigrantes recién<br />

llegados.<br />

Pregunta: ¿Se aplica el mismo principio a las ceremonias<br />

de matrimonio de inmigrantes<br />

Respuesta: Lo que se dice del bautismo puede decirse de<br />

todos los sacramentos, incluyendo el matrimonio. El<br />

derecho canónico señala que los fi eles tienen derecho<br />

a los sacramentos, a condición de que estén adecuadamente<br />

preparados. La preparación matrimonial necesita<br />

ser adaptada a la situación de la comunidad hispana al<br />

cumplir con el requisito de la Iglesia Universal así como<br />

también con las normas y procedimientos de la Arquidiócesis<br />

de Seattle.<br />

Pregunta: Algunas veces las parejas piden matrimonios<br />

sacramentales sin querer anotarlos civilmente debido<br />

a su estado legal migratorio, ¿podemos hacer esto<br />

Respuesta: No. <strong>De</strong> hecho, ofi ciar tales bodas aún de buena<br />

intención puede ser perjudicial para la pareja, su estado<br />

legal y aún a la Iglesia en formas no intencionadas. Mientras<br />

es lamentable que el sistema de inmigración de los<br />

Estados Unidos sea realmente desafi ante, aquellos que<br />

intentan contraer matrimonios sin la documentación<br />

adecuada corren el riesgo de ser deportados y permanentemente<br />

exiliados de los Estados Unidos.<br />

Pregunta: ¿Pero qué tal las parejas que se casan civilmente<br />

en México o en una ceremonia civil en el consulado<br />

mexicano local y luego quieren que la Iglesia<br />

bendiga su unión<br />

Respuesta: El párroco ciertamente puede bendecir la<br />

unión como una convalidación. Sin embargo, la pareja<br />

misma corre los mismos riesgos legales si el gobierno<br />

de los Estados Unidos descubriera que han intentado<br />

casarse mientras buscan un cambio de estado legal<br />

permanentemente exiliados de los Estados Unidos.<br />

APENDICE A<br />

41

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!