PLAN PASTORAL PARA EL MINISTERIO HISPANO / De ...
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APENDICE A: Preguntas & Respuestas / <strong>De</strong> Huéspedes a Anfitriones<br />
cimiento de cómo desarrollar efi cazmente o abordar este<br />
ministerio, y algunas veces negligencia a nivel de toma<br />
de decisiones.<br />
Pregunta: ¿Cómo una parroquia logra la integración eclesial<br />
plena de los hispanos<br />
Respuesta: Las prácticas pastorales buenas y consistentes en<br />
las parroquias han demostrado que los hispanos logran<br />
la integración eclesial plena cuando un párroco y su<br />
personal asumen responsabilidad y se involucran con la<br />
comunidad hispana. Esto no sólo evita problemas pastorales<br />
potenciales, sino que aborda las crisis como oportunidades<br />
para el crecimiento y edifi ca a la comunidad,<br />
facilitando un proceso de integración, de ser huéspedes a<br />
anfi triones, de recién llegados a corresponsables de la comunidad<br />
parroquial.<br />
Pregunta: ¿Se recomiendan las Misas bilingües o multiculturales<br />
para empezar el ministerio hispano<br />
Respuesta: La Arquidiócesis de Seattle generalmente no recomienda<br />
empezar el ministerio hispano con una Misa<br />
bilingüe o multicultural. Para que esto sea de benefi cio<br />
para la comunidad parroquial local, todos los grupos culturales<br />
étnicos implicados, inclusive la comunidad tradicional,<br />
deben tener un aprecio mutuo de sus culturas,<br />
dones y contribuciones y el párroco y el personal parroquial<br />
deben estar comprometidos en encuentro y communio.<br />
Sin embargo, las Misas bilingües o multiculturales<br />
deberían ser aprovechadas como oportunidades para la<br />
edifi cación comunitaria, especialmente en días de fi estas<br />
parroquiales o culturales.<br />
Pregunta: ¿Están las parroquias y organizaciones católicas<br />
obligadas a ayudar a aquellos que pudieron haber<br />
inmigrado a los Estados Unidos sin la documentación<br />
adecuada<br />
Respuesta: Sí. No tenemos ningún fundamento para estar<br />
verifi cando el estado migratorio de aquellos que buscan<br />
asistencia, pero sí tenemos una obligación moral y religiosa<br />
para ayudar y alimentar, física y espiritualmente, a<br />
los que se encuentran en necesidad.<br />
Pregunta: ¿Pero no nos pone esto en conflicto con la ley<br />
civil<br />
Respuesta: No. Todo lo contrario, pues el mandato evangélico<br />
de “amar y servir a nuestro prójimo” y la libertad de<br />
ejercer la religión en los Estados Unidos son los fundamentos<br />
en nuestro apoyo de la dignidad de los inmigrantes<br />
que buscan nuestra asistencia.<br />
Pregunta: ¿Y qué se dice acerca de bautizar a los inmigrantes<br />
que no tienen la documentación adecuada<br />
Respuesta: La parroquia no puede rehusar el bautismo en<br />
base a una falta de inscripción parroquial, documentación<br />
migratoria, y/o idioma. Los trabajadores inmigrantes<br />
y los refugiados se les debe permitir la misma<br />
oportunidad para bautizar a sus niños y educarlos en la<br />
fe católica como todos los demás católicos alrededor del<br />
mundo. Las parroquias deben adaptar su preparación en<br />
torno a la vida de los inmigrantes y los inmigrantes recién<br />
llegados.<br />
Pregunta: ¿Se aplica el mismo principio a las ceremonias<br />
de matrimonio de inmigrantes<br />
Respuesta: Lo que se dice del bautismo puede decirse de<br />
todos los sacramentos, incluyendo el matrimonio. El<br />
derecho canónico señala que los fi eles tienen derecho<br />
a los sacramentos, a condición de que estén adecuadamente<br />
preparados. La preparación matrimonial necesita<br />
ser adaptada a la situación de la comunidad hispana al<br />
cumplir con el requisito de la Iglesia Universal así como<br />
también con las normas y procedimientos de la Arquidiócesis<br />
de Seattle.<br />
Pregunta: Algunas veces las parejas piden matrimonios<br />
sacramentales sin querer anotarlos civilmente debido<br />
a su estado legal migratorio, ¿podemos hacer esto<br />
Respuesta: No. <strong>De</strong> hecho, ofi ciar tales bodas aún de buena<br />
intención puede ser perjudicial para la pareja, su estado<br />
legal y aún a la Iglesia en formas no intencionadas. Mientras<br />
es lamentable que el sistema de inmigración de los<br />
Estados Unidos sea realmente desafi ante, aquellos que<br />
intentan contraer matrimonios sin la documentación<br />
adecuada corren el riesgo de ser deportados y permanentemente<br />
exiliados de los Estados Unidos.<br />
Pregunta: ¿Pero qué tal las parejas que se casan civilmente<br />
en México o en una ceremonia civil en el consulado<br />
mexicano local y luego quieren que la Iglesia<br />
bendiga su unión<br />
Respuesta: El párroco ciertamente puede bendecir la<br />
unión como una convalidación. Sin embargo, la pareja<br />
misma corre los mismos riesgos legales si el gobierno<br />
de los Estados Unidos descubriera que han intentado<br />
casarse mientras buscan un cambio de estado legal<br />
permanentemente exiliados de los Estados Unidos.<br />
APENDICE A<br />
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