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Óptica jurídica de seguridad y salud ocupacional.pdf

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c) En el numeral 3, se mira una protección no solo individual sino también para lasfamilias <strong>de</strong> quienes sufrieran acci<strong>de</strong>ntes o enfermeda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> origen profesional con lasin<strong>de</strong>mnizaciones concedidas sea por el IESS o por el patrono. Correlativamente con elDerecho a la Salud, se garantizara el acceso <strong>de</strong>l trabajador a los servicios <strong>de</strong> atenciónmédica en los casos don<strong>de</strong> se <strong>de</strong>senca<strong>de</strong>ne sea enfermedad profesional o acci<strong>de</strong>nte <strong>de</strong>origen laboral.d) Con respecto a la protección personal, los patronos <strong>de</strong>ben dotar oportunamente lasherramientas, instrumentos, materiales, útiles, vestimentas a<strong>de</strong>cuadas a los trabajadorespara que puedan ejecutar su trabajo 47 .2.2.3. Irrenunciabilidad <strong>de</strong> Derechos:Es el principio por el cual existen una serie <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos asegurados y garantizados por laConstitución y las Leyes laborales. Los estatutos especiales y los convenios colectivos que seencuentran fuera <strong>de</strong>l marco <strong>de</strong> negociación y libertad <strong>de</strong> contratación <strong>de</strong> las partes, y cualquierpacto en contrario será nulo y sin ningún valor. Este principio está contenido en el Artículo326, núm. 2, <strong>de</strong>la Constitución, y reproducido en el Artículo 4 <strong>de</strong>l Código <strong>de</strong>l Trabajo, queexpresamente dice: “Los <strong>de</strong>rechos laborales son irrenunciables. Será nula toda estipulación encontrario”. Este principio, sin embargo, no es absoluto, ya que ninguna ley pue<strong>de</strong> reglar<strong>de</strong>rechos sin fijar límites, intrínsecos o sociales, aunque existen numerosas excepciones. Esmás, al igual que otros principios el <strong>de</strong> irrenunciabilidad sigue evolucionando, <strong>de</strong> modo que yaNo. 5El trabajo en condiciones <strong>de</strong> igualdad <strong>de</strong> oportunida<strong>de</strong>s, que fomente sus capacida<strong>de</strong>s y potencialida<strong>de</strong>s,a través <strong>de</strong> políticas que permitan su incorporación en entida<strong>de</strong>s públicas y privadas.No. 10. El acceso <strong>de</strong> manera a<strong>de</strong>cuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.46 Código <strong>de</strong>l Trabajo, Artículo 42, numeral 2: Instalar las fábricas, talleres, oficinas y <strong>de</strong>más lugares <strong>de</strong> trabajosujetándose a las medidas <strong>de</strong> prevención, <strong>seguridad</strong> e higiene <strong>de</strong>l trabajo y <strong>de</strong>más disposiciones legales yreglamentarias, tomando en consi<strong>de</strong>ración, a<strong>de</strong>más, las normas que precautelan el a<strong>de</strong>cuado <strong>de</strong>splazamiento <strong>de</strong>las personas con discapacidad.47 Código <strong>de</strong>l Trabajo, Artículo 42, numeral 8: Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles,instrumentos y materiales necesarios para la ejecución <strong>de</strong>l trabajo, en condiciones a<strong>de</strong>cuadas para que este searealizado.Código <strong>de</strong>l Trabajo, Artículo 42, numeral 29: Suministrar cada año, en forma completamente gratuita, por lomenos un vestido a<strong>de</strong>cuado para el trabajo a quienes presten sus servicios.

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