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Contrato Colectivo Trabajo - 10/08/2013 03:41:11 am -0500 ...

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Para ocupar una plaza vacante temporal, definitiva o puesto de nueva creación, se seguiránlos line<strong>am</strong>ientos siguientes:1. La Universidad deberá informar al Sindicato y a las Comisiones Mixtas Permanentesde Escalafón y Admisión, en un plazo no mayor de 5 días hábiles, de las vacantes ypuestos de base de nueva creación, computando dicho plazo a partir de que sepresenten o se creen dichas vacantes, según el caso, a efecto de que el propioSindicato proporcione el personal respectivo. Lo mismo se hará en los casos en quepor cualquier causa se requiera de personal, observándose el principio de que siemprese cubrirá por el Sindicato las plazas vacantes, cualesquiera que sea su naturaleza.2. Al presentarse la vacante, la Comisión Mixta Permanente de Escalafón dict<strong>am</strong>inará loque proceda y lo comunicará a la Universidad inmediat<strong>am</strong>ente, a fin de que ejecute eldict<strong>am</strong>en de acuerdo a la Cláusula <strong>10</strong>2.3. Una vez concluido el proceso escalafonario, la Comisión Mixta Permanente deEscalafón notificará al titular de la dependencia, a la Comisión Mixta Permanente deAdmisión y a la Dirección General de Personal de las plazas que hayan resultadovacantes, indicando dependencia y en su caso, subdependencia de que se trate, paraque ésta solicite de inmediato al Sindicato proporcione al personal idóneo.4. Los candidatos a ingresar a laborar a la UNAM, que reúnan los requisitos establecidosen el Catálogo de Puestos del Personal Administrativo de Base y los Perfiles delPuesto o las equivalencias que se determinen entre la UNAM y el STUNAM en loscasos que esto proceda, realizarán una evaluación que permita demostrar su capacidadpara desempeñar el puesto de que se trate, misma que aplicará la UNAM, losresultados de estas evaluaciones serán proporcionados al STUNAM en un plazomáximo de 8 días hábiles.5. Por ningún concepto dentro de las evaluaciones se incluirán requisitos relativos aexámenes de embarazo, psicométricos, psicotécnicos y psicológicos o VIH ni losrelacionados a sexo, edad, estatura, complexión o antigüedad en la UNAM, nipromedio alguno para estudiantes, a menos que expres<strong>am</strong>ente la Comisión MixtaPermanente de Admisión considere que se requieren éstos por la naturaleza de losservicios que haya que prestarse, ni se impondrá impedimento alguno a la mujer porrazón de su estado derivado de su sexo, debiendo en todo caso, respetarse lasdisposiciones legales correspondientes en lo que se refiere al régimen de protecciónde mujeres y menores.6. Asimismo, en ningún caso y por ningún motivo se podrá disminuir el número deplazas, pero sí podrá la Institución, previo acuerdo con el Sindicato, solicitar lavacante para otra dependencia.7. Todas las plazas administrativas de base o temporal que no sean de confianza, seráncubiertas por el Sindicato, de acuerdo con las condiciones establecidas en este<strong>Contrato</strong>.<strong>10</strong>cct20<strong>10</strong>2012impresionv2.doc

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