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Contrato Colectivo Trabajo - 10/08/2013 03:41:11 am -0500 ...

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Los trabajadores que se consideren afectados por alguna resolución de la Comisión MixtaPermanente de Escalafón podrán inconformarse por escrito ante la propia Comisión dentrode un plazo de <strong>10</strong> días hábiles, contados a partir de que sean notificados de la resoluciónrespectiva, a efecto de que se revoque, modifique o confirme tal resolución, pudiendopresentar pruebas supervenientes.En tanto la Comisión no dict<strong>am</strong>ine en forma definitiva sobre la impugnación, la plaza encuestión no podrá ser ocupada, por lo que, el movimiento no podrá ser tr<strong>am</strong>itado ante laDirección General de Personal.De no haber conformidad entre los miembros de la Comisión Mixta Permanente deEscalafón, <strong>am</strong>bas partes nombrarán un perito de la lista que al respecto formulen la UNAMy el Sindicato, el que resolverá en definitiva, observándose el Regl<strong>am</strong>ento respectivo. Lasresoluciones derivadas de inconformidades ante la Comisión Mixta Permanente deEscalafón deberán ser cumplimentadas de inmediato por la Institución a la fecha de sunotificación.CLÁUSULA No. <strong>10</strong>4Difusión relativa al escalafónLos listados escalafonarios formulados, el Regl<strong>am</strong>ento de Escalafón y las resoluciones quedicte la Comisión, se harán públicos semestralmente con la mayor <strong>am</strong>plitud posible.CLÁUSULA No. <strong>10</strong>5Publicación del escalafónLa UNAM y el STUNAM, a través de la Comisión Mixta Permanente de Escalafón,publicará en cada dependencia por conducto de las unidades administrativas los listadosescalafonarios de todos los trabajadores administrativos de base, así como de las plazasvacantes cada seis meses, especificando en ellos: la antigüedad efectiva de cada trabajador,su registro federal de contribuyentes, número progr<strong>am</strong>ático de referencia de la plaza, asícomo categoría y salario. Los listados se colocarán en lugares visibles en cada dependenciauniversitaria, a fin de hacer las aclaraciones a que haya lugar, en un término de 30 días apartir de la fecha de su publicación.CAPÍTULO IIICOMISIÓN MIXTA PERMANENTE DECAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTOcct20<strong>10</strong>2012impresionv2.docCLÁUSULA No. <strong>10</strong>684

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