12.07.2015 Views

Contrato Colectivo Trabajo - 10/08/2013 03:41:11 am -0500 ...

Contrato Colectivo Trabajo - 10/08/2013 03:41:11 am -0500 ...

Contrato Colectivo Trabajo - 10/08/2013 03:41:11 am -0500 ...

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CLÁUSULA No. 48Ropa, útiles, instrumentos y materiales de trabajoLa UNAM está obligada a proporcionar a los trabajadores los útiles, los instrumentos ymateriales de trabajo que sean indispensables para la ejecución de sus labores ordinarias;igualmente a los que así lo requieran para su labor, se les proporcionarán dos uniformes obatas según corresponda; y a los que así lo requieran por su labor, un par de zapatos en abrily otro en octubre de cada año; además, los Vigilantes, Veladores, así como a lostrabajadores cuya labor lo requiera, deberá proporcionárseles un abrigo corto o largo segúnlas necesidades de trabajo y un impermeable cada año, todo de buena calidad.A las Secretarias y Oficiales Administrativos se les proporcionará cada año un par deprotectores para el antebrazo. En aquellos centros de trabajo donde se labore en condicionesespeciales, se les proporcionará equipo y ropa adecuados, conforme al dict<strong>am</strong>en que emitala Comisión Mixta Central Permanente de Seguridad e Higiene en el <strong>Trabajo</strong>, la que tomaráen cuenta el informe que presente la Comisión Mixta Auxiliar de Seguridad e Higiene en el<strong>Trabajo</strong> respectiva de cada centro de trabajo.La UNAM proporcionará un gafete de identificación al personal administrativo.De igual manera, a los Prefectos y Jefes de Servicio de la Institución se les dotará de dospares de calzado y dos trajes de buena calidad durante el año, haciendo en su caso losajustes necesarios, mismos que utilizarán en el desempeño de sus funciones.La misma Comisión Mixta Central Permanente de Seguridad e Higiene en el <strong>Trabajo</strong>escuchará las opiniones de las Comisiones Mixtas Auxiliares de Seguridad e Higiene en el<strong>Trabajo</strong>, respecto de las necesidades de equipo especial para los trabajadores que prestensus servicios en imprentas, laboratorios, bibliotecas, almacenes, CENDI y Jardín de Niños,la que dict<strong>am</strong>inará sobre la procedencia o improcedencia en los casos que corresponda.La ropa y calzado para trabajadores que laboren en las dependencias foráneas se lesproporcionará conforme a las condiciones climatológicas existentes en cada regióngeográfica, previo dict<strong>am</strong>en de la Comisión Mixta Central Permanente de Seguridad eHigiene en el <strong>Trabajo</strong>, mismo que se emitirá 90 días posteriores a la firma del presente<strong>Contrato</strong> <strong>Colectivo</strong> de <strong>Trabajo</strong>.En el caso de los trabajadores de los ranchos de la Facultad de Medicina Veterinaria yZootecnia, así como de los trabajadores del Rancho Almaraz, dependiente de la FESCuautitlán que en este caso se requerirá previo dict<strong>am</strong>en de la Comisión Mixta CentralPermanente de Seguridad e Higiene en el <strong>Trabajo</strong> a emitirse en un plazo de 30 días a partirde la firma del presente <strong>Contrato</strong>, la UNAM proporcionará la ropa, accesorios einstrumentos adicionales de trabajo, conforme a los convenios suscritos en cumplimiento dela Cláusula Transitoria Trigésimo Sexta del <strong>Contrato</strong> <strong>Colectivo</strong> de <strong>Trabajo</strong> 1990-1992,mismos que se actualizarán noventa días posteriores a la firma de este <strong>Contrato</strong>.cct20<strong>10</strong>2012impresionv2.doc37

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!