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Revista Etnias & Política No 7 - Observatorio Étnico Cecoin

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Bogotá D. C., ColomBia, JUNio De 2008 $15.000 iSSN 1900 1673 7<br />

Bolivia<br />

batalla decisiva


Marcela Olivera<br />

contenido<br />

3 editorial<br />

PUntoS de ViStA<br />

8 La doctrina Aznar:<br />

claves ideológicas de la desposesión<br />

Alejandro Mantilla Quijano<br />

22 Pueblos indígenas,<br />

Autonomía y Libre determinación<br />

Alejandra María García A.<br />

carlos Andrés Zapata c.<br />

40 La pluralidad étnica y la nación colombiana:<br />

una historia política<br />

efraín Jaramillo Jaramillo<br />

indÍGenAS de AMÉRicA<br />

58 La batalla en Bolivia es decisiva<br />

para los pueblos indígenas<br />

Héctor Mondragón<br />

76 Bolivia: grandes oportunidades, grandes<br />

peligros. La cuestión civilizatoria<br />

Pablo Ariel Regalsky<br />

94 estados plurinacionales y constituyente<br />

Boaventura de Sousa Santos<br />

104 Autonomías indígenas y comunalidad: debates<br />

y propuestas para el estudio y la praxis<br />

de las autonomías en el estado de oaxaca<br />

isis contreras


<strong>Etnias</strong>&política<br />

<strong>Revista</strong> del observatorio indígena de <strong>Política</strong>s Públicas<br />

de desarrollo y derechos <strong>Étnico</strong>s<br />

iSSn 1900 1673<br />

consejo editorial<br />

Abadio Green, Camilo Castellanos,<br />

Carlos Andrés Zapata, Héctor Mondragón,<br />

José Domingo Caldón, Juan Houghton.<br />

editor<br />

Héctor Mondragón<br />

Fotografías<br />

Cubierta: Marcela Olivera<br />

Archivo <strong>Cecoin</strong>, Carlos Gómez Ariza, Marcela Olivera,<br />

Indymedia, Soldepaz, Asamblea Popular de los Pueblos<br />

de Oaxaca, OIA, Tejido de comunicación ACIN<br />

divulgación<br />

Hernán Molina Echeverri<br />

Revisión de textos<br />

María José Díaz Granados<br />

diseño y diagramación<br />

Martha Gómez<br />

Producción editorial<br />

Marta Rojas<br />

impresión<br />

Ediciones Antropos<br />

Las opiniones expresadas en esta revista<br />

solo comprometen a sus autores.<br />

Se autoriza su reproducción parcial o total<br />

citando la fuente. Se agradece enviar copia.<br />

Bogotá, D.C., Colombia<br />

Carrera 10 Nº 24-76 Oficina 706<br />

Telefax (57-1) 334 1810<br />

Correo electrónico: cecoin@etb.net.co<br />

Esta publicación es posible gracias al auspicio de:<br />

ALMÁCIGA<br />

GRUPO DE TRABAJO INTERCULTURAL<br />

ActUALidAd<br />

128 después de la caída<br />

Alejandra Azuero Quijano<br />

138 Los territorios indígenas traslapados con áreas<br />

del sistema de parques nacionales naturales<br />

en la Amazonia colombiana:<br />

situación actual y perspectivas<br />

Ramón esteban Laborde<br />

152 Uribe incumple reparación integral<br />

por masacre y amenaza<br />

¡Llamo a los jóvenes nasa a levantarse!<br />

debate en la comisión Segunda del Senado sobre<br />

la situación de los pueblos indígenas del cauca<br />

Jesús Piñacué Achicue<br />

docUMentoS<br />

158 Biodiversidad, cambio climático y derechos<br />

de los pueblos indígenas en colombia<br />

onic<br />

160 Los diez mandamientos para salvar el planeta<br />

evo Morales Ayma


editoRiAL<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

durante 516 años de resistencia en las Américas ha estado<br />

planteado el problema de la dominación de los pueblos indígenas<br />

por los poderes y modelos económicos impuestos<br />

mediante las armas y el colonialismo. Ahora, como cuando<br />

Tupac Amaruc se levantó contra los españoles, los pueblos indígenas<br />

del continente vuelven a levantar por todos lados alternativas para<br />

liberarse de la opresión de siglos, del despojo de sus territorios.<br />

Es el resultado de años de lucha y organización lo que ha permitido<br />

una presencia pública y una acción política de los indígenas y de sus<br />

propuestas, las cuales han tratado de plasmar en leyes y constituciones<br />

nacionales y, finalmente, en la legislación internacional.<br />

Los Convenios 107 y 169 de la Organización Internacional del Trabajo<br />

(OIT) significaron importantes pasos en el establecimiento internacional<br />

de una nueva normatividad que al fin reconociera los derechos<br />

fundamentales de los pueblos indígenas, y que sirviera de marco<br />

para las innovaciones constitucionales que en cada país abrían paso<br />

a ese reconocimiento, como fue el caso de lo dispuesto por la Constitución<br />

de 1991 sobre los pueblos indígenas de Colombia.<br />

Pero la reacción del establecimiento y los intereses creados contra el<br />

reconocimiento de los derechos indígenas se ha entrelazado con la<br />

política del capital transnacional, ansioso de modificar la normatividad<br />

mundial en un sentido totalmente contrario, para reconocer los<br />

“derechos” de los inversionistas, del capital, es decir, de las propias<br />

transnacionales.<br />

Una nueva constitución mundial que pone los derechos de las transnacionales<br />

por encima de los derechos humanos y de los derechos<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

colectivos se fragua mediante los llamados tratados “de libre comercio”, las normas<br />

de la Organización Mundial de Comercio (OMC), y mediante numerosas leyes forestales,<br />

rurales, de tierras, de aguas, de minas, de petróleos, de “seguridad jurídica”, de<br />

arbitraje internacional y de propiedad intelectual, leyes que son como contratos de<br />

adhesión a manera de formularios a los que simplemente se les llenan algunos datos<br />

propios del país dominado en que se van aprobando.<br />

El establecimiento de los “derechos de los inversionistas” significa desde luego, otra<br />

vez, desconocer los derechos colectivos de los pueblos indígenas. El capital choca contra<br />

ellos y quiere despejar el camino. Otra vez una frondosa ideología se levanta para<br />

denigrar a los indios. El sociólogo por muchos años asesor del gobierno de Estados<br />

Unidos, Samuel Huntington, en su libro ¿Quiénes somos?, asume la cultura anglosajona<br />

como superior, y la identifica, con el individualismo en la medida que la ve amenazada<br />

por las culturas que enfatizan en los derechos colectivos. Según Huntington<br />

lo indígena, como cuna de los derechos colectivos, sería el fundamento del atraso<br />

latinoamericano. El ex presidente español José María Aznar, en su infome “América<br />

Latina, una agenda de libertad”, considera que el “indigenismo” es un “camino que se<br />

aleja de las sociedades abiertas, libres y prósperas”, porque sustituye el concepto de<br />

ciudadano de una república por el de miembro de una comunidad étnica”.<br />

La versión criolla del mismo racismo la sublima el peruano Mario Vargas Llosa atacando<br />

al supuesto fundamentalismo indígena al que sindica de “Talibán”, para colocarlo<br />

a la altura de los peores enemigos de la civilización, los terroristas. Considera<br />

las reivindicaciones indígenas como “utopía arcaica” colectivista y contrapuesta a los<br />

derechos individuales. Vargas Llosa presupone la superioridad de la otra cultura, la individualista,<br />

quiere imponer el neoliberalismo como bien supremo de la humanidad.<br />

A la nueva catarata ideológica contra la lucha de los pueblos indígenas se suman las<br />

iniciativas legislativas, como el Estatuto Rural en Colombia, los estatutos departamentales<br />

autonómicos en Bolivia, el Decreto Legislativo 1015 en Perú, que facilita la<br />

disolución de las comunidades andinas y amazónicas.<br />

Más grave aún son los hechos de fuerza contra los pueblos indígenas: los asesinatos<br />

de indígenas en la Amazonia brasilera; el encarcelamiento de mapuches en Chile; la<br />

represión en Oaxaca y Chiapas, en México; las masivas agresiones racistas de la Unión<br />

Juvenil Cruceñista y otros grupos fascistas en Bolivia, y las humillaciones públicas<br />

masivas a los indígenas como la ocurrida en la ciudad de Sucre; los ataques de los<br />

terratenientes zulianos contra los indígenas yukpa en Venezuela; el aumento de las<br />

violaciones de los derechos humanos de los indígenas durante los últimos años en<br />

4<br />

editoRiAL Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos


Colombia, y las órdenes del presidente Uribe de pagar recompensas por los indígenas<br />

que liberan la madre Tierra y de detener a los senadores partidarios de su causa.<br />

Los indígenas no se amilanan por la contraofensiva racista que quiere garantizar la<br />

nueva conquista transnacional. Ellos mantienen la iniciativa.<br />

En Ecuador han logrado su objetivo de años, la convocatoria de la Asamblea Constituyente<br />

donde se consagre el carácter plurinacional del Estado, y confrontan en<br />

este momento al gobierno para exigir que en la Constitución se plasme el derecho a<br />

exigir que solamente se exploten los recursos naturales de sus territorios cuando ello<br />

cuente con su consentimiento previo, libre e informado, y no se lesione su integridad.<br />

Obviamente, los poderosos intereses de las petroleras quieren trancar la lucha de las<br />

nacionalidades indígenas.<br />

En Bolivia la Constituyente ha aprobado un texto que consagra el carácter plurinacional<br />

del país, y los derechos fundamentales de los pueblos indígenas y los campesinos.<br />

Actualmente en Bolivia se libra una batalla decisiva por lograr que esa Constitución<br />

entre en vigencia y se abra el paso a un cambio real en ese país.<br />

En Venezuela, después de años de invisibilización, y tras lograr que la Constitución les<br />

reconociera derechos fundamentales, los indígenas luchan por la demarcación de sus<br />

territorios, contra los apetitos de las empresas mineras.<br />

El discurso neoliberal y los promotores y extensionistas al servicio de las transnacionales<br />

tratan de contener las aspiraciones de los pueblos indígenas, asegurándoles<br />

que quieren hacerlos partícipes a ellos y a sus territorios de los “beneficios del desarrollo<br />

económico”. Anuncian el supuesto papel redentor del mercado, la carretera,<br />

la explotación forestal, la mina, el pozo petrolero o la agroindustria. Pocas veces los<br />

indígenas salen bien librados en su integridad cultural, social y económica, y también<br />

los resultados ambientales suelen ser funestos. Durante el proceso, la mayoría son<br />

despojados de sus tierras y aguas; convertidos en mano de obra barata o migrantes<br />

internacionales. Sólo excepcionalmente un indio se convierte en empresario, y en<br />

cambio la mayoría participa en el desarrollo en calidad de empobrecido, despojado,<br />

cuyo territorio es desarrollado mediante la inversión.<br />

Objetiva e históricamente enfrentados a la concepción desarrollista los pueblos indígenas<br />

se han manifestado como sujetos del derecho a la diversidad étnica y cultural,<br />

como gestores de sus propios planes de vida, que deciden sus prioridades. Exigen<br />

reconocer el proyecto de vida propio de cada pueblo indígena, con cosmovisión, espiritualidad,<br />

organización, objetivos, prioridades, decisiones y alternativas propias,<br />

5<br />

editoRiAL Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

dispuestos a la interculturalidad, pero en términos simétricos y no asimétricos, opresivos;<br />

dispuestos a concertar pero a la vez a rechazar cualquier imposición.<br />

La aspiración de los pueblos indígenas a la autonomía se basa en el proyecto de cada<br />

pueblo, luego no se pueden someter a una nueva forma de subordinación etnocentrista<br />

que supedite los derechos indígenas al sometimiento a proyectos externos, sino<br />

que se trata de que cada pueblo, además de gestionar sus propios asuntos de acuerdo<br />

con su cultura y mediante sus autoridades propias, exprese su “consentimiento previo<br />

libre e informado” sobre todos y cada uno de los proyectos o planes de desarrollo que<br />

tengan que ver directamente con su territorio y su vida.<br />

La principal razón por la que el colombiano fue el único gobierno latinoamericano<br />

que no votó a favor de la “Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de<br />

los pueblos indígenas” aprobada por la Asamblea General de la ONU el 13 de septiembre<br />

de 2007, es lo dispuesto en el numeral 2 de su artículo 32:<br />

Los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas<br />

interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su<br />

consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus<br />

tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización<br />

o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.<br />

El consentimiento libre e informado de los pueblos indígenas es lo que el gobierno de<br />

Álvaro Uribe Vélez no puede tolerar, y es exigido en siete artículos por la declaración,<br />

entre ellos el 19 que se refiere a las medidas administrativas o legislativas que los<br />

afecten.<br />

¿Quién preguntó a las comunidades directamente afectadas por el Plan Puebla Panamá<br />

(PPP) o la Integración de la Infraestructura Regional de Suramérica (IIRSA)?<br />

Nadie. ¿Quién les ha preguntado si están de acuerdo o no con la expansión de las<br />

plantaciones de caña de azúcar y palma aceitera para el negocio de los agrocombustibles?<br />

¿Quién les pregunta si les convienen o no, o si aceptan que los aplasten las hidroeléctricas,<br />

los pozos petroleros, las minas y las grandes carreteras? Nadie.<br />

Consideradas las sociedades y los países como multiétnicos y pluriculturales, la diversidad<br />

se asume como una riqueza y como un derecho exigible. Las relaciones de<br />

respeto intercultural exigen concertación y consenso. Se trata de sustituir una interculturalidad<br />

asimétrica, dominadora, por una interculturalidad de consentimientos<br />

mutuos y prioridades consensuadas.<br />

6<br />

editoRiAL Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos


Esta visión no elimina el conflicto, sino que permite resolverlo en términos de construcción<br />

social. El conflicto es tan constitutivo del vínculo social como la interdependencia<br />

misma,<br />

la erradicación de los conflictos y su disolución en una cálida convivencia no es una meta<br />

alcanzable, ni deseable (…) es preciso, por el contrario, construir un espacio social y legal<br />

en el cual los conflictos puedan manifestarse y desarrollarse, sin que la oposición al otro<br />

conduzca a la supresión al otro, matándolo, reduciéndolo a la impotencia o silenciándolo<br />

(…) una sociedad mejor es una sociedad capaz de tener mejores conflictos. De reconocerlos<br />

y de contenerlos. De vivir no a pesar de ellos, sino productiva e inteligentemente en<br />

ellos. Que sólo un pueblo escéptico sobre la fiesta de la guerra, maduro para el conflicto,<br />

es un pueblo maduro para la paz1 .<br />

El sistema jurídico y la práctica de un Estado democrático se sustentan en el carácter<br />

efectivamente conflictivo de la sociedad. <strong>No</strong> hay democracia ni convivencia simétrica<br />

y equitativa, cuando la idea de la colaboración obligatoria reemplaza a la de la aceptación<br />

del conflicto y a la concertación institucional de soluciones alternativas. Se<br />

trata de construir una nueva interculturalidad, en la cual las diferencias se concierten<br />

a través de diálogo de verdades compartidas cuya tensión es una riqueza mantener.<br />

El reconocimiento de todos los territorios indígenas como entidades territoriales de<br />

la República, la consulta previa y el requisito del consentimiento libre e informado de<br />

los pueblos y las comunidades indígenas es el espacio adecuado para comenzar unas<br />

nuevas relaciones interculturales. La reciente sentencia C-030 de 2008 de la Corte<br />

Constitucional, que declaró inconstitucional la Ley Forestal por ausencia de consulta<br />

previa a los pueblos indígenas y comunidades afrocolombianas, puede ser un punto<br />

de referencia para comenzar.<br />

7<br />

editoRiAL Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos<br />

Bogotá, 20 de junio de 2008<br />

[1] ZULETA Estanislao (1989). “Sobre la guerra, esa borrachera colectiva”. En Elogio a la dificultad y otros<br />

ensayos. Cali, Fundación Estanislao Zuleta, 2001, p. 73.<br />

Junio de 2008


PUntoS de ViStA<br />

La doctrina Aznar:<br />

claves ideológicas<br />

de la desposesión<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

Renueva tu clóset:<br />

las camisas negras<br />

vuelven a estar<br />

de moda<br />

En algunas ocasiones,<br />

si queremos entender las<br />

claves de una época no es<br />

preciso acudir a los trabajos<br />

de reconocidos intelectuales<br />

o pensadores, incluso<br />

pueden ignorarse los libros<br />

de filosofía, los trabajos científicos<br />

o los más innovadores<br />

proyectos artísticos. A veces lo<br />

fundamental puede encontrarse<br />

en las expresiones más pueriles y<br />

banales. Muchos ejemplos pueden<br />

citarse al respecto: Jacques Lacan relacionaba<br />

la ética de Kant con las novelas<br />

de Sade; Walter Benjamin procuró<br />

explicar la formación social propia<br />

del siglo XIX analizando los pasajes de


París (algo así como los “centros comerciales” de<br />

la época); Naomi Klein ha expuesto los rasgos<br />

del capitalismo contemporáneo utilizando como<br />

pretexto conocidas marcas de prendas deportivas<br />

y bebidas gaseosas.<br />

Así que para empezar evitaremos los libros de<br />

historia y los informes económicos. Mejor revisemos<br />

las publicaciones más superficiales, leamos<br />

los informes sobre la moda que no usaremos,<br />

acudamos a las páginas donde se reseñan las fiestas<br />

a las que no nos invitan. En esa tarea podemos<br />

encontrar datos interesantes, como una diciente<br />

columna de Plinio Apuleyo Mendoza. Leamos un<br />

aparte:<br />

Cada que veo una foto de desdentados indígenas<br />

bolivianos, con sus típicos ponchos<br />

y sombreros, aclamando furiosamente al<br />

desastroso Evo Morales, pienso: ¡Caramba,<br />

qué suerte tenemos los colombianos!<br />

Somos completamente ajenos a enfrentamientos<br />

que ligan a la lucha política reivindicaciones<br />

de razas o de civilizaciones.<br />

Aceptamos los valores de Occidente” (Mendoza,<br />

2008, p. 18).<br />

A Plinio le puede molestar una de cuatro cosas, o<br />

las cuatro al mismo tiempo: 1) los indígenas bolivianos;<br />

2) las preferencias políticas de los indígenas<br />

bolivianos; 3) la desaparición de los dientes<br />

de los indígenas bolivianos; o 4) los ponchos y<br />

sombreros de los indígenas bolivianos (si escribe<br />

en una publicación que trata temas ligados a la<br />

moda puede ser muy estricto al respecto). La<br />

cuestión es clara, debemos reflexionar si a Plinio<br />

le molestan los indígenas por ser indígenas, o<br />

si simplemente es alguien muy escrupuloso en<br />

cuestiones dentales y estéticas. <strong>No</strong> sobra recor-<br />

Alejandro Mantilla Quijano<br />

dar que los dientes no solo desaparecen por no<br />

acudir al cepillo, sino también por deficiencia<br />

de calcio. Los dientes desaparecen también por<br />

desnutrición y por la ausencia de políticas de<br />

promoción y prevención en salud oral. En cuanto<br />

a moda se refiere, es importante señalar que los<br />

ponchos y los sombreros con sus diseños tradicionales<br />

pueden ser más cómodos y más baratos<br />

que la mayoría de prendas de las pasarelas europeas<br />

(además, las muchachas que las visten sí que<br />

están desnutridas).<br />

Debemos poner atención a la segunda parte del<br />

párrafo citado, donde Plinio asume su adhesión a<br />

los patrones occidentales, por lo que nos permitimos<br />

suponer que su preocupación no es estética<br />

sino de otro carácter: Plinio procura defender la<br />

civilización occidental del acoso bárbaro de los<br />

indígenas desdentados, por algo tiene nombre de<br />

romano.<br />

Continuemos con la lectura; en el aparte siguiente<br />

Plinio afirma:<br />

Nadie entre nosotros quiere volver a los<br />

tiempos de Tisquesusa. Nuestras comunidades<br />

indígenas constituyen minorías<br />

marginales que pueden llevar a uno de los<br />

suyos al Congreso, a una alcaldía o de pronto<br />

a una gobernación departamental sin<br />

que eso sea un problema para nadie (Mendoza,<br />

2008).<br />

Podemos reconstruir el argumento de Plinio utilizando<br />

sus frases más inquietantes: “los indígenas<br />

desdentados bolivianos aclaman al desastroso<br />

Evo Morales, qué suerte tenemos los colombianos,<br />

nuestras comunidades indígenas constituyen<br />

minorías marginales, por eso aceptamos los<br />

valores de Occidente”.<br />

Investigador del Centro de Cooperación al Indígena (<strong>Cecoin</strong>).<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

LA CONSIGNA QUE PROCLAMA EL ANSIA<br />

DE TRIUNFO PARA OCCIDENTE IMPLICA<br />

NECESARIAMENTE EL ENFRENTAMIENTO<br />

CONTRA SUS ENEMIGOS<br />

¿<strong>No</strong> puede notarse cierto desprecio? Puede pensarse<br />

que este tipo de afirmaciones son aisladas o<br />

excepcionales, pero si analizamos las preferencias<br />

de algunos centros de investigación, las opiniones<br />

de determinados columnistas, o los discursos de<br />

respetados jefes de gobierno, encontramos nuevas<br />

posiciones racistas revestidas con nuevos trajes y<br />

razonamientos. Este tipo de discursos tiene componentes<br />

que deben ser adecuadamente desvelados,<br />

pues las nuevas formas de racismo no defienden la<br />

simple supremacía “natural” de unos grupos sociales<br />

sobre otros de acuerdo con prejuicios atávicos. En<br />

nuestro tiempo el racismo se articula con un discurso<br />

centrado en la defensa de la propiedad individual,<br />

las garantías para la inversión y la promoción de la<br />

democracia liberal. En ese marco puede decirse que<br />

mientras el racista tradicional confiaba en concepciones<br />

biológico-raciales que justificaban discursos<br />

de supremacía de un grupo social sobre los demás,<br />

el nuevo racista tiende a ampararse en discursos de<br />

defensa de la civilización occidental y sus valores.<br />

El racista habitual se mostraba como un enemigo<br />

decidido del cambio social, como acérrimo defensor<br />

de la tradición y de los órdenes establecidos<br />

por Dios o la naturaleza; por oposición, el nuevo<br />

racista es un convencido partidario del progreso,<br />

de las libertades, de la democracia y la modernidad.<br />

Su racismo se deriva de una concepción que bien<br />

podemos denominar como “modernidad sin emancipación”,<br />

pues acepta el legado de Occidente y la<br />

modernidad extrapolando algunos de sus ejes, pero<br />

ignora o combate momentos cruciales de la herencia<br />

moderna.<br />

La agenda de libertad de la derecha<br />

europea para América Latina<br />

Uno de los documentos que merece la pena analizar<br />

lleva por título América Latina. Una agenda de<br />

libertad, editado por la Fundación para el Análisis y<br />

los Estudios Sociales (FAES) (2007). El texto cuenta<br />

con una presentación elaborada por el ex jefe del<br />

gobierno español José María Aznar, y fue coordinado<br />

por Miguel Ángel Cortés, diputado del derechista<br />

Partido Popular y antiguo secretario de Estado para<br />

la Cooperación Internacional y para Iberoamérica<br />

durante el segundo periodo del gobierno Aznar.<br />

Desde la presentación del documento, el ex jefe<br />

de gobierno español deja muy en claro cuáles son<br />

sus propósitos: “Creemos que Occidente no es un<br />

concepto geográfico sino un sistema de valores universales.<br />

Queremos que Occidente triunfe” (FAES,<br />

2007, p. 7). La consigna que proclama el ansia de<br />

triunfo para Occidente implica necesariamente el<br />

enfrentamiento contra sus enemigos, que tiene<br />

como escenario privilegiado a América Latina:<br />

Ante América Latina se abren dos caminos<br />

opuestos. Uno es el que siguen los países<br />

que tienen éxito: el camino de la apertura al<br />

mundo, de la democracia, del respeto por las<br />

libertades individuales y del fortalecimiento<br />

del Estado de derecho. Un camino que atrae<br />

inversiones, genera crecimiento, incentiva a<br />

los emprendedores, crea empleo y reduce la<br />

pobreza… El otro camino aleja de las sociedades<br />

abiertas, libres y prósperas. Quienes hoy proponen<br />

seguir esta vía se nutren de ideas caducas: del populismo<br />

revolucionario, del neoestatismo, del indigenismo<br />

racista y del militarismo nacionalista.<br />

Ninguna de ellas es desconocida en Iberoamérica.<br />

Constituyen el “socialismo del siglo XXI”,<br />

heredero del que, en el siglo XX, generó miseria<br />

y opresión. Vemos con preocupación que esas<br />

ideas vuelven a renacer, incluso con el aval de<br />

10<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ La doctrina Aznar ]


procesos electorales (FAES, 2007, p. 9) (énfasis<br />

agregado).<br />

El documento de FAES, que bien podríamos denominar<br />

como parte de la “doctrina Aznar”, enfatiza la pertenencia<br />

de América Latina a la civilización occidental,<br />

ubicando como motores fundamentales de nuestros<br />

pueblos el legado cristiano y la conquista europea.<br />

América Latina es el fruto histórico de esa<br />

expansión que comienza a finales del siglo XV,<br />

cuando los europeos llegan al nuevo continente,<br />

y se inicia un proceso de fusión y mestizaje<br />

que no ha tenido parangón en la historia. A lo<br />

largo de más de tres siglos los pueblos originarios<br />

del continente se van fundiendo con los<br />

aportes humanos llegados del viejo continente.<br />

Pero lo más significativo es la incorporación<br />

de todas esas sociedades a la idea de Occidente,<br />

mediante la extensión del cristianismo, que actúa<br />

como elemento transmisor de toda la tradición<br />

occidental del momento y como motor<br />

de incorporación de las sociedades americanas<br />

a Occidente (FAES, 2007, pp. 16, 17).<br />

La presentación de Aznar encontrará un cuerpo más<br />

elaborado a lo largo del informe, el cual toma como<br />

base la defensa de los valores de Occidente frente<br />

a los enemigos arriba enumerados: indigenismo,<br />

populismo, neoestatismo y militarismo nacionalista.<br />

En ese marco, Occidente pareciera reunir dos<br />

grupos de valores:<br />

1. En primer lugar, Occidente es análogo a la suma<br />

de las tradiciones griega, romana y judeo-cristiana.<br />

De manera complementaria, Occidente<br />

también es análogo a la democracia liberal, la<br />

tolerancia, el pluralismo, y el pensamiento científico<br />

y crítico (FAES, 2007, pp. 14-16).<br />

2. En segundo lugar, Occidente es la propiedad privada,<br />

la economía de mercado y la libre iniciativa<br />

para invertir y comerciar (FAES, 2007, p. 16).<br />

En ese sentido, la senda del progreso occidental tiende<br />

a confundirse con el camino de la acumulación<br />

sin trabas, la liberalización comercial y la garantía de<br />

las inversiones foráneas, pues de manera explícita el<br />

documento plantea que la intervención del Estado<br />

en la economía, el fortalecimiento del mercado<br />

interno o el condicionamiento a los inversores son<br />

medidas que han caído en el descrédito. Por esta vía,<br />

los autores dejan claro que consideran inaplicables<br />

medidas como el proteccionismo económico, la<br />

sustitución de importaciones y el fortalecimiento<br />

del sector público (FAES, 2007, p. 21).<br />

occidente sin modernidad,<br />

modernidad sin emancipación<br />

Detengámonos entonces en las debilidades de la<br />

doctrina Aznar, pues su razonamiento muestra<br />

agudos problemas. El primer grupo de problemas<br />

se liga con la relación capitalismo/Occidente. El<br />

vincular la herencia filosófica occidental con el<br />

modelo económico liberalizado no resulta tan claro<br />

como imaginan los teóricos de la derecha española.<br />

Sin duda, es confuso creer que el pensamiento de<br />

Platón y Aristóteles tiene tanta importancia como la<br />

reducción de aranceles, o que el método cartesiano<br />

es tan crucial para Occidente como la regulación de<br />

inversiones defendida por la Organización Mundial<br />

del Comercio (OMC). Pero el problema va más allá,<br />

pues el razonamiento no solo está marcado por la<br />

falta de claridad sino por la abierta falsedad.<br />

Giovanni Arrigí, en El largo siglo XX, ha retomado los<br />

argumentos de Ferdinand Braudel para recordarnos<br />

que el nexo entre el capitalismo y Occidente es más<br />

complejo de lo que el sentido común neoliberal parece<br />

aceptar. Para Braudel, anterior a la emergencia<br />

de la empresa capitalista en Occidente puede constatarse<br />

la presencia de mercaderes y comerciantes<br />

provenientes de Japón, Egipto, el Golfo Pérsico,<br />

11<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Bengala, o India (Arrighi, 1999, pp. 24 y ss.). Por lo<br />

anterior, es claro que los intercambios comerciales y<br />

los mercados del inicio de la modernidad no tienen<br />

un origen exclusivo en Occidente, así que no puede<br />

proclamarse una identidad automática entre la<br />

historia del capitalismo y la historia de la civilización<br />

occidental, el proceso es mucho más complejo, históricamente<br />

hablando.<br />

También resulta abiertamente problemático, en<br />

términos históricos, el vínculo entre el modelo económico<br />

de no intervención y apertura, con los valores<br />

de la democracia y los derechos individuales. Los<br />

redactores del informe omiten recordar que el escenario<br />

pionero de aplicación del modelo económico<br />

neoliberal fue precisamente un país gobernado por<br />

una dictadura: Chile. Durante el gobierno Pinochet,<br />

el dictador fue asesorado por la CIA en materia de<br />

torturas y desapariciones forzadas, mientras recibía<br />

la asesoría de los economistas de la Universidad de<br />

Chicago en materia de política monetaria y fiscal.<br />

Eran otros tiempos, épocas en las que Henry Kissinger,<br />

pensando en el gobierno constitucional de<br />

Salvador Allende, podía declarar tranquilamente<br />

que “no veía razón para que a determinado país se le<br />

permitiera ‘hacerse marxista’, simplemente porque<br />

‘su gente es irresponsable’” (Hitchens, 2002, p. 79).<br />

Semejante expresión, que bien indica los límites del<br />

respeto a la democracia de los defensores del mercado<br />

liberalizado, muestra un correlato matizado en el<br />

informe del FAES, cuando al hacer alusión a las victorias<br />

electorales de la izquierda latinoamericana en la<br />

última década se permite afirmar: “Vemos con preocupación<br />

que esas ideas vuelven a renacer, incluso<br />

con el aval de procesos electorales” (FAES, 2007, p. 9).<br />

El lenguaje de Kissinger, prefigurador de golpes de<br />

Estado, muestra un peligroso calco en el pensa- Ariza<br />

miento de la derecha Europea. En suma, la democra- Gómez<br />

cia y el libre mercado no son principios que tiendan Carlos<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ La doctrina Aznar ]


a coincidir en todos los casos, y la historia reciente<br />

nos enseña que cuando ambos principios entran en<br />

conflicto, es la democracia, infortunadamente, la<br />

que tiende a ceder. 1<br />

El segundo grupo de problemas se deriva de la<br />

propia lectura del legado occidental. La versión de<br />

Occidente preconizada por la doctrina Aznar resulta<br />

curiosamente recortada, pues no hace ninguna alusión<br />

a uno de sus pilares fundamentales: la pregunta<br />

por la ilustración y la emancipación. Desde finales<br />

del siglo XVIII, la pregunta por la ilustración se ha<br />

visto ligada con la lucha por la emancipación. Este<br />

tipo de reflexiones, inauguradas por Kant, parten<br />

de una idea simple y poderosa: “La ilustración es la<br />

liberación del hombre de su culpable incapacidad.<br />

La incapacidad significa la imposibilidad de servirse<br />

de su inteligencia sin la guía de otro” (Kant, 1979,<br />

p. 25). El servirse de la propia inteligencia implica<br />

tanto la posibilidad de librarse de tutores que se<br />

arrogan la posibilidad de pensar por nosotros, como<br />

la posibilidad correlativa de recorrer un camino distinto<br />

al que dicho tutor nos impone. Esa noción de<br />

emancipación fue completada con la diferenciación<br />

entre emancipación política y emancipación humana<br />

efectuada por Marx. La emancipación política<br />

consiste en el proceso de secularización que permite<br />

la liberación del Estado de su identidad con la religión,<br />

así como la participación de los individuos en<br />

la esfera pública. La laicización del Estado y el arribo<br />

del ciudadano son los dos procesos que confluyen<br />

para alcanzar la emancipación política. Pero el proyecto<br />

de Marx va mucho más allá, pues se plantea<br />

la búsqueda de la emancipación humana, exenta de<br />

[1] <strong>No</strong> está de más recordar que durante el fracasado<br />

golpe de Estado de abril de 2002 en Venezuela, el<br />

gobierno de José María Aznar fue uno de los pocos que<br />

reconoció diplomáticamente el breve gobierno del<br />

golpista Pedro Carmona.<br />

contradicciones, P pues ya no parte de la liberación<br />

del Estado sino de la liberación del hombre como<br />

ser genérico, en plena relación con su comunidad, y<br />

liberado de las limitaciones de la sociedad burguesa<br />

(Marx, 1992, pp. 42 y ss.).<br />

Es en ese marco que la versión de Occidente que<br />

muestran los autores del informe FAES resulta tan<br />

recortada. <strong>No</strong> es casualidad que, sin sonrojarse, afirmen<br />

que el lazo primordial que incluye a América<br />

Latina en Occidente sean el cristianismo y la conquista,<br />

pues de esta manera no solo justifican el genocidio<br />

contra los pueblos indígenas que sufrieron<br />

la invasión, sino que además anulan la otra cara de<br />

Occidente, el rostro de la Ilustración, la modernidad<br />

y la emancipación. La doctrina Aznar maneja una<br />

versión ultraconservadora de Occidente, ocultando<br />

las facetas que reflejan la historia de la secularización,<br />

de las luchas por la democratización, contra los<br />

privilegios de las monarquías y contra las injusticias<br />

desatadas por la acumulación de capital. 2<br />

contra los pueblos indígenas<br />

y los derechos colectivos<br />

Como mencionamos, en el informe de la FAES se señala<br />

al indigenismo como un enemigo declarado de<br />

Occidente, pues tiende a negar la raíz europea de las<br />

sociedades americanas (FAES, 2007, p. 22). Para los<br />

autores del informe, el indigenismo es un mal que<br />

se debe conjurar, al igual que el neoestatismo, el na-<br />

[2] De acuerdo con lo anterior encontramos que, una<br />

vez más, el filósofo favorito de este tipo de análisis<br />

es Karl Popper. De ahí la presunta actualidad de la<br />

pregunta por la ciencia y su método, y no por la crítica;<br />

por eso se preguntan por la sociedad abierta y no por la<br />

emancipación humana; por eso alaban el pluralismo y la<br />

tolerancia y no se preguntan por la igualdad sustantiva;<br />

reafirman los derechos individuales pero ven en los<br />

derechos colectivos un riesgo que se debe conjurar.<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

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etniAS & PoLÍticA<br />

cionalismo, el militarismo y el populismo. Frente a<br />

tal diagnóstico surge una pregunta necesaria, ¿cuál<br />

es el criterio que les permite agrupar fenómenos tan<br />

dispares en un mismo saco? El informe nos entrega<br />

inmediatamente la respuesta:<br />

Esta izquierda prima los supuestos derechos<br />

colectivos frente a los individuales, ignorando<br />

al individuo en beneficio del grupo, sea etnia,<br />

sindicato o clase social. La pertenencia étnica<br />

y la mirada atrás, a una mítica arcadia pre precolombina,<br />

colectivista e igualitaria, es una de<br />

las ilusiones de esta izquierda latinoamericana,<br />

sobre todo en los países con un fuerte componente<br />

amerindio en su población (FAES, 2007,<br />

p. 25) (énfasis agregado).<br />

En ese marco, la base del ataque frente al indigenismo<br />

es dual, pues se bifurca en una posición política<br />

concreta y en una fundamentación abstracta. La posición<br />

política concreta la encontramos al percatarnos<br />

de la inclusión del proyecto indigenista dentro<br />

de un marco más amplio compuesto por posiciones<br />

de izquierda. En resumen, lo que le molesta a la<br />

derecha española es el despliegue de un proyecto<br />

indigenista incluido en un proyecto más amplio de<br />

transformación social. En suma, estos apartes se dirigen<br />

primordialmente al gobierno de Evo Morales<br />

en Bolivia, y al movimiento indígena ecuatoriano<br />

que apoya al gobierno de Rafael Correa.<br />

En segundo lugar, el ataque se muestra explícito<br />

frente a la noción de derechos colectivos, pues según<br />

los redactores del informe, los derechos colectivos<br />

son contrarios a los derechos individuales. En<br />

ese sentido, el ataque ya no se dirige contra las posiciones<br />

políticas de los pueblos indígenas, sino contra<br />

los derechos de los que son titulares.<br />

Al respecto resulta fundamental destacar que la<br />

ofensiva contra los derechos colectivos no solo implica<br />

un ataque a los indígenas, sino objetivos más<br />

amplios, como los derechos de los trabajadores o<br />

los derechos asociados a la clase social. El propósito<br />

de esta elaboración es evitar cualquier tipo de política<br />

pública que tenga como sustento redistribuciones<br />

de ingreso o de factores productivos como<br />

la reforma agraria, o determinadas políticas de<br />

bienestar propias de los ya desmantelados Estados<br />

providencia, pues ambas se articulan en dirección a<br />

la pertenencia a una clase social determinada. En ese<br />

sentido, la doctrina Aznar también se muestra como<br />

un cuerpo de ideas con una clara hostilidad antisindical,<br />

ya que derechos como la asociación o la huelga<br />

no solo son derechos de titularidad colectiva, sino<br />

que además son el resultado de acciones colectivas.<br />

<strong>No</strong> obstante, el franco rechazo de los derechos colectivos<br />

tiene mayores implicaciones en relación con<br />

los pueblos indígenas, ya que la doctrina Aznar les<br />

dedica varias críticas que hacen prefigurar ofensivas<br />

ideológicas en tales direcciones en el corto plazo:<br />

1. El informe señala que los pueblos indígenas promueven<br />

un falseamiento de la historia, pues al<br />

reivindicar determinados derechos históricos pretenden<br />

frenar el libre mercado e impulsar nuevos<br />

rumbos de dirigismo económico (FAES, 2007).<br />

2. En segundo término, la derecha española afirma<br />

que las pretensiones del indigenismo se basan en<br />

un claro ataque al Estado-nación moderno y al<br />

constitucionalismo liberal del siglo XIX, pues socava<br />

la unidad nacional al demandar el respeto a<br />

la diversidad étnica y la crítica a las soberanías nacionales.<br />

En ese sentido, la doctrina Aznar censura<br />

lo que denomina la sustitución del “concepto de<br />

ciudadano de una república por el de miembro<br />

de una comunidad étnica” (FAES, 2007).<br />

3. El tercer ataque muestra una mayor virulencia,<br />

pues asume que el indigenismo (al igual que los<br />

nacionalismos europeos) “subordina principios e<br />

instituciones liberales como la división de pode-<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ La doctrina Aznar ]


Carlos Gómez Ariza<br />

res, el mérito y capacidad, la igualdad ante la ley<br />

y el respeto por los derechos individuales, al logro<br />

de sus objetivos muy cercanos al totalitarismo”<br />

(FAES, 2007).<br />

Este ataque a los derechos colectivos de los pueblos<br />

indígenas debe analizarse con detalle. Es fundamental<br />

recordar que los derechos indígenas, en especial<br />

aquellos ligados a su cultura y a su territorio, no pueden<br />

considerarse como la simple suma del conjunto<br />

de los derechos individuales, ni tampoco como su<br />

negación. La garantía plena de los derechos territoriales<br />

y culturales depende de un ejercicio colectivo<br />

ligado con prácticas comunitarias acordes con visiones<br />

ancestrales de mundo. Si los derechos territoriales<br />

y culturales de los pueblos indígenas perdieran su<br />

carácter colectivo, puede decirse que los indígenas<br />

perderían el goce efectivo de la mayoría de sus derechos<br />

(Berche et al., 2006), pues tal especificidad es la<br />

que los constituye como sujetos con derechos en las<br />

normas internacionales y las constituciones de buena<br />

parte de las democracias contemporáneas. Los<br />

derechos colectivos también son individuales pues<br />

el goce de aquéllos se materializa en cada individuo;<br />

lo que ocurre es que las nociones de “colectivo”, de<br />

“pueblo” y de “comunidad” que soportan tales derechos<br />

no se pueden explicar por la simple suma de<br />

los individuos. Los promotores de la doctrina Aznar,<br />

quienes se muestran como aparentes defensores de<br />

los derechos individuales, en realidad pretenden la<br />

negación de estos derechos para los indígenas.<br />

Por esta razón resulta tan importante para la derecha<br />

europea insistir en la defensa del constitucionalismo<br />

liberal del siglo XIX, ya que le permite<br />

reafirmar su nostalgia por un Estado que no había<br />

reconocido derechos sociales para la clase trabajadora,<br />

que no había presenciado revoluciones agrarias o<br />

proletarias, y donde buena parte de las monarquías<br />

gozaban de buena salud. Así que el ataque a los<br />

derechos colectivos de los pueblos indígenas refleja<br />

la continuidad de tal racionalidad conservadora, ya<br />

que solo hasta el siglo XX, con las luchas por la descolonización,<br />

y el despliegue de revoluciones agraristas<br />

como la mexicana de 1917, se empieza a gestar<br />

de manera plena el reconocimiento de estos dere-<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

GRUPOS DE CAPITAL SON LOS QUE SE VEN<br />

BENEFICIADOS CON LA DESPOSESIóN<br />

DE LOS TERRITORIOS DE INDíGENAS<br />

y AFRODESCENDIENTES<br />

chos colectivos. En ese marco, los únicos derechos<br />

individuales que le interesa defender a la doctrina<br />

Aznar son los del inversionista y del comerciante<br />

que acude al mercado, el resto de derechos son susceptibles<br />

de censura, máxime cuando amenazan el<br />

proyecto de la acumulación de capital.<br />

De manera complementaria, los argumentos restauradores<br />

que añoran el Estado-nación del siglo XIX, se<br />

complementan con los argumentos modernizadores<br />

que pretenden desconocer la identidad étnica y los<br />

derechos territoriales indígenas sustentados en<br />

realidades previas a la conformación de los Estados<br />

nacionales. Por esta razón, cuando critican la sustitución<br />

del concepto de ciudadano de una república por<br />

el de miembro de una comunidad étnica, incurren en<br />

una aporía, en una sin salida temporal, ya que objetan<br />

al mismo tiempo el reconocimiento de derechos<br />

propio del siglo XX, y las realidades precoloniales que<br />

sustentan tal reconocimiento, ya que el origen y la<br />

identidad indígena son anteriores a los procesos de<br />

unificación nacional y de centralización del Estado.<br />

Por lo anterior, puede decirse que a la Fundación<br />

FAES le molesta la continuidad de las identidades<br />

étnicas que tienen un carácter anterior a los Estados,<br />

pero también le molesta el reconocimiento de derechos<br />

que son posteriores a los Estados, pero que<br />

limitan sus ámbitos de acción. Es decir, pretenden<br />

reforzar una noción de soberanía nacional que se<br />

muestra emparentada con los súbditos del siglo XIX,<br />

con los aislados individuos consumidores del siglo<br />

XXI, y con los inversionistas ávidos de ocupar los territorios<br />

colectivos indígenas.<br />

el racismo como herramienta<br />

ideológica de la desposesión<br />

El apellido de la familia francesa Sidos no nos dice<br />

tanto como otras familias célebres provenientes del<br />

país Galo, pero su historia estuvo bastante ligada a<br />

la historia francesa durante buena parte del siglo<br />

XX. El padre de los hermanos Sidos murió fusilado al<br />

final de la Segunda Guerra Mundial acusado de ser<br />

colaboracionista con los nazis durante la ocupación<br />

de Francia. En la década de los sesenta, Jacques Sidos<br />

fue encarcelado por colaborar con la OAS, la organización<br />

paramilitar que rechazaba la independencia<br />

argelina. François Sidos fundó el grupo ultraderechista<br />

Europa-Acción, mientras su hermano Pierre<br />

fundó el grupo Occidente, organización cuya principal<br />

afición radicaba en desatar enfrentamientos urbanos<br />

contra los partidarios franceses del Viet-cong<br />

en los años sesenta.<br />

La ultraderecha francesa defendía el colonialismo<br />

en Argelia y Vietnam arrogándose la defensa de la<br />

herencia de Occidente. Este tipo de discursos, que<br />

muchos consideraban superados, han retornado<br />

con nuevos bríos y nuevas categorizaciones. La<br />

historia de la familia Sidos y el grupo Occidente no<br />

es una simple anécdota inocente, por el contrario,<br />

refleja ciertas lógicas que la historia universal ya<br />

ha conocido. En primer lugar, porque la defensa de<br />

un Occidente colonial que niega sus raíces emancipatorias<br />

ya ha sido una obsesión propia de ciertos<br />

sectores de ultraderecha. Pero sobre todo porque en<br />

épocas de fuerte competencia imperial, el racismo<br />

tiende a presentarse como el respaldo ideológico de<br />

las ambiciones económicas. Esta es la clave para leer<br />

la doctrina Aznar y sus discursos cercanos.<br />

Como bien lo han mostrado autores como Hannah<br />

Arendt (2004), Perry Anderson (2002) y David<br />

Harvey (2004), durante la etapa inmediatamente<br />

anterior a la Primera Guerra Mundial florecieron<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ La doctrina Aznar ]


de manera uniforme por el continente europeo<br />

ideologías racistas y nacionalistas que abogaban por<br />

el despliegue imperialista a lo largo del planeta, y<br />

por la confrontación militar como destino inevitable<br />

de los imperios de la época. Durante el periodo<br />

comprendido entre finales de la década de 1860 y el<br />

inicio de la guerra en 1914, la racionalidad europea<br />

sufrió modificaciones sustantivas: de la exaltación<br />

romántica de la nación, propia de mediados del siglo<br />

XIX, se saltó a las justificaciones positivistas de la nacionalidad<br />

apoyadas en ideologías de superioridad<br />

racial y hostilidad contra otras naciones. En palabras<br />

de Hannah Arendt, “[l]a verdad histórica de la cuestión<br />

es que el pensamiento racial con sus raíces afirmadas<br />

en el siglo XVIII, emergió simultáneamente<br />

en todos los países occidentales durante el siglo XIX.<br />

El racismo había sido la poderosa ideología de las<br />

políticas imperialistas desde el comienzo de nuestro<br />

siglo [XX]” (2004, p. 221). Habitualmente, este tipo<br />

de doctrinas tenía como pilares el predominio de los<br />

fuertes sobre los débiles, la presunta grandeza de las<br />

naciones basadas en la pureza étnica, y la superioridad<br />

de los pueblos conquistadores por sobre los<br />

conquistados.<br />

Tal vez el más recordado de los pensadores de la época<br />

sea Gobineau, teórico francés del siglo XIX, quien<br />

sostenía que la raza blanca (como si existiese algo así<br />

como la “raza blanca”) era la única que había podido<br />

desarrollar una vida cultural activa, mientras las razas<br />

negra y amarilla (como si existiese algo así como<br />

la “raza negra” o la “raza amarilla”) no mostraban<br />

vida propia o energía alguna. En ese orden, si tales<br />

“razas” mostraban tales caracteres de inferioridad,<br />

debían ser gobernadas por la “raza” blanca, la única<br />

que podía generar el progreso y la historia. 3<br />

[3] Para una exposición crítica del pensamiento de<br />

Gobineau ver Ernst Cassirer (1996, pp. 264 y ss.).<br />

Este tipo de planteamientos justificaba tres operaciones<br />

diferentes y complementarias: 1) la expansión<br />

colonial de los imperios europeos en Asia,<br />

África, Oceanía y el Caribe; 2) la franca hostilidad<br />

contra las potencias competidoras; y 3) la cohesión<br />

nacional-popular y la afinidad de los pueblos con<br />

sus gobernantes, lo que permitía contener las intenciones<br />

de voto dirigidas a los partidos socialistas y<br />

comunistas que pregonaban doctrinas internacionalistas<br />

contrarias al racismo.<br />

Pero la fortaleza de tales ideologías no radicaba<br />

únicamente en el mensaje que emitían al servicio<br />

de las elites fanáticas de la época; su operación fundamental<br />

era fungir como catalizador de las lógicas<br />

de acumulación en un contexto donde los intereses<br />

de los Estados tendían a coincidir con sus empresas<br />

nacionales. Como lo ha señalado David Harvey,<br />

durante este periodo se presentó una oleada masiva<br />

de inversión europea alrededor del planeta, apalancada<br />

con ocupaciones de territorios por la vía militar<br />

que, o bien protegían las inversiones realizadas, o<br />

bien abrían espacio para aprovechar nuevos flancos<br />

para la acumulación (Harvey, 2004, p. 50). En suma,<br />

durante el periodo de ascenso de los imperialismos<br />

europeos las ideologías chovinistas, racistas y de nacionalismo<br />

hostil se convirtieron en el revestimiento<br />

ideológico para la expansión de capital, el sustento<br />

del colonialismo, la contención de los movimientos<br />

populares europeos, y la glorificación de la guerra<br />

entre potencias.<br />

Resulta crucial comprender lo ocurrido durante este<br />

periodo histórico para establecer coincidencias y<br />

diferencias entre las viejas formas del racismo y las<br />

doctrinas contemporáneas que sugieren nuevas justificaciones<br />

de la violación de los derechos y la discriminación.<br />

En ese sentido, dividamos el argumento<br />

en dos momentos. En primer lugar, comparemos el<br />

marco histórico/económico de la etapa anterior a<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

la Primera Guerra Mundial, con el periodo del que<br />

hoy hacemos parte. En segundo término, debemos<br />

analizar las coincidencias y las diferencias frente a<br />

los dos tipos de discurso.<br />

La competencia entre bloques<br />

y la acumulación por desposesión<br />

Al comparar el capitalismo contemporáneo con el<br />

de hace cien años encontramos una situación paradójica;<br />

aunque ciertos rasgos de la competencia<br />

capitalista tienden a ser similares, los actores en<br />

competencia tienden a diferir.<br />

En la etapa imperialista comprendida entre 1870 y<br />

1914, al igual que en el periodo que inicia en 1973<br />

y aún no termina, la economía vivía una situación<br />

de crisis de larga duración que obligaba a los capitalistas<br />

a buscar nuevas fuentes de inversión y acumulación<br />

que le permitieran ubicar los excedentes<br />

obtenidos. Tal situación llevaba a tres fenómenos<br />

complementarios: 1) la búsqueda de una “solución<br />

espacial” basada en el despliegue territorial de la<br />

expansión del capital, cuyo propósito primordial era<br />

la explotación de recursos naturales y mano de obra<br />

barata; 2) la búsqueda de una “solución temporal”<br />

basada en la ubicación de inversiones a largo plazo<br />

que permitieran darle continuidad al mantenimiento<br />

de la acumulación (Harvey, 2007, pp. 332 y ss.;<br />

2004, pp. 97 y ss.); 3) como consecuencia de los dos<br />

primeros: la competencia entre actores capitalistas<br />

por controlar tanto las soluciones espaciales como<br />

las soluciones temporales.<br />

La combinación entre soluciones espaciales y temporales<br />

tiene como objetivo la resolución de las crisis<br />

inherentes al capitalismo. El propósito de tales operaciones<br />

es encontrar canales para la absorción de<br />

los excedentes de capital y de trabajo. Dentro de tales<br />

canales encontramos el aprovechamiento de nuevas<br />

fuentes de mano de obra barata: traslado de las fá-<br />

bricas a lugares donde los trabajadores muestran un<br />

menor nivel organizativo-sindical, o tienen menos<br />

garantías jurídicas; la producción de espacio por vía<br />

de la desterritorialización: ampliando las fronteras<br />

agrícolas o explotando regiones inexploradas; la explotación<br />

de recursos antes ignorados: encontrando<br />

nuevos yacimientos mineros y petroleros, por ejemplo;<br />

y por último, la penetración en sociedades que no<br />

se encuentran inmersas en las lógicas del capitalismo<br />

y sus instituciones jurídicas (Harvey, 2004, p. 97).<br />

Es en este ámbito donde entra en escena la llamada<br />

“acumulación por desposesión”, la cual puede definirse<br />

como “la liberación de un conjunto de activos<br />

(incluida la fuerza de trabajo) a un coste muy bajo<br />

(y en algunos casos nulo)” (Harvey, 2004, p. 119). La<br />

desposesión puede entenderse como una recreación<br />

permanente de los procesos de acumulación<br />

originaria analizados por Marx (1998, pp. 891 y ss.).<br />

La clave de estos procesos es la transformación de<br />

determinados modos de producción y subsistencia<br />

ajenos al capitalismo en modos de producción y<br />

subsistencia ligados al capital. Uno de los ejemplos<br />

que Marx destaca es el de la expansión territorial<br />

del capital por la vía del despojo de la tierra de los<br />

campesinos que cultivaban su propia parcela y que<br />

se beneficiaban con el usufructo de la tierra comunal.<br />

Marx destaca cómo a través de medios legales<br />

y medios violentos, los campesinos son expulsados<br />

de sus tierras tanto por los señores feudales que<br />

desconocen los títulos jurídicos que acreditaban la<br />

propiedad campesina, como por la legislación que<br />

procura transformar las tierras de labor agrícola en<br />

tierras de pastura de ovejas, operación que permitía<br />

la obtención de lana para las nacientes industrias<br />

textiles inglesas (p. 898).<br />

En ese sentido, la lógica de la desposesión permite<br />

el desarrollo de las soluciones espacio-temporales<br />

que los capitalistas emplean para intentar salir de la<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ La doctrina Aznar ]


Carlos Gómez Ariza<br />

crisis permanente, pero este tipo de acumulación,<br />

como lo señalábamos, cuenta con la ventaja del bajo<br />

o nulo precio en capital de los activos obtenidos, ya<br />

que el único precio por pagar es la expulsión de los<br />

habitantes de los territorios, o la privación de recursos<br />

para quienes usufructuaban aquellos.<br />

En la actualidad estos procedimientos han retomado<br />

el impulso, y nuevamente operan mediante una<br />

mezcla de procedimientos legales y mecanismos<br />

violentos. Mientras la lógica de la desposesión anterior<br />

a la Primera Guerra Mundial pasaba de manera<br />

predominante por la colonización, en nuestro<br />

tiempo observamos una compleja combinación de<br />

mecanismos, como por ejemplo las regulaciones de<br />

la Organización Mundial del Comercio en materia<br />

de propiedad intelectual que permiten patentar<br />

organismos vivos y conocimiento tradicional, las<br />

adjudicaciones de predios baldíos para empresas<br />

transnacionales en legislaciones como el estatuto<br />

rural colombiano, o el desarrollo de guerras diseñadas<br />

exclusivamente para la desposesión, como el<br />

caso de la invasión a Irak.<br />

En ese sentido, podemos encontrar variadas coincidencias<br />

entre los dos periodos históricos, pero<br />

también encontramos diferencias fundamentales,<br />

la más decisiva es aquella ligada a los actores en competencia,<br />

ya que en nuestro tiempo no encontramos<br />

empresas nacionales financiando las aventuras<br />

imperiales de sus gobiernos, sino grupos de capital<br />

transnacional asociados con bloques económicos en<br />

competencia (Mondragón, 2007). La competencia<br />

evidente entre bloques económicos como Estados<br />

Unidos, la Unión Europea, China y Rusia, y potencias<br />

emergentes como India o Suráfrica, tiene como telón<br />

de fondo a grupos de capital como el Citygroup<br />

y la corporación J. P. Morgan Chase, que cuentan con<br />

inversiones en campos tan diversos como complejos.<br />

Del comercio de armas pasando por los medicamen-<br />

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editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

tos, de la venta de semillas e insumos agrícolas a los<br />

teléfonos celulares de alta tecnología, de los automóviles<br />

a las cadenas de comida rápida. Estos grupos<br />

de capital no tienen las raíces nacionales que tenían<br />

las antiguas empresas capitalistas de hace un siglo,<br />

por el contrario, son conglomerados transnacionales<br />

que pueden asociarse con cualquier gobierno que les<br />

facilite sus actividades de obtención de ganancia.<br />

Estos grupos de capital son los que se ven beneficiados<br />

con la desposesión de los territorios de indígenas<br />

y afrodescendientes, pues tales espacios son la cuna<br />

de nuevas plazas de acumulación que se encuentran<br />

por fuera de su alcance, ya que al constituirse como<br />

territorios de propiedad colectiva inalienable e inembargable,<br />

los capitalistas cuentan con mayores<br />

dificultades para controlarlos. Esta es la razón primordial<br />

para que la doctrina Aznar tome como blanco<br />

favorito los derechos colectivos, pues éstos son un<br />

obstáculo para la desposesión de los indígenas y la<br />

acumulación de ganancia de los grupos de capital.<br />

el nuevo racismo<br />

Por lo anterior, podemos decir que sería un contrasentido<br />

para las nuevas doctrinas afines a los grupos<br />

de capital proponer nuevos postulados racistas basados<br />

en el nacionalismo para justificar las operaciones<br />

de desposesión, ya que los actores en competencia<br />

en el capitalismo contemporáneo tienden a rebasar<br />

las fronteras nacionales, razón por la cual no pueden<br />

desarrollar una ideología ligada a tales tipos de identidad.<br />

De ahí que el informe FAES pregone al “nacionalismo<br />

económico” como un enemigo que se debe<br />

combatir, pues tales paradigmas se han constituido<br />

en un obstáculo puntual para la acumulación.<br />

Pero sin duda, una nueva lógica racista subyace en<br />

estos razonamientos, solo que ya no depende de la<br />

supremacía racial o del chovinismo patriota, sino de<br />

elementos mucho más sutiles.<br />

En su libro Racismo y discurso de las elites, Teun van<br />

Dijk (2003) destaca, entre otros, los siguientes factores<br />

que circundan al racismo contemporáneo, los<br />

cuales son muy diferentes frente a los racismos de<br />

hace un siglo. Cuatro ideas centrales nos interesa<br />

destacar:<br />

1. En primer lugar, para Van Dijk el racismo cotidiano<br />

ya no se articula con doctrinas de la supremacía<br />

racial, ni comprende únicamente a los actos<br />

cotidianos de desprecio frente a determinados<br />

grupos sociales. El racismo es una categoría<br />

más comprensiva que incluye “todos los actos y<br />

concepciones sociales, procesos, estructuras o<br />

instituciones que directa o indirectamente contribuyen<br />

al predominio del sector blanco y a la<br />

subordinación de las minorías” (Teun van Dijk,<br />

2003, p. 24).<br />

2. En segundo lugar, el sistema del racismo cotidiano<br />

no surge espontáneamente, sino que depende de<br />

las elites blancas, “quienes ejecutan, controlan o<br />

condonan muchos de los actos racistas sutiles u<br />

obvios que definen el sistema del racismo cotidiano”<br />

(Teun van Dijk, 2003, p. 25).<br />

3. En tercer lugar, las elites contemporáneas tienden<br />

a rechazar cierto tipo de racismo evidente, obvio<br />

o intencional pero “su negación del racismo<br />

presupone una definición que les excluye convenientemente,<br />

como si no fuera con ellas… [las<br />

nuevas modalidades del racismo] presuponen un<br />

proceso creativo en el cual las elites moderadas<br />

desempeñan un importante papel” (Teun van<br />

Dijk, 2003, p. 28).<br />

4. Por último, las normas de tolerancia y pluralismo<br />

que las elites suelen adoptar en materia étnica se<br />

desvanecen en cuanto se cuestionan sus intereses<br />

(Teun van Dijk, 2003, p. 29).<br />

A partir de estas cuatro proposiciones tomadas de<br />

Teun van Dijk, podemos cerrar el círculo. El retorno<br />

20<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ La doctrina Aznar ]


del racismo contra los pueblos indígenas se explica<br />

por la puesta en riesgo de los intereses de las elites<br />

que pretenden efectuar prácticas de desposesión de<br />

sus territorios, y que encuentran en los derechos colectivos<br />

un claro obstáculo para sus objetivos. Ante<br />

tales trabas, no resulta “políticamente correcto”<br />

desarrollar una diatriba basada en el poder de la raza<br />

blanca o la superioridad de los europeos (máxime<br />

cuando muchos de los grandes capitalistas ya no son<br />

de origen europeo). El soporte de su discurso racista<br />

pasa a ser más sutil, destacando la grandeza occidental<br />

y el progreso de la humanidad en su conjunto, estigmatizando<br />

a quienes se oponen a la desposesión<br />

como enemigos de Occidente y del progreso.<br />

En ese marco, estos discursos tienen tres pretensiones<br />

básicas: la primera es formar cuerpos de opinión<br />

entre las elites de las sociedades de la periferia para<br />

generar un nuevo consenso en favor de las políticas<br />

de desposesión. Este tipo de consensos paulatinos ya<br />

se habían producido en el pasado, cuando Gobineau<br />

glorificaba a la raza blanca, o cuando Friedman y<br />

Hayek afirmaban que los sindicatos impedían el<br />

crecimiento económico. <strong>No</strong> es casualidad que tras<br />

la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley<br />

Forestal por la violación del derecho de consulta<br />

de indígenas y afros, algunos columnistas hayan<br />

declarado que tal decisión judicial era una afrenta al<br />

progreso nacional, pues era un despropósito el que<br />

unos pocos pueblos minoritarios obstaculizaran los<br />

intereses de la mayoría.<br />

La segunda pretensión es fundamentar políticas públicas<br />

de desposesión contra los pueblos indígenas y<br />

afros. <strong>No</strong> es casualidad que el texto del Estatuto de<br />

Desarrollo Rural dejara de emplear el término pueblos<br />

indígenas para hablar de “minorías”, al mismo<br />

tiempo en que tal norma conculcaba los derechos<br />

colectivos de los pueblos indígenas, de los afros, de<br />

los campesinos y los desplazados.<br />

La última operación es la más peligrosa, pues procura<br />

generar versiones domésticas del choque de<br />

etnias y de civilizaciones. Al mostrar a los indígenas<br />

como enemigos de Occidente se incentiva el enfrentamiento<br />

entre mestizos e indígenas, como bien se<br />

muestra en el caso de la oposición a Evo Morales en<br />

Santacruz, Bolivia.<br />

<strong>No</strong> obstante, la experiencia histórica nos muestra<br />

que estos discursos tienden a la derrota. Pero nuestro<br />

peor error sería bajar la guardia.<br />

Referencias<br />

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Antioquia.<br />

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(FAES) (2007). América Latina. Una agenda de libertad.<br />

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� HARVEy, D. (2004). El nuevo imperialismo. Madrid: Akal.<br />

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Madrid: Akal.<br />

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México: FCE.<br />

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� ______ (1992). Sobre la cuestión judía. <strong>Revista</strong> Argumentos,<br />

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� MENDOZA, P. A. (2008). La huella de Don Gonzalo. <strong>Revista</strong> Caras.<br />

� MONDRAGóN, H. (2007). La estrategia del Imperio. Todo para<br />

el capital trasnacional. Bogotá: Plataforma Interamericana de<br />

Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo.<br />

� VAN DIJK, T. (2003). Racismo y discurso de las elites. Barcelona:<br />

Gedisa.<br />

21<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

Junio de 2008


PUntoS de ViStA<br />

Pueblos indígenas,<br />

Autonomía y Libre<br />

determinación<br />

La entrada en vigencia en 1989 del Convenio 169 de la Organi-<br />

zación Internacional del Trabajo (OIT), comenzó a eviden-<br />

ciar un cambio de concepción sobre los procedimientos<br />

y aplicaciones a favor de los pueblos indígenas en el<br />

sistema internacional de protección de los<br />

derechos humanos. Allí aparece el recono-<br />

cimiento expreso a los derechos territo-<br />

riales, a formas de autogobierno, a la<br />

no discriminación, a la protección<br />

de los derechos civiles y<br />

Carlos Gómez Ariza


políticos, a los DESCA y a la participación activa<br />

en la definición del desarrollo nacional que afecte<br />

los intereses y territorios propios; igualmente, se<br />

reconoce la autodefinición del desarrollo propio.<br />

Sin embargo, los derechos estipulados en el<br />

Convenio han sufrido múltiples restricciones de<br />

los Estados, que bajo enfoques de asimilación o<br />

de reducción de los pueblos, atropellan los derechos<br />

colectivos, en tanto que son una amenaza al<br />

modelo de desarrollo, especialmente limitando y<br />

restringiendo el alcance de los derechos colectivos,<br />

que contradicen los procesos de concentración<br />

de la riqueza en la economía de mercado.<br />

Esta situación y posición de los Estados poderosos<br />

contrasta con la Declaración Universal de los<br />

Derechos de los Pueblos Indígenas aprobada por<br />

la Asamblea General de las Naciones Unidas (Resolución<br />

61/295, 2007)), que retomó estos temas<br />

y discusiones procurando redefinir y ampliar<br />

derechos consagrados en el Convenio 169.<br />

En más de sesenta años de construcción de instrumentos<br />

internacionales para la protección<br />

de los pueblos indígenas se nota una evolución<br />

en el contenido de los derechos civiles, políticos,<br />

económicos, sociales y culturales. A pesar de la<br />

posición liberal, integracionista y capitalista de<br />

los Estados, muchas de las naciones han venido<br />

transitando en unos reconocimientos importantes<br />

para los pueblos indígenas del mundo. <strong>No</strong><br />

podemos decir que el Convenio 169 y la Declaración<br />

son la panacea en el reconocimiento de los<br />

derechos, tal como los reivindican los pueblos<br />

indígenas, pero sí constituyen instrumentos<br />

muy importantes para la protección de derechos<br />

colectivos y autonómicos, apartándose cada vez<br />

más del modelo de desarrollo.<br />

Alejandra María García A. *<br />

carlos Andrés Zapata c. **<br />

LOS ESTADOS CELEBRARÁN CONSULTAS y<br />

COOPERARÁN DE BUENA FE CON LOS PUEBLOS<br />

INDíGENAS INTERESADOS POR MEDIO DE<br />

SUS INSTITUCIONES REPRESENTATIVAS ANTES<br />

DE ADOPTAR y APLICAR MEDIDAS LEGISLATIVAS<br />

y ADMINISTRATIVAS QUE LOS AFECTEN,<br />

PARA OBTENER SU CONSENTIMIENTO LIBRE,<br />

PREVIO E INFORMADO.<br />

ART. 19, DECLARACIóN DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDíGENAS,<br />

ASAMBLEA DE NACIONES UNIDAS, SEPTIEMBRE 19 DE 2007<br />

Para llegar a la Declaración Universal de los Derechos<br />

de los Pueblos Indígenas se tomaron más<br />

de veinte años de discusiones, cambios abruptos<br />

en las propuestas de derechos presentadas por<br />

los representantes de los pueblos indígenas, y<br />

a pesar de la desautorización del recién creado<br />

Consejo de Derechos Humanos por parte de la<br />

Asamblea General de las Naciones Unidas, por<br />

fin fue aprobada la Declaración Universal de los<br />

Derechos de los Pueblos Indígenas.<br />

Un recorrido tan difícil como el que atravesó la<br />

Declaración obviamente estuvo cruzado por<br />

fuertes debates de los Estados-nación sobre<br />

soberanía, el estatus autonómico de los pueblos<br />

indígenas, el grado de subordinación de los indígenas<br />

a los denominados proyectos de desarrollo<br />

nacional o, en otros casos, a la seguridad nacional,<br />

que para los Estados opositores a la Declaración<br />

no era más que la justificación para la defensa<br />

de la integridad territorial de las naciones. Lo<br />

particular es que estos debates son similares a los<br />

presentados en las discusiones para definir los alcances<br />

de los derechos del Convenio 169 de 1989,<br />

siendo los principales en este escenario: la noción<br />

de pueblo, la autonomía y autodeterminación, la<br />

* Asesora jurídica Organización Indígena de Antioquia (OIA).<br />

** Director ejecutivo del Centro de Cooperación al Indígena (<strong>Cecoin</strong>).<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

propiedad del territorio y los recursos naturales, y el<br />

alcance de la consulta previa.<br />

Estos debates que se han producido en el seno de<br />

las discusiones de los principales instrumentos sobre<br />

pueblos indígenas y tribales, no hacen más que<br />

evidenciar los enfoques que se han presentado en<br />

la construcción de las políticas indigenistas desde el<br />

siglo XIX. El enfoque de asimilación, y la integración<br />

de las mal llamadas “minorías étnicas” a los procesos<br />

políticos, sociales, económicos y culturales de<br />

la sociedad mayoritaria se encuentra plasmado en<br />

el Convenio 107 de la OIT que, ocupándose sobre<br />

temas de tierras, trabajo y educación, somete su desarrollo<br />

y el gobierno de su territorio a la suerte que<br />

decidan los dirigentes de la sociedad mayoritaria.<br />

Sostiene un Manual de la OIT sobre el Convenio 169:<br />

“En la época en la que se adoptó el convenio 107 los<br />

pueblos indígenas y tribales eran considerados como<br />

sociedades ‘atrasadas’ y transitorias. Para que pudiesen<br />

sobrevivir, se creía indispensable fundirlas en la<br />

corriente nacional mayoritaria mediante la integración<br />

y la asimilación” (Manual OIT, 2003, p. 10).<br />

Este enfoque acogido por la mayoría de los Estados<br />

durante casi todo el siglo XX ha promovido iniciativas<br />

tan aberrantes como el exterminio físico, la<br />

prohibición de prácticas tradicionales incluyendo la<br />

lengua, la medicina tradicional, el mestizaje inducido<br />

y la expropiación de los territorios ancestrales.<br />

Reconociendo el cambio de contexto de los pueblos<br />

indígenas se critica fuertemente este enfoque de integración<br />

y asimilación, y la OIT comienza a revisar<br />

el convenio 107 durante los años 1987 a 1989 hasta<br />

la aprobación del instrumento.<br />

PARA LLEGAR A LA DECLARACIóN UNIVERSAL<br />

DE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDíGENAS SE<br />

TOMARON MÁS DE VEINTE AñOS DE DISCUSIONES<br />

En la septuagésima quinta reunión de la Conferencia<br />

Internacional del Trabajo el representante del<br />

Secretario General: “Observó que había un acuerdo<br />

significativo sobre los temas básicos de la revisión.<br />

El enfoque integracionista y el lenguaje paternalista<br />

del Convenio num. 107 se considera actualmente<br />

en gran medida inaceptable y la presión para que se<br />

adopte una óptica que exprese el respeto a las culturas<br />

y tradiciones de dichas poblaciones era algo general”<br />

(OIT, Actas provisionales <strong>No</strong>. 32, 1988, p. 1).<br />

El enfoque opuesto ha planteado una emancipación<br />

colectiva de los pueblos indígenas de la sociedad mayoritaria.<br />

Bebiendo de corrientes como el etnodesarrollo<br />

de las décadas de los setenta y ochenta, las del<br />

pluralismo jurídico, y otras culturalistas como las de<br />

diversidad, multiculturalidad e interculturalidad, se<br />

ha planteado que hay condiciones jurídicas para que<br />

los pueblos indígenas ejerzan su autonomía y autodeterminación<br />

como etnias diferenciadas históricamente<br />

del ethos de los Estados-nación, que en el<br />

caso americano se ubican como de origen europeo y<br />

derivados del desarrollo positivo de Occidente.<br />

Este ensayo aborda el contenido de algunos derechos<br />

colectivos controvertidos por los Estados para<br />

tratar de entender sus posibilidades de exigibilidad.<br />

<strong>No</strong> desconoce que tanto el Convenio 169 como la<br />

Declaración son complementarios y traen muchos<br />

más derechos para los pueblos indígenas y sus individuos.<br />

Se abordan comparando el contenido del<br />

Convenio 169 y la Declaración desde la evolución de:<br />

la noción de pueblo, de la autonomía a la autodeterminación,<br />

y de la consulta previa al consentimiento<br />

libre, previo e informado.<br />

A esta reflexión se vincula igualmente el carácter<br />

jurídico del Convenio y la Declaración. Teniendo en<br />

cuenta que algunos Estados como el colombiano<br />

han promovido una política indigenista regresiva<br />

en el contenido de los derechos establecidos a fa-<br />

24<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


vor de los pueblos indígenas, esto se evidencia en<br />

la justificación del gobierno para abstenerse de<br />

votar la Declaración cuestionando los derechos a<br />

la libre determinación contenidos en los artículos<br />

19, 1 30, 2 32, 3 (ver Rey, 2007, pp. 80-81). Por razones<br />

prioritarias de la nación en su agenda de desarrollo,<br />

explotación de recursos naturales, control territorial<br />

y conflicto armado, viene adoptando la tesis de un<br />

sector de la doctrina que considera dicho instrumento<br />

como no vinculante, y en esta medida pre-<br />

[1] Artículo 19. Los Estados celebrarán consultas y<br />

cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas<br />

interesados por medio de sus instituciones<br />

representativas antes de adoptar y aplicar medidas<br />

legislativas y administrativas que los afecten, para<br />

obtener su consentimiento libre, previo e informado.<br />

[2] Artículo 30. Num 1. <strong>No</strong> se desarrollarán actividades<br />

militares en las tierras o territorios de los pueblos<br />

indígenas, a menos que lo justifique una amenaza<br />

importante para el interés público pertinente o que se<br />

hayan acordado libremente con los pueblos indígenas<br />

interesados, o que éstos lo hayan solicitado.<br />

Num. 2. Los Estados celebrarán consultas eficaces con los<br />

pueblos indígenas interesados, por los procedimientos<br />

apropiados y en particular por medio de sus<br />

instituciones representativas, antes de utilizar sus tierras<br />

o territorios para actividades militares.<br />

[3] Artículo 32. Num. 1. Los pueblos indígenas tienen<br />

derecho a determinar y elaborar las prioridades y<br />

estrategias para el desarrollo o la utilización de sus<br />

tierras o territorios y otros recursos.<br />

Num. 2. Los Estados celebrarán consultas y cooperarán<br />

de buena fe con los pueblos indígenas interesados por<br />

conducto de sus propias instituciones representativas<br />

a fin de obtener su consentimiento libre e informado<br />

antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus<br />

tierras o territorios y otros recursos, particularmente en<br />

relación con el desarrollo, la utilización o la explotación<br />

de recursos minerales, hídricos o de otro tipo.<br />

Num. 3. Los Estados establecerán mecanismos eficaces<br />

para la reparación justa y equitativa por esas actividades,<br />

y se adoptarán medidas adecuadas para mitigar sus<br />

consecuencias nocivas de orden ambiental, económico,<br />

social, cultural o espiritual.<br />

tende su inobservancia. Es importante abordar estas<br />

cuestiones para insistir en la necesidad de promover<br />

su aplicación en las Altas Cortes y su observancia<br />

por los Estados dando vida al nuevo contenido de<br />

derechos estipulado en la Declaración Universal de<br />

Derechos de los Pueblos Indígenas.<br />

La definición de pueblo como<br />

piedra angular de otros derechos<br />

Ningún instrumento internacional trae consigo una<br />

definición de pueblo indígena, esto no es un olvido<br />

deliberado, porque desde hace varias décadas los<br />

pueblos indígenas han reivindicado que esta noción<br />

sea igual a la de las demás naciones del mundo. <strong>No</strong><br />

obstante, en la doctrina internacional se ha encontrado<br />

en la definición del informe conocido como<br />

“Martínez Cobo”, un amplio consenso sobre la<br />

noción aquí presentada de pueblo indígena, noción<br />

que tuvo una importante presencia en las discusiones<br />

del Convenio 169:<br />

Son comunidades, pueblos y naciones indígenas<br />

las que teniendo una continuidad histórica<br />

con las sociedades anteriores a la invasión y<br />

precoloniales que se desarrollaron en sus territorios,<br />

se consideran distintos de otros sectores<br />

de la sociedad que ahora prevalecen en esos<br />

territorios o en parte de ellos. Constituyen sectores<br />

no dominantes de la sociedad y tienen la<br />

determinación de preservar, desarrollar y transmitir<br />

a futuras generaciones sus territorios ancestrales<br />

y su identidad étnica como base de su<br />

existencia continuada como pueblo, de acuerdo<br />

con sus propios patrones culturales, sus instituciones<br />

sociales y sus sistemas legales. 4<br />

[4] Naciones Unidas, Doc. E/CN.4/sub 2/1986/.<br />

“Estudio del problema de la discriminación contra las<br />

poblaciones indígenas”.<br />

25<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

El grueso de esta noción fue adoptado por el Convenio<br />

169 pudiéndose sintetizar claramente los<br />

siguientes criterios para la identificación de los pueblos<br />

indígenas:<br />

Estilos de vida tradicionales;<br />

Cultura y manera de vivir diferentes de las de<br />

otros sectores de la población nacional;<br />

Organización social propia y costumbres y<br />

leyes tradicionales;<br />

Continuidad histórica de vida en una determinada<br />

región o antes que otros la hayan invadido<br />

(OIT, 2003, p. 7).<br />

Los debates de la Conferencia Internacional de la<br />

OIT en la Comisión para la revisión del Convenio<br />

107 concluyeron en limitar la utilización del término<br />

pueblo en el sentido consagrado por el derecho<br />

internacional, ya que algunos representantes de<br />

gobiernos consideraron que dicho término podría<br />

implicar derechos como la libre determinación o<br />

el derecho de veto que iban más allá del campo de<br />

aplicación del Convenio 107 (OIT, Actas provisionales,<br />

1988, p. 32/3).<br />

La Declaración de las Naciones Unidas sobre los<br />

Derechos de los Pueblos Indígenas plantea un avance<br />

en dicha concepción al afirmar que los pueblos<br />

indígenas son iguales a todos los demás pueblos<br />

del mundo, reconoce su derecho a ser diferentes y<br />

a que ejerzan su derecho a la libre determinación de<br />

conformidad con el derecho internacional, dando la<br />

posibilidad de ampliar el contenido e interpretación<br />

de los derechos consagrados en el Convenio 169<br />

en relación con la autodeterminación, el consenti-<br />

26<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


miento libre, previo e informado, el control sobre su<br />

desarrollo, su territorio y sus recursos naturales.<br />

Los pueblos indígenas<br />

en las discusiones de la onU<br />

Después de 22 años de discusiones promovidas por<br />

el Grupo de Trabajo sobre poblaciones indígenas de<br />

la Subcomisión de Prevención de Discriminaciones y<br />

Protección a las Minorías de la ONU fue aprobada la<br />

Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.<br />

Esto significa que antes de iniciar la revisión del<br />

Convenio 107 en la OIT, la ONU había comenzado a<br />

discutir sobre esta Declaración. Ahora bien, ¿por qué<br />

discutir durante tantos años el texto de la Declaración,<br />

si el Convenio 169 logró ser aprobado en tres<br />

años y los Convenios son tratados que de acuerdo<br />

con el derecho internacional son de obligatorio<br />

cumplimiento para los Estados una vez ratificados<br />

o incorporados al ordenamiento nacional a través<br />

de una norma y tienen mecanismos para su seguimiento<br />

y exigibilidad?<br />

En primer lugar, debates tan importantes como<br />

la definición de pueblo, la libre determinación, el<br />

derecho de veto, el control territorial y de recursos<br />

naturales, entre otros, fueron temas discutidos y defendidos<br />

por los representantes de los pueblos indígenas<br />

y los trabajadores en la revisión del Convenio<br />

107, pero no lograron el reconocimiento esperado.<br />

En segundo, lugar la ONU venía observando con<br />

mucha preocupación la difícil problemática de los<br />

pueblos indígenas generada por su asimilación<br />

forzada a la cultura mayoritaria o su desaparición<br />

en términos de etnocidio, y partiendo del reconocimiento<br />

de su derecho a ser diferentes y el aporte<br />

indiscutible de estos a la riqueza y diversidad de los<br />

Estados, se comienza a elaborar un instrumento<br />

que puede considerarse como un desarrollo inter-<br />

cultural de la Declaración Universal de los Derechos<br />

Humanos, que busca proteger de acuerdo con sus<br />

particularidades y concepciones diferenciadas de la<br />

sociedad mayoritaria, sus derechos y libertades fundamentales,<br />

que hacen parte de sus reclamaciones<br />

históricas, como un desarrollo del artículo 55 de la<br />

Carta de la ONU superando las limitaciones que se<br />

encontraban en el seno de la OIT.<br />

Estas determinaciones adoptadas por la ONU para<br />

promover las discusiones, emitir recomendaciones<br />

y dotar de mecanismos de protección a los pueblos<br />

indígenas de forma diferenciada evidencia la importancia<br />

otorgada en los últimos veinte años a las<br />

reclamaciones históricas de los pueblos indígenas,<br />

las acciones que se han adoptado buscan disminuir<br />

los efectos nocivos de la integración económica y social<br />

impuesta por los Estados a los pueblos indígenas<br />

en desconocimiento de sus formas organizativas,<br />

su relación con el territorio, su diversidad cultural,<br />

su espiritualidad y su importante contribución a la<br />

sociedad mayoritaria.<br />

Esta situación es abordada nuevamente en la Declaración<br />

y el Programa de Acción de Viena donde<br />

les reconoce la dignidad y su aporte al desarrollo y<br />

al pluralismo de la sociedad, reiterando la determinación<br />

de la comunidad internacional de garantizarles<br />

el bienestar económico, social y cultural, y el<br />

disfrute de los beneficios de un desarrollo sostenible<br />

(1993, p. 20). Al mismo tiempo, se solicita al Grupo<br />

de Trabajo sobre Poblaciones Indígenas que complete<br />

el proyecto de declaración sobre los derechos de<br />

las poblaciones indígenas, y se pide a la Asamblea<br />

General de la ONU que se proclame un decenio internacional<br />

de las poblaciones indígenas del mundo.<br />

Es así como acogiendo esta solicitud se declara dicho<br />

decenio entre los años 1995 y 2004 (ONU, Asamblea<br />

General, Resolución 48/163, 1995), teniendo como<br />

uno de sus principales objetivos la aprobación de la<br />

27<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Declaración de Derechos de los Pueblos. Terminado<br />

este periodo sin lograr dicha aprobación se proclama<br />

el Segundo Decenio Internacional de las Poblaciones<br />

Indígenas, a partir del 1 de enero de 2005<br />

(ONU, Asamblea General, Resolución 59/174 de<br />

2004), para definir estrategias de cooperación que<br />

contribuyan a superar la difícil problemática que<br />

afrontan los pueblos y culminar con la aprobación<br />

del instrumento internacional, la misma que concluye<br />

el 13 de septiembre del 2007 cuando se adopta<br />

la Declaración (ONU, Asamblea General, Resolución<br />

61/295, 2007).<br />

En el marco del primer decenio también se nombra<br />

un Relator Especial sobre la situación de los derechos<br />

humanos y las libertades fundamentales de los indígenas<br />

(Comisión de Derechos Humanos, Resolución<br />

2001/57, 2001) y se estableció el Foro Permanente<br />

para las Cuestiones Indígenas con el mandato de<br />

examinar temas relativos al desarrollo económico y<br />

social, la cultura, el medioambiente, la educación, la<br />

salud y los derechos humanos (Consejo Económico<br />

y Social, Resolución 2000/22, 2000).<br />

La autonomía y la autodeterminación<br />

La autonomía es un principio constitutivo de la organización<br />

indígena, y es un elemento reivindicativo<br />

de cada una de las comunidades originarias en cada<br />

país. La autonomía siempre ha sido una necesidad<br />

para los pueblos indígenas, cuando se cuenta con<br />

identidad, cultura propia y una sociedad muy distinta<br />

a los modelos impuestos de desarrollo de la denominada<br />

sociedad occidental, cada pueblo posee un<br />

LA AUTONOMíA ES UN PRINCIPIO CONSTITUTIVO<br />

DE LA ORGANIZACIóN INDíGENA, y ES UN<br />

ELEMENTO REIVINDICATIVO DE CADA UNA DE<br />

<strong>Cecoin</strong><br />

LAS COMUNIDADES ORIGINARIAS EN CADA PAíS. Archivo<br />

28<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


sentir colectivo de autogobernarse y de administrar<br />

su destino de forma independiente.<br />

Para el movimiento indígena la autonomía se representa<br />

en la capacidad que las comunidades tengan<br />

de definir su desarrollo, administrar sus propios<br />

asuntos y sus territorios. Entonces, la autonomía<br />

empieza por el respeto a sus tierras independientes<br />

y a las autoridades que ejercen el poder sobre ellas.<br />

La autonomía es necesaria para una organización<br />

social que respeta el saber ancestral y que tiene una<br />

visión de la existencia del hombre más allá de él, la<br />

existencia del hombre en armonía con la naturaleza<br />

y con su tierra, preceptos poco comprendidos y que<br />

hasta ahora han venido despertando en algunos<br />

sectores sociales que se levantan frente al desarrollo<br />

antropocéntrico sin límites, ya que la relación<br />

hombre-tierra-naturaleza es una triada indisoluble,<br />

difícil de gobernar desde miradas libertarias o utilitarias.<br />

Por eso reclaman autonomía para continuar<br />

haciendo viva la memoria de sus ancestros, para<br />

perpetuar su legado, para preservar su sociedad y su<br />

cultura milenaria.<br />

La autonomía vista desde un gobierno propio implica<br />

una jurisdicción. La capacidad propia para que el<br />

pueblo administre los asuntos públicos de la comunidad,<br />

que delegue a una autoridad para que la administre,<br />

la organice políticamente y ejerza control<br />

social. Pero el control no es sólo sobre las personas<br />

habitantes de la comunidad, el control también se<br />

ejerce sobre el territorio: tierras y todo el ecosistema<br />

que se encuentre dentro de ellas.<br />

La autonomía política y social de una comunidad<br />

indígena es representada en el respeto a la libre<br />

práctica de su cultura, religión y creencias, en el reconocimiento<br />

de su lengua, de una educación basada<br />

en los valores ancestrales y con posibilidad de<br />

interactuar con las prácticas de la sociedad mayor de<br />

forma horizontal, en las garantías a la independen-<br />

cia de sus autoridades de las del Estado y de la forma<br />

de gobernarse. También es una reivindicación de<br />

respeto a sus instituciones sociales, a sus modos de<br />

producción económica, a la riqueza natural y a la<br />

paternidad de su conocimiento tradicional.<br />

Sobre la autonomía del territorio las comunidades<br />

indígenas pretenden que el Estado reconozca y<br />

garantice la propiedad colectiva y ancestral, permitiendo<br />

que la comunidad administre desde su<br />

cosmogonía la relación hombre-naturaleza y los recursos<br />

que la tierra posea tanto en el suelo como en<br />

el subsuelo. En otros términos, que las instituciones<br />

de la comunidad sean las autoridades ambientales y<br />

de ordenamiento territorial en el espacio que históricamente<br />

les pertenece, que organicen la forma de<br />

habitar y coexistir en su espacio vital, con todos los<br />

elementos integrales de su cosmogonía.<br />

El Convenio desarrolla el principio de la autodeterminación<br />

de los pueblos tímidamente y sin mencionarlo<br />

como tal, con estipulaciones que señalan<br />

derechos expresos que materializan este principio:<br />

en la autonomía de los territorios, el uso y la educación<br />

en la lengua propia, la expresión de su propia<br />

cultura, el autogobierno, la práctica de normas<br />

propias en sus formas organizativas y de control –en<br />

síntesis, jurisdicción propia–, y el derecho a decidir<br />

sobre su propio desarrollo y el de los recursos de su<br />

territorio, a través de la consulta previa de las autoridades<br />

estatales sobre medidas legislativas o administrativas<br />

que los afectan directamente.<br />

29<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

“RECONOCIENDO LAS ASPIRACIONES DE ESOS PUEBLOS<br />

A ASUMIR EL CONTROL DE SUS PROPIAS INSTITUCIONES<br />

y FORMAS DE VIDA y DE SU DESARROLLO ECONóMICO<br />

y A MANTENER y FORTALECER SUS IDENTIDADES,<br />

LENGUAS y RELIGIONES, DENTRO DEL MARCO DE LOS<br />

ESTADOS EN QUE VIVEN”.<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Son varias las disposiciones del Convenio 169 de la<br />

OIT que reconocen la autonomía y la autodeterminación<br />

de los pueblos indígenas, como en el preámbulo:<br />

“Reconociendo las aspiraciones de esos pueblos<br />

a asumir el control de sus propias instituciones y formas<br />

de vida y de su desarrollo económico y a mantener<br />

y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones,<br />

dentro del marco de los Estados en que viven”.<br />

Pero el propio Convenio 169 trae limitaciones para<br />

entender el principio de la “libre determinación”<br />

en los términos definidos por diferentes pactos y<br />

convenios, por lo menos tal como lo presenta el<br />

artículo 1 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos y<br />

el Pidesc. 5 En este sentido Lee Swepston señala: “si la<br />

libre determinación significa –por lo menos en una<br />

parte– la autonomía dentro de las fronteras del Estado,<br />

entonces el Convenio 169 es consecuente con<br />

todos los grados de autonomía y otras expresiones<br />

de la libre-determinación dentro de los Estados existentes<br />

(citado por Gómez M. 2006).<br />

La reivindicación del derecho a la libre determinación<br />

para los pueblos indígenas no va más allá de<br />

solicitar el reconocimiento que tienen todos los<br />

pueblos del mundo desde la propia Carta de las<br />

Naciones Unidas en su artículo 1.2, en virtud de que<br />

el reconocimiento como Pueblo ya se ha estipulado<br />

tanto en el Convenio como en la Declaración.<br />

Contraria a esta reclamación, el Convenio 169 en su<br />

artículo 1.3 determinó: “La utilización del término<br />

‘pueblos’ en este Convenio no deberá interpretarse<br />

en el sentido de que tenga implicación alguna en lo<br />

que atañe a los derechos que puedan conferirse a<br />

dicho término en el derecho internacional”.<br />

[5] Artículo 1. Todos los pueblos tienen derechos de libre<br />

determinación. En virtud de estos derechos establecen<br />

su condición política y proveen así mismo su desarrollo<br />

económico, social y cultural.<br />

El Convenio aparentemente ofrece una gran contradicción<br />

al disponer de derechos y mecanismos<br />

para garantizar la libre determinación a los pueblos<br />

indígenas, como los artículos 6, 6 7, 7 8.1, 8 14, 9 1510 [6] Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los<br />

gobiernos deberán:<br />

a) consultar a los pueblos interesados, mediante<br />

procedimientos apropiados y en particular a través<br />

de sus instituciones representativas, cada vez que<br />

se prevean medidas legislativas o administrativas<br />

susceptibles de afectarles directamente…<br />

[7] Los pueblos interesados deberán tener el derecho<br />

de decidir sus propias prioridades en lo que atañe<br />

al proceso de desarrollo, en la medida en que éste<br />

afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar<br />

espiritual, y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna<br />

manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su<br />

propio desarrollo económico, social y cultural. Además,<br />

dichos pueblos deberán participar en la formulación,<br />

aplicación y evaluación de los planes y programas de<br />

desarrollo nacional y regional susceptibles de afectarles<br />

directamente…<br />

[8] Al aplicar la legislación nacional a los pueblos<br />

interesados deberán tomarse debidamente<br />

en consideración sus costumbres o su derecho<br />

consuetudinario.<br />

[9] Deberá reconocerse a los pueblos interesados<br />

el derecho de propiedad y de posesión sobre las<br />

tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los<br />

casos apropiados, deberán tomarse medidas para<br />

salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a<br />

utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas<br />

por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente<br />

acceso para sus actividades tradicionales y de<br />

subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular<br />

atención a la situación de los pueblos nómadas y de los<br />

agricultores itinerantes…<br />

[10] 1. Los derechos de los pueblos interesados a los<br />

recursos naturales existentes en sus tierras deberán<br />

protegerse especialmente. Estos derechos comprenden<br />

el derecho de esos pueblos a participar en la utilización,<br />

administración y conservación de dichos recursos.<br />

2. En caso de que pertenezca al Estado la propiedad<br />

de los minerales o de los recursos del subsuelo, o<br />

tenga derechos sobre otros recursos existentes en las<br />

30<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


y 16, 11 pero al negar que hay una relación entre el<br />

concepto de pueblo indígena y libre determinación<br />

crea relaciones de subordinación a una sociedad dominante<br />

que se autodenomina Estado-nación sobre<br />

pueblos que se han resistido a hacer parte de este<br />

proyecto de asimilación, creando una desigualdad<br />

en el derecho internacional que en la práctica legitima<br />

unas relaciones coloniales contemporáneas.<br />

La OIT es consciente de que ésta ha sido la reivindicación<br />

estructural desde donde emanan los demás<br />

contenidos de los derechos colectivos de los pueblos<br />

indígenas. En los debates que se dieron en la Asamblea<br />

General de la OIT durante 1988 y 1989, las posturas<br />

gubernamentales fueron muy contundentes<br />

en defender la integridad del territorio y la unidad<br />

del Estado-nación; no obstante, en un manual posterior<br />

para el entendimiento del Convenio 169 la<br />

OIT manifiesta:<br />

tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener<br />

procedimientos con miras a consultar a los pueblos<br />

interesados, a fin de determinar si los intereses de esos<br />

pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes<br />

de emprender o autorizar cualquier programa de<br />

prospección o explotación de los recursos existentes en<br />

sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar<br />

siempre que sea posible en los beneficios que reporten<br />

tales actividades, y percibir una indemnización<br />

equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como<br />

resultado de esas actividades.<br />

[11] 1. A reserva de lo dispuesto en los párrafos<br />

siguientes de este artículo, los pueblos interesados no<br />

deberán ser trasladados de las tierras que ocupan.<br />

2. Cuando excepcionalmente el traslado y la reubicación<br />

de esos pueblos se consideren necesarios, sólo deberán<br />

efectuarse con su consentimiento, dado libremente y<br />

con pleno conocimiento de causa. Cuando no pueda<br />

obtenerse su consentimiento, el traslado y la reubicación<br />

sólo deberá tener lugar al término de procedimientos<br />

adecuados establecidos por la legislación nacional,<br />

incluidas encuestas públicas, cuando haya lugar, en que<br />

los pueblos interesados tengan la posibilidad de estar<br />

efectivamente representados...<br />

Archivo OIA<br />

Las cuestiones relacionadas con los derechos<br />

económicos y sociales están dentro del mandato<br />

de la OIT. Por el contrario, la interpretación<br />

del concepto político de autodeterminación<br />

está fuera de su ámbito de competencia. El<br />

Convenio núm. 169, al no establecer ninguna limitación<br />

al derecho a la autodeterminación, es<br />

compatible con todo instrumento internacional<br />

que en el futuro pueda establecerlo o definirlo<br />

(Manual de aplicación del Convenio 169).<br />

Sin entrar a polemizar sobre esta consideración<br />

acerca de los límites al mandato de un convenio de<br />

la OIT, 12 no podemos desconocer que las discusio-<br />

[12] Los miembros gubernamentales de Canadá y<br />

Francia consideraron que la utilización del término<br />

pueblos podría implicar derechos como la libre<br />

determinación que van más allá del campo de aplicación<br />

del Convenio 107.<br />

31<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

nes generadas alrededor de la reforma del Convenio<br />

107 plantearon abiertamente las implicaciones<br />

de la libre determinación como una amenaza al<br />

poder de los Estados-nación, como una negación<br />

al pluralismo jurídico, como la afirmación de un<br />

proyecto etnocentrista de construcción de nación<br />

que discrimina culturalmente a otros pueblos que<br />

coexisten en el mismo territorio del Estado. Como<br />

decíamos, la integridad territorial del Estado y la hegemonía<br />

cultural del mismo han sido principios que<br />

los representantes gubernamentales enemigos de<br />

la autodeterminación de los pueblos indígenas han<br />

defendido por encima de sus reivindicaciones. Pero<br />

estos argumentos, aunque mezquinos, no dejan de<br />

esconder la realidad de los debates sobre pueblo y<br />

libre determinación de comunidades que no tienen<br />

el control del Estado, por lo menos en Latinoamérica<br />

no existe ningún pueblo indígena que tenga un ánimo<br />

independentista o separatista, por el contrario,<br />

las organizaciones observan en el Estado a un sujeto<br />

garante de sus derechos individuales y colectivos.<br />

Esta falsa defensa de la unidad del Estado-nación<br />

esconde realmente una intensión de los Estados de<br />

no renunciar a la discrecionalidad de disponer de los<br />

territorios indígenas para su explotación económica,<br />

con o sin el consentimiento de éstos; se solapan<br />

así los intereses individuales capitalistas sobre los<br />

derechos colectivos reclamados ancestralmente<br />

como pueblos, en este sentido:<br />

<strong>No</strong> cabe duda de que una de las razones más<br />

poderosas se sitúa en la voluntad de no renunciara<br />

al control territorial de zonas ricas<br />

en recursos naturales y biodiversidad, especialmente<br />

en un momento de desarrollo del<br />

capitalismo donde la acumulación de capital<br />

se ve amenazada por la insuficiencia de recursos<br />

energéticos y el capital financiero necesita<br />

nuevos espacios para la especulación, como los<br />

que acecha en el terreno de las patentes sobre<br />

conocimientos tradicionales y de las biopatentes<br />

(Wilhelmi, 2006, p. 418).<br />

Independiente de los debates sobre el ámbito de<br />

aplicación del Convenio 169 en materia de libre<br />

determinación, o de las justificantes ocultas o reales<br />

que poseen los Estados para negarla, algo sí es claro<br />

y es que el Convenio 169 no dirimió la cuestión<br />

pueblo indígena y derecho a la libre determinación.<br />

Por este motivo, durante más de veinte años de<br />

discusión de la Declaración Universal de Derechos<br />

de los Pueblos Indígenas éste fue el punto nodal de<br />

debate para llenar de contenidos dicha declaración.<br />

Pero a diferencia de la Asamblea General de la OIT,<br />

la Asamblea General de la ONU no puede argüir que<br />

estos elementos se escapan al ámbito de su competencia.<br />

Por eso la Declaración es contundente sobre<br />

este asunto, dirimiendo las ambigüedades que al<br />

respecto dejó el Convenio 169.<br />

La claridad de que la libre determinación de los pueblos<br />

indígenas es un derecho colectivo consagrado<br />

en la Declaración comienza con el artículo primero.<br />

En él la Declaración estipula que “Los indígenas<br />

tienen derecho, como pueblos o como personas, al<br />

disfrute pleno de todos los derechos humanos…” A<br />

diferencia del Convenio 169, la Declaración plantea<br />

no sólo la igualdad de ejercicio de derechos individuales<br />

de los indígenas, sino también la igualdad<br />

en el ejercicio de los derechos colectivos como pueblos.<br />

y para que no queden dudas, a continuación<br />

el artículo 2 refuerza este ámbito de la igualdad de<br />

derechos entre personas y pueblos al señalar: “Los<br />

pueblos y personas indígenas son libre e iguales a los<br />

demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser<br />

objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio<br />

de sus derechos, en particular la fundada en su<br />

origen o identidad indígenas”.<br />

La Declaración, al no hacer distinción entre pueblos<br />

indígenas y pueblos que se reclaman como<br />

32<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


Nat Nat Iguarán<br />

una identidad Estado-nacional, otorga un ejercicio<br />

igualitario de derechos, de esta forma un derecho<br />

invocado por un Estado nacional también puede<br />

ser invocado por un pueblo indígena; así las cosas, la<br />

libre determinación de los pueblos indígenas debe<br />

ser entendida tal como se expresa en los instrumentos<br />

internacionales para cualquier nación. Sin discriminación<br />

alguna la libre determinación debe ser<br />

entendida para pueblos indígenas tal como aparece<br />

en la Carta de la ONU, el PIDCP, el Pidesc, incluso la<br />

Declaración sobre la concesión de la independencia<br />

a los países y pueblos coloniales de 1960. <strong>No</strong> en<br />

vano, el artículo 3 de la Declaración, que contiene<br />

el derecho a la libre determinación tiene el mismo<br />

texto que el artículo 1 de los instrumentos citados.<br />

Este derecho a su vez queda reforzado en el artículo<br />

4, en donde se estipula que esa libre determinación<br />

va acompañada de la autonomía y el autogobierno,<br />

algo que junto a otros artículos refuerza la soberanía<br />

de las instituciones sociales y políticas de las comunidades,<br />

con exclusión de otras autoridades del Estado<br />

que traten de imponer sus decisiones sobre el<br />

universo cosmogónico de los pueblos indígenas.<br />

33<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

ESTOS CRITERIOS DE CONSENTIMIENTO LIBRE,<br />

PREVIO E INFORMADO BUSCAN PROTEGER EL<br />

DERECHO A LIBRE DETERMINACIóN DE LOS PUEBLOS<br />

INDíGENAS EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES<br />

A LA DE CUALQUIER ESTADO-NACIóN.<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

de la consulta previa al consentimiento<br />

libre, previo e informado<br />

Respecto a la consulta previa a pueblos indígenas<br />

debemos tener una primera consideración para los<br />

propósitos del presente ensayo, la consulta previa<br />

no garantiza el derecho a la libre determinación<br />

de los pueblos indígenas. Es apenas obvio, si no<br />

hay derecho en consecuencia tampoco existirá un<br />

mecanismo idóneo para garantizarlo. Si bien la consulta<br />

previa señala unos requisitos para garantizar<br />

la autonomía de las comunidades, su carácter no<br />

vinculante frente a la decisión de los Estados hace<br />

que la protección de la autonomía no llegue hasta la<br />

autodeterminación, de esta forma la consulta previa<br />

se convierte en un mecanismo de participación especial<br />

sin que las comunidades puedan vetar las acciones<br />

legislativas y administrativas que las afecten.<br />

¿Y el derecho de veto?<br />

“El Convenio no otorga a los pueblos indígenas y<br />

tribales el derecho de veto. El Convenio especifica<br />

que no debe tomarse ninguna medida contraria al<br />

deseo de los pueblos indígenas y tribales, pero esto<br />

no significa que en caso de desacuerdo nada puedan<br />

hacer” (OIT, 2003).<br />

Esto no significa que los Estados puedan omitir la<br />

realización de la consulta previa con comunidades<br />

con el pretexto de que ésta no tiene un carácter vinculante.<br />

Con la ratificación del Convenio todo Estado<br />

se obliga a realizar la Consulta antes de la adopción<br />

de cualquier medida administrativa o legislativa que<br />

LOS DERECHOS CONTENIDOS EN ESTE INSTRUMENTO<br />

INTERNACIONAL “CONSTITUyEN NORMAS MíNIMAS<br />

PARA LA sUpERvIvENCIA, LA DIGNIDAD y EL bIENEsTAR<br />

DE LOS PUEBLOS INDíGENAS DEL MUNDO”<br />

afecte a pueblos indígenas. En materia territorial es<br />

esencial para la utilización de los recursos minerales<br />

y en general del subsuelo, en especial en aquellos Estados<br />

en donde éstos son propietarios de esos recursos.<br />

En materia de recursos naturales renovables, la<br />

consulta se hace más compleja, ya que el Convenio y<br />

la mayoría de las legislaciones nacionales proclaman<br />

la propiedad privada y excluyente de los mismos,<br />

por eso, en estos casos, la consulta previa tiene más<br />

elementos de consenso, o sea la búsqueda del consentimiento<br />

de las comunidades en los términos del<br />

artículo 15. En el único caso que el Convenio prevé<br />

un consentimiento libre e informado es cuando se<br />

presente un traslado de una comunidad del territorio<br />

que ocupan, aunque este evento también es<br />

matizado con un lenguaje ambiguo ya que plantea<br />

“cuando no pueda obtenerse su consentimiento”,<br />

otorgando alternativas compensatorias que en todo<br />

caso evaden la libre determinación.<br />

La virtud de la consulta previa del Convenio 169<br />

consiste en que si bien no está reglamentada, dispone<br />

de una serie de criterios para que el ejercicio<br />

del derecho se dé efectivamente. Un gran número<br />

de acciones judiciales dentro del derecho interno y<br />

otras a la luz del derecho internacional han prosperado<br />

a favor de comunidades indígenas por el procedimiento<br />

adoptado para la realización de la consulta<br />

o por no realizarla. Con ello se garantiza que la participación<br />

sea efectiva, con buena información, previa<br />

y reduciendo las posibilidades de engaño por parte<br />

de las entidades públicas o las empresas privadas<br />

que tienen intereses en territorios de pueblos indígenas.<br />

El artículo 6 del Convenio especifica los criterios<br />

para que un procedimiento de consulta respete<br />

los derechos autonómicos de los pueblos indígenas,<br />

estos criterios se pueden sintetizar, según las recomendaciones<br />

de OIT, de la siguiente manera:<br />

1. Siente criterios de representatividad.<br />

34<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


2. Tome en cuenta –en la medida de lo posible– las<br />

propuestas de los reclamantes en cuanto a las<br />

características que ha de tener una consulta para<br />

ser efectiva.<br />

3. Determine un mecanismo de consulta que se<br />

adecue en el método utilizado con la finalidad de<br />

llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento<br />

acerca de las medidas propuestas, independientemente<br />

de que esto se logre o no.<br />

4. Tenga en cuenta, al determinar los mecanismos<br />

de consulta, los valores, concepciones, tiempos,<br />

sistemas de referencia e incluso formas de concebir<br />

la consulta de los pueblos indígenas (Gómez,<br />

2006, p. 149).<br />

El manual para la interpretación del Convenio 169<br />

publicado por la OIT en el año 2003, complementa<br />

estos criterios planteando que la consulta debe ser<br />

de buena fe, respetado intereses, valores y necesidades<br />

de los pueblos indígenas. Con las instituciones,<br />

autoridades y espacios que sean representativos<br />

para los pueblos y las comunidades. Con unos procedimientos<br />

adecuados y acordes a las circunstancia<br />

y las características de los individuos a los que va dirigida.<br />

y reconociendo un verdadero poder de negociación,<br />

entendida como la defensa de los derechos<br />

por parte de las comunidades.<br />

La Declaración Universal de Derechos de los Pueblos<br />

Indígenas no desconoce estos principios sobre<br />

la consulta, por el contrario, los acoge pero genera<br />

nuevos criterios explícitos que hacen que la consulta<br />

se convierta en un derecho efectivo de veto sobre las<br />

acciones legislativas y administrativas que comprometan<br />

sus derechos y sus territorios. Estos criterios<br />

de consentimiento libre, previo e informado buscan<br />

proteger el derecho a libre determinación de los<br />

pueblos indígenas en igualdad de oportunidades a<br />

la de cualquier Estado-nación. La diferencia estriba<br />

en que este procedimiento se hace para la protec-<br />

ción de derechos colectivos de pueblos que hacen<br />

parte de un Estado y las relaciones con el mismo son<br />

desiguales.<br />

La consulta del Convenio 169 en principio denota<br />

una pregunta cuyo procedimiento debe ser de<br />

buena fe y transparente, dirigida a las autoridades o<br />

instituciones que por tradición o pacto representan<br />

a los pueblos, pero cuya respuesta puede ser sí o no,<br />

sin condicionar la decisión final. Por el contrario, el<br />

consentimiento implica que la respuesta debe ser<br />

sí, presentándose unanimidad en la decisión, es el<br />

acuerdo que se espera después de una negociación<br />

entre pares. Precisamente este mecanismo busca<br />

generar un escenario de igualdad entre partes cuyas<br />

relaciones de poder son absolutamente asimétricas;<br />

de esta manera, el poder omnipotente del Estado se<br />

reduce a la esfera transparente de la persuasión o<br />

del convencimiento de un beneficio recíproco.<br />

El consentimiento debe ser libre, esto significa que<br />

además de ser de buena fe debe estar exento de<br />

constreñimiento, engaño o cualquier medio de<br />

fuerza que coloque a las comunidades indígenas<br />

en una situación desfavorable para poder negociar<br />

sus puntos de vista de cara al consenso. Debe ser<br />

previo, antes de adoptar las medidas o incluso antes<br />

de iniciar cualquier tipo de proceso preparatorio a<br />

la acción. Por ejemplo, en el caso de medidas sobre<br />

extracción de recursos del subsuelo, el consentimiento<br />

debe darse mucho antes de la prospección<br />

o exploración, prácticamente en el momento en<br />

que el Estado decida colocar los pies en el territorio<br />

indígena. Debe ser informado, debiéndosele claramente<br />

transmitir a la comunidad a través de los<br />

medios adecuados para que ésta comprenda lo que<br />

se va hacer, cómo se va hacer, en dónde, con quiénes,<br />

los resultados y las utilidades que se esperan, los<br />

beneficios y beneficiarios, y los impactos que debe<br />

soportar la comunidad.<br />

35<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

A diferencia del Convenio, la Declaración prevé que<br />

en caso de que no se agote el procedimiento de consentimiento<br />

con estos criterios, el Estado se ve en<br />

la obligación de reparar y resarcir los derechos a los<br />

pueblos o comunidades afectadas.<br />

Otro asunto particular que llama la atención de<br />

la Declaración es que señala taxativamente los<br />

derechos que son objeto de consentimiento libre,<br />

previo e informado a lo largo de todo el texto. Estos<br />

son: para ser desplazados de sus tierras o territorios<br />

(art. 10); para privarlos de sus bienes culturales,<br />

intelectuales, religiosos y espirituales (art. 11.2);<br />

para la adopción de decisiones en las cuestiones<br />

que afecten sus derechos y antes de aplicar medidas<br />

legislativas o administrativas que los afecten (arts.<br />

18 y 19); cuando se pretendan almacenar o eliminar<br />

materiales peligrosos en sus territorios (art. 29.2);<br />

antes de desarrollar actividades militares en sus territorios<br />

(art. 30); para aprobar cualquier proyecto<br />

que afecte sus territorios, entre los que se cuentan<br />

los relativos al desarrollo y explotación de recursos<br />

naturales (art. 32)<br />

discusiones frente al carácter vinculante<br />

de las declaraciones de la onU<br />

Las Declaraciones son adoptadas a través de resoluciones<br />

de la ONU, y reciben ese nombre para resaltar<br />

la importancia de su contenido. Pero el hecho de<br />

que se dicten a través de Resoluciones ha propiciado<br />

diversas posiciones de los estudiosos para negar o<br />

aceptar las obligaciones de los Estados de cumplir<br />

dichos preceptos (Ponce, 2001-2002, pp. 253-279),<br />

lo cual tiene relevancia al momento de exigir los derechos<br />

ante tribunales nacionales e internacionales,<br />

o buscar la solidaridad de otros Estados para presionar<br />

el acatamiento del derecho internacional.<br />

En primer lugar, hay quienes consideran que al tener<br />

las resoluciones un carácter facultativo emanado de<br />

la Carta de Naciones Unidas, sus contenidos serán<br />

principios o sugerencias para los Estados: “es prioritariamente<br />

un producto ideológico propiciado por<br />

aquellos que pretenden otorgar obligatoriedad a<br />

ciertas resoluciones de la ONU” (Barberis, 1990, p.<br />

495) negando tajantemente su carácter obligatorio<br />

o vinculante.<br />

Otros reconocen la importancia jurídica de las Declaraciones<br />

pero no se pronuncian frente a su carácter<br />

vinculante (Roldán, 1996, p. 101). La reconocen<br />

como una ley imperfecta ya que son declaración de<br />

principios que no contempla una sanción a los Estados<br />

que la incumplan (Bernard, 1991, p. 31).<br />

Un tercer grupo le reconoce su obligatoriedad jurídica<br />

porque consideran que sus contenidos hacen<br />

parte de la costumbre internacional, o son una<br />

interpretación autorizada de la Carta de la ONU a la<br />

que la comunidad internacional le otorga fuerza vinculante,<br />

o también pueden ser principios generales<br />

o fundamentales del ordenamiento internacional.<br />

Finalmente, algunos doctrinantes consideran que<br />

las Declaraciones hacen parte del derecho de gentes<br />

o ius cogens, tienen como principal fuente la costumbre<br />

o el derecho consuetudinario (Sanjosé, 1992,<br />

pp. 19 y 20), y se definen como una norma aceptada<br />

y reconocida por la comunidad internacional de<br />

Estados que no admite acuerdo en contrario y sólo<br />

puede ser modificada por una norma posterior de<br />

derecho internacional general que tenga el mismo<br />

carácter (Convención de Viena, 1993, artículo 53).<br />

La declaración de los Pueblos<br />

y el derecho de Gentes<br />

De las discusiones recogidas es posible apreciar que<br />

aún no existe una norma internacional que niegue<br />

o reconozca taxativamente el carácter vinculante<br />

de las Declaraciones de la ONU. Partiendo de este<br />

36<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


postulado adoptaremos las posiciones que consideramos<br />

más ajustadas al derecho ihnternacional de<br />

los derechos humanos para analizar su aplicación en<br />

el contexto colombiano.<br />

La Declaración de Derechos de los Pueblos fue aprobada<br />

luego de 22 años de discusiones permanentes<br />

que lograron el consenso mayoritario en la Asamblea<br />

General con el voto favorable de 143 países,<br />

solo 4 países en contra y 11 abstenciones, entre los<br />

que se cuenta Colombia como el único país latinoamericano<br />

que no votó a favor de la Declaración.<br />

Esta incuestionable mayoría, generada a través de<br />

consensos en el marco de dos decenios de los pueblos<br />

indígenas, unida a las innumerables discusiones<br />

al respecto y los pronunciamientos de la ONU en<br />

defensa de sus derechos desde una perspectiva di-<br />

ferenciada, dan a entender que su contenido puede<br />

ser el de una “norma aceptada y reconocida por la<br />

comunidad internacional de Estados”. Refuerza<br />

esta posición el hecho de que el ius cogens “surge de<br />

la vivencia de ciertos valores esencialmente humanos<br />

y universales, cuyo respeto y vigencia se estima<br />

como algo absolutamente necesario a la vida y<br />

subsistencia de la comunidad” (Gómez, 2003, p. 78).<br />

Es innegable que los derechos contenidos en este<br />

instrumento internacional “constituyen normas mínimas<br />

para la supervivencia, la dignidad y el bienestar<br />

de los pueblos indígenas del mundo” (Declaración<br />

Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas,<br />

artículo 43).<br />

En este sentido, la doctrina coincide en reconocer la<br />

libre determinación de los pueblos como uno de los<br />

37<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

Archivo OIA<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Archivo <strong>Cecoin</strong><br />

desarrollos más importantes del derecho de gentes<br />

y, como ya dijimos, el artículo 3 de la Declaración<br />

establece el derecho de todos los pueblos indígenas<br />

a la libre determinación para ser ejercido de conformidad<br />

con el derecho internacional contenido<br />

en instrumentos como la Carta de la ONU, el Pacto<br />

Internacional de Derechos Económicos, Sociales y<br />

Culturales, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos,<br />

así como la Declaración y el Programa de Acción<br />

de Viena, a los cuales se les reconoce pleno carácter<br />

vinculante.<br />

En segundo lugar, es importante retomar la tesis de<br />

su obligatoriedad en virtud de ser un desarrollo de<br />

los artículos 55 y 56 de Carta de la ONU, donde los<br />

Estados se comprometen a “promover el respeto<br />

universal de los derechos humanos y de las liberta-<br />

des fundamentales”. Si tenemos en cuenta que tales<br />

derechos vienen siendo consagrados progresivamente<br />

en normas internacionales a medida que se<br />

considera pertinente por los Estados, es necesario<br />

considerar que los derechos humanos no son limitados,<br />

por el contrario, tienden a aumentar.<br />

El primer instrumento que se considera un desarrollo<br />

de la Carta de la ONU es la Declaración Universal<br />

de los Derechos Humanos; si bien esta contempla la<br />

igualdad, la dignidad y la no discriminación como<br />

piedras angulares, no hay un desarrollo específico<br />

referente a los derechos de los pueblos indígenas,<br />

por el contrario, sus definiciones y contenidos parten<br />

de una construcción occidental. Las discusiones<br />

de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los<br />

Derechos de los Pueblos permitieron una partici-<br />

38<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pueblos, Autonomía y Libre Determinación ]


pación amplia de representantes de estos pueblos,<br />

reconocieron sus particularidades y los mínimos<br />

que debían establecerse para su pervivencia como<br />

pueblos; puede considerarse entonces que es un<br />

desarrollo diferenciado de la DUDH y del mandato<br />

de la Carta de la ONU.<br />

En este orden de ideas consideramos que la Declaración<br />

de las Naciones Unidas sobre los Derechos de<br />

los Pueblos hace parte del derecho de gentes o ius<br />

cogens, no sólo desde el desarrollo consuetudinario,<br />

es también un desarrollo de la Carta de la ONU siendo<br />

jurídicamente obligatoria incluso para el Estado<br />

colombiano que se abstuvo de votarla. Será una tarea<br />

de los Estados comenzar con su aplicación, de la<br />

ONU promover su cumplimiento, y de los tribunales<br />

nacionales e internacionales garantizar coactivamente<br />

su observancia.<br />

Referencias<br />

� ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS (1969).<br />

Convenio de viena sobre el Derecho de los Tratados. Ginebra.<br />

� ______ (1993). Declaración y programa de Acción de viena. Viena.<br />

� ______ (1995). primer Decenio Internacional de las poblaciones<br />

Indígenas. Resolución 48/163.<br />

� ______ (2004). segundo Decenio Internacional de las poblaciones<br />

Indígenas. Resolución 59/174.<br />

� ______ (2007). Declaración de Derechos de los pueblos. Resolución<br />

61/295.<br />

� BARBERIS, J. (1994). Formación del Derecho Internacional. Buenos<br />

Aires: Ábaco de Rodolfo de Palma.<br />

� BERNARD, B. (1991). Manual de Introducción al Derecho.<br />

Venezuela: Instituto de Filosofía del Derecho.<br />

� COMISIóN DEL CONVENIO Num. 107 (1988). Conferencia<br />

internacional del trabajo. Informe de septuagésimas quinta reunión.<br />

Ginebra.<br />

� COMISIóN DE DERECHOS HUMANOS (2001). Resolución<br />

2001/57.<br />

� CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO (1988). Actas<br />

provisionales, septuagésima quinta reunión. Ginebra.<br />

� ______ (1989). Actas provisionales, septuagésima sexta reunión.<br />

Ginebra.<br />

� CONSEJO ECONóMICO y SOCIAL (2000). Resolución 200/22.<br />

� GóMEZ, A. (2003). El Ius Cogens Internacional. Estudio Histórico-<br />

Crítico. México: Universidad Nacional Autónoma de México.<br />

� GóMEZ, M. (2006). El Convenio 169 de la Organización<br />

Internacional del Trabajo. En Mikel Berraondo (coord.). pueblos<br />

indígenas y derechos humanos. Bilbao: Instituto de Derechos<br />

Humanos, Universidad de Deusto, España.<br />

� ORGANIZACIóN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (2003).<br />

Manual proyecto para promover la política de la OIT sobre pueblos<br />

Indígenas y Tribales.<br />

� ORGANIZACIóN DE LAS NACIONES UNIDAS. Doc. E/CN.4/sub<br />

2/1986/ “Estudio del problema de la discriminación contra las<br />

poblaciones indígenas”.<br />

� PONCE, C. (2001-2002). La Declaración Universal de Derechos<br />

Humanos. Naturaleza jurídica y aplicación por los órganos<br />

jurisdiccionales internos. Anuario de la Facultad de Derecho de<br />

Extremadura19-20.<br />

� REy, E. (2008). Termina el cuento y empieza la historia. En <strong>Etnias</strong><br />

y política 6. Bogotá: Centro de Cooperación al Indígena (<strong>Cecoin</strong>).<br />

� ROLDÁN, J. (1996). Ensayo sobre el Derecho Internacional público.<br />

Universidad de Almería.<br />

� SANJOSé, A. (1992). La protección de los derechos humanos en el<br />

ámbito del derecho internacional. Valencia: Tirant lo Blanch.<br />

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a la libre determinación. En Mikel Berraondo (coord.). pueblos<br />

indígenas y derechos humanos. Bilbao: Instituto de Derechos<br />

Humanos, Universidad de Deusto.<br />

39<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandra García, Carlos Zapata ]<br />

Junio de 2008


PUntoS de ViStA<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

La pluralidad étnica<br />

y la nación colombiana:<br />

una historia política<br />

Estas notas hacen parte de una permanente búsqueda de nuevos sentidos<br />

y rutas que propicien encuentros y alianzas entre pueblos culturalmente1 diferentes, pero parecidos en la adversidad y unidos por las humillaciones y<br />

vejámenes sufridos. Se quiere con ellas alimentar los debates de la “escuela<br />

de formación interétnica para la resolución de conflictos”, que adelanta Jenzera<br />

con poblaciones negras, indígenas y campesinas del Pacífico. Ante todo<br />

aspiran a que los excluidos de ayer y de hoy unan sus voluntades, propósitos<br />

y compromisos con un cambio social y cultural que, como decía Saint-Just,<br />

“sólo puede ser frenado cuando se alcance la felicidad”.<br />

El antropólogo Leslie White acostumbraba a decir que las teorías antropológicas<br />

a menudo nos decían más sobre los antropólogos que sobre la materia<br />

objeto de su estudio. Decía también que dependiendo de la teoría del antropólogo,<br />

el objeto de estudio cambiaba no sólo de forma, sino también de<br />

esencia a los ojos del observador. De esta manera relativistas, culturalistas,<br />

evolucionistas, funcionalistas, estructuralistas y marxistas, ofrecían diferentes<br />

interpretaciones sobre su objeto de estudio. Estas diferencias conceptuales,<br />

habituales en la antropología, no hubieran tenido un efecto pernicioso en<br />

nuestro medio, si las ideas que llegaban a nuestras tierras hubieran encon-<br />

[1] En este texto la noción de cultura se emplea, en un sentido antropológico, como<br />

el conjunto de procesos simbólicos y espirituales, a través de los cuales se comprende,<br />

reproduce y se transforma la estructura social. Incluye por tanto todos los procesos<br />

de producción de sentido y significación, y las formas de vivir, pensar y percibir la vida<br />

cotidiana.


trado mentes abiertas y creativas, pero también<br />

ambientes intelectuales críticos, que hubieran<br />

examinado los contextos históricos y sociopolíticos<br />

en que fueron concebidas, antes de aplicarlas.<br />

De haber observado esto, no hubiéramos sido<br />

escolásticos ni librecambistas, no compraríamos<br />

modelos de desarrollo, sino que desarrollaríamos<br />

los propios, acordes con nuestra realidad y necesidades.<br />

La frivolidad de muchos antropólogos, y el dogmatismo<br />

de nuestra formación eclesiástica, junto<br />

a una ausencia de categorías críticas que orientaran<br />

la acción indigenista, abonaron el terreno<br />

para que echaran raíces toda suerte de ideas,<br />

corrientes del pensamiento y teorías sociales, que<br />

una vez tocaban tierras americanas se convertían<br />

en doctrinas que había que defender, difundir y<br />

aplicar. Si la realidad no estaba sintonizada y se<br />

ajustaba a la interpretación, la que llevaba del<br />

bulto era la realidad, que a menudo terminaba<br />

siendo un mero adorno de la teoría. Un ejemplo<br />

de ello lo tenemos en la ya legendaria teoría de<br />

las “nacionalidades indígenas” que nos llegó de<br />

México, un país donde existen pueblos indígenas<br />

preponderantes en varias regiones por su peso<br />

poblacional y sus logros culturales y políticos.<br />

Aquí algunos epígonos colombianos se dieron<br />

a la brega de aplicarla, imaginando este país<br />

dividido en un igual número de naciones, según<br />

las etnias indígenas existentes. Les faltó a estos<br />

antropólogos observadores la lógica pragmática<br />

del economista y matemático León Walras, que<br />

recomendaba que antes de aplicar el teorema de<br />

Pitágoras había que verificar que se tratara de un<br />

triángulo rectángulo. Aplicaron la fórmula mexicana<br />

de las nacionalidades, sin mirar el contexto<br />

colombiano y, de paso, creando cismas en el na-<br />

efraín Jaramillo Jaramillo<br />

ciente movimiento indígena caucano. En México,<br />

el planteamiento de las “nacionalidades indígenas”<br />

surgió como respuesta a las pretensiones del<br />

Estado mexicano de disolver a los pueblos indígenas,<br />

asimilándolos e integrándolos a la sociedad<br />

mexicana. Un contexto político muy particular,<br />

diferente al de Colombia, en donde los indígenas,<br />

juntándose al movimiento campesino, comenzaban<br />

a recuperar las tierras de sus ancestros y<br />

estaban muy lejos de imaginarse que sus luchas<br />

conducían a crear las naciones páez, guambiana,<br />

embera, wayuu, etc.<br />

Cuando los indígenas, los así llamados “objetos<br />

de estudio”, hastiados de ser observados, interpretados<br />

y definidos, se “vuelven desobedientes”,<br />

exigen ser tenidos en cuenta, reclaman su propia<br />

definición, y aspiran a ser sujetos de su propio desarrollo,<br />

comienza a cambiar el panorama. “Con<br />

la irrupción del otro en la escena” (Humberto<br />

Eco) se renueva el lenguaje y toman cuerpo los<br />

conceptos de “autonomía”, “desarrollo propio”,<br />

“multietnicidad” e “interculturalidad”.<br />

Hasta entonces, la “conciencia posible” (Lucien<br />

Goldmann) para concebir los nuevos Estados que<br />

se estaban formando en América era el Estadonación<br />

que surgía en Francia con Napoleón, en<br />

Italia con Garibaldi y en Alemania con Bismarck.<br />

El Estado unitario y la nación homogénea fueron<br />

hasta la década de los ochenta el ideal de las repúblicas<br />

latinoamericanas. Ahora las cosas han<br />

cambiado, y la cuestión étnica se ha tornado en<br />

uno de los más importantes y complejos desafíos<br />

socio-políticos para el Estado y para la nación<br />

colombiana.<br />

Pero hasta ese entonces había transcurrido mucha<br />

historia.<br />

Antropólogo, investigador y analista del Colectivo Jenzerá<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Los intelectuales más destacados que habían venido<br />

pensando la nación homogénea, habían identificado<br />

en el mestizaje racial la fórmula ideal para su<br />

construcción. El argumento central era que por medio<br />

del mestizaje se superarían por un lado las deficiencias<br />

de indios y negros –considerados pobres de<br />

juicio y de imaginación– para formar una sociedad y<br />

pensar una nación. De otro lado, se superarían también<br />

las limitaciones de los europeos –considerados<br />

los más inteligentes y más capaces– para adaptarse<br />

a climas y medios geográficos catalogados como<br />

hostiles. De este mestizaje, que José de Vasconcelos<br />

calificaría de “fecundo”, emergería entonces un<br />

hombre nuevo que superaría las incapacidades y<br />

limitaciones fundadas en el color de la piel, la raza y<br />

el medioambiente geográfico.<br />

Es con Simón Bolívar, hijo de la Ilustración y de la<br />

Revolución Francesa, que la idea del mestizaje como<br />

solución para la nación homogénea pierde vigor<br />

en la llamada Gran Colombia. Aunque Bolívar era<br />

también de la idea de que la nación debía ser homogénea,<br />

aspiraba sin embargo a que se superaran<br />

las diferencias étnicas, construyendo una identidad<br />

nacional, ya no a partir de la asimilación racial, sino<br />

a partir de la adaptación de todos los individuos a<br />

una cultura política “cívica”, más amplia, donde las<br />

lealtades étnicas, culturales y religiosas no fueran<br />

la base de la identidad nacional, pues se estaría<br />

manteniendo abierto el espacio para reventar en<br />

CUANDO BOLíVAR DEFINE A LOS ESPAñOLES COMO<br />

“USURPADORES”, y A LOS INDíGENAS COMO<br />

“LEGíTIMOS PROPIETARIOS”, IMPLíCITAMENTE ESTÁ<br />

DELINEANDO LA TAREA QUE LE CORRESPONDE A<br />

LOS CRIOLLOS QUE ESTÁN EN MEDIO: QUITARLES<br />

LA TIERRA A LOS USURPADORES y DEVOLVéRSELA<br />

A SUS LEGíTIMOS PROPIETARIOS.<br />

pedazos a la naciente nación. Se trataría entonces<br />

de una especie de patriotismo basado en la noción<br />

de “ciudadano”, que para Bolívar sería la forma ideal<br />

de compaginar la pluralidad étnica y cultural con un<br />

orden social representado en un Estado.”<br />

Según Bolívar, la condición de ciudadano solo la<br />

adquirían los hombres en libertad. Esta idea la tomó<br />

de Rousseau, quien argumentaba que dentro de la<br />

esclavitud, los esclavos pierden todas sus facultades<br />

y llegaban incluso a amar la esclavitud. “El alma de<br />

un siervo [dice Bolívar al referirse al Perú] rara vez<br />

alcanza a apreciar la sana libertad, se enfurece en<br />

los tumultos o se humilla en las cadenas” (Carta de<br />

Jamaica, 1815).<br />

Su ya célebre frase para definir los estamentos de<br />

la sociedad, que recién se independizaba del poder<br />

colonial, es de un significado proverbial. Decía Bolívar<br />

sobre los criollos (hijos de españoles nacidos en América)<br />

que, “no somos indios ni europeos, sino una especie<br />

media entre los legítimos propietarios del país y<br />

los usurpadores españoles” (Carta de Jamaica 1815).<br />

Cuando Bolívar define a los españoles como “usurpadores”,<br />

y a los indígenas como “legítimos propietarios”,<br />

implícitamente está delineando la tarea que<br />

le corresponde a los criollos que están en medio:<br />

quitarles la tierra a los usurpadores y devolvérsela a<br />

sus legítimos propietarios. Era la única vía para convertir<br />

a los indios en ciudadanos. Aquí Bolívar está<br />

enunciando en su propia historia, como criollo que<br />

era, la causa de los aborígenes. Este planteamiento<br />

de Bolívar nos remite al problema central, aún no<br />

resuelto, sobre la formación de nuestra nacionalidad:<br />

que para hacerla realidad la población indígena<br />

y negra debía adquirir la ciudadanía, es decir, debía<br />

tener la capacidad para ejercer sus derechos.<br />

Si los criollos, una vez culminadas con éxito las<br />

guerras de la independencia, no restablecían estos<br />

derechos, significaba simple y llanamente que se<br />

42<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


Carlos Gómez Ariza<br />

había cambiado de amos y señores, pero persistía el<br />

“derecho de conquista”, impuesto por los españoles.<br />

La apropiación que había hecho Bolívar de la causa<br />

de los negros y de los pueblos originarios no hizo escuela<br />

en América, pues eran más fuertes los poderes<br />

de la clase criolla emergente, que se beneficiaba de<br />

las tierras y los bienes arrebatados a los españoles.<br />

Repudiado por los criollos, y después de sobrevivir<br />

a dos atentados, Bolívar marchó al exilio. Murió en<br />

Santa Marta.<br />

Otro prócer americano de la Independencia, José<br />

Gervasio Artigas, buscó refugió en Paraguay, “acompañado<br />

sólo por su guardia personal de 250 lanceros,<br />

hombres y mujeres, todos negros y entre ellos<br />

Ansina, compañero de Artigas, hasta la muerte”<br />

(Rosero, 2003). <strong>No</strong> le perdonaron los criollos a Artigas<br />

que a su paso victorioso fuera liberando esclavos.<br />

Los Camba Cua (cabecitas negras en guaraní) son<br />

hoy sus descendientes. Carlos Rosero nos recuerda<br />

que en una de las acciones para repeler<br />

los muchos intentos por terminar de despojarlos<br />

de las últimas tierras que les quedan,<br />

de las que les fueron asignadas en el siglo XIX,<br />

colocaron sus banderas de barras horizontales<br />

azules y blancas sobre sus casas, entonaron el<br />

himno de la República Oriental del Uruguay<br />

y se negaron a ser tratados, en esta tierra a la<br />

que llegaron por leales, distinto a lo que eran:<br />

invitados de honor (Rosero, 2003).<br />

La negación de los derechos y las ideas<br />

sobre la desigualdad de los hombres 2<br />

La historia de Colombia es, desde sus orígenes, una<br />

historia de negaciones. Los españoles le negaron la<br />

humanidad a los indios: “homúnculos”, como fue-<br />

[2] Para una lectura completa de estas ideas, ver el<br />

excelente texto del historiador mexicano Silvio Zavala<br />

(1963), texto del cual se extraen la mayor parte de las<br />

ideas y citas de este artículo.<br />

43<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

ron llamados, no tendrían derechos ni capacidad de<br />

gobierno. Posteriormente, a miles de africanos les<br />

fueron negadas sus vidas y libertades por medio de<br />

la esclavitud. <strong>No</strong> obstante, había algo común en estas<br />

negaciones: eran llevadas a cabo por pueblos que<br />

renegaban de sus orígenes culturales judíos y mozárabes.<br />

En estas ideas se fundamentaría la esclavitud<br />

y servidumbre a que fueron condenados aborígenes<br />

y negros. Pero esta negación la extendieron a todo lo<br />

que fuera de América. Por el sólo hecho de nacer en<br />

ella se era ciudadano de segunda clase, y al menosprecio<br />

por sus habitantes se unió el menosprecio por<br />

su flora, su fauna y sus territorios. Con el paso de los<br />

siglos, y de muchas luchas al interior de la Iglesia, se<br />

le reconoció la humanidad a la población aborigen,<br />

y con Alexander von Humboldt se reconoció que la<br />

naturaleza de América, su flora y su fauna no tenían<br />

nada que envidiarle a las europeas. <strong>No</strong> obstante perdura<br />

en muchas mentes la idea de que las culturas<br />

y los territorios indígenas no tienen un valor en sí<br />

mismos.<br />

Una Iglesia al servicio de la corona española también<br />

hizo parte de las corrientes que les negaban<br />

identidades particulares a aquellos que tenían otras<br />

creencias. A finales del siglo XIII, el canonista y santo<br />

católico Gregorio, llamado “El Ostiense”, fijó doctrina<br />

al afirmar que el Papa, como representante<br />

de Cristo en la Tierra, tenía potestad no solamente<br />

sobre el mundo cristiano, sino sobre el de los infieles.<br />

Años después, en el siglo XIV, Johann Wycliffe<br />

continuaría desarrollando la doctrina y afirma que<br />

“la falta de gracia del hombre injusto que vive en<br />

pecado mortal, hace que carezca de dominio propio”.<br />

Los derechos de los impíos podían entonces<br />

LAS ELITES CRIOLLAS VIERON A LOS INDIOS y NEGROS<br />

Ariza<br />

COMO UN OBSTÁCULO PARA EL PROGRESO<br />

Gómez<br />

y LA CIVILIZACIóN Carlos<br />

44<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


ser trasladados, “en derecho y por justa causa”, a los<br />

cristianos. Esta doctrina que se emplea en la guerra<br />

contra los moros, durante la reconquista española,<br />

es trasladada a América. De esta forma, la condición<br />

religiosa se convierte en el pilar del dominio de los<br />

conquistadores católicos sobre los indios infieles y<br />

fundamenta el “derecho de conquista” de España.<br />

Intentos que se dieron para defender los derechos<br />

de los así llamados infieles, sólo fructificarían muchos<br />

años después, cuando una corriente humanista<br />

comenzó a gestarse en el mundo cristiano. 3<br />

La Iglesia se uniría siglos después a la cruzada por la<br />

homogeneización de la sociedad: todos somos iguales<br />

a los ojos de Dios4 Pero para llevar a cabo esta<br />

empresa, y poder realizar la comunión y hermandad<br />

de todos los hombres en Cristo, 5 buscaron definir,<br />

como lo haría cualquier antropólogo, su objeto de<br />

estudio. y allí de nuevo fue Troya, pues encontraron<br />

con que además de tener alma, los aborígenes<br />

tenían también sus propias creencias y maneras de<br />

entender el mundo, que diferían sustancialmente<br />

de la religión de Cristo.<br />

Pero hay iglesias de iglesias. Las más retardatarias<br />

todavía hablan de paganismo y de superstición de<br />

pueblos sumidos en la oscuridad para referirse a<br />

aquellas culturas que no siguen el Evangelio. Las<br />

más progresistas hablan de que se encuentran en<br />

un proceso de diálogo intercultural, pero pobres son<br />

[3] Uno de los más destacados personajes de la Iglesia,<br />

que se abanderó de la causa de los indios, fue fray<br />

Bartolomé de las Casas. Decía De las Casas que dentro<br />

de los infieles había reyes y señores que por su dignidad<br />

recibían de la naturaleza el “Don de Gentes”.<br />

[4] ya San Agustín en el siglo IV habla de la hermandad<br />

de todos los hombres, y no únicamente ante Dios (en el<br />

sentido abstracto del alma), sino aquí en la tierra.<br />

[5] Todos los hombres estamos llamados a una vida<br />

común en Cristo, ante el cual todos somos iguales.<br />

sus ejecutorias, debido a ese arrogante y a la vez paternalista<br />

talante que asumen, pues consideran que<br />

sus creencias son superiores.<br />

La independencia de España no significó que la nueva<br />

República asumiera su rostro negro o indio. Por el<br />

contrario, las elites criollas vieron a indios y a negros<br />

como rezagos de un pasado que había que superar,<br />

pues eran un obstáculo para el progreso y la civilización<br />

de Colombia. Abrazando la corriente en boga<br />

del liberalismo económico, y usurpando el término<br />

de “liberal” –que en su sentido histórico significa ser<br />

generoso, humanista, pródigo, altruista y desprendido–<br />

les negaron a indios y a negros los rasgos étnicos<br />

distintivos de sus identidades. Paradójicamente<br />

esta negación se hacía en nombre de “la libertad y la<br />

igualdad de todos los hombres”.<br />

La cara bondadosa de la Iglesia, y el sentido igualitario<br />

de las doctrinas liberales, no han logrado superar<br />

el racismo manifiesto en la sociedad colombiana.<br />

<strong>No</strong> hay mejor indicio para ver la inocuidad de sus<br />

acciones en busca de la igualdad que predican, que<br />

los hechos que bien entrado el siglo XX todavía<br />

sucedían en el país: en los Llanos Orientales de Colombia<br />

se cazaba a los cuibas, indígenas nómadas<br />

de las llanuras. En aquella región, a esta práctica se la<br />

denominaba “cuibiar”. Aún hay educadores que reprenden<br />

a niños indígenas por no mostrar una buena<br />

disposición para aprender el castellano. y hace<br />

pocos años, un conocido representante del partido<br />

liberal manifestaba que la raíz de todos los males<br />

de los pueblos indígenas era su persistencia en lo<br />

colectivo y comunitario, refiriéndose a las formas<br />

de concebir la tenencia de la tierra, el trabajo y la<br />

distribución de bienes. Decía este personaje, que los<br />

indígenas vivían bajo “sistemas anacrónicos”, en un<br />

mundo donde precisamente los sistemas colectivos<br />

del Este se derrumbaban. Recomendaba, entonces,<br />

para guiar a los indígenas por la senda del progreso,<br />

45<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

abolir los resguardos y ponerlos a disposición de la<br />

iniciativa privada.<br />

Para la izquierda tradicional, más doctrinaria, menos<br />

marxista, la problemática étnica ha sido catalogada<br />

como una “contradicción secundaria”. Las<br />

demandas de aquellos pueblos y grupos que reclaman<br />

autonomías, exaltan órdenes comunitarios y<br />

decisiones colectivas, no merecen atención, pues<br />

estos intereses particulares obstaculizan la unidad<br />

del pueblo. Sólo fusionando todas las expresiones<br />

sociales, políticas y culturales se puede converger en<br />

un movimiento para superar el escollo del Estado<br />

capitalista. Semejante a la homogeneidad que nos<br />

plantea la Iglesia al hermanarnos en Cristo, aquí<br />

seríamos todos iguales, hermanos de clase. Existe en<br />

ambas doctrinas una manifiesta discapacidad para<br />

pensar las nuevas realidades de nuestro tiempo, en<br />

especial las que irrumpen en la escena política con<br />

movimientos sociales generados por demandas étnicas<br />

y de género.<br />

Estas posiciones a menudo son difíciles de visualizar,<br />

debido a la usual retórica de las organizaciones<br />

y los partidos, que incorporan en sus discursos las<br />

demandas de negros e indígenas como una manifestación<br />

de su solidaridad con estos pueblos, pero<br />

sin asumir (la mayoría de las veces sin entender),<br />

las implicaciones que tienen para su propia práctica<br />

tales manifestaciones de apoyo y solidaridad.<br />

LA HISTORIA DE COLOMBIA ES, DESDE SUS<br />

ORíGENES, UNA HISTORIA DE NEGACIONES. INDIOS<br />

y NEGROS TENDRíAN QUE ESPERAR MÁS DE UN<br />

SIGLO DE VIDA REPUBLICANA PARA QUE EL ESTADO<br />

BUSCARA CONCILIAR SUS INTERESES CON ESTOS<br />

PUEBLOS, AL DEFINIR EL CARÁCTER MULTIéTNICO y<br />

PLURICULTURAL DE LA NACIóN.<br />

Estos desconocimientos y negaciones que hemos<br />

enunciado aparecerían como actitudes caprichosas,<br />

si no hubieran estado orientadas fundamentalmente<br />

a despojar a estos pueblos de la potestad que tienen<br />

sobre los territorios y los recursos, que es lo que realmente<br />

les ha interesado a los conquistadores y colonizadores<br />

de ayer y de hoy.<br />

Ahora podemos entender por qué indios y negros<br />

tendrían que esperar más de un siglo de vida republicana<br />

para que con la Constitución <strong>Política</strong> de<br />

Colombia de 1991, el Estado buscara conciliar sus<br />

intereses con estos pueblos, al definir el carácter<br />

multiétnico y pluricultural de la nación. También<br />

podemos entender la intransigencia que encontraron<br />

en la sociedad cuando comenzaron a plantear<br />

la multietnicidad de la nación: un año antes de la<br />

convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente,<br />

y para prepararse a lo que sería la celebración oficial<br />

de los “quinientos años del descubrimiento de<br />

América”, indígenas y colaboradores de sus luchas<br />

iniciaron lo que se llamó la “Campaña de autodescubrimiento<br />

de nuestra América”, precisamente<br />

buscando que se entendiera la multietnicidad y la riqueza<br />

que esto significaba para el país. <strong>No</strong> obstante<br />

esta campaña de sensibilización, los candidatos negros<br />

no recibieron el apoyo esperado, y en las elecciones<br />

para la Asamblea Nacional Constituyente no<br />

obtuvieron ningún escaño. y los indios, solo debido<br />

al reconocimiento de sus luchas y sus esfuerzos organizativos<br />

lograron dos puestos. Un tercer puesto<br />

lo obtendría el desmovilizado movimiento armado<br />

Quintín Lame.<br />

A partir del V centenario en 1992, la mayoría de los<br />

países latinoamericanos comenzaron a reconocer<br />

constitucionalmente el carácter multiétnico de sus<br />

sociedades. Esto fue un logro de las luchas de los<br />

pueblos indígenas y negros, pero también se debe<br />

a dos hechos coyunturales: después de quinientos<br />

46<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


años los gobiernos no quisieron cargar con la lápida<br />

de haberse opuesto a una renovación de los ordenamientos<br />

legales en favor de los indígenas, de acuerdo<br />

con las recomendaciones de muchas entidades<br />

nacionales e internacionales que trabajan en el campo<br />

de los derechos humanos y de los derechos de los<br />

pueblos indígenas de todo el mundo. El otro hecho<br />

es que a partir de la década de los noventa comienzan<br />

a desplomarse regímenes centralistas y autoritarios,<br />

a la vez que surgen aspiraciones étnicas que<br />

se creía eran cosas del pasado. Esta tendencia que<br />

observamos a nivel mundial, influenció a muchos<br />

gobiernos para reconocer, aunque fuera en el papel,<br />

derechos fundamentales a los pueblos indígenas.<br />

A pesar de este reconocimiento general a nivel latinoamericano,<br />

ningún Estado, con excepción de las<br />

actuales Bolivia y Ecuador, ha mostrado voluntad<br />

política para eliminar las condiciones económicas,<br />

políticas y culturales que excluyen y marginan a los<br />

pueblos indígenas y negros. En algunas regiones de<br />

Colombia (principalmente en el Cauca), pero ante<br />

todo en el sur de México (Chiapas), han sido los<br />

propios pueblos indígenas los que con sus movilizaciones<br />

han presionado –con logros limitados– para<br />

que se pongan en práctica los derechos reconocidos<br />

en sus constituciones políticas.<br />

Las luchas por el reconocimiento de los pueblos<br />

indígenas y negros, y la búsqueda de la convivencia<br />

intercultural como fundamento de la nación pluriétnica<br />

Plantearse la cuestión de la pluriculturalidad supone<br />

preguntarse por el fundamento de toda convivencia<br />

humana, por los horizontes en que las comunidades<br />

y los individuos se la imaginan, por los elementos<br />

que abarca esa convivencia, por los contenidos que<br />

aceptan de otras culturas, o aquellos de los cuales Ariza<br />

tienen que despojarse para hacerla viable, y por la Gómez<br />

manera como los pueblos van identificando a otros Carlos<br />

47<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

pueblos como iguales a pesar de sus diferencias,<br />

desigualdades, inconexiones y uso de símbolos distintos<br />

para expresar problemáticas semejantes.<br />

Lo primero que deducimos del rápido recuento histórico<br />

que hemos hecho sobre las formas de concebir<br />

la nación y los caminos para hacerla realidad en<br />

países pluriétnicos, es que sin el reconocimiento y la<br />

restitución de derechos históricos usurpados no es<br />

posible hablar de sujetos con capacidad para decidir<br />

sobre sus vidas y pensar su futuro.<br />

Lo segundo es que sin sujetos con derechos restablecidos<br />

y sin apremios económicos y sociales que<br />

coarten o restrinjan sus voluntades, no es posible<br />

entablar un diálogo intercultural que conduzca a la<br />

formación de una nación pluriétnica.<br />

En tercer lugar, podemos afirmar que el legado cultural<br />

e institucional que heredamos de los pueblos<br />

ibéricos impidió que se desarrollaran corrientes<br />

propias del pensamiento más acordes con nuestras<br />

realidades. El absolutismo, que en América condujo<br />

al caudillismo, negaría cualquier forma de democracia,<br />

y la unión entre Iglesia y Estado conduciría a<br />

formas dogmáticas del ejercicio del poder.<br />

En cuarto lugar podemos concluir que la imagen<br />

de una América mestiza, no obstante haber tenido<br />

tantos seguidores y haber sido el ideal de muchos<br />

políticos, escritores y artistas de la talla de Bolívar,<br />

José Martí, Miguel Ángel Asturias, Pablo Neruda,<br />

los muralistas mexicanos David Alfaro Siqueiros y<br />

Diego Rivera, aquí en Colombia no prosperó, salvo<br />

en algunos murales de Pedro Nel Gómez.<br />

y no prosperó porque las elites colombianas, después<br />

de la muerte de Bolívar y la disgregación de la<br />

Gran Colombia, comenzarían a pensar la nación a<br />

partir del componente blanco europeo, alrededor<br />

del cual debía girar el ideario de la nacionalidad.<br />

Se impuso la idea de que en la diversidad cultural<br />

y regional estaba el principal obstáculo para la independencia<br />

y, por supuesto, la construcción de la<br />

identidad nacional. y se desechó el argumento de<br />

que no es negando la diversidad, sino exactamente<br />

al revés, reconociéndola y afirmándola, donde debemos<br />

encontrar las bases para la constitución de la<br />

nación.<br />

ya para finales del siglo XIX las elites, tanto liberales<br />

como conservadoras, no miraban con buenos ojos la<br />

existencia de regiones organizando su vida económica<br />

y política de manera diferenciada, obedeciendo a<br />

particulares patrones sociales, geográficos y culturales,<br />

al margen de los lineamientos que para construir<br />

el Estado-nación venían emitiendo los centros de<br />

poder político que se conformaban en el país.<br />

El antropólogo Armando Moreno Sandoval (1998),<br />

en un texto sobre el tema que venimos tratando,<br />

presenta el pensamiento de un ilustre intelectual de<br />

la época:<br />

en 1861 José María Samper (intelectual, político<br />

y militar colombiano), señalaba en su<br />

“Ensayo sobre las revoluciones” los contrastes<br />

y la diversidad de la sociedad de aquel entonces<br />

(...). Colombia a mediados del siglo XIX ya<br />

había logrado consolidar diferentes enclaves<br />

con cierta singularidad regional y étnica, que<br />

le servirían a la elite intelectual y política para<br />

marcar los contrastes entre las diferentes regiones<br />

y donde los rasgos raciales serían decisivos<br />

para definir su componente cultural.<br />

Pero estas regiones que se conformaban a partir<br />

de rasgos étnicos, iban en contravía del poder centralista<br />

que estaban construyendo las elites, ya que<br />

argumentaban que ésta era la forma más expedita<br />

para la desintegración de la naciente República. La<br />

integración de la nación se había erigido como paradigma<br />

y objetivo principal de las elites. Es así como<br />

la construcción de una cultura nacional, de una<br />

48<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


colombianidad, se convierte en el principal proyecto<br />

político de estas elites. Todo lo diferente se ve como<br />

estorbo. Las culturas indígenas son catalogadas<br />

como “rezagos del pasado”, sus defensores como<br />

“apóstoles del regreso”.<br />

De la misma manera, pero profundizando y especificando<br />

cómo debía ser el fundamento de la nacionalidad<br />

colombiana, piensa el geógrafo y cartógrafo<br />

Francisco Javier Vergara y Velasco. La geografía fue la<br />

disciplina que empleó para conocer el país, sus ríos,<br />

mares, selvas y montañas. Pero también para identificar<br />

a las poblaciones, sus prácticas agropecuarias,<br />

los sistemas de intercambio comercial entre las regiones<br />

y, ante todo, su historia y sus culturas. Este pionero<br />

comenzó en 1901 a presentar una nueva geografía<br />

del país y a delinear lo que podría ser “la Patria”.<br />

De él nos dice Moreno Sandoval que:<br />

reflexionando que lo colombiano no podía<br />

representarse en la diversidad étnica y pre-<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

gonando a la vez su visión integradora, se<br />

preguntaba: ‘¿Será pues raro que en Colombia<br />

no exista aún pueblo colombiano, ni lo haya<br />

todavía en muchos años, si no se combaten las<br />

ideas separatistas y el lugareñismo que domina<br />

en las varias zonas naturales del país?’”.<br />

y continuaba:<br />

En Colombia, salvo el barniz de la característica<br />

española, ardiente e impresionante, exagerada<br />

a veces por el clima, o la de indios y negros, no<br />

hay tipo en verdad nacional; pero sí existen tipos<br />

locales que tienden a acentuarse divergiendo<br />

más y más, y ¡hay de la patria si todos los<br />

hombres entendidos no ayudan a combatir sin<br />

tregua y con esfuerzo grande tales tendencias! 6<br />

Moreno concluye que Vergara y Velasco “al no encontrar<br />

en el mestizaje su tipo nacional, se quejaba<br />

de que el mestizaje se estaba imponiendo en el país”.<br />

De esta forma, Vergara y Velasco manifiesta la idea<br />

de que lo colombiano debía identificarse con el<br />

componente blanco europeo7 .<br />

Pero al encomio de lo blanco como elemento constitutivo<br />

de la nacionalidad, las elites gobernantes<br />

unen las ideas de progreso y desarrollo económico,<br />

sin las cuales no sería posible encauzar un proceso<br />

civilizador que superara los estados de pobreza,<br />

ignorancia y violencia8 . En lo corrido de la mitad<br />

[6] Moreno Sandoval toma estas citas de Jorge Orlando<br />

Melo (1990).<br />

[7] Como lo refleja este estribillo de la época: “Los<br />

blancos/ somos los buenos,/ los blancos/ ni más ni<br />

menos”.<br />

[8] Que estas ideas harían escuela nos lo señala la Ley<br />

114 de diciembre 1922, “sobre inmigración y colonias<br />

agrícolas”, que en su artículo 1 dice: “Con el fin de<br />

propender al desarrollo económico e intelectual del<br />

49<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

del siglo XX estas ideas se intensificaron de forma<br />

especial, generando nuevos prejuicios hacia los<br />

pueblos indígenas y negros, caracterizados como<br />

pertenecientes a “culturas renuentes al progreso”.<br />

El avance de la ciencia y la técnica en los países<br />

centrales del capitalismo había deslumbrado de tal<br />

manera a nuestras elites, que la idea del progreso,<br />

basado en esos adelantos, fue convertida en una<br />

ideología, de acuerdo con la cual todos los pueblos<br />

deberían marchar hacia una meta ideal de la civilización.<br />

Según Walt Whitman Rostow, lograr esa meta<br />

implicaba haber pasado por diversos estadios de desarrollo,<br />

después del “take off” (despegue). Para este<br />

despegue se necesitaría un nivel de acumulación<br />

suficiente que garantizara un desarrollo sostenido.<br />

Siguiendo este orden de ideas, la existencia de sistemas<br />

económicos colectivistas, que no están orientados<br />

por la ganancia y la acumulación, se convierten<br />

en un “lastre para el desarrollo” y en “obstáculos”<br />

para alcanzar esos ideales de civilización9 . Tomas O.<br />

Eastman, ministro de Hacienda de Carlos E. Restrepo,<br />

usualmente soltaba perlas del siguiente tenor:<br />

“Cuando uno de esos liberales te espete un discurso<br />

país y al mejoramiento de sus condiciones étnicas, tanto<br />

físicas como morales, el Poder Ejecutivo fomentará la<br />

inmigración de individuos y de familias que por sus<br />

condiciones personales y raciales no puedan o no deban<br />

ser motivo de precauciones respecto del orden social<br />

o del fin que acaba de indicarse, y que vengan con el<br />

objeto de labrar la tierra, establecer nuevas industrias o<br />

mejorar las existentes, introducir y enseñar las ciencias y<br />

las artes, y en general, que sean elementos de civilización<br />

y progreso”.<br />

[9] Los países centrales del capitalismo se habían<br />

convertido en el referente obligado para el progreso y<br />

desarrollo económico de nuestros países. Según esta<br />

idea, todos los países debían recorrer las mismas etapas<br />

para alcanzar el desarrollo. Esta visión no solo niega las<br />

singularidades propias de cualquier proceso histórico,<br />

sino que se convierte en un fundamento de la expansión<br />

del capitalismo.<br />

colectivista, fíjate y notarás en él muy pronto el ojo<br />

oblicuo de las razas inferiores”.<br />

Más usual de lo que creemos, en nuestro país hay<br />

más muestras de dogmatismo que de avidez por la<br />

investigación despojada de prejuicios, y por la exploración<br />

de nuevas posibilidades para la convivencia,<br />

como lo muestra la patanería arrogante del señor<br />

Eastman con su mordaz y cínico chiste. y como lo<br />

han mostrado también muchos epígonos colombianos<br />

de Herbert Spencer, quien introdujo en las<br />

ciencias sociales el concepto que Charles Darwin<br />

propuso para explicar la evolución de las especies:<br />

la supervivencia biológica del más apto. Con fundamento<br />

en este concepto, y cabalgando en el prestigio<br />

de Darwin, se buscó explicar por qué los indios y<br />

negros estarían destinados a desaparecer.<br />

También tuvo adeptos en nuestro país el conde Joseph<br />

Arthur Gobineau, escritor y diplomático francés,<br />

que en un ensayo sobre la desigualdad de las razas<br />

humanas, publicado en 1855, presenta su teoría<br />

según la cual la raza aria, en especial los pueblos germánicos<br />

puros, era la que más se había destacado<br />

en todas las artes y las ciencias. Consideraba que el<br />

mestizaje era una forma de degeneración y la manera<br />

más eficaz de eliminar las facultades creadoras<br />

de los pueblos arios. Estas ideas fueron acogidas por<br />

el inglés Houston Steward Chamberlain. Su fama se<br />

regó por todo el mundo, pues en su libro Los fundamentos<br />

del siglo XIX, “presenta las pruebas” de la superioridad<br />

de la raza nórdica. Divulgado el libro en<br />

los Estados Unidos de América, revivió la nostalgia<br />

de los hacendados sureños por la esclavitud, dando<br />

lugar en 1915 al resurgimiento del Ku-Klus-Klan,<br />

secta que había aparecido durante la guerra de secesión<br />

en 1865, y que había sido prohibida en 1871.<br />

Estas ideas llegadas de Europa fueron discutidas en<br />

nuestro país con más pasión que objetividad, y se<br />

aceptaban o rechazaban de manera intransigente.<br />

50<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


Fue este tono proselitista el que empañó el pensamiento<br />

colombiano frente al indígena y el negro<br />

durante muchas décadas.<br />

Ocuparía mucho tiempo hacer un barrido por todos<br />

los pensadores que bebieron en estas canteras del<br />

pensamiento racista, pero vale la pena mencionar<br />

los más importantes, quizás más representativos,<br />

que con escuetas y lapidarias entelequias del socialdarwinismo<br />

o fundadas en “determinismos geográficos”,<br />

justificaron el racismo hacia los pueblos<br />

indígenas y negros.<br />

Con un concepto tan impreciso como es el de “raza”,<br />

Laureano Gómez (1970), en conferencias dictadas<br />

en 1928, nos habla de los problemas del país.<br />

Sobre la raza:<br />

Nuestra raza proviene de la mezcla de españoles,<br />

indios y negros. (...) Es en lo que podemos<br />

haber heredado del espíritu español, donde<br />

debemos buscar las líneas directrices del carácter<br />

colombiano contemporáneo. Pues lo que<br />

aportan los indígenas y negros a nuestra herencia<br />

son estigmas de completa inferioridad.<br />

Sobre el negro:<br />

El negro muestra un espíritu rudimentario e<br />

informe. Permanece en perpetua infantilidad.<br />

La bruma de una eterna ilusión lo envuelve y el<br />

prodigioso don de mentir es la manifestación<br />

de esa imagen de las cosas, de la ofuscación<br />

que le produce el espectáculo del mundo.<br />

Después de esta definición rimbombante sobre el<br />

negro, concluye:<br />

El elemento negro constituye una tara: en los<br />

países en donde él ha desaparecido, como en<br />

la Argentina, Chile y Uruguay, se ha podido establecer<br />

una organización política y económica<br />

con sólidas bases de estabilidad.<br />

Sobre el indio:<br />

...segundo de los elementos bárbaros de nuestra<br />

civilización, ha transmitido a sus descendientes<br />

el pavor de su vencimiento, el rencor<br />

de la derrota, (...) parece haberse refugiado en<br />

el disimulo taciturno y la cazurrería insincera y<br />

maliciosa. Afecta completa indiferencia por las<br />

palpitaciones de la vida nacional. Está narcotizado<br />

por la tristeza del desierto, embriagado<br />

con la melancolía de sus páramos y bosques.<br />

Sobre el mestizo:<br />

el mestizo primario no constituye un elemento<br />

utilizable para la unidad política y económica<br />

de América, conserva demasiado los defectos<br />

indígenas: es falso, servil, abandonado y repugna<br />

todo esfuerzo y trabajo.<br />

Sobre mestizos y mulatos:<br />

en los mestizos y mulatos se combinan las<br />

cualidades discordantes de los padres. Las dos<br />

cosas tienen por efecto común (...) que son<br />

fisiológica y psicológicamente inferiores a las<br />

razas componentes.<br />

Sobre los norteamericanos:<br />

ya perdimos el istmo. (...) ya nuestros minerales<br />

preciosos salieron del patrimonio; el único<br />

petróleo que se explota es el de los norteamericanos.<br />

Cada día adquieren algo nuestro los<br />

más capaces, los más ricos, los más fuertes.<br />

Sobre la raza y el clima:<br />

La distribución del calor y la humedad no hace<br />

apto nuestro territorio para el establecimiento<br />

de una buena organización social. Somos<br />

especie de inmenso invernadero, depósito de<br />

incalculables riquezas naturales, que no hemos<br />

podido disfrutar porque la raza no está acondicionada<br />

para hacerlo.<br />

51<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Estas ideas no eran exclusivas de pensadores ultra<br />

conservadores como Laureano Gómez. También<br />

cohabitaban en el partido liberal y en mentes importantes<br />

como la del destacado político y hombre de<br />

ciencia Luis López de Mesa. Sus escritos más conocidos<br />

versan sobre la formación de la nacionalidad colombiana:<br />

¿Cómo se ha formado la nación colombiana?,<br />

y Los problemas de la raza en Colombia. Allí plantea la<br />

necesidad de la modernización de la sociedad colombiana<br />

y la constitución de la nación. El negro y el indio<br />

son, a juicio del profesor López de Mesa, los factores<br />

del atraso en el cual estaba sumida Colombia. Plantea<br />

por tanto la integración de estos dos grupos a una<br />

raza superior, que para él era la blanca europea.<br />

Álvaro Gómez Hurtado, hijo de Laureano, fue uno<br />

de sus grandes seguidores. Solía utilizar, para referirse<br />

a los pueblos indígenas, términos como los de<br />

“decadencia”, “pueblos sin historia”, que tenían una<br />

“concepción fatalista del porvenir”. Sin la religión<br />

estos pueblos seguirían en las tinieblas, pues “la<br />

religión llevó al nuevo mundo el optimismo que se<br />

apoya en la redención del hombre y que faltaba en<br />

las religiones autóctonas”. Recurre al pensamiento<br />

del alemán Oswald Spengler10 , para afirmar con<br />

él que “los hechos son más importantes que las<br />

verdades”. De allí que para él la historia de América<br />

empieza con el hecho de la Conquista. y en realidad,<br />

ya para la época en que Gómez (padre) hacía sus<br />

disertaciones sobre la inferioridad de nuestra raza,<br />

de las ideas se pasaba a los hechos: Hitler se alzaba<br />

con el poder en Alemania y preparaba la limpieza<br />

étnica, en Colombia se desataba la violencia contra<br />

indígenas, negros y campesinos mestizos, violencia<br />

que aún no termina. y en Ciénaga (1928) se llevaba<br />

a cabo la masacre de las bananeras (el hecho), para<br />

[10] “Filósofo diletante que le rinde culto a los hechos”, al<br />

decir de Jürgen Habermas.<br />

romper la huelga de los trabajadores negros y mestizos<br />

por arrancarles mejores condiciones de vida a<br />

sus patrones de la United Fruit Company, “los más<br />

fuertes, los más capaces”.<br />

Aunque hay mucha historia transcurrida, que marcaría<br />

grandes diferencias con esas ideas, todavía<br />

subyacen prejuicios provenientes de ellas, que han<br />

obstaculizado la construcción de una nación pluricultural.<br />

La búsqueda de la convivencia<br />

intercultural como fundamento<br />

de la nación<br />

Con el surgimiento de una escuela etnológica en el<br />

país a comienzos de los años cuarenta, comienza a<br />

emerger un discurso que reclama la importancia de<br />

las culturas de los indios y de los negros en el país,<br />

señalando su participación en la historia de Colombia<br />

y sus aportes a la formación de una identidad<br />

nacional.<br />

y con el surgimiento del actual movimiento indígena<br />

en Colombia, al calor de las luchas campesinas<br />

de los años setenta, se empieza a dar un verdadero<br />

revolcón en el país, en lo que a la idea de la nación<br />

multiétnica se refiere: con estas luchas empezaría<br />

nuestra criolla “ilustración”.<br />

Próximos a celebrar los doscientos años de vida republicana,<br />

los indígenas, como también los afrocolombianos,<br />

los isleños raizales y otros grupos étnicos<br />

y culturales del país, plantean de nuevo, entonces,<br />

la posibilidad de que se establezca una convivencia<br />

pluricultural, solidaria con la construcción de un<br />

proyecto nacional autónomo.<br />

Pero falta mucho camino por andar para que ese<br />

tipo de nación con la cual nos identifiquemos todos<br />

sea una realidad.<br />

52<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


Primero, necesitamos ejercitar la democracia.<br />

Friedrich Nietzsche decía que la democracia era un<br />

asunto para los débiles. Esta idea, en las manos del<br />

avieso Joseph Goebbels, serviría de sustento al proyecto<br />

de dominación Nazi. Sin embargo, Nietzsche<br />

tenía razón, pues los débiles necesitan practicar la<br />

democracia si algún día quieren ser fuertes. Ningún<br />

grupo puede entonces imponerles su voluntad a los<br />

otros sin poner en peligro la unidad. Así no se construye<br />

interculturalidad, ni sociedades democráticas.<br />

La democracia es un principio fundamental de la<br />

interculturalidad y la convivencia.<br />

Segundo, aunque después de la Constituyente 1991,<br />

los diferentes pueblos tradicionalmente excluidos<br />

(negros, indígenas y campesinos), han tenido un<br />

notorio acercamiento en términos políticos, son la<br />

competencia por la tierra y sus recursos, factores<br />

significativos que alteran la convivencia. Pero estos<br />

conflictos que se derivan de la competencia por los<br />

recursos territoriales son reconocidos y debatidos<br />

abiertamente por las dirigencias de estos pueblos.<br />

<strong>No</strong> sucede lo mismo con los conflictos que se derivan<br />

de las diferencias culturales o religiosas. Aquí la dirigencia<br />

y las organizaciones no aceptan que se deba-<br />

53<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

tan, pues consideran que estos son asuntos propios<br />

de la cultura, que no admiten intromisión alguna.<br />

Tercero, categorías antinómicas como endógeno/<br />

exógeno y propio/ajeno, son útiles para indagar<br />

grados de aculturación o pérdida de autonomía de<br />

un pueblo. Pero exacerbar el valor de las primeras,<br />

menoscabando la importancia de las segundas, puede<br />

conducir a una exagerada autonomía, que cierra<br />

las puertas al otro y, por tanto, a la construcción de<br />

la interculturalidad, cosa que es altamente inconveniente<br />

en regiones multiétnicas. Allí la interculturalidad<br />

es necesaria, no solo como herramienta para<br />

“la construcción social de la región” (Sergio Boisier),<br />

sino porque ningún grupo humano, pueblo o sociedad,<br />

ha podido avanzar y reproducirse partiendo<br />

de su propio sustrato. El aislamiento conduce, en el<br />

mejor de los casos, al estancamiento.<br />

Cuarto, la interculturalidad es vida, es práctica.<br />

<strong>No</strong> sólo saber. Es ante todo proceder. La multiculturalidad<br />

–existencia de muchas culturas– es<br />

una realidad de nuestro país. La interculturalidad<br />

–convivencia, entendimiento entre las culturas– es<br />

una realidad por construir. Pero construir la interculturalidad<br />

no es un camino fácil. Tomando lo que<br />

decía Gaston Bachelard para la educación, que “para<br />

aprender, primero hay que desaprender”, para la interculturalidad,<br />

a fin de entender al otro, de convivir<br />

con los otros, con los diferentes, hay que despojarse<br />

de muchos prejuicios aprendidos.<br />

La interculturalidad es diferente al biculturalismo,<br />

o sea, vivir dos mundos al mismo tiempo, como<br />

sucedería a niños negros que habitan en regiones<br />

indígenas, donde el cabildo los obligara a practicar<br />

las costumbres indígenas, además de las propias, o<br />

54<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]<br />

Carlos Gómez Ariza


viceversa. Cuando hablamos de interculturalidad,<br />

estamos hablando de una cultura que apropia y se<br />

enriquece con elementos de otras culturas, y que<br />

en aras de construir una convivencia, prescinde de<br />

aquellos elementos circunstanciales y no esenciales<br />

de su cultura, que afecta a los otros.<br />

Para iniciar un proceso intercultural se requiere un<br />

diálogo entre iguales y entre culturas con capacidad<br />

de decisión, sin que medie algún tipo de coacción.<br />

Es decir, no hay interculturalidad sin cimientos (sin<br />

poseer un núcleo sólido de expresiones culturales<br />

propias que le confieran identidad al grupo), como<br />

tampoco se construye interculturalidad si ese grupo<br />

no abre sus ventanas a los demás para permitir la interacción.<br />

La divisa sería construir un futuro que sea<br />

propio y a la vez abierto a los vecinos.<br />

<strong>No</strong> se construye interculturalidad si se tiene una<br />

visión simple del otro, o no se lo acepta como igual.<br />

Los esencialismos conducen a oposiciones que inhiben<br />

o bloquean cualquier proceso intercultural.<br />

Quinto, muchos pueblos, debido al desconocimiento<br />

autoritario que han sufrido por parte de las elites,<br />

responden a menudo con fundamentalismo. El<br />

fundamentalismo es un producto del autoritarismo,<br />

pero también la forma que a menudo se adopta<br />

para responder al autoritarismo. El fundamentalismo<br />

no es un buen consejero para establecer un<br />

diálogo intercultural.<br />

En Europa es donde se ha avanzado más en el estudio<br />

de la problemática de la interculturalidad<br />

en países multiculturales, debido a la tradición de<br />

coexistencia de distintos pueblos en un mismo territorio<br />

y, recientemente, a los conflictos culturales<br />

con consecuencias violentas. ¿Cuáles han sido las<br />

conclusiones que han sacado los europeos de los<br />

conflictos que se derivan de la multiculturalidad, es<br />

decir, de la existencia de culturas diferentes en un<br />

mismo espacio? Dicho de otra manera: ¿cómo es<br />

que se han imaginado la compaginación de la pluralidad<br />

cultural con la unidad de un orden social?<br />

Empecemos diciendo que han perfilado su bagaje<br />

conceptual, diferenciando el multiculturalismo de<br />

la pluriculturalidad. Esta última sería la alternativa al<br />

multiculturalismo.<br />

Para entender esto miremos la definición de los dos<br />

conceptos y sus diferencias. El sirio Bassam Tibi, profesor<br />

de relaciones internacionales de la universidad<br />

de Göttingen (Alemania), explica el multiculturalismo<br />

mostrando las etapas de formación de este<br />

“pensamiento”: en una primera etapa se parte de la<br />

realidad de que existen varias culturas en un mismo<br />

espacio. En una segunda etapa se acepta que estas<br />

culturas requieren un reconocimiento constitucional.<br />

Hasta allí, nos dice Tibi, todo anda bien, hasta<br />

que vemos la tercera etapa del planteamiento del<br />

multiculturalismo, el cual exige que las diferencias<br />

culturales se eleven a la categoría de derechos<br />

fundamentales (o naturales). Esta tercera fase del<br />

planteamiento multiculturalista no es del todo<br />

aceptable, ni tiene fundamento político, pues implica<br />

que en un mismo país existan varios derechos<br />

fundamentales derivados de valores culturales que<br />

pueden estar en abierta contradicción.<br />

La diferencia entre los dos conceptos es que la pluriculturalidad<br />

reconoce la diversidad cultural, pero<br />

establece una condición: para garantizar la armonía<br />

y la convivencia entre las diferentes culturas en un<br />

mismo espacio, es decir, para que se desarrolle la<br />

interculturalidad, debe aceptarse un “consenso de<br />

valores” que delimite los derechos que emanan de<br />

una diversidad cultural que en principio no tiene<br />

límites. Los valores que han ganado consenso en<br />

nuestra Colombia multicultural pertenecen todos<br />

aquellos que tienen que ver con la democracia, la<br />

secularidad y los derechos humanos individuales. El<br />

55<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

planteamiento pluricultural amarraría así la diversidad<br />

cultural a un orden de valores, promoviendo la<br />

convivencia, en contraposición de la ideología multiculturalista<br />

que pone barreras y obstruye cualquier<br />

acercamiento intercultural.<br />

La puesta en práctica de las premisas multiculturalistas<br />

(o multiétnicas para hablar en los términos<br />

que habla la Constitución <strong>Política</strong> de Colombia de<br />

1991), dan como resultado sociedades paralelas,<br />

o conducen a la creación de tantas naciones como<br />

grupos étnicos haya en el país, conduciendo a que<br />

se aleje una vez más la posibilidad de construir la<br />

nación pluricultural y democrática que anhelamos.<br />

y decimos construir una nación, porque hasta<br />

ahora no existe11 . A no ser que coincidamos con el<br />

profesor Bushnell, que con buen sentido del humor<br />

afirma que “la habilidad para ‘arreglarselas’ (el<br />

rebusque) es ciertamente uno de los rasgos (de los<br />

colombianos) para incluir en cualquier modelo confiable<br />

del carácter nacional”. En este sentido discrepamos<br />

de los seguidores de la teoría de la liberación<br />

nacional, pues la nación no es un paraíso secuestrado<br />

que hay que liberar, sino un espacio en perspectiva<br />

de construcción, un horizonte por conquistar.<br />

Sin embargo, construir la nación no es un puerto de<br />

llegada. Es un punto de partida para conquistas de<br />

más envergadura como la de “recuperar” el Estado,<br />

[11] “El problema de la imagen de Colombia como<br />

nación se complica con las ambivalentes características<br />

de los mismos colombianos. Además de su tendencia<br />

reciente a ser los primeros en subrayar los aspectos<br />

negativos del panorama nacional, los colombianos<br />

continúan exhibiendo diferencias fundamentales<br />

en cuanto a clase, región y, en algunos casos, raza. Es<br />

por lo tanto un lugar común decir (y los colombianos<br />

son los primeros en afirmarlo) que el país carece<br />

de una verdadera identidad nacional (...) por lo<br />

menos si se compara con la mayoría de sus vecinos<br />

latinoamericanos” (Bushnell, 2007).<br />

que tradicionalmente ha servido a intereses elitistas<br />

y ha perdido, con la apertura económica neoliberal,<br />

gran parte de su soberanía. Este Estado, para que sea<br />

verdaderamente democrático, no solo debe dirigir<br />

la economía de acuerdo con los intereses de toda la<br />

colectividad y recuperar su soberanía, sino que tiene<br />

que ser reformulado teniendo en cuenta la realidad<br />

sociocultural de la nación, que es multicultural.<br />

Ahora, cuando Colombia se mueve entre la parapolítica,<br />

la narco-parademocracia, y el clientelismo,<br />

y parece que estuvieran desterradas las posibilidades<br />

de construir una democracia que parta de<br />

reconocer las particularidades étnicas y regionales,<br />

tenemos que seguir manteniendo viva la idea de la<br />

nación pluriétnica y seguir persistiendo, aun con<br />

más ahínco, con más pedagogía y cercanía a las comunidades,<br />

en los caminos de la democracia.<br />

Con ese fin surgió la “Escuela de formación interétnica<br />

para la resolución de conflictos”, en la cual<br />

participan indígenas nasa, eperara siapidaara,<br />

wounaan, negros, y campesinos del Pacífico y otras<br />

regiones país. En esta escuela interétnica ha sido<br />

muy importante la participación de los campesinos.<br />

La identificación afectiva de negros e indígenas con<br />

ellos, ha conducido a que haya un inusitado interés<br />

por indagar más sobre la identidad de este grupo.<br />

Cuando en Colombia se habla de “grupos étnicos”<br />

se está haciendo referencia a los pueblos indígenas<br />

y negros, a los gitanos y a los raizales de San Andrés<br />

islas. La escuela considera que es necesario debatir si<br />

este calificativo de pueblos o grupos étnicos debería<br />

extenderse a los campesinos, como sucede en Chiapas<br />

o Guatemala, donde las luchas han conducido<br />

a que los campesinos sean considerados como un<br />

grupo étnico más, para acortar distancias culturales<br />

y derribar fronteras étnicas con el fin de buscar<br />

la unidad para la reconstrucción democrática del<br />

Estado.<br />

56<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Pluralidad étnica y nación ]


Aunque en Colombia esta discusión no se ha dado,<br />

la apreciación que tenemos es que en el Cauca, por<br />

sus particularidades de región pluriétnica, y por el<br />

perfil y desarrollo de sus luchas, se dan condiciones<br />

que favorecen una perspectiva política que difumina<br />

las fronteras étnicas. De hecho, la realidad muestra<br />

que en esa región, más que en otras, a las luchas de<br />

los indígenas se han venido uniendo campesinos<br />

blancos, mestizos y negros, no sólo por la necesidad<br />

de la tierra, sino también por una creciente identificación<br />

con las luchas que desarrolló el CRIC. 12<br />

Para la región del río Naya y del Bajo río San Juan<br />

son de gran relevancia estos acercamientos y<br />

“mestizajes” 13culturales y políticos, pues señalan<br />

caminos para reducir las tensiones y polarizaciones<br />

entre los grupos, que impiden la fusión de esfuerzos<br />

y voluntades para construir un proyecto social y político<br />

común.<br />

Echar a andar un proceso intercultural de tal envergadura<br />

necesita superar dos obstáculos. El primero<br />

de ellos es que las organizaciones requieren, lo decimos<br />

con franqueza, renovar sus liderazgos. Liderazgos<br />

que sean receptivos a nuevas ideas. Liderazgos<br />

que le impriman a sus movilizaciones un marco más<br />

coherente y más acorde con la realidad que viven<br />

sus pueblos. Los lemas de “unidad”, “territorio”,<br />

“cultura” y “autonomía” son banderas que unieron<br />

[12] ¨Pareciera que los indígenas del Cauca, al compartir<br />

sus espacios organizativos con los campesinos,<br />

estuvieran saldando una deuda histórica, pues no hay<br />

que olvidar que las exitosas luchas indígenas del Cauca,<br />

en esta última etapa de movilización, surgieron con las<br />

luchas campesinas por la tierra.<br />

[13] Más que de un “mestizaje” se trata de una<br />

identificación con un proyecto político. Algo<br />

diametralmente opuesto al proyecto de la elite, que ha<br />

visto en la eliminación de la diversidad de identidades<br />

una condición para la fundación de la nación.<br />

en un solo haz las luchas indígenas. Empero, son hoy<br />

insuficientes para enfrentar los nuevos poderes generadores<br />

de desigualdad, que tienen que ver con la<br />

transnacionalidad de las decisiones económicas que<br />

impone la globalización neoliberal.<br />

El segundo obstáculo es el miedo a perder la identidad<br />

y el determinismo de lo propio y autóctono de<br />

su historia particular, un miedo que impide entender<br />

las condiciones de existencia de los otros, sin lo<br />

cual es imposible unirse con los diferentes y compartir<br />

con ellos proyectos comunes. Para decirlo en<br />

palabras de un amigo de indígenas y negros: “Perder<br />

el miedo a enfrentar la tarea de construir una estabilidad<br />

en la inestabilidad, que implica el ejercicio<br />

mimético de los seres humanos de ‘danzar entre la<br />

similitud y la diferencia’” (Michael Taussig).<br />

Referencias<br />

� BUSHNELL, D. (2007). Estudiando a Colombia. El Tiempo,<br />

Lecturas Dominicales. Bogotá, 1 de diciembre.<br />

� GóMEZ, L. (1970). Interrogantes sobre el progreso de Colombia,<br />

Colección Popular, 29, Bogotá.<br />

� MELO, J. O. (1990). Qué es ser colombiano. El Tiempo, Lecturas<br />

Dominicales. Bogotá, 23 de septiembre.<br />

� MORENO, A. (1998). El indio: entre el racismo, la nación y la<br />

nacionalidad colombiana. 1º Congreso virtual de antropología.<br />

http://www.naya.org/congreso/ponencia1-13.htm consultado<br />

15-07-2008.<br />

� ROSERO, C. (2003). Alcances, limitaciones y posibilidades de la<br />

resistencia civil. <strong>Revista</strong> Asuntos indígenas 4, 4/03 IWGIA.<br />

� ZAVALA, S. (1963). La defensa de los derechos del hombre en América<br />

Latina. París: Unesco.<br />

57<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Efraín Jaramillo ]<br />

Junio de 2008


indÍGenAS de AMÉRicA<br />

La batalla en Bolivia<br />

es decisiva para<br />

los pueblos indígenas<br />

El 4 de mayo en Cochabamba, con sus chalecos tejidos detalladamente con<br />

hilos de todos los colores y con sus gorros, y las mujeres con sus blusas bordadas,<br />

marcharon miles de indígenas. La multitudinaria manifestación fue una<br />

fiesta de lucha en que 500 mil personas explicaron con su desfile diverso que<br />

no están dispuestas a dejar que se detenga el proceso de cambios ni a permitir<br />

que los poderes económicos<br />

de siempre mantengan atada a<br />

Bolivia. Eran indios e indias, pero<br />

además el Sindicato de Obreros<br />

Fabriles y otras organizaciones<br />

obreras, la Coordinadora<br />

Popular del Agua, los barrios<br />

populares de la ciudad, todos<br />

los campesinos, las miles de<br />

campesinas de la organización<br />

“Bartolina Sisa”.<br />

El mismo día hubo manifestaciones<br />

gigantes en El Alto,<br />

La Paz, Oruro y Potosí. En<br />

cada uno de los sitios que<br />

escribieron la agenda de<br />

octubre de 2005, las victorias<br />

de la guerra del gas,<br />

la guerra de la coca y la guerra del agua.<br />

Marcela Olivera


Toda la historia que no quiere detenerse frente<br />

a la agenda de la autonomía departamental que<br />

quieren imponer los grandes propietarios de<br />

tierras, los grandes empresarios y las transnacionales<br />

de la privatización de las riquezas naturales<br />

y los servicios públicos.<br />

Hay quienes piensan que el partido de gobierno,<br />

el Movimiento al Socialismo (MAS), dejó a la<br />

derecha la bandera de la autonomía (Harneker,<br />

2008; Contreras, 2008). Pero este es un juicio<br />

equivocado. <strong>No</strong> hay ahora en Bolivia, de ninguna<br />

manera, una lucha entre la autonomía y el centralismo.<br />

Para quienes solamente tienen acceso<br />

a la información propalada por los grandes medios,<br />

esta afirmación puede resultar sorpresiva,<br />

pero puede probarse fácilmente.<br />

El texto de Nueva Constitución <strong>Política</strong> del Estado<br />

(2007), aprobado por la Asamblea Constituyente,<br />

y defendido por el gobierno de Evo Morales y<br />

por muchas organizaciones populares, y que será<br />

sometido al voto del pueblo, establece cuatro autonomías:<br />

la de los departamentos; la de regiones<br />

que unan a las provincias y municipios; la de los<br />

municipios; y la autonomía de las comunidades<br />

indígenas y campesinas. Para la oligarquía, en<br />

cambio, se trata de la autonomía departamental<br />

por sobre la de las provincias y municipios, y anulando<br />

la autonomía indígena y campesina.<br />

La oligarquía no acepta la autonomía específica<br />

para las comunidades rurales, sólo admite “municipios<br />

indígenas”, pero además pretende que<br />

las cuestiones relativas a la propiedad rural, la<br />

reforma agraria, la demarcación de los territorios<br />

indígenas, los recursos naturales y el régimen<br />

económico y laboral no dependan del poder<br />

central, de manera que se trata de una “autono-<br />

Héctor Mondragón<br />

Investigador <strong>Cecoin</strong>.<br />

mía” a favor del latifundio, los agronegocios, las<br />

concesiones de recursos naturales a empresas<br />

extranjeras y las privatizaciones. Quieren sustituir<br />

el antiguo centralismo nacional que ya nadie<br />

defiende por la centralización del poder en los<br />

gamonales departamentales, buscan una especie<br />

de descentralización perversa que, lejos de fortalecer<br />

la democracia autónoma de base, aumenta<br />

el poder de la élite y la capacidad de operación del<br />

gran capital transnacional.<br />

¿Qué es lo que se define?<br />

Para concretar cuál es la lucha que se libra en<br />

Bolivia se pueden leer las pretensiones del Proyecto<br />

de Estatuto del Departamento Autónomo<br />

de Santa Cruz, que como los similares de Beni,<br />

Pando y Tarija, expresa bien lo que quieren las oligarquías<br />

capitalinas departamentales.<br />

El artículo 6 de los departamentalistas da competencia<br />

legislativa al departamento en lo que se<br />

refiere a tierra, bosques, agricultura y ganadería,<br />

trabajo y relaciones laborales. Es decir, que garantiza<br />

a los señores que podrán seguir imponiendo<br />

autónomamente su dominio sobre la propiedad<br />

de la tierra, despojo territorial de los pueblos indígenas<br />

y relaciones serviles o esclavistas.<br />

El 13 de abril de 2008, autoridades nacionales<br />

bolivianas, acompañadas por Wilson Changaray,<br />

vicepresidente de la Asamblea del Pueblo Guaraní<br />

(APG) y otros indígenas, intentaron rescatar<br />

a guaraníes retenidos de por vida para ejecutar<br />

servidumbre en la hacienda Larsen (propiedad de<br />

un norteamericano) y otras fincas de Chaparracito<br />

(Camiri). Consejeros departamentales, alcaldes,<br />

terratenientes y vándalos de la Unión Juvenil<br />

Cruceñista impidieron, mediante un violento ata-<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

que que causó varios heridos, que se cumpliera una<br />

inspección en cumplimiento de las leyes 1715 y 3545<br />

de reforma agraria y función social de la propiedad<br />

(APG, 2008). Así entienden los departamentalistas<br />

el ejercicio de la autonomía en los asuntos de tierras<br />

y régimen laboral.<br />

En todo el mundo, la única forma de romper la arbitrariedad<br />

latifundista, patronal y racista es lograr<br />

que las leyes de tierras, derechos laborales y contra<br />

la discriminación racial sean centralizadas y aplicadas<br />

por el Estado central, debido al control local<br />

o departamental que establecen los gamonales<br />

y racistas. Así, fueron las autoridades “federales”<br />

(centrales) las que impusieron en Estados Unidos<br />

las leyes de derechos civiles contra la discriminación<br />

racial. Solamente protegidos por la guardia nacional<br />

estadounidense podían los estudiantes afroamericanos<br />

entrar a colegios y universidades bloqueados<br />

por gobernadores como George Wallace, alcaldes y<br />

turbas de linchadores racistas.<br />

El artículo 398 del texto de Nueva Constitución<br />

<strong>Política</strong> del Estado encausa la lucha contra el latifundio,<br />

considerado no solamente como tierra<br />

desperdiciada o que no cumple la función social de<br />

la propiedad, sino además como haciendas donde<br />

se somete al trabajador a condiciones serviles, de<br />

semiesclavitud o esclavitud, o cuya extensión supera<br />

un límite de hectáreas en manos de un propietario<br />

(5 mil o 10 mil). Estas dos últimas causales de la calificación<br />

de una finca como latifundio pretenden ser<br />

EL ESTATUTO DEPARTAMENTALISTA NO PERMITE<br />

QUE EL TERRITORIO INDíGENA COMO TAL SEA<br />

CONSIDERADO ENTIDAD TERRITORIAL AUTóNOMA,<br />

E IMPONE A LOS INDíGENAS COMO úNICA FORMA<br />

POSIBLE DE AUTONOMíA ACOGERSE A LA INSTITUCIóN<br />

MUNICIPAL HISPANA, EXTRAñA A SU PROPIA CULTURA.<br />

eliminadas por el artículo 104 del estatuto departamentalista,<br />

que además sólo reconoce la propiedad<br />

privada “tanto individual como colectiva”, y elimina<br />

la definición radicalmente diferente del carácter de<br />

la propiedad colectiva como inalienable, inembargable,<br />

imprescriptible, indivisible e irreversible que<br />

el artículo 394 III del texto de Nueva Constitución<br />

<strong>Política</strong> del Estado reconoce a las propiedades colectivas<br />

o comunitarias indígenas y campesinas.<br />

Por otra parte, el artículo 6 de los departamentalistas<br />

también otorga autonomía legislativa al<br />

departamento para definir sobre el ordenamiento<br />

territorial, únicamente en concurrencia con los gobiernos<br />

municipales autónomos, sin atender a los<br />

derechos de los pueblos indígenas, desatendiendo el<br />

régimen de autonomía de Bolivia.<br />

En cambio, el texto de la Nueva Constitución <strong>Política</strong><br />

del Estado establece en el artículo 290, que<br />

“la autonomía indígena originaria campesina es<br />

la expresión del derecho del autogobierno como<br />

ejercicio de la autodeterminación de las naciones y<br />

los pueblos indígenas originarios y las comunidades<br />

campesinas, cuya población comparte territorio,<br />

cultura, historia y lenguas, organización o instituciones<br />

jurídicas, políticas, sociales y económicas<br />

propias”. Así, el artículo 292 de este texto reconoce<br />

tres tipos de entidades territoriales indígenas: los<br />

territorios indígenas, los municipios indígenas y las<br />

regiones indígenas.<br />

El estatuto departamentalista no permite que el<br />

territorio indígena como tal sea considerado entidad<br />

territorial autónoma, e impone a los indígenas<br />

como única forma posible de autonomía acogerse a<br />

la institución municipal hispana, extraña a su propia<br />

cultura. Tampoco considera la alternativa de que los<br />

territorios o municipios indígenas se asocien en regiones<br />

indígenas. La diferencia es clara pues la Nueva<br />

Constitución <strong>Política</strong>, desde su artículo 1, define<br />

60<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La batalla en Bolivia ]


a Bolivia como Estado plurinacional, con pluralidad<br />

cultural, en tanto que en el estatuto departamentalista<br />

se proclama “con orgullo la condición racial<br />

mayoritariamente mestiza” (art. 161), y supedita<br />

a ella la autonomía y cultura de los “cinco” pueblos<br />

indígenas “oriundos” del departamento.<br />

Puede decirse, entonces, con José Carlos Mariátegui,<br />

que:<br />

la descentralización actuada sin otro propósito<br />

que el de otorgar a las regiones o a los departamentos<br />

una autonomía más o menos amplia,<br />

aumenta el poder del gamonalismo contra<br />

una solución inspirada en el interés de las masas<br />

indígenas (...) ¿Qué clase se opone a la redención<br />

del indio? La respuesta no puede ser<br />

sino una y categórica: el gamonalismo. (...) Se<br />

impone el repudio absoluto, el desahucio radical<br />

de un regionalismo que reconoce su origen<br />

en sentimientos e intereses latifundistas y que<br />

por lo tanto, se propone como fin esencial un<br />

acrecentamiento del poder de los gamonales.<br />

(...) La autonomía municipal, el autogobierno<br />

local, la descentralización administrativa,<br />

no pueden ser regateadas ni discutidas en sí<br />

mismas. Pero, desde los puntos de vista de<br />

una integral y radical renovación, tienen que<br />

ser consideradas y apreciadas en sus relaciones<br />

con el problema social. Ninguna reforma<br />

que fortalezca al gamonal contra el indio, por<br />

mucho que parezca como una satisfacción de<br />

sentimiento regionalista, puede ser estimada<br />

como una reforma buena y justa. Por encima<br />

de cualquier triunfo formal de la descentralización<br />

y la autonomía están las reivindicaciones<br />

sustanciales de la causa del indio (Mariátegui,<br />

1928 )<br />

y en este caso se trata además de priorizar los intereses<br />

del indio, los del campesino mestizo boliviano,<br />

los del asalariado rural y urbano, los de los poblado-<br />

res de los barrios populares y, especialmente, los de<br />

Bolivia frente a las transnacionales.<br />

Mariátegui también anota que “el gamonalismo es<br />

el aliado y el agente del capital en las regiones”. Así,<br />

el Proyecto de Estatuto del Departamento Autónomo<br />

de Santa Cruz consagra no solo los privilegios<br />

de los grandes terratenientes y empresarios agroindustriales,<br />

sino los que interesan al capital transnacional.<br />

Su artículo 2 considera la llamada “seguridad<br />

jurídica” como un derecho fundamental. Este supuesto<br />

derecho es en realidad una pretensión de los<br />

grandes inversionistas que se encuentra dispuesta<br />

en los llamados Tratados de Libre Comercio (TLC).<br />

La mal llamada “seguridad jurídica” consiste en la<br />

capacidad de las empresas o los inversionistas para<br />

demandar a los gobiernos por perjuicios pecuniarios<br />

debidos a cualquier modificación legislativa o<br />

administrativa o cualquier acción reguladora que<br />

afectara sus ganancias, pretensión que se hizo explícita<br />

dentro del proyecto de Acuerdo Multilateral<br />

de Inversiones (AMI), preparado por el grupo de<br />

los 29 países integrantes de la Organización para la<br />

Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE),<br />

y negociado con reserva desde 1995 hasta el fracaso<br />

de las negociaciones en abril de 1998, debido a<br />

que tras hacerse públicos los textos propuestos se<br />

produjeron intensas protestas, tanto en los medios<br />

académicos, como por parte de los movimientos sociales,<br />

especialmente en Europa y Canadá, que agudizaron<br />

las contradicciones entre los proponentes y<br />

obligaron a abortar el Acuerdo. El rotundo fracaso<br />

del AMI se explica porque hirió gravemente tanto la<br />

conciencia sociopolítica, como la conciencia jurídica<br />

al intentar supeditar las legislaciones nacionales a<br />

un nuevo corpus jurídico en el que la corporación<br />

transnacional es quien tiene las posibilidades reales<br />

de definir los términos, las características y las modalidades<br />

de la nueva contratación social.<br />

61<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Héctor Mondragón ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Marcela Olivera<br />

La invulnerabilidad del inversionista elimina el<br />

derecho inalienable de cada Estado para regular las<br />

inversiones, y pone los derechos de los inversionistas<br />

por sobre los derechos humanos individuales y<br />

colectivos. Por otra parte, la invulnerabilidad del inversionista<br />

desconoce el carácter cíclico de la tasa de<br />

ganancia del capital invertido, y del carácter mismo<br />

de la inversión de capital como riesgo, pretendiendo<br />

que el Estado garantice el rendimiento de determinadas<br />

inversiones privilegiadas, estableciendo una<br />

suerte de capitalismo burocrático.<br />

Es semejante invulnerabilidad del inversionista la<br />

que, tras el fracaso del AMI, las transnacionales han<br />

tratado de imponer, por una parte en las negociaciones<br />

de la Organización Mundial del Comercio<br />

(OMC), que a su vez han registrado enormes dificultades<br />

y traspiés y, por otra parte, con más éxito en<br />

diferentes tratados de “libre comercio” bilaterales o<br />

multilaterales, o en leyes nacionales, aprovechando<br />

las particularidades de los países y gobiernos, que<br />

los hacen proclives a aceptar el resquebrajamiento<br />

del Estado social de derecho y sustituirlo por el Estado<br />

de derecho contratado.<br />

Como dice el economista Pablo Dávalos (2004),<br />

profesor del posgrado de la Universidad Católica del<br />

Ecuador,<br />

es como si estuviésemos atravesando el umbral<br />

histórico de redefinición del contrato<br />

social con el que se inaugura la modernidad,<br />

en el que la corporación se erige como nueva<br />

figura jurídica-política. En esta nueva contractualidad,<br />

los términos básicos entre el Estado<br />

moderno y el individuo se ven transformados<br />

entre el individuo y la Corporación. El Estado se<br />

convierte en cobertura jurídica de protección y<br />

seguridad a la inversión. <strong>No</strong> representa aquella<br />

noción de contrato social entre individuos<br />

libres, soberanos y racionales, sino la garantía<br />

de funcionamiento del mercado como nuevo<br />

locus político de regulación social.<br />

Es una monstruosidad jurídica que echa por tierra<br />

toda una evolución en materia de soberanía popular.<br />

62<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La batalla en Bolivia ]


Otro economista, el español Federico Abizanda Estabén<br />

(2004), añade que<br />

la filosofía del AMI es bastante clara: pretende,<br />

ante todo, dejar las manos libres a las empresas<br />

transnacionales, a la vez que ata a los Estados<br />

que se convertirían en sujetos pasivos frente a<br />

las empresas que se instalasen en su territorio.<br />

Estamos entonces haciendo frente a la primera fase<br />

de un “mundo corporativizado”.<br />

La empresa Bechtel demandó a Bolivia porque,<br />

como resultado de la lucha popular en 2000 y 2001,<br />

en la que se conoció como “guerra del agua”, derogó<br />

la privatización del líquido. La Bechtel perdió porque<br />

Bolivia ni había firmado el TLC con Estados Unidos,<br />

ni tenía una ley como la 963 de 2005 de Colombia<br />

que protege a los grandes capitalistas del cambio de<br />

las leyes, ni tenía ningún estatuto como el que pretende<br />

la oligarquía de Santa Cruz.<br />

El proyecto de Estatuto del Departamento Autónomo<br />

de Santa Cruz pretende un régimen económico<br />

y financiero propio del departamento (art. 40) que<br />

incluya la regulación laboral; la gestión de las telecomunicaciones,<br />

de manera que puedan evadir la<br />

renacionalización de la empresa Entel, que estaba<br />

en poder de una transnacional italiana, y la gestión<br />

de los recursos naturales, sobre los que no solamente<br />

se debate cuántas regalías le corresponden al departamento<br />

frente al Estado central, los municipios<br />

y las comunidades indígenas y campesinas en cuyo<br />

territorio se encuentra el recurso, sino se discute si<br />

el departamento tiene facultades legislativas, reglamentarias<br />

y ejecutivas sobre los recursos no renovables<br />

(art. 7 num. 12).<br />

Los departamentalistas pretenden además la competencia<br />

ejecutiva en el otorgamiento de la propiedad<br />

intelectual, tema que ha causado precisamente<br />

la ruptura de la Comunidad Andina con la imposición<br />

de Estados Unidos a Colombia y Perú la patente<br />

de seres vivos, y que resulta especialmente grave<br />

cuando el departamento pretende tener facultades<br />

legislativas sobre la diversidad biológica (art. 6).<br />

63<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Héctor Mondragón ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

BoLiViA:<br />

Por el territorio y las autonomías indígenas,<br />

aprobación de la nueva constitución<br />

confederación de Pueblos indígenas de Bolivia (cidob)<br />

Gran Asamblea nacional Autonómica de los 34 pueblos indígenas del<br />

oriente, chaco y Amazonia “Por el territorio y las autonomías indígenas”<br />

conclusiones de la comisión <strong>Política</strong> orgánica<br />

Ratificamos la unidad de los 34 pueblos indígenas del<br />

Oriente, Chaco y Amazonia boliviana, y nuestra alianza con<br />

los sectores sociales que impulsan el proceso constituyente.<br />

Valoramos y resaltamos la resistencia movilizada de nuestras<br />

organizaciones, pueblos indígenas, sectores sociales<br />

y pueblo cruceño, demostrada el 4 de mayo de 2008 en<br />

rechazo del referendo y el estatuto logiero y separatista.<br />

Por mandato de la “Gran Asamblea Autonómica de los<br />

34 pueblos indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia, por<br />

el territorio y las autonomías indígenas”, se determina la<br />

declaración de la autonomía de los 34 pueblos indígenas<br />

del Oriente, Chaco y Amazonia boliviana, procediéndose<br />

a la socialización y aprobación de los estatutos de las autonomías<br />

indígenas.<br />

Se exige al Congreso Nacional que junto al referendo<br />

revocatorio se lleve a cabo el referendo constitucional y<br />

dirimidor.<br />

Se exhorta a participar activa y masivamente en la campaña<br />

por la aprobación de la Nueva Constitución <strong>Política</strong><br />

del Estado en referendo constitucional. Por la continuidad<br />

del proceso de cambio y el mandato del presidente de la<br />

República en el referendo revocatorio.<br />

Se exhorta a participar activa y masivamente en la campaña<br />

por la revocatoria de los mandatos de los prefectos<br />

de los departamentos de Santa Cruz, Beni, Pando, Tarija,<br />

Cochabamba y La Paz, porque sus acciones buscan la división,<br />

exclusión y negación de los derechos de los pueblos<br />

indígenas.<br />

Rechazamos toda convocatoria a diálogo entre el gobierno,<br />

las prefecturas y los cívicos sin la participación de<br />

los pueblos indígenas que implique la revisión o modificación<br />

de la Constitución <strong>Política</strong> del Estado aprobada por la<br />

Asamblea Constituyente.<br />

Convocamos a todas las organizaciones sociales urbanas<br />

y rurales del país a la oposición, resistencia, desacato,<br />

desobediencia civil y abstención movilizada contra los<br />

estatutos y referendos autonómicos departamentales<br />

convocados ilegalmente.<br />

Desconocemos la validez de los referendos autonómicos<br />

de los departamentos de Santa Cruz, Benir,<br />

Pando y Tarija por su ilegalidad, y repudiamos el<br />

fraude electoral, los hechos de violencia y la malversación<br />

de recursos públicos en la realización de los referendos<br />

autonómicos departamentales cometidos por<br />

las prefecturas y Cortes Departamentales Electorales.<br />

Exigimos la renovación total de los vocales de las Cortes<br />

Departamentales Electorales de Santa Cruz, Beni, Pando<br />

y Tarija por su manifiesta parcialidad con las prefecturas,<br />

comités cívicos y las logias de esos departamentos.<br />

Reafirmamos la lucha histórica de los pueblos indígenas<br />

por la recuperación y consolidación de sus territorios,<br />

exigiendo el saneamiento y la titulación inmediata de<br />

los territorios indígenas (TCO), la aplicación de las leyes<br />

vigentes, debiendo asignarse los recursos económicos suficientes<br />

y, en su caso, hacer uso de la fuerza pública para<br />

su cumplimiento.<br />

Respaldamos la demanda del pueblo indígena guaraní<br />

sobre el saneamiento y la titulación de su territorio, y la<br />

liberación de las familias y comunidades cautivas, y repu-


diamos los hechos de violencia cometidos contra este pueblo<br />

por latifundistas, prefectura y cívicos de Santa Cruz.<br />

Exigimos al Congreso Nacional la elección inmediata de<br />

los miembros del Tribunal Constitucional y vocales de la<br />

Corte Nacional Electoral.<br />

Exigimos al presidente de la República que las políticas<br />

de desarrollo productivo y social del gobierno nacional<br />

sean llevadas a cabo en coordinación y ejecución directa<br />

con las organizaciones indígenas representativas sin intermediación.<br />

La “Gran Asamblea Nacional Autonómica de los 34 pueblos<br />

indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia por el territorio<br />

y las autonomías indígenas”, determina la declaratoria<br />

de estado de emergencia y movilización de los pueblos<br />

indígenas a nivel nacional hasta la conclusión del proceso<br />

constituyente con la aprobación de la Nueva Constitución<br />

<strong>Política</strong> del Estado y la implementación de las Autonomías<br />

Indígenas.<br />

Es dado En la ciudad dE santa cruz dE la siErra, a los 11 días dEl mEs dE<br />

mayo dE 2008 En la casa GrandE dE los PuEBlos indíGEnas dE Bolivia.<br />

cidoB confEdEración dE PuEBlos indíGEnas<br />

dE Bolivia<br />

cnamiB confEdEración nacional dE mujErEs indíGEnas<br />

dE Bolivia<br />

cPEsc coordinadora dE PuEBlos indíGEnas<br />

dE santa cruz<br />

cPEmB cEntral dE PuEBlos Etnicos mojEños<br />

dE Bolivia<br />

cPiB cEntral dE PuEBlos indíGEnas dEl BEni<br />

aPG asamBlEa dEl PuEBlo Guarani<br />

ciraBo cEntral indíGEnas dE la rEGión amazónica<br />

dE Bolivia<br />

coPnaG cEntral dE orGanizacionEs dE PuEBlos<br />

nativos Guarayos<br />

cmiB cEntral dE mujErEs indíGEnas dEl BEni<br />

orcawEta orGanización dE las caPitanías wEEhnayEk<br />

taPiEtEs<br />

ciPoaP cEntral indíGEna dE PuEBlos oriGinarios<br />

amazónicos dE Pando<br />

cPitco coordinadora dE PuEBlos indíGEnas dEl<br />

tróPico dE cochaBamBa<br />

cPilaP cEntral dE PuEBlos indíGEnas dE la Paz<br />

tsimanE El Gran concEjo<br />

cimaP cEntral indíGEna dE mujErEs amazónicas<br />

dE Pando<br />

cEam consEjo Educativo multiEtnico amazonico<br />

cEPos consEjos Educativos dE PuEBlos oriGinarios<br />

www.cidoB-Bo.orG<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

También pretenden la competencia ejecutiva sobre<br />

los productos farmacéuticos, lo cual se relaciona<br />

desde luego con su propiedad intelectual. Otro<br />

asunto son los TLC que, al negarse Bolivia a firmar,<br />

las transnacionales quieren pasarlo de contrabando<br />

en los estatutos departamentalistas. Quieren un<br />

neoliberalismo autónomo.<br />

En contraste, el 1° de mayo Evo Morales anunció<br />

un acuerdo entre la COB y el gobierno para enfrentar<br />

la ofensiva de la derecha, varios decretos para<br />

facilitar los procesos laborales de restauración de<br />

los derechos de los trabajadores, el reintegro de<br />

embarazadas despedidas y el fuero sindical, así<br />

como el decreto de nacionalización de la empresa<br />

de comunicaciones Entel, expropiada administrativamente<br />

a la transnacional italiana Euro Telecom<br />

Internacional (ETI).<br />

Anteriormente Evo Morales firmó, con el presidente<br />

de Repsol, el acuerdo por el cual se transfirieron el<br />

51% de las acciones de las explotaciones de hidrocarburos<br />

de esa compañía a la empresa estatal yPFB, que<br />

pasa a ser operadora de los yacimientos. <strong>No</strong> se trata<br />

de una nacionalización, como se ha dicho, ni mucho<br />

Marcela Olivera<br />

menos de socialismo, sino de un “nuevo trato” a las<br />

transnacionales, que contrasta con el que ha adoptado<br />

Colombia, donde la empresa estatal Ecopetrol<br />

pasó de tener derecho al 50% de toda explotación<br />

(sin ser la operadora), a tener el 30% bajo Andrés<br />

Pastrana y el 0%, en los nuevos contratos a partir del<br />

primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez. Lo acontecido<br />

en este campo en Bolivia muestra que es falso que<br />

las transnacionales se van si se les imponen nuevas<br />

condiciones. El negocio es fabuloso y ellas protestan<br />

pero nunca se van. Pero el autonomismo se opone a<br />

este “nuevo trato”, y quiere mantenerse dentro de las<br />

más rígidas pautas del capitalismo salvaje.<br />

Un aspecto importante para destacar, en el que poco<br />

se ha recalcado, es en el trabajo de la empresa estatal<br />

boliviana que fomenta la producción agropecuaria<br />

y, en especial, de alimentos, la Emapa. Esta empresa<br />

ha logrado, por ejemplo, aumentar la producción<br />

anual de arroz, trigo y maíz. Es decir, que Bolivia ha<br />

podido así amortiguar (no evitar del todo pero sí<br />

suavizar) el alza de precios mundiales de los cereales<br />

y enfrentar el hambre, al contrario de nuestro país y<br />

otros. El alza del aceite se enfrentó prohibiendo las<br />

exportaciones y combatiendo el ocultamiento espe-<br />

66<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La batalla en Bolivia ]


culativo del producto, lo que es más conocido por el<br />

conflicto con los agronegocios del oriente por este<br />

tema. Aunque más tímidamente de lo que quisieran<br />

sectores revolucionarios, no me cabe duda que Bolivia<br />

se encuentra en un proceso de revocatoria del<br />

neoliberalismo en todos los terrenos, y que el objetivo<br />

de la oligarquía y del gobierno de Estados Unidos<br />

es detener ese proceso y mantener el neoliberalismo<br />

y el latifundio en el país. En eso consiste la división<br />

de Bolivia y el enfrentamiento que se acrecentará.<br />

¿división?<br />

Las gigantescas manifestaciones en Cochabamaba y<br />

otras ciudades contra la ofensiva de la derecha y en<br />

defensa de la unidad de Bolivia, mostraron una gran<br />

disposición de las masas para enfrentar la ofensiva<br />

de la oligarquía, expresada en el referendo de autonomía<br />

departamental inconstitucional que se cumplió<br />

en Santa Cruz el 4 de mayo.<br />

Además, en los barrios populares del Plan Tres Mil<br />

en la ciudad de Santa Cruz, y en múltiples zonas<br />

rurales de Santa Cruz y otros departamentos del<br />

oriente y sur, también se cumplieron actos contra<br />

los planes oligárquicos en torno a las autonomías<br />

departamentales.<br />

Si Bolivia está dividida (Contreras, 2008), el departamento<br />

de Santa Cruz también está dividido: los<br />

indígenas de Camiri (territorio guaraní) y los campesinos<br />

de San Julián yapacaní, Cuatro Cañadas, El<br />

Torno, Montero, Ichilo, San Germán y otros lugares<br />

se levantaron contra el referendo oligárquico, y en<br />

apoyo al proceso de cambio y la reforma agraria, y<br />

por otra parte, en Lagunillas se proclamó que toda<br />

la provincia de Cordillera rechazaba tanto a Santa<br />

Cruz como al Estado central. Muy importante es<br />

la coordinación que se desarrolla entre las organizaciones<br />

indígenas (de cada etnia: OICH, Cypim,<br />

Canob; departamental: Cepesc; y del oriente: Cidob),<br />

campesinas (FSUTCAT, MST, Confederación<br />

de Colonizadores), juntas vecinales (Fejuve), la<br />

Central de Trabajadores Asalariados del Campo y la<br />

COB en Santa Cruz. Estas organizaciones se han pronunciado<br />

unidas y actuado juntas contra los planes<br />

de la oligarquía, por la reforma agraria y contra las<br />

transnacionales. Igual han hecho las organizaciones<br />

indígenas y localidades campesinas en Beni, Pando y<br />

Tarija. En Chuquisaca el antagonismo entre campo<br />

67<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Héctor Mondragón ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Marcela Olivera<br />

y ciudad de Sucre es total y las provincias del Chaco<br />

quieren separarse para conformar un nuevo departamento<br />

con las similares del Chaco que se separarían<br />

de Santa Cruz.<br />

Esta situación muestra efectivamente una división<br />

del país. Pero en primer lugar hay que negar que es<br />

una división principalmente racial. Afirmación que<br />

también puede sorprender, porque aunque la oligarquía<br />

se manifiesta cínica y virulentamente racista<br />

y anti-indígena, no predomina en respuesta a ella<br />

un indigenismo rancio, aunque pueda manifestarse<br />

por algunos líderes y bases indias como resultado<br />

de siglos de opresión y explotación. La mayoría de<br />

los indígenas bolivianos, de sus organizaciones y<br />

dirigentes actúa en aras de una gran solidaridad con<br />

el campesinado mestizo, con las comunidades afro<br />

de Los yungas, con las mujeres y con los obreros,<br />

muchos de los cuales son también indígenas y muchos<br />

mestizos. En Sucre los racistas de la ciudad no<br />

han vacilado en elegir como prefecta a una indígena<br />

mientras sometían a la humillación pública escandalosa<br />

y a tratos inhumanos y degradantes a los<br />

campesinos indígenas.<br />

Al contrario de lo que sucede en Colombia, donde<br />

una mayoría blanca o mestiza reconoció el derecho<br />

a la propiedad colectiva de la tierra a los indígenas<br />

y afros pero no lo reconoció a millones de campesinos,<br />

el texto de Constitución aprobado en Bolivia<br />

por la Constituyente, por una mayoría indígena, sí le<br />

reconoce plenos derechos a la tierra a las comunidades<br />

campesinas (mestizas).<br />

Los términos usados en Bolivia son diferentes a los<br />

de Colombia: aquí hablamos de indígenas sin distinguir<br />

si viven en el campo (70%) o la ciudad (30%).<br />

En Bolivia, la población indígena urbana y obrera es<br />

muy alta, por lo que se usa decir “indígenas originarios<br />

campesinos” para designar a las comunidades o<br />

pueblos indígenas que viven en su propio territorio,<br />

68<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La batalla en Bolivia ]


en el campo o en la selva, mientras se designa como<br />

“comunidades campesinas” a las comunidades rurales<br />

mestizas de campesinos, a quienes el texto de la<br />

nueva Constitución reconoce el derecho a la propiedad<br />

colectiva inalienable, inembargable e imprescriptible<br />

(art. 394 III), y a la autonomía (art. 290). La<br />

propiedad colectiva se convierte en una opción para<br />

las comunidades campesinas mestizas, colonizadoras<br />

o interculturales originarias, sin que sea obligatoria<br />

para los campesinos que pueden optar por su<br />

pequeña propiedad individual (art. 394 I).<br />

Como quedó expuesto, tampoco es exacto decir que<br />

la división es entre departamentos: en el oriente y<br />

en Tarija y Chuquisaca, indios y campesinos están<br />

a favor del gobierno y contra la autonomía departamental<br />

de la oligarquía. En Santa Cruz sucede<br />

otro tanto, pero además hay una COB activa contra<br />

la oligarquía. Así mismo, los grupos oligárquicos<br />

y monopolistas en La Paz y Cochabamba son muy<br />

activos. El 11 de febrero de 2007 se dio en Cochabamba<br />

un choque inmenso entre “hijos de papi”,<br />

masas de clase media alta, burgueses y aristócratas,<br />

contra el resto del pueblo, tras un ataque racista en<br />

la zona norte de altos ingresos. Hubo un muerto de<br />

cada lado, los oligarcas dispararon armas de fuego<br />

y, finalmente, ante la gigantesca movilización de la<br />

población urbana y rural, la ciudad quedó en manos<br />

del pueblo el 12 de febrero y la oligarquía está replegada.<br />

Al salir de la manifestación del 1° de mayo un<br />

“hijo de papi” en moto se abalanzó sobre los dirigentes<br />

del sindicato fabril lanzando ofensas, ninguno de<br />

ellos es indígena, era puro odio de clase, no racial.<br />

Los grupos fascistas de los barrios de ricos en toda<br />

Bolivia se organizan con motocicletas de alto cilindraje,<br />

varillas y garrotes para ir a linchar indios, pero<br />

también sindicalistas y gente activista mestiza de los<br />

barrios populares.<br />

Se estimulan los enfrentamientos de todo tipo, pero<br />

de todos ellos lo central para la derecha es la aproba-<br />

ción de estatutos departamentales en contravía con<br />

la nueva Constitución, de manera que se imponga la<br />

fragmentación del país. La división regional es una<br />

estrategia que las transnacionales quieren aplicar<br />

tanto en Bolivia como en otros países que no se<br />

han sujetado a los TLC. Así, el alcalde de Guayaquil<br />

(Ecuador), el derechista Jaime Nebot, participa, junto<br />

con dirigentes de derecha de Zulia (Venezuela) y<br />

el prefecto de Santa Cruz, Carlos Dabdoud y otros líderes<br />

de la oligarquía del oriente boliviano, en la llamada<br />

Confederación Internacional por la Libertad<br />

y la Autonomía Regional (Confilar), financiada por<br />

entidades del gobierno de Estados Unidos. La tesis<br />

de Mariátegui sobre el carácter de las autonomías<br />

departamentales parece confirmarse también para<br />

los casos de Ecuador y Venezuela, y tiene antecedentes<br />

muy antiguos, por ejemplo, en el intento de la<br />

élite de Guayaquil de declararse independiente de la<br />

República de Colombia (ahora conocida como Gran<br />

Colombia). Al respecto Simón Bolívar (1822)anotó:<br />

“<strong>No</strong> pienso que el voto [aislado] de una provincia<br />

debe ser consultado para establecer la soberanía nacional.<br />

(...) <strong>No</strong> son las partes sino el todo del pueblo<br />

el que delibera en las asambleas generales reunidas<br />

libre y legalmente (...)”.<br />

Que el capital transnacional utiliza el secesionismo<br />

en América Latina y la multiplicación de republiquetas<br />

para impedir nuestra liberación y para imponer<br />

sus intereses y proyectos, no es desconocido para los<br />

colombianos, que sufrimos la separación de Panamá<br />

para que Estados Unidos tuviera en sus manos el<br />

Canal. El novelista Joseph Conrad (1904), autor de la<br />

LOS GRUPOS FASCISTAS DE LOS BARRIOS DE RICOS SE<br />

ORGANIZAN CON MOTOCICLETAS DE ALTO CILINDRAJE,<br />

VARILLAS y GARROTES PARA IR A LINCHAR INDIOS,<br />

PERO TAMBIéN SINDICALISTAS y GENTE ACTIVISTA<br />

MESTIZA DE LOS BARRIOS POPULARES.<br />

69<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Héctor Mondragón ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

novela <strong>No</strong>stromo, inspirada en este episodio, cambió<br />

los nombres: Costaguana por Colombia, Sulaco por<br />

Panamá y mina de plata por Canal. Escribió:<br />

el rey de la plata y el acero había entrado en<br />

los asuntos de Costaguana con una especie<br />

de pasión. Costaguana se había convertido en<br />

una necesidad para su existencia; en la mina<br />

de Santo Tomé había encontrado la satisfacción<br />

(...) Estaba obligado a apoyar la rebelión<br />

provincial como único medio de situar los<br />

enormes intereses materiales en Sulaco, “la<br />

provincia que valía más en riqueza e influencia<br />

que todo el resto del territorio de la República”<br />

(...) <strong>No</strong> les hubiera merecido luchar por Sulaco<br />

sin la concesión, para ellos Sulaco sin la concesión<br />

no era nada. (...) En la demostración naval<br />

internacional, que puso fin a la guerra entre<br />

Costaguana y Sulaco, fue el crucero de Estados<br />

Unidos, el powhattan, la bandera (...) de Sulaco.<br />

El motivo puede ser la plata, el oro, el guano, un<br />

megaproyecto como el Canal de Panamá, la Integración<br />

de la Infraestructura Regional de Suramérica<br />

(IIRSA), o el petróleo y el gas; pueden cambiar las<br />

circunstancias, pero la estrategia es la fragmentación<br />

para tomar la tajada, el departamento transitoriamente<br />

más rico del país.<br />

La embajada de Estados Unidos está en manos de<br />

Philip Goldberg, un experto que fue funcionario en<br />

la embajada en la ex yugoslavia, clave en el proceso<br />

de fragmentar al extremo ese Estado. <strong>No</strong> hay duda<br />

de que se aplica una estrategia de disuasión discriminada<br />

para exacerbar cualquier contradicción hasta<br />

hacerla antagónica y conducir a Bolivia a ser una<br />

Bosnia, llena de islotes territoriales, pero además de<br />

todo tipo de enfrentamientos raciales, regionales y<br />

sectoriales (entre obreros cooperativistas y obreros<br />

del Estado, por ejemplo).<br />

La estrategia de disuasión discriminada solamente<br />

podrá enfrentarse con la movilización y lucha de un<br />

frente único que agrupe a las organizaciones obreras,<br />

vecinales, campesinas e indígenas, independientemente<br />

de si apoyan o no al gobierno, con un<br />

programa que no solamente destaque los antis, sino<br />

los pros, unas medidas como la reforma agraria,<br />

fortalecimiento de la producción de alimentos, los<br />

derechos de los indígenas del oriente, y las nacionalizaciones.<br />

La clase media ha sido captada en un 60%<br />

por la derecha (Montero, 2008), y en mayor proporción<br />

en Santa Cruz y Sucre, pero su posición no<br />

es homogénea, y en Cochabamba gran parte apoya<br />

el proceso de cambio. Frente a los temas centrales<br />

señalados será desde luego muy importante, y el<br />

tratamiento que los sectores populares puedan dar<br />

a ella, o mejor a sus diferentes capas, va a ser muy<br />

importante para el resultado final de la lucha; pero<br />

nada será más decisivo que la capacidad de movilizar<br />

al 80% de la población, es decir, a los sectores de<br />

menores ingresos.<br />

Sorpresivamente se aprobó para el 10 de agosto<br />

un referendo revocatorio del presidente de Bolivia<br />

Evo Morales, y además de los prefectos departamentales<br />

(casi todos de derecha). Tal vez sea la<br />

última oportunidad para una solución pacífica y<br />

democrática de la división, aunque el prefecto de<br />

Cochabamba, Manfred Reyes, ha declarado que no<br />

aceptará el resultado. Al principio parece someter se<br />

el futuro a un “cara y sello”, pero por lo menos habrá<br />

campo para una confrontación política y de masas<br />

civil, en la cual se va a jugar no sólo el destino de Bolivia,<br />

sino tal vez el de los procesos de toda América<br />

Latina. Evo mantiene la simpatía de la mayoría de la<br />

población, especialmente de los pobres (Montero,<br />

2008). Las organizaciones sociales populares se<br />

posicionan ante estos acontecimientos. Las intervenciones<br />

de los dirigentes campesinos indígenas y<br />

del secretario general de la Central Obrera (COB),<br />

Pedro Montes, el 1° de mayo, se centraron en la<br />

necesidad de enfrentar la ofensiva de la derecha y el<br />

70<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La batalla en Bolivia ]


chantaje separatista de la oligarquía de Santa Cruz<br />

y otros departamentos. La COB llamó a una huelga<br />

general para defender la “agenda de octubre” de<br />

lucha popular, sin conciliaciones con la oligarquía y las<br />

transnacionales. En contraprestación, la oligarquía de<br />

Santa Cruz decretó un “alza de salarios” para tratar<br />

de captar a los asalariados del departamento con un<br />

argumento economicista, mientras se realiza la votación<br />

de agosto. Los partidos políticos han iniciado<br />

un diálogo nacional apoyado por la Iglesia Católica.<br />

La principal exigencia de la derecha para “concertar”<br />

es que no se vote la política del Estado aprobada por<br />

la Asamblea Constituyente, sino que se desconozca<br />

y se incluyan las propuestas del texto de la minoría<br />

derrotado en la Asamblea. Al tiempo los patronos<br />

despiden sindicalistas, como en la empresa Manaco<br />

de Cochabamba donde los fabriles han protestado<br />

con una huelga de hambre en las oficinas del Ministerio<br />

de Trabajo.<br />

La Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia<br />

(Cidob), y la Asamblea de los 34 Pueblos Indígenas<br />

del Oriente, Chaco y Amazonia, que tanto tiempo y<br />

con tantas movilizaciones lucharon para que se realizara<br />

la Asamblea Constituyente, con sabiduría han<br />

exigido que en la misma votación del referendo revocatorio<br />

presidencial y de prefectos se vote la consulta<br />

popular para decir sí a la Nueva Constitución<br />

<strong>Política</strong> del Estado. Está claro que en esa elección se<br />

refleja con claridad cuál es la lucha actual.<br />

Referencias<br />

� ABIZANDA ESTABéN, F. (2004). “Globalización: el acuerdo<br />

multilateral de inversiones”. pie de paz 48. Disponible en: http://<br />

www.geocities.com/la_cou/global/ami2.html<br />

� ASAMBLEA CONSTITUyENTE DE BOLIVIA (2007). Nueva<br />

Constitución política del Estado.<br />

� ASAMBLEA DEL PUEBLO GUARANí AGP (2008). Denuncia de<br />

la Nación Guaraní. Comunicado. http//www.servindi.org/<br />

archivo/2008/3822<br />

� BOLíVAR, S. (1822). “Exmo. Señor protector del Perú, D. José de<br />

San Martín. Quito, 22 de junio de 1822” (carta). Obras Completas<br />

II: 55-56. 2 edición. Bogotá: Fica, Tiempo Presente, Ecoe.<br />

� CONFEDERACIóN DE PUEBLOS INDíGENAS DE BOLIVIA<br />

(Cidob) (2008). “Gran Asamblea Nacional Autonómica de los 34<br />

Pueblos del Oriente, Chaco y Amazonia”. Disponible en: http://<br />

www.cidob-bo.org/index.php?option=com_content&task=view<br />

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� CONRAD, J. (1991) [1904]. <strong>No</strong>stromo. Madrid: Alianza Editorial.<br />

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71<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Héctor Mondragón ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Bolivia. Fascismo racista en Sucre<br />

alEx contrEras BasPinEiro 1<br />

“De rodillas indios de mierda, griten viva la capitalidad”,<br />

“Sucre se respeta carajo”, “Llamas, pidan disculpas”, fueron<br />

las consignas impuestas por un grupo de jóvenes chuquisaqueños<br />

que mediante patadas y puñetes obligaron<br />

a cerca de cincuenta campesinos quechuas a quitarse las<br />

camisas, ponerse de rodillas y quemar la bandera del MAS<br />

y la wiphala (símbolo de las naciones originarias) en pleno<br />

frontis de la Casa de la Libertad ubicada en la plaza principal<br />

de Sucre.<br />

Hace 199 años, un 25 de mayo, en ese mismo lugar, se<br />

protagonizaba el primer grito libertario del continente y,<br />

en 2008, contradictoriamente, se produjo un grito lleno<br />

de racismo, odio y discriminación contra representantes<br />

de las mayorías nacionales, justo contra quienes liberaron<br />

a esta patria del yugo español.<br />

“Hay que matar a ese indio decían ellos, todo esto sucedió<br />

en presencia del presidente del Concejo Municipal de Sucre,<br />

Fidel Herrera, y la alcaldesa Aidée Nava; ellos aplaudían<br />

todo lo que nos hacían esos grupos violentos”, denunció<br />

el alcalde de Mojocoya, Ángel Vallejos, quien también fue<br />

golpeado brutalmente y obligado a andar de rodillas.<br />

El 24 de mayo, el presidente de la República, Evo Morales<br />

Ayma, debería arribar a Sucre para entregar una serie de<br />

proyectos y dos ambulancias a cada uno de los municipios<br />

del departamento de Chuquisaca; sin embargo, grupos de<br />

choque violentos frenaron esa actividad.<br />

A pesar de la intervención policial y militar, cuyos componentes<br />

son también en su mayoría de raíz indígena,<br />

[1] Periodista boliviano. Publicado en Internet por<br />

alainet.org<br />

la fuerza y organización de los grupos de jóvenes que<br />

estaban armados no sólo de palos y piedras, sino de gases<br />

lacrimógenos y dinamita, ocasionaron los atropellos a los<br />

derechos humanos.<br />

Las imágenes de violencia registradas en diferentes barrios<br />

de Sucre sencillamente fueron desgarradoras: los jóvenes,<br />

varios en estado de ebriedad, arremetieron con palos y<br />

piedras contra la integridad de campesinos que caían al<br />

suelo. <strong>No</strong> se salvaron mujeres campesinas ni niños.<br />

Reportes médicos aseguran que 35 personas resultaron<br />

heridas, pero además los campesinos sufrieron el robo de<br />

sus documentos, relojes, y el poco dinero que tenían.<br />

Un golpe a la libertad de expresión<br />

“Me empujaban, sentía golpes, patadas, puñetes, jalones<br />

y me rociaron con alcohol. Me acerqué a una ambulancia<br />

pidiéndoles que me sacaran de ahí. Las piedras entraron<br />

al auto, porque la ventana estaba abierta y no dejaban que<br />

saliera, se pararon al frente”, fue el relato de la periodista<br />

Marianela Paco Durán, de radio Aclo-Sucre, miembro de<br />

la red Erbol, quien también fue golpeada e insultada por<br />

los grupos de choque.<br />

Esta periodista se encontraba realizando sus actividades<br />

periodísticas y, en el momento de la agresión, relataba en<br />

vivo el ataque a un grupo de campesinos.<br />

“Fui a cubrir a la zona de Atabi (zona rural), me imagino<br />

que alguien logró identificarme como trabajadora de Aclo<br />

y empezaron a señalarme. Escuché insultos muy fuertes y<br />

vi una turba que se me vino encima. Alguien, que no identifiqué,<br />

fue a sacarme de ahí, después la gente empujó a<br />

quien me estaba ayudando”, relató la periodista agredida.


En un comunicado público, Educación Radiofónica de<br />

Bolivia (Erbol) responsabilizó de este hecho “a Aydée<br />

Nava, Tommy Durán, Jaime Barrón y Fidel Herrera por<br />

haber convocado a grupos violentos con el fin de agredir<br />

y destilar odio contra personas que no comparten su línea<br />

ideológica”.<br />

Las personas sindicadas, junto a Jhon Cava, son los representantes<br />

del Comité Interinstitucional de Chuquisaca que<br />

bajo la demanda de la “capitalidad plena” intentó hacer<br />

fracasar las actividades de la Asamblea Constituyente y<br />

ahora pretende llevar adelante la autonomía departamental<br />

para ese departamento.<br />

El atentado que sufrió la periodista de Acción Cultural<br />

Loyola (Aclo) no es el único que se registró en este proceso<br />

chuquisaqueño que data desde hace exactamente un año,<br />

y que lamentablemente hasta ahora no tiene ningún procesado,<br />

menos sancionado.<br />

La otrora ciudad de los cuatro nombres: Charcas, La Plata,<br />

Sucre y Chuquisaca, la “ciudad culta” quedó sólo para el<br />

recuerdo.<br />

el que no salta es llama<br />

De acuerdo con los datos del último censo de población y<br />

vivienda, en Bolivia el 63,3 por ciento es considerado como<br />

indígena.<br />

Sin embargo, esta realidad no es aceptada por los pequeños<br />

grupos que detentaron el poder en los últimos<br />

gobiernos neoliberales, y que se beneficiaron a través de la<br />

corrupción y los negociados.<br />

Los vejámenes y las humillaciones<br />

de los últimos días no son nuevos<br />

Durante las sesiones de la Asamblea Constituyente los<br />

representantes indígenas que son el rostro de la Bolivia<br />

pluricultural y multilingüe fueron agredidos e insultados<br />

en varias oportunidades.<br />

“El que no salta es llama”, “Fuera de aquí, collas de mierda”,<br />

“Cruce de llamas con adobes” y otros adjetivos acompañados<br />

de agresiones físicas son parte de la historia, pero<br />

también de la impunidad.<br />

Así como quedó en la impunidad la muerte de tres chuquisaqueños,<br />

ocurrida en noviembre de 2007.<br />

Lamentablemente, desde el año pasado a la fecha, ningún<br />

ciudadano o autoridad fue sancionada por la justicia boliviana,<br />

aunque de acuerdo con imágenes, testimonios y<br />

denuncias se puede identificar a los responsables directos<br />

y también a los autores intelectuales.<br />

Más allá del tradicional: “está en proceso de investigación”<br />

o “actuaremos con la ley en la mano”, de algunos representantes<br />

del gobierno, no se hizo nada concreto.<br />

El enfrentamiento entre el campo y la ciudad, los blancos y<br />

los indios, los k’aras y los t’aras, los oligarcas y los indígenas<br />

se acrecienta cada día más, aunque tanto autoridades del<br />

gobierno como departamentales niegan su autoría.<br />

El presidente del Comité Interinstitucional de Chuquisaca,<br />

Jaime Barrón, no descartó que hubiera infiltrados entre los<br />

sucrenses que tomaron como rehenes a los campesinos<br />

y los obligaron a despojarse de sus camisas y arrodillarse<br />

frente a la Casa de la Libertad.<br />

“<strong>No</strong> debió haberse producido ese hecho. Los hermanos<br />

campesinos merecen todo nuestro respeto. Cuando los vi<br />

arrodillados los hice levantarse de inmediato, los llevé hasta<br />

la alcaldía y los llevé hasta la salida a Tarabuco, porque<br />

estaban completamente asustados”, dijo.<br />

Según la candidata a prefecta de ACI-MPC (Alianza del<br />

Comité Interinstitucional-Movimiento Poder Ciudadano),<br />

Sabina Cuéllar, los indígenas fueron obligados a trasladarse<br />

a Sucre para recibir al presidente de la República bajo<br />

amenaza de ser multados con 100 bolivianos.<br />

La Federación de Campesinos de Chuquisaca, al tiempo<br />

de solicitar la expulsión de los representantes del Comité<br />

Interinstitucional, amenazó con cerrar las válvulas en la<br />

localidad de Turupampa y Villa Fernández que conecta con<br />

la ciudad capital.<br />

Desde Cobija, el jefe de Estado se refirió al tema pidiendo<br />

a “algunos jóvenes” de “algunas universidades” recuperar<br />

el respeto, la ética y la moral para con los indígenas,<br />

campesinos y los más pobres. “Qué clase de universitarios<br />

tenemos, no son todos ni en todas las universidades. Es importante<br />

mejorar esa ética, esa moral de un joven solidario<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Marcela Olivera<br />

y respetuoso, que siempre esté atento a los problemas<br />

sociales”, manifestó.<br />

impunidad peligrosa<br />

Más allá de las declaraciones no existe ninguna acción<br />

concreta para frenar esta serie de atropellos. El gobierno<br />

debe actuar amparado en las leyes.<br />

En enero de 2007, en Cochabamba se produjeron violentos<br />

enfrentamientos entre grupos de choque organizados<br />

por la Prefectura y el Comité Cívico contra campesinos e<br />

indígenas, pero no se castigó a ninguno.<br />

existen evidencias de la participación<br />

de ciudadanos y autoridades<br />

En Santa Cruz, el vicepresidente del Comité Cívico cruceño,<br />

Luis Núñez, pidió a los sectores contrarios a las autonomías<br />

“abandonar Santa Cruz o, de lo contrario, atenerse a<br />

las consecuencias”.<br />

En ese discurso racista además agregó: “Ellos [los bolivianos<br />

del Occidente] han venido aquí. Adáptense a nuestra forma<br />

de vida que es paz, trabajo y tranquilidad, pero no nos sigan<br />

provocando, insultando, denigrando como lo han hecho<br />

ayer o aténganse a las consecuencias”, advirtió el cívico.


Miembros de la Unión Juvenil Cruceñista en reiteradas<br />

ocasiones agredieron a varias personas en Santa Cruz. La<br />

violencia física también estuvo acompañada de atentados<br />

dinamiteros, amenazas, persecuciones y otras acciones<br />

contrarias a los derechos humanos, pero nadie hizo nada.<br />

En los últimos días en Sucre, el diputado Wilber Flores fue<br />

agredido, lo mismo ocurrió con los parlamentarios potosinos<br />

Carmen Flores y César Navarro, o con la senadora<br />

cochabambina Leonilda Zurita.<br />

Si en Sucre ocurren esos hechos de violencia, en poblaciones<br />

rurales de Santa Cruz la situación es igual o peor.<br />

Días después del referendo autonómico en San Ignacio de<br />

Velasco, representantes cívicos y el principal dirigente indígena<br />

chiquitano agredieron al sacerdote Adalid Vega Veizaga<br />

a quien acusaron de ser militante del MAS y contrario<br />

al proceso de las autonomías. Al religioso le exigieron que<br />

abandonara la región, y ninguna autoridad impuso la ley.<br />

Las agresiones no sólo fueron para campesinos, indígenas<br />

o gente común, sino también para ministros y el propio<br />

presidente y vicepresidente de la República que virtualmente<br />

no tienen pisada en algunas regiones del país.<br />

¡Basta ya!<br />

En este país para nadie es desconocido que la “justicia” boliviana<br />

está manejada por representantes del viejo modelo<br />

neoliberal. El aparato de la justicia que fue “loteado” por<br />

los partidos neoliberales está manejado por gente ligada al<br />

anterior régimen de Gonzalo Sánchez de Lozada.<br />

Aunque la Fiscalía del Distrito de Chuquisaca anticipó que<br />

existiendo una denuncia interpuesta sobre los hechos del<br />

pasado sábado, éstos serán investigados, no existe ninguna<br />

confianza.<br />

La fiscal de Distrito de Chuquisaca, Ana María Lía, afirmó<br />

que el Ministerio Público procederá a investigar conforme<br />

establecen las leyes.<br />

El defensor del Pueblo, Waldo Albarracín, pidió que una<br />

fiscalía de Distrito que no sea Chuquisaca investigue los<br />

violentos hechos contra campesinos en Sucre, porque<br />

considera que la justicia chuquisaqueña perdió imparcialidad<br />

al estar sometida a sectores cívicos.<br />

“Estos hechos no sólo se tienen que censurar, sino deben<br />

ser sancionados. [Pero] la Fiscalía de Distrito de Chuquisaca<br />

no tiene las condiciones para desarrollar una investigación<br />

parcial, ni siquiera sus tribunales, porque en los<br />

últimos meses demostraron su absoluta subordinación a<br />

la instancia cívica”, manifestó.<br />

Ante las acciones fascistas y racistas, desde diferentes puntos<br />

del territorio nacional salió el clamor popular de decir<br />

¡basta! También se demanda gobernabilidad.<br />

En el proceso de la revolución democrática y cultural es<br />

hora de hacer un alto a la violencia y al racismo, es hora<br />

de buscar el diálogo y el consenso, es hora de consolidar el<br />

cambio y la unidad.<br />

Junio de 2008


Marcela Olivera<br />

Bolivia:<br />

grandes oportunidades,<br />

grandes peligros<br />

La cuestión civilizatoria 1<br />

El texto aprobado por la Asamblea Constituyente en<br />

Oruro el 9 de diciembre de 2007 es un triunfo impor-<br />

tante para los movimientos indígenas, que excede el<br />

plano puramente discursivo y de “papel mojado” al<br />

que quedan generalmente reducidas las constitucio-<br />

nes en América Latina.<br />

Por un lado, lo que plantea el texto del proyecto de<br />

Constitución tiene importancia. El texto pone en<br />

cuestión el sistema liberal de control estatal sobre los<br />

pueblos oprimidos.<br />

Pone nuevamente en el tablero, no sólo en el ámbito nacional,<br />

sino mundial, la cuestión del reconocimiento de los derechos colectivos,<br />

el derecho a la autodeterminación de los pueblos oprimidos, y pone en<br />

cuestión el sistema opresivo y homogeneizante del Estado-nación.<br />

Además de esto, establece de la forma más taxativa posible, un conjunto de<br />

derechos individuales que parecen colocar a Bolivia –al menos en el plano<br />

de la teoría– en el puesto más avanzado de la civilización humana actual.<br />

Por otro lado, la circunstancia de este triunfo, independientemente del valor<br />

mismo del texto, ha vuelto a colocar a la llamada “derecha” a la defensiva.<br />

[1] Este artículo apareció inicialmente en la revista Herramienta, 2008.


En este artículo, además de introducir algunos<br />

elementos para apreciar los avances del texto<br />

constitucional, y de establecer lo que esto significó<br />

en términos de expresión y a la vez refuerzo a<br />

las luchas indígenas, campesinas y obreras, intentaremos<br />

dar un breve vistazo a las relaciones de<br />

fuerza entre las clases (y los sistemas sociales) en<br />

términos de larga duración.<br />

¿Es un triunfo de los movimientos sociales? Afirmativo,<br />

es una derrota política de una burguesía<br />

que se declara en retirada. ¿Es una transformación<br />

del Estado? Negativo, no lo es. ¡Es un programa<br />

para la acción! y es, a la vez, una proclama<br />

civilizacional.<br />

El texto constitucional aprobado en la Asamblea,<br />

desde el punto de vista leguleyo, podría considerarse<br />

contradictorio, incluso inaplicable.<br />

Bajo un mismo Estado existirían dos doctrinas<br />

jurídicas diferentes que quedarían territorializadas;<br />

una que continúa la tradición constitucional<br />

liberal vigente y cuyo principio fundamental es<br />

el respeto irrestricto a la propiedad privada, la<br />

otra –de inspiración indígena– que no desconoce<br />

la existencia de esta última pero no permite el<br />

ejercicio irrestricto de los derechos de propiedad<br />

privada. Dependiendo de qué territorio se trate,<br />

se aplicaría una u otra doctrina.<br />

Este es un planteamiento de reconocimiento<br />

pleno del pluralismo jurídico. Las dos realidades<br />

jurídicas han existido desde siempre en Bolivia,<br />

existen en la práctica dos jurisdicciones superpuestas,<br />

la estatal-liberal y la indígena-campesina,<br />

que se ejercitan a través de dos sistemas de<br />

autoridad paralelas.<br />

El cambio es que hoy el texto constitucional plantea<br />

el reconocimiento abierto de la autoridad<br />

Pablo Ariel Regalsky<br />

indígena y ya no estarán superpuestas, porque<br />

los territorios estarán delimitados en función del<br />

principio de autodeterminación de cada pueblo.<br />

Cada pueblo tiene el derecho a autodefinirse como<br />

población indígena, originaria campesina o como<br />

población intercultural. Esto por supuesto es una<br />

oportunidad y, a la vez, implica un gran peligro.<br />

¿Qué significa el pluralismo jurídico? Que cada<br />

pueblo indígena tiene derecho a gobernarse en<br />

su territorio en el marco de sus propias normas<br />

y a elegir sus gobernantes de la forma que éstas<br />

establezcan.<br />

En los hechos significa el desconocimiento del<br />

principio liberal que establece “un individuo-un<br />

voto” y el “derecho” al voto secreto. Desconoce<br />

el principio democrático burgués de que todos<br />

los ciudadanos son iguales ante la ley, y que hay<br />

una sola ley para todo ciudadano. Establece la<br />

igualdad del derecho colectivo frente al derecho<br />

individual.<br />

En la generalidad de los pueblos indígenas, al<br />

igual que en las asambleas obreras, se toman las<br />

decisiones –en ejercicio de la democracia popular–<br />

en asamblea pública, levantando la mano.<br />

Muchas veces se realiza de forma nominal: allí<br />

donde están reunidas muchas comunidades, por<br />

ejemplo en un congreso provincial de sindicatos<br />

agrarios o en un cabildo o asamblea de ayllus,<br />

cada comunidad delibera aparte y emite su voto<br />

a través de su representante en público.<br />

En otros casos las votaciones por mayoría no son<br />

determinantes sino que se subordinan al derecho<br />

a la participación equitativa, rigiendo el turno de<br />

rotación: aunque la autoridad se elije públicamente,<br />

en realidad rige un acuerdo de larga duración<br />

por el que ésta sale necesariamente de un<br />

Antropólogo, Secretario General del Centro de Comunicación<br />

y Desarrollo Andino (Cenda), de Bolivia.<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Marcela Olivera<br />

determinado sector según un turno establecido (lo<br />

mismo hace la Unión Europea con su presidencia).<br />

Todas estas normas tienen la finalidad de establecer<br />

el derecho de la mayoría a hacer respetar sus decisiones<br />

dentro de un equilibrio general.<br />

La autoridad indígena originaria campesina ejerce<br />

la atribución de aplicar las normas comunales en<br />

su jurisdicción de una manera amplia. Una norma<br />

fundamental de la jurisdicción campesina originaria<br />

indígena es la que marca los límites al ejercicio de la<br />

propiedad privada.<br />

El derecho a la posesión de la tierra por parte de una<br />

familia que sí tiene derechos de herencia sobre ella<br />

no implica –desde la normativa consuetudinaria<br />

indígena– el derecho a disponer libremente de la<br />

misma, no se la puede vender libremente, no se la<br />

puede cultivar o usar de cualquier forma, sino solamente<br />

en función de decisiones comunales específicas<br />

y que pueden modificarse de año en año. Para<br />

las empresas capitalistas, lo mismo que para quienes<br />

se manejan con una lógica de acumulación privada,<br />

estas normas significan un problema.<br />

<strong>No</strong> es que se impida la acumulación, como tampoco<br />

se excluye al capital, solamente se lo restringe de una<br />

manera que dificulta el proceso de diferenciación<br />

social y la acumulación del poder en pocas manos.<br />

La autoridad indígena, a diferencia de la autoridad del<br />

Estado-nación, resume en si la capacidad de juzgar así<br />

como la capacidad de gobernar. Esto supone que distintas<br />

autoridades, en territorios contiguos, podrían<br />

tener criterios diferentes para juzgar un mismo hecho.<br />

La justicia ordinaria, según el texto aprobado, no<br />

puede revisar los fallos de la autoridad indígena.<br />

El tribunal constitucional deberá considerar la<br />

jurisdicción indígena en igual jerarquía que la jurisdicción<br />

ordinaria. El tribunal constitucional mismo<br />

deberá estar conformado por igual número de<br />

miembros que representan ambas jurisdicciones.<br />

Por supuesto que se plantean preguntas, ¿es esto<br />

viable en un país sometido a la esfera de influencia<br />

global del capitalismo, un país donde el capital<br />

financiero y el capital petrolero siguen siendo los<br />

que tienen las de ganar en el momento de poner las<br />

reglas de juego?<br />

78<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La cuestión civilizatoria ]


Esta es una somera explicación de ciertas partes del<br />

texto constitucional aprobado en la Asamblea Constituyente.<br />

Se trata de un triunfo hasta el momento<br />

retórico, es un texto aún sin valor legal alguno.<br />

Hay muchas piedras en el camino: por un lado el<br />

gobierno (al momento de escribir este texto) está<br />

negociando con los gobiernos departamentales en<br />

poder de la derecha un posible cambio (que sería<br />

completamente ilegal).<br />

El texto aprobado por la Asamblea debe ponerse a consideración<br />

del pueblo en un referendo (por voto universal<br />

y secreto, o sea muy influenciable por los medios<br />

de comunicación dominados por la burguesía).<br />

A pesar de esto, se trata de un triunfo político pues el<br />

texto constitucional se constituye en un programa<br />

de acción para los movimientos indígenas originarios.<br />

y no sólo para los movimientos indígenas<br />

campesinos.<br />

El movimiento indígena debe mucho de este triunfo<br />

a la posición adoptada por sectores avanzados del<br />

movimiento obrero, en particular a los mineros de<br />

Huanuni, que tuvieron una actuación decisiva en<br />

diciembre. Más adelante veremos la intervención<br />

minera en este proceso.<br />

Sin embargo, es importante notar que el movimiento<br />

obrero no consiguió avances en el texto respecto<br />

al texto vigente, a más de los consabidos derechos<br />

retóricos al trabajo.<br />

Por el contrario, el cooperativismo minero, que es<br />

una amenaza no sólo para la única mina nacionalizada<br />

subsistente que es Huanuni, sino también para<br />

las mismas comunidades indígenas, ha obtenido<br />

dentro del texto garantías de intocabilidad sobre sus<br />

concesiones de explotación de recursos mineros tal<br />

como exigía.<br />

ésta es una de las incoherencias que inquietan dentro<br />

del texto porque contradicen abiertamente el<br />

derecho ya establecido desde 1990 cuando Bolivia<br />

se adhiere al Convenio 169 de la OIT que reconoce el<br />

derecho a la consulta previa para el caso de explotación<br />

de recursos naturales en territorios indígenas.<br />

La situación es incierta aún<br />

Cuando la Asamblea Constituyente aprueba el texto<br />

la situación era muy fluida. El Consejo Nacional de<br />

Defensa de la Democracia (Conade), conformado<br />

por los prefectos de la llamada Media Luna del<br />

oriente boliviano, más los de Cochabamba y Sucre,<br />

y cívicos de cinco departamentos, se habían reunido<br />

en Sucre en diciembre 2007, poco después de los<br />

disturbios que ocasionaron que los constituyentes<br />

debieran abandonar la ciudad en noviembre. Allí el<br />

Conade definió declarar la aplicación inmediata de<br />

las autonomías departamentales a partir del 14 de<br />

diciembre, lanzamiento de los “estatutos autonómicos”,<br />

y el desacato a la Constitución oficialista.<br />

Esa fecha era precisamente el día que la Asamblea<br />

Constituyente debía celebrar su última sesión en la<br />

que ratificaba el proyecto de Constitución, después<br />

que una comisión redactora “corrigiera” los posibles<br />

defectos del mismo. Además, la desobediencia civil<br />

apuntaba a desconocer el decreto que redujo la participación<br />

de los departamentos petroleros en la distribución<br />

del impuesto especial a los hidrocarburos.<br />

Los comités cívicos cuentan con el respaldo político<br />

y económico de la empresa privada de todo el país,<br />

y no solo de Santa Cruz, en particular de la Asociación<br />

de Bancos (Asoban), la Cámara Agropecuaria<br />

del Oriente (CAO), la Cámara de Exportadores y la<br />

Cámara de Hidrocarburos de Bolivia, todos estos<br />

organismos activos dentro del Comité Cívico.<br />

El Conade, con el apoyo de estos sectores, pretendió<br />

entonces constituirse en un gobierno paralelo al de<br />

Evo Morales, comandando cinco de los nueve departamento<br />

del país.<br />

79<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Pablo Ariel Regalsky ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Sin embargo esos prefectos, unidos al mayor partido<br />

de la oposición, Podemos, encabezado por el ex presidente<br />

Tuto Quiroga, cometieron un grave error de<br />

cálculo al momento en que el periodo de sesiones de<br />

la Asamblea Constituyente estaba a punto de finalizar,<br />

y aún no había podido avanzar en el proceso de<br />

aprobación del texto final.<br />

Después que el Congreso Nacional aprobara la prórroga<br />

del periodo de sesiones de la Constituyente<br />

hasta el 14 de diciembre (según la convocatoria, el<br />

periodo de vigencia del Constituyente finalizaba el<br />

6 de agosto de 2007), el gobierno decidió convocar<br />

a una comisión suprapartidaria, conformada por<br />

los partidos con representación en la Constituyente<br />

a fin de llegar a un acuerdo sobre el texto que se iba<br />

a aprobar.<br />

En esa comisión, dirigida por el vicepresidente García<br />

Linera, se llegó a ciertos acuerdos que, en realidad,<br />

permitían a la derecha y a los comités cívicos<br />

conseguir prácticamente todos sus objetivos.<br />

Esto significaba que el gobierno de Evo Morales, a<br />

título de garantizar la gobernabilidad de su administración,<br />

apostaba a un texto que beneficiaba a la<br />

burguesía retrocediendo en ciertos aspectos, incluso<br />

en referencia a la actual constitución liberal todavía<br />

en vigencia.<br />

La “estrategia” fundamental que el gobierno –a través<br />

de la figura de García Linera– ha ensayado desde<br />

el principio de la administración de Evo Morales es<br />

“déjennos gobernar y hacemos lo que ustedes requieran”,<br />

eso es lo que se les dice a las empresas y a<br />

sus voceros, los cívicos.<br />

ya Evo lo había dicho incluso pocos días antes de asumir<br />

el gobierno, mientras realizaba su gira mundial<br />

donde puso de moda la famosa “chompa de alpaca”:<br />

“He comprendido que para ser un buen presidente<br />

tengo que lograr buenos negocios para los empresarios”.<br />

Se refería a los soyeros, agroexportadores y<br />

otras empresas beneficiarias del latifundismo.<br />

Pero la miopía de esa burguesía “esmirriada” no le<br />

ayuda: en parte lo explica su racismo, a tal punto<br />

no puede tolerar estar siendo gobernada por quien<br />

califican como “indio”, que no advierte que es el<br />

gobierno de Evo Morales el que le está garantizando<br />

sus intereses estratégicos, su propia viabilidad como<br />

clase propietaria, y que sólo en la medida que facilite<br />

la gobernabilidad de la administración de Evo, hará<br />

viable una salida favorable a los intereses capitalistas<br />

a mediano plazo.<br />

Bueno, ese ha sido su error: ese grupo de necios<br />

representantes de los comités cívicos y de Podemos<br />

siguió presionando al gobierno y negándose a firmar<br />

el acuerdo que les proponía García Linera, pese<br />

a que les estaba ofreciendo el oro y el moro. Al final,<br />

no le dejó salida al MAS.<br />

Los propios constituyentes se vieron acorralados<br />

entre esta derecha torpe y los movimientos sociales<br />

–en ese momento encabezados por los mineros de<br />

Huanuni y la Central Obrera de Oruro– que empezaban<br />

a impacientarse con la cobardía política del<br />

vicepresidente, de manera que el gobierno no tuvo<br />

más alternativa que dejarle la vía libre a su propia<br />

bancada para que aprobara “su” texto.<br />

Este texto, el único que había sido propuesto de<br />

forma coherente en el curso de la Asamblea, era el<br />

que había diseñado el Pacto de Unidad de las organizaciones<br />

indígenas, originarias y campesinas, de<br />

colonizadores y afrobolivianos, junto a un pequeño y<br />

eficiente equipo de asesores técnicos y de ONG aliadas<br />

que venían trabajando desde principios de 2005.<br />

Así es como se aprobó, inesperadamente para<br />

todos, un texto que avanza de manera audaz en el<br />

campo de los derechos humanos tanto colectivos<br />

80<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La cuestión civilizatoria ]


como individuales, y que es probablemente el texto<br />

constitucional más avanzado desde el punto de vista<br />

democrático en el planeta.<br />

Lo interesante del caso es que frente a un texto tal,<br />

la clase media, que había sido aterrorizada por la<br />

prensa y por rumores de que este texto aseguraría<br />

la perpetuación del gobierno de Evo, además de la<br />

confiscación de sus casitas y sus terrenitos, quedó<br />

más bien encantada ante un texto que en lo fundamental<br />

está bien elaborado y tiene consistencia.<br />

Ahora bien, pese a que esa votación ponía a la derecha<br />

ante un hecho consumado, y ahora ya no le<br />

quedaba más salida que enfrentarlo en el terreno<br />

del referéndum por realizarse en los próximos meses,<br />

no contaba con la ayuda inesperada, otra vez,<br />

del propio gobierno.<br />

El gobierno, en vez de sacar partido del hecho de que<br />

la población urbana se había rendido a la evidencia<br />

de que este texto era un avance de los derechos en<br />

todo sentido, se esfuerza por dar marcha atrás en la<br />

situación. A principios de enero Evo Morales convoca<br />

al diálogo a los prefectos bajo una agenda que no<br />

termina de definirse.<br />

Mientras que al principio la agenda parecía no<br />

contemplar el tema de la Constitución, un tema<br />

ya cerrado, el mismo día que se realiza la reunión<br />

resulta que éste sí aparece. ¿Es falta de visión estratégica<br />

y política de este gobierno? ¿Se puede hablar<br />

de cobardía política? La derecha no termina de<br />

precipitarse en la derrota por sus propios errores,<br />

cuando viene el gobierno a rescatarla. <strong>No</strong> parece ser<br />

cobardía.<br />

Parecería que el gobierno, instintivamente, entiende<br />

que su viabilidad está unida a la existencia de una<br />

derecha con capacidad de presión. De lo contrario<br />

el gobierno quedaría preso de su propia base social,<br />

los movimientos sociales. Este es un gobierno-<br />

árbitro, que lo que más teme no es que la derecha<br />

esté en condiciones de imponerle sus términos. Por<br />

el contrario, pareciera que su instinto (pues no hay<br />

evidencia de una clara estrategia en el gobierno en<br />

su conjunto) lo empuja a favorecer que la derecha<br />

crezca lo suficiente como para colocar en vereda a<br />

los movimientos sociales a fin de que no puedan<br />

crecer en sus demandas.<br />

De esta manera el gobierno no quedaría preso del<br />

programa radical con el que los movimientos sociales<br />

lo llevaron al “poder”: la llamada “Agenda de Octubre”.<br />

Por el contrario, podría intentar resolver la<br />

crisis de Estado, la crisis del capitalismo “esmirriado”<br />

boliviano, tal como lo calificara Zavaleta, reforzando<br />

el actual estado (neocolonial).<br />

Quien parecería empujar con más firmeza esta estrategia<br />

del gobierno de convertirse en la expresión<br />

de la burguesía es su vicepresidente García Linera:<br />

su planteo desde un principio ha sido reforzar el Estado-nación,<br />

hacerlo nuevamente viable, intentado<br />

ganar como base de sustentación a una burguesía<br />

que vea en esta administración al garante de sus<br />

mejores negocios en muchas décadas.<br />

La situación real está definida, por un lado, por la<br />

determinación de esta burguesía inviable y racista<br />

que, dado que no puede sacar al “indio” del Palacio<br />

Quemado porque se lo impiden el apoyo que el<br />

gobierno recibe tanto de la OEA –e implícitamente<br />

del gobierno de Estados Unidos–, como de Brasil y<br />

Chile, por lo menos de convertirlo en su rehén. Pero<br />

por la otra, la situación también está signada por la<br />

SE TRATA DE UN TRIUNFO POLíTICO PUES<br />

EL TEXTO CONSTITUCIONAL SE CONSTITUyE<br />

EN UN PROGRAMA DE ACCIóN PARA LOS<br />

MOVIMIENTOS INDíGENAS ORIGINARIOS.<br />

81<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Pablo Ariel Regalsky ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

esperanza y seguridad de parte de la gran mayoría<br />

de los movimientos sociales de que este gobierno<br />

es “suyo” y, por tanto, se le puede exigir que cumpla<br />

con la Agenda de Octubre (el momento de la<br />

insurrección que derribó al gobierno de Sánchez de<br />

Lozada). Hasta aquí hemos visto, a través del triunfo<br />

que logran los movimientos indígenas y populares<br />

en la Asamblea Constituyente, que la relación de<br />

fuerzas establecida por el movimiento semi-insurreccional<br />

de octubre pareciera no haberse modificado<br />

sustancialmente. Sin embargo, estamos en un<br />

momento de inflexión.<br />

En primer lugar, examinemos las relaciones de fuerza<br />

estructurales. Está claro que el Estado boliviano no ha<br />

modificado su naturaleza colonial. La actual administración,<br />

aunque esté dirigida por un movimiento<br />

político surgido de un proceso de levantamiento de<br />

las masas indígenas, no tiene la capacidad y tampoco<br />

la intención de modificar ese carácter colonial.<br />

Por el contrario, existen fuertes sectores no solo<br />

dentro del Estado (las fuerzas armadas, la policía,<br />

la Iglesia, el poder judicial, una amplia mayoría del<br />

poder legislativo, toda la burocracia de la administración<br />

del poder ejecutivo, los ministerios, ni que<br />

hablar de las prefecturas y los municipios) que resisten<br />

cualquier intento de mínima modificación de la<br />

actual estructura. De hecho, una mayoría del aparato<br />

político que conforma el MAS, constituido por alcaldes,<br />

concejales, diputados, senadores, ministros,<br />

viceministros, y cientos de pequeños burócratas.<br />

Muchos de ellos son provenientes de los partidos<br />

de la burguesía como el MNR, ADN, UCS, MBL, etc.,<br />

que se han pasado al carro del MAS. Con el actual<br />

gobierno se agregan los cuadros del MAS que pasan<br />

a formar parte del aparato administrativo del Estado.<br />

Parte de ese fenómeno es la incorporación de<br />

buena cantidad de dirigentes de las organizaciones<br />

indígenas y campesinas que se han asimilado a la<br />

vieja y esclerosada estructura burocrática del Estado<br />

y adoptan cotidianamente el antiguo ceremonial y<br />

protocolo de comportamiento burocrático.<br />

Al incorporarse, asumen una actitud de defensa no<br />

solo de sus nuevos pequeños intereses como burócratas<br />

que reciben un sueldo del Estado, sino de la<br />

misma estructura jerárquica y burocrática a la cual<br />

se han asimilado, y que les permite gozar de esas pequeñas,<br />

a veces pequeñísimas, prebendas. También<br />

se puede encontrar ahora dentro de los ministerios<br />

y organismos administrativos del Estado a una pequeña<br />

nube de profesionales pseudos izquierdistas<br />

del PC y otros grupos, incluso ex militantes del POR<br />

que no tienen empacho en servir de consultores a los<br />

gobiernos neoliberales, y ahora no saben hacer otra<br />

cosa que dar continuidad a las mismas propuestas y<br />

políticas que habían desarrollado en estos gobiernos.<br />

La reconstrucción de este aparato burocrático actúa<br />

como una pesada losa que parece inmovilizar a los<br />

movimientos sociales, y es un proceso que ocurre a<br />

diario, pero a la vez es un proceso totalmente caótico,<br />

cada subsecretario toma sus propias iniciativas y<br />

a veces en una misma reunión se escuchan posiciones<br />

completamente diferentes, pero dentro de un<br />

caos armonioso.<br />

Las consignas burocráticas, las mismas realidades de<br />

un Estado colonial y anticampesino, ahora se las reviste<br />

de una ideología pseudo-andina, bajo un manto<br />

de supuesta reciprocidad y redistribución, que<br />

sirve de nuevo manto ideológico a la paz burocrática<br />

neoburguesa vestida de ropaje indígena.<br />

Esta situación se verifica en el caso de la problemática<br />

de la tierra. La aprobación de las últimas modificaciones<br />

a la ley INRA como resultado de movilizaciones<br />

campesinas e indígenas, que debería permitir ahora<br />

la reversión de los latifundios improductivos que no<br />

cumplen función económico-social, no ha servido<br />

82<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La cuestión civilizatoria ]


Marcela Olivera<br />

para recuperar hasta ahora ni un metro cuadrado de<br />

tierra ilegalmente apropiada por los latifundistas.<br />

Primero con la excusa de las inundaciones a principios<br />

de 2007, y ahora sin necesidad de ninguna<br />

excusa, la “revolución agraria” se limita por el momento<br />

a prometer la mecanización de la agricultura<br />

campesina, una política totalmente inadecuada<br />

para los suelos andinos, y que sólo promete agravar<br />

la depredación y la caída de la productividad.<br />

En noviembre de 2007 se aprueba el Decreto 29215<br />

que determina la expropiación con pago a precios de<br />

mercado de 180.000 hectáreas en el Chaco chuquisaqueño<br />

para entregar a las comunidades cautivas<br />

guaraníes.<br />

La marcha de indígenas por la tierra<br />

Hace un año los guaraníes y otros indígenas llegaron<br />

hasta la sede de gobierno para demandar la aprobación<br />

de las reformas a la ley INRA.<br />

La política del MAS, como explica Mayorga, un<br />

analista muy apreciado por los medios de comunicación,<br />

“está caracterizada por incertidumbre<br />

estratégica y flexibilidad táctica por ausencia de un<br />

proyecto político elaborado de manera programá-<br />

tica, lo que explicaría la postura cambiante respecto<br />

al referéndum sobre las autonomías departamentales,<br />

así como los vaivenes respecto a la reforma<br />

educativa. Su capacidad de acción se traduce en una<br />

enorme flexibilidad táctica que se asienta en esa<br />

elasticidad programática”.<br />

El manejo de una retórica radical (por parte del gobierno)<br />

neutraliza la izquierda y las moderadas decisiones<br />

de gobierno desbaratan los cuestionamientos<br />

desde la derecha, lo que le permite ocupar una amplia<br />

franja del centro político. Mayorga se felicita de<br />

esta característica del MAS, porque permitiría recuperar<br />

la gobernabilidad del Estado que se perdió en el<br />

periodo desde 2000 a 2005 como efecto de la movilización<br />

incontrolable de los movimientos sociales.<br />

Efectivamente, mientras se mantiene una retórica<br />

de nacionalización, tanto de los yacimientos de gas<br />

como de los recursos naturales en general, por el<br />

otro lado, el gobierno se enorgullece en publicitar<br />

las inversiones extranjeras en proyectos gigantes en<br />

minería, como el caso San Cristóbal o el Mutún, y en<br />

haber dado las garantías suficientes a las empresas<br />

petroleras como para que reanuden este año las<br />

inversiones en la exploración de hidrocarburos. La<br />

re-nacionalización del sistema de pensiones parece<br />

83<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Pablo Ariel Regalsky ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

haber quedado sepultada, y en cambio los fondos<br />

privados de pensiones se harán cargo del pago del<br />

nuevo bono Dignidad destinado a todos los ancianos,<br />

proveniente de la redistribución del ingreso<br />

impositivo a la producción de gas.<br />

Mientras tanto, de parte de las comunidades campesinas<br />

ni siquiera es posible reclamar contra la total<br />

contaminación e inutilización de sus tierras agrícolas<br />

por parte de las multinacionales mineras y, peor<br />

aún, de las cooperativas mineras. La COD de Oruro<br />

(2007), en cambio, considera que no existe espacio<br />

para esa política de conciliación:<br />

El gobierno de Evo Morales surgido como consecuencia<br />

de las luchas sangrientas del pueblo<br />

contra la oligarquía, tiene como base de su<br />

política la concertación y la convivencia con el<br />

enemigo de clase, compuesto por los pocos ricos<br />

de este país, culpables de la pobreza, atraso<br />

y desempleo en nuestro país…<br />

En ese sentido, su política de pactos con la<br />

derecha que terminaron en acuerdos de claro<br />

retroceso para el pueblo como se puede advertir<br />

en la Ley de convocatoria a la Asamblea<br />

Constituyente y los acuerdos de la suprapartidaria,<br />

entre otras, nunca conformarán a la<br />

clase capitalista, detentadora del poder y de<br />

los gobiernos durante la casi totalidad del periodo<br />

republicano, así como también no serán<br />

solución definitiva a los problemas de nuestro<br />

pueblo empobrecido aunque mayoritario.<br />

La emergencia de la COD de Oruro y de una fuerte<br />

dirección clasista en Huanuni, que se han puesto<br />

LOS GUARANíES y OTROS INDíGENAS<br />

LLEGARON HASTA LA SEDE DE GOBIERNO<br />

PARA DEMANDAR LA APROBACIóN<br />

DE LAS REFORMAS A LA LEy INRA.<br />

claramente del lado de las organizaciones y pueblos<br />

indígenas campesinos, de alguna manera ha disminuido<br />

el margen de maniobra del gobierno y le ha<br />

obligado a inclinarse un poco más hacia la izquierda,<br />

a fin de evitar que la dirección obrera en emergencia<br />

le gane las espaldas.<br />

Eso explica que estos últimos días el gobierno cada<br />

vez hable de forma más pesimista sobre la posibilidad<br />

de un acuerdo con los prefectos derechistas. La<br />

estrategia del gobierno de establecer un acuerdo<br />

político con los empresarios que de alguna manera<br />

convierta al MAS en su propia expresión política<br />

no es hueca. La bonanza de los altos precios de las<br />

materias primas, que ha permitido cuadruplicar<br />

los ingresos por exportaciones lo permitiría. Lo<br />

demuestran también las cifras de las entidades<br />

financieras. Las reservas internacionales del Banco<br />

Central se han duplicado en un año.<br />

Los depósitos en moneda nacional en la banca se<br />

han incrementado de la misma manera y la cartera<br />

de préstamos también ha crecido en 60%. ¿Por qué,<br />

en tal situación de bonanza aún es difícil un acuerdo<br />

y cuál parecería ser el proyecto estratégico del empresariado<br />

boliviano y la derecha que lo representa?<br />

La lucha por la hegemonía y el traslado<br />

del eje geopolítico boliviano<br />

Desde octubre de 2003, cuando Sánchez de Lozada y<br />

su gabinete, poco antes de huir del país, especularon<br />

con la posibilidad de trasladar su gobierno –y por lo<br />

tanto la sede de gobierno– a Santa Cruz, cobró nuevo<br />

impulso a lo que se dio en llamar las luchas regionales.<br />

Desde que se impone la Agenda de Octubre, cuando<br />

Carlos Mesa inesperadamente para todos, acepta<br />

como parte de su programa de gobierno la convocatoria<br />

a una Asamblea Constituyente, empieza en serio<br />

el intento de trasladar la capital fuera de La Paz.<br />

84<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La cuestión civilizatoria ]


Es un hecho que el cerco de los movimientos sociales<br />

indígenas a La Paz, establecido en octubre de 2003, y<br />

que luego se repite en mayo-junio de 2005, no fue<br />

hasta ahora derrotado. Es más, está pendiente aún<br />

sobre las cabezas del sistema político como una espada<br />

de Damocles. Tanto en octubre de 2003 como<br />

en mayo-junio de 2005, con el antecedente de la<br />

crisis de febrero de 2003 que llevó al enfrentamiento<br />

armado entre policías y militares, el Estado está<br />

en una crisis que se debe, en buena medida, al cerco<br />

que han establecido los movimientos sociales sobre<br />

el gobierno y sobre su sede geográfica.<br />

El levantamiento social paralizó entonces al gobierno<br />

y al aparato estatal en su conjunto. La subida al<br />

gobierno de Evo Morales –un logro que es el resultado<br />

directo de las luchas populares pero en gran<br />

medida hay que atribuir a la estrategia de la Iglesia<br />

para neutralizar esas luchas– parece haber logrado<br />

un cuarto intermedio en las luchas sociales. La gente<br />

tiene cierta esperanza en que este gobierno “arregle”<br />

las cosas, aunque mantiene su vigilancia.<br />

Dado que los sectores claves del aparato productivo<br />

nacional (la energía, la minería, las telecomunicaciones,<br />

la tierra, los bosques, los bancos, la prensa y<br />

la televisión), están en manos de multinacionales o<br />

de sus socios –los sectores empresariales, latifundistas<br />

o lumpen burguesía boliviana–, es poco lo que se<br />

presume que el gobierno pueda hacer, a más de sanear<br />

las finanzas del Estado elevando la recaudación<br />

impositiva.<br />

Esto último se lograría a través de la llamada “nacionalización<br />

de los recursos naturales” que modifica<br />

los contratos petroleros existentes –que nunca fueron<br />

anulados– de manera que el Estado perciba mayores<br />

ingresos por la explotación del gas. Se suponía<br />

que la Asamblea Constituyente era el escenario para<br />

cambiar radicalmente la situación generada por<br />

la privatización de las empresas y los recursos del<br />

país, pero el propio gobierno se encargó de trabar al<br />

máximo esa posibilidad acordando con la derecha<br />

una ley de convocatoria que transformaba lo que<br />

debía ser un espacio de poder político fundacional y<br />

soberano en un ente ineficaz para hacer las transformaciones<br />

necesarias, subordinado al aparato político,<br />

judicial y administrativo establecido del Estado.<br />

Así mismo, el gobierno ha permitido que la derecha<br />

ponga como condición para la realización de la<br />

Asamblea Constituyente, la previa realización de un<br />

referendo autonómico vinculante.<br />

Este referendo determinó que cualquier departamento<br />

donde haya sido aprobada la pregunta sobre<br />

autonomía departamental con una mayoría simple,<br />

se transforma en autónomo, una vez que se promulgue<br />

la nueva Constitución. Los constituyentes, tanto<br />

por la ley de Convocatoria a la Asamblea, como por<br />

el texto de la ley de referendo, están obligados a avalar<br />

el resultado positivo de esa votación en un departamento,<br />

aunque la opinión nacional mayoritaria se<br />

demuestre en contra.<br />

¿A qué apunta ese proyecto autonomista? ¿Acaso<br />

apunta a la disgregación nacional? Lo mismo se<br />

decía cuando se estaba librando la Guerra Federal<br />

que tuvo lugar en Bolivia en 1899. Sin embargo, el<br />

triunfo de los federalistas no derivó en el establecimiento<br />

de un sistema federal, sino en el traslado de<br />

la sede de gobierno a La Paz, y el establecimiento de<br />

un sistema de gobierno centralista. El interés actual<br />

del empresariado que respalda esta propuesta autonomista<br />

se expresaría en dos posibles salidas:<br />

a) La salida política mínima a que aspiran, consiste<br />

en que efectivamente no logran derrotar a los<br />

movimientos sociales durante todo o parte del<br />

gobierno de Evo Morales, y se ven entonces en<br />

la necesidad de atrincherarse temporalmente en<br />

la sede de Santa Cruz, pero con prerrogativas y<br />

85<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Pablo Ariel Regalsky ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

competencias que les permitan manejar la parte<br />

más jugosa del presupuesto nacional, aspirando<br />

también a manejar de la forma más directa posible<br />

–según las relaciones de fuerza que logren<br />

para la Asamblea Constituyente– los recursos<br />

naturales que ya sabemos: la tierra, el agua, los<br />

bosques, los recursos del subsuelo.<br />

b) La máxima consiste en lograr derrotar o confundir<br />

lo suficiente a los movimientos sociales para<br />

comenzar a trasladar, de hecho o de derecho, la<br />

sede de gobierno a Santa Cruz. Ese proceso puede<br />

comenzar bajo una apariencia de descentralización,<br />

o de traslado de organismos autárquicos o semiautárquicos,<br />

como por ejemplo yPFB, u otras entidades<br />

de gran peso económico a Santa Cruz. Aunque<br />

lograran solamente la autonomía, ya se estaría<br />

empezando a aplicar de hecho el traslado paulatino<br />

de la sede del gobierno nacional a Santa Cruz.<br />

Pero si la derecha lograra dividir y desmoralizar lo<br />

suficiente a los movimientos sociales, es posible un<br />

cambio rápido de escenario geopolítico. Esto puede<br />

hacerse efectivo si acorralan y reducen a la impotencia<br />

al gobierno de Evo Morales, y lo obligan a servir<br />

simplemente de administrador eficiente de un modelo<br />

neoliberal maquillado de populismo, sin ninguna<br />

transformación de fondo. Por ejemplo, sin que<br />

se logre la reversión de una porción significativa de<br />

los 50 millones de hectáreas de tierras ilegalmente<br />

distribuidas desde la Reforma Agraria de 1953 entre<br />

la nueva oligarquía.<br />

En la medida que el gobierno –para sostenerse en el<br />

sillón– deba acudir a la desmovilización y a la división<br />

de las organizaciones que lo apuntalaron para ganar<br />

las elecciones de 2005 y 2006, el mismo gobierno<br />

serviría como instrumento para lograr ese fin. La<br />

deslegitimación del gobierno lo volvería cada vez<br />

más débil y vulnerable a las presiones de las camarillas<br />

empresariales y mafiosas, hasta que lo obliguen a<br />

rendirse y aceptar, él mismo, cambiarse de sede. Ese<br />

sería el proyecto estratégico del empresariado latifundista<br />

y sus aliados mafiosos y petroleros.<br />

Por supuesto, no apuntamos a que la “burguesía<br />

esmirriada” y sus mafiosos se salgan con la suya y<br />

logren establecer este escenario político que describimos<br />

arriba; por el contrario, estamos seguros de<br />

que los movimientos sociales sabrán derrotarlos a<br />

tiempo. Pero nuestro análisis pretende alertar contra<br />

sus verdaderas intenciones, que no se quedan<br />

en la autonomía departamental. Hay una forma<br />

para que los movimientos sociales, acompañados<br />

por aquellos que desde el gobierno están de su lado,<br />

puedan neutralizar esa estrategia y ganarles la batalla<br />

actual. Esa forma es, dicho de forma llana, revertir<br />

los latifundios.<br />

Las implicaciones “civilizatorias”<br />

del proceso actual<br />

La crisis de Estado que se presenta en Bolivia nos<br />

obliga a utilizar un término un poco desgastado:<br />

aquello de “el eslabón más débil”. Efectivamente<br />

Bolivia es, quizás, uno de los eslabones débiles del<br />

sistema hegemónico establecido por la civilización<br />

occidental capitalista en todo el planeta. Un sistema<br />

que ha establecido como pivote de su dominación<br />

política a los Estados-nación.<br />

<strong>No</strong> hay duda de que estamos ante un periodo de<br />

declinación hegemónica, pero ¿de qué tipo es esa<br />

declinación hegemónica? Nadie, ni siquiera en el gigante<br />

imperialista, se atreve a dudar de que los Estados<br />

Unidos hoy atraviesan una crisis de hegemonía,<br />

pero hay poco acuerdo sobre el significado de esa<br />

crisis. Otros gigantes imperiales han caído antes.<br />

Recordemos cómo el imperio inglés se desmoronó<br />

en la Segunda Guerra Mundial, pero ya hoy las ca-<br />

86<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La cuestión civilizatoria ]


acterísticas de la declinación hegemónica han cambiado<br />

fundamentalmente. En ningún momento,<br />

durante el proceso de relocalización del eje geo-hegemónico<br />

mundial que se traslada desde Inglaterra<br />

hacia Estados Unidos, se había puesto en duda el<br />

sistema civilizatorio occidental mismo. Por el contrario,<br />

la reconstrucción de Europa, pero sobre todo<br />

el movimiento anticolonial y nacionalista de la posguerra,<br />

comenzando por la independencia de India y<br />

siguiendo por la descolonización de África, se llevó a<br />

cabo siguiendo el modelo de “modernización”.<br />

En estos últimos casos, conducidos por las burguesías<br />

nacionales del Tercer Mundo, proponían un<br />

desarrollo capitalista basado en la “sustitución de<br />

importaciones”, hasta ahí no más llegaban. También<br />

fue en ese periodo de transición inter-imperialista<br />

que se generó un vacío temporal de poder o, más<br />

bien, un periodo en el que las burocracias estatales<br />

mantuvieron su lealtad a los antiguos jefes imperiales,<br />

y así surgieron los movimientos nacionalistas<br />

en Latinoamérica, con fuerte arraigo en las<br />

burocracias militares, y a los cuales se adhirió un<br />

sector importante de la clase obrera. Recordemos el<br />

peronismo, el APRA en Perú, Vargas en Brasil, MNR<br />

en Bolivia, etc., todos del mismo periodo de finales<br />

de la Segunda Guerra Mundial, teñidos de discurso<br />

anti-americano pero, al menos en algunos casos,<br />

muy sospechosos de conducta pro inglesa, y que<br />

finalmente debieron ceder sin pena ni gloria ante el<br />

avance de los capitales americanos.<br />

Así, los años cincuenta se caracterizan porque llega<br />

a su mayor auge el ciclo de expansión civilizatoria<br />

de la modernidad capitalista occidental: todos los<br />

países quedan integrados en la red de los Estadosnación<br />

que forman el mercado mundial capitalista.<br />

Es probable que incluso los países de la llamada<br />

esfera socialista, después de la Segunda Guerra, hayan<br />

quedado también semi-integrados en esa red, a<br />

consecuencia del propio proceso de regresión burocrática<br />

en que estaban sumidos.<br />

La lucha nacionalista revolucionaria entonces se<br />

entendía, paradójicamente, como la construcción<br />

de “verdaderos” Estados-nación, es decir, se acudía<br />

a la utopía de naciones “independientes” y “desarrolladas”<br />

según el mismo modelo que planteaba el imperialismo.<br />

El actual periodo se caracteriza no solo<br />

por una creciente competencia interimperialista,<br />

existiendo de hecho ya tres grandes bloques que se<br />

disputan esferas de influencia económica, sino por<br />

una declinación civilizacional.<br />

El capitalismo a escala mundial ha sufrido una regresión<br />

que la clase obrera vive en carne propia: se<br />

ha vuelto al capitalismo salvaje, primitivo, al capitalismo<br />

basado en el trabajo a domicilio y otras formas<br />

utilizadas ahora, no por el pequeño capitalista<br />

emergente, sino por el gran capital transnacional<br />

consolidado a escala global. Como consecuencia<br />

de esa regresión histórica, la clase obrera se ve en<br />

disgregación física y políticamente, y no se avizora el<br />

camino para su recuperación.<br />

Si bien hay grandes huelgas en los últimos tiempos,<br />

las realizan básicamente los obreros estatales, como<br />

es el caso de los sindicatos del transporte en Francia,<br />

Alemania y Hungría, porque la industria misma<br />

se ha vuelto transhumante. Pero en el nudo de la<br />

declinación se encuentra el problema de la crisis de<br />

legitimidad del Estado-nación.<br />

SÁNCHEZ DE LOZADA y SU GABINETE,<br />

POCO ANTES DE HUIR DEL PAíS, ESPECULARON<br />

CON LA POSIBILIDAD DE TRASLADAR<br />

SU GOBIERNO –y POR LO TANTO<br />

LA SEDE DE GOBIERNO– A SANTA CRUZ.<br />

87<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Pablo Ariel Regalsky ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Desde el mismo momento que la civilización capitalista<br />

global basada en la red de Estados-nación se extendió<br />

por todo el planeta y dominó todo el mundo,<br />

comenzó su declinación. El Estado-nación, por otra<br />

parte, dejó de ser garante del nivel de vida de la población,<br />

y se convirtió en el garante de la expansión<br />

del capital, exclusivamente.<br />

y entonces sucede algo aparentemente contradictorio.<br />

La gran amenaza que desafía a Occidente<br />

pareciera que ya no es el fantasma del comunismo,<br />

ahora es retratada como el fantasma del “fundamentalismo”<br />

y el “terrorismo” islámico. El desafío<br />

que plantea el islamismo propone un tipo de civilización<br />

que ataca las bases del individualismo burgués<br />

que domina nuestra cultura. Aquí me incluyo, como<br />

incluyo a la mayoría (¿la totalidad?) de los marxistas<br />

occidentales que hasta ahora no han sabido dar una<br />

mínima respuesta a este nuevo proceso global, por<br />

más que ya lleva cerca de treinta años en expansión,<br />

desde la revolución iraní.<br />

Lo paradójico es que a la crisis del capitalismo como<br />

civilización también le sucede la crisis del “comunismo<br />

real”, de los socialismos en un solo país,<br />

construidos sobre el modelo de la industrialización<br />

forzada. Entonces, al desafío islamista contra esa<br />

civilización liberal individualista que nos ha penetrado<br />

hasta los huesos, se suma la emergencia indígena<br />

que recorre Latinoamérica.<br />

Hasta ahora esa emergencia ha dado pasos tibios y a<br />

tropezones, sin encontrar un camino independiente.<br />

Cuando se ha encontrado en posición dominante,<br />

como ocurrió en octubre de 2003, la corriente que<br />

supuestamente representaba los intereses de campesinos<br />

indígenas ha rehuido ese propio camino,<br />

ha vuelto a asumir la ruta de los derrotados, en este<br />

caso de los neoliberales que estaban en plena huida.<br />

Para peor, se disfrazan de nacionalistas y llegan al<br />

extremo de reivindicar el éstado-nación colonial y<br />

su soberanía, es decir, los supuestos representantes<br />

del movimiento indígena terminan negándose a sí<br />

mismos.<br />

Hasta ahora no ha surgido una corriente indígena<br />

latinoamericana con el suficiente coraje como para<br />

plantarse y asumirse como alternativa civilizatoria y<br />

reclamar la devolución total de la soberanía al pueblo,<br />

a los pueblos. Sin embargo, cuando los pueblos<br />

indígenas se sientan a deliberar surgen espléndidas<br />

ideas como las que dieron contenido a la propuesta<br />

de Constitución que elaboró el Pacto de Unidad de<br />

las organizaciones indígenas originarias campesinas<br />

de Bolivia.<br />

Esa experiencia nos demuestra que es posible una<br />

respuesta a la crisis civilizatoria. Es la hora ya de<br />

crear un frente indígena y obrero que recupere esa<br />

extraordinaria experiencia y se plantee desterrar de<br />

una vez la corrupta cultura liberal capitalista, incluida<br />

su versión seudo-nacionalista.<br />

Referencias<br />

� CENTRAL OBRERA DEPARTAMENTAL DE ORURO, COD DE<br />

ORURO (2007). "La posición de la clase trabajadora en el<br />

momento actual". 20 de diciembre.<br />

� MAyORGA, F. (2007). Encrucijadas: ensayos sobre democracia y<br />

reforma estatal en bolivia. Cochabamba: CESU-UMSS. Gente<br />

Común.<br />

� UDAPE (2006). Economía y política económica. La Paz: Unidad de<br />

Análisis de <strong>Política</strong>s Sociales y Económicas.<br />

� ZAVALETA M. R. (1987). El poder dual. Cochabamba: Los amigos<br />

del libro.<br />

88<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ La cuestión civilizatoria ]


Marcela Olivera<br />

carta de Óscar olivera<br />

a la empresa canadiense Bata<br />

en huelga de hambre por abusos de su filial Manaco<br />

Cochabamba, Bolivia,<br />

julio 7 de 2008<br />

señora<br />

sOnja Bata<br />

Bata<br />

toronto-canadá<br />

Sra. Bata:<br />

Le escribe un obrero de nombre óscar Olivera, trabajador<br />

regular de la empresa Manaco desde el 12 de marzo de<br />

1979, quien el año 2003 fue privado de sus salarios en señal<br />

de represalia a raíz de una serie de denuncias contra la<br />

administración de Manaco que en ese entonces ejercía el<br />

Sr. Arturo Blanco. Usted recordará que mi persona, junto a<br />

varios trabajadores, le mandamos una carta en ese entonces.<br />

Esas denuncias, que eran ciertas, seguramente fueron<br />

luego comprobadas por la compañía, ya que supimos que el<br />

Sr. Blanco fue retirado de la firma Bata.<br />

Hoy, 21 trabajadores de diferentes fábricas en Bolivia nos<br />

encontramos en una huelga de hambre, uno de ellos es Alejandro<br />

Saravia, trabajador de 55 años, 28 de los cuales los<br />

pasó trabajando en Manaco, y quien fue retirado de la empresa,<br />

desde nuestra perspectiva, de manera injusta e ilegal.<br />

Este retiro ha visibilizado varias cosas que ocurren en esta<br />

fábrica y que enumero a continuación:<br />

1. Contratos de trabajo con los obreros nuevos donde se<br />

les induce a presentar datos falsos, como por ejemplo, el<br />

lugar donde viven para evitar el pago del transporte del<br />

obrero.<br />

2. En estos contratos se obliga a los trabajadores a RENUN-<br />

CIAR A SUS DERECHOS conseguidos por acuerdo de<br />

partes desde hace más de 60 años entre la Empresa y el<br />

Sindicato de trabajadores.<br />

3. Una discriminación laboral donde sólo a un sector, el de<br />

los empleados (que no forman parte del Sindicato), se<br />

le paga el beneficio del sobretiempo, que consiste en el<br />

pago doble por hora extra de trabajo, tal como señalan<br />

las leyes bolivianas. En cambio, a los obreros, quienes son<br />

parte del Sindicato y que ganan salarios mucho menores<br />

a los de los empleados, no se les paga este beneficio.<br />

4. Un acoso laboral que consiste en la intervención de la<br />

Policía en la revisión de casilleros de los obreros como si<br />

fueran delincuentes, algo que es absolutamente ilegal.<br />

5. Toma de fotografías a los obreros que reciben información<br />

de dirigentes de nuestras organizaciones, a quiene<br />

se les obliga a brindar información sobre estos hechos, y<br />

luego son convocados para llamarles la atención, lo que<br />

en la práctica es amenazarlos.<br />

6. Existe una evidente intromisión de algunos personeros<br />

de la empresa en las actividades del Sindicato, lo que<br />

también está prohibido por ley, así como por los Convenios<br />

de la OIT.<br />

Desde esta huelga de hambre, los 10 trabajadores y ex trabajadores<br />

de Manaco le decimos que estas actitudes dañan<br />

la imagen de BATA, contradicen la filosofía del Sr. Tomas<br />

Bata y olvidan que en el pasado las relaciones entre obreros<br />

y administradores se tejieron con base en esfuerzos conjuntos<br />

para construir bienestar en nuestras familias. Desde<br />

hace un tiempo atrás, desde la gestión de Arturo Blanco,<br />

estas condiciones de trabajo han desmejorado considerablemente.<br />

Por eso los invitamos a que nos escuchen, a que algún ejecutivo<br />

superior de Bata venga a Cochabamba, Bolivia, a ver en<br />

el terreno lo que pasa, para que sepan que no les estamos<br />

mintiendo y que los que dañan la imagen de esta empresa<br />

transnacional son algunos de los que hoy están a cargo de<br />

Manaco.<br />

Atentamente,<br />

Óscar Olivera FOrOnda<br />

Junio de 2008


Marcela Olivera<br />

e&P: ¿qué deja para nuestros pueblos la<br />

experiencia de ustedes en la Coordinadora<br />

del Agua de Bolivia?<br />

oo: creo que básicamente deja la experiencia de<br />

que sólo con la movilización de los trabajadores,<br />

del pueblo, de la gente del campo y la ciudad, va a<br />

ser posible la recuperación de nuestra propia voz, y<br />

como dicen los zapatistas “echar a andar la palabra”.<br />

Esta movilización de “recuperación de la Voz” nos ha<br />

permitido recuperar nuestra capacidad de decidir,<br />

que creo que es lo que exactamente queremos como<br />

democracia, no delegada, no representativa, sino una<br />

democracia donde la gente en grandes asambleas<br />

óscar Olivera es dirigente del sindicato de obreros fabriles<br />

de Cochabamba y ha desempeñado un importante papel<br />

en la Coordinadora del agua de esa ciudad,<br />

que en abril de 2000 derrotó la privatización del agua<br />

y expulsó a la transnacional Bechtel.<br />

y grandes cabildos tenga la capacidad de deliberar<br />

y tomar decisiones para construir su presente y su<br />

futuro.<br />

e&P: ¿crees que esa experiencia tan importante<br />

va a seguir repercutiendo en la historia de Bolivia,<br />

en los acontecimientos próximos a ocurrir?<br />

oo: yo creo que sí, creo que lo que no ha podido<br />

hacer el neoliberalismo aquí en nuestro pueblo, en<br />

nuestro país, es porque, primero, nuestro pueblo<br />

nunca ha perdido la memoria, y segundo nunca<br />

nos hemos quedado callados frente a la injusticia,<br />

a la imposición, frente al racismo y la exclusión. Así


hayan logrado privatizar todo en Bolivia antes del<br />

2000, lo que no han podido privatizar son nuestros<br />

sueños, y mientras eso no ocurra tenemos la enorme<br />

responsabilidad de seguir luchando por nuestros<br />

derechos y sueños mientras sigamos estando vivos.<br />

e&P: ¿cuál crees que sea el futuro<br />

desenvolvimiento de la actual ofensiva<br />

que tiene la derecha en Bolivia?<br />

oo: creo que, como lo dijimos hace unos días en el<br />

libro que presentamos, <strong>No</strong>sotros somos la Coordinadora,<br />

el pueblo es la Coordinadora, el pueblo ha sentido en<br />

la vida drástica y concreta, que solo con su capacidad<br />

Desde el 30 de junio Óscar Olivera, con otros trabajadores fabriles,<br />

está en huelga de hambre en las oficinas del Ministerio de Trabajo de<br />

Bolivia para protestar por el despido de un obrero y otros abusos<br />

de calzado Manaco, filial de la empresa canadiense Bata.<br />

de articulación para poder recuperar nuestras<br />

capacidades de indignarnos frente a la injusticia, la<br />

solidaridad, la igualdad, la fraternidad y a la capacidad<br />

de encontrar los objetivos comunes, nos podemos<br />

unir como pueblo, porque los enemigos son comunes,<br />

son enemigos de todos los pueblos. Los enemigos<br />

que existen aquí en Bolivia son exactamente los<br />

enemigos que existen en Colombia o en Sudáfrica, o<br />

en Sudán o en Irán o Irak, es el capital transnacional,<br />

son los partidos políticos de derecha, son los grandes<br />

reinos financieros internacionales, son todos los que<br />

quieren destruir la humanidad. y al tener enemigos<br />

comunes, las luchas son comunes y las victorias que<br />

hemos alcanzado hasta ahora y las que vamos a seguir<br />

alcanzando, son victorias de toda la humanidad.<br />

e&P: en Colombia estamos trabajando<br />

para convocar un referendo sobre el derecho al<br />

agua, ¿crees que esto es importante? ¿Qué puedes<br />

decirle a nuestra gente sobre esta tarea?<br />

oo: yo tuve el privilegio de pisar territorio<br />

colombiano y tuve el privilegio de compartir varios<br />

días con las hermanas y hermanos de Colombia,<br />

tanto del campo como de la ciudad, profesionales,<br />

campesinos, obreros, indígenas, y me sentí como<br />

nunca me había sentido en otro pueblo, como si<br />

estuviera en mi propia casa, y he aprendido dos<br />

cosas de los hermanos colombianos: una vez se me<br />

acercó un campesino y me dijo, “óscar , compañero,<br />

nosotros solamente somos visibles cuando nos<br />

movilizamos, si no, no existimos para el poder”. Eso<br />

me dejó muy marcado, y qué sabiduría la de este<br />

hermano. Otra frase que me impresionó mucho<br />

fue que me dijo, “en Colombia hemos comenzado a<br />

perder el miedo cuando hablamos del agua porque<br />

hablar del agua es hablar de la vida”. Creo que luchar<br />

por el agua en Colombia, como hemos luchado<br />

por el agua en Bolivia, es luchar por la vida y no se<br />

trata de una disputa simplemente por la gestión del<br />

agua, por una gestión comunitaria, pública, social y<br />

participativa o de expulsar a una u otra transnacional<br />

de la gestión de un bien público, creo que al luchar<br />

por el derecho al agua ante todo se trata de luchar por<br />

la gestión de la vida.<br />

Junio de 2008


entrevista<br />

con<br />

Alex Gálvez<br />

Ex ministro de Trabajo de Bolivia<br />

e&P: ¿desde cuando comenzaste a<br />

relacionarte con los movimientos sociales?<br />

aG: desde que comencé a trabajar a muy temprana<br />

edad, desde 1978, fui dirigente sindical, obrero fabril,<br />

textilero, primero de base, luego departamental<br />

de todos los sectores asalariados, y luego nacional<br />

de la COM. Luego me relacioné con organizaciones<br />

indígenas y campesinas a raíz del golpe de Estado<br />

de Alberto Natusch Busch y Luis García Mesa, en<br />

1981. Los golpistas mataron a varios dirigentes<br />

e intervinieron a la Central Obrera Boliviana, la<br />

máxima representación de los trabajadores; ahí<br />

mataron al líder del Partido Socialista 1, Marcelo<br />

Santacruz, uno de los hombres rescatables de<br />

la historia del país. últimamente también me<br />

he relacionado con las organizaciones obrera y<br />

populares de otros países, y he tenido oportunidad<br />

de ir a la Cumbre Social de Río.<br />

e&P: ¿eres indígena?<br />

aG: sí, soy de ascendencia aymara. En las ciudades de<br />

Bolivia viven muchos indígenas que se han trasladado<br />

desde el campo por la falta de tierras y recursos. Es<br />

así como gran parte de los obreros y de la dirigencia<br />

sindical somos indígenas.<br />

e&P: ¿qué significa para los indígenas<br />

el actual gobierno de Bolivia?<br />

aG: mucho. <strong>No</strong>s da la esperanza de encontrar un<br />

equilibrio de justicia en vivienda, educación, salud. Si el<br />

gobierno atiende más a la educación propia, podemos<br />

descolonizarnos en lo personal y en lo social.<br />

e&P: ¿por qué se dio una Asamblea<br />

Constituyente en Bolivia?<br />

aG: muchos sectores, fundamentalmente los


Alex Gálvez Mamani en Gijón, Asturias, España. Foto Soldepaz<br />

indígenas, hemos sido marginados desde la creación<br />

de la República de Bolivia. La mayoría de la población<br />

es indígena, pero en las muchas reformas durante<br />

la vida republicana siempre dejaron al margen.<br />

Ahora que elegimos un presidente indígena, y por las<br />

exigencias de varios sectores sociales, especialmente<br />

los indígenas, y hay que mencionar a los pueblos<br />

indígenas de las tierras bajas, del oriente, que<br />

levantaron la lucha por la constituyente. Pero no<br />

han sido sólo los indígenas sino todos los sectores<br />

populares los que han participado y han logrado una<br />

votación acorde con la participación popular.<br />

e&P: en el texto de nueva constitución que<br />

aprobó ya la Constituyente y va a ser sometido<br />

a la consideración del pueblo boliviano<br />

¿qué aspectos te parecen más importantes?<br />

aG: se está jugando la vida y la muerte que es la<br />

distribución de tierras. Los grandes ganaderos y<br />

grandes empresarios agroindustriales tienen fincas<br />

de hasta aproximadamente 250 mil hectáreas, pero<br />

en esas mismas zonas los originarios, que nacieron<br />

allí, no tienen ni una hectárea. Entonces en la<br />

Asamblea Constituyente se ha puesto un parámetro,<br />

que el máximo de tierra debe ser 10 mil hectáreas.<br />

Será parte de la consulta el tope por imponer a los<br />

latifundios. La nueva Constitución es entonces un<br />

golpe muy importante al latifundio, con el cual se<br />

juega el destino del país.<br />

e&P: y frente a los recursos naturales<br />

como el petróleo, el gas, las minas...<br />

aG: consideramos que estos recursos son para<br />

resolver necesidades prioritarias de nuestro país.<br />

Solamente se puede aceptar una explotación<br />

equilibrada. El gobierno del presidente Evo<br />

Morales, desde los primeros meses, ha tomado<br />

medidas para revertir la privatización y avanzar<br />

hacia la nacionalización, y ha logrado una mejora<br />

considerable en los ingresos recibidos por Bolivia.<br />

Anteriormente el Estado recibía unos 280 millones<br />

de dólares anuales, y en el primer año de Evo se llegó<br />

a más de 1.600 millones, y en el 2007 sobrepasó los 2<br />

mil millones de dólares. Esto es una buena señal hacia<br />

el futuro, porque además los ingresos percibidos<br />

están apuntando hacia la salud, la educación y<br />

la producción de alimentos. Como una parte<br />

importante se distribuye en forma descentralizada,<br />

es esencial que los gobiernos departamentales y<br />

los alcaldes también dirijan adecuadamente estos<br />

recursos económicos.<br />

e&P: y en cuanto a la protección de los<br />

ecosistemas, la biodiversidad, la naturaleza...<br />

aG: dentro del nuevo texto constitucional se<br />

establece la necesidad de un equilibrio entre<br />

los hombres y el resto de la naturaleza, con la<br />

Pacha mama. Somos muy respetuosos con el<br />

medioambiente porque sabemos que con una<br />

explotación hay muchos riesgos, por ejemplo, se<br />

pueden romper los conductos y también se producen<br />

otras contaminaciones, entonces hay que mantener<br />

un equilibrio entre la necesidad de los ingresos y la<br />

protección integral de la naturaleza.<br />

e&P: ¿por qué los líderes políticos de Santa Cruz<br />

han llamado a un referéndum para obtener una<br />

autonomía aparte de la Constitución?<br />

aG: es precisamente allí donde se encuentran<br />

los grandes propietarios que poseen las mayores<br />

extensiones de tierras. Allí están también los<br />

grandes empresarios de agronegocios, para cuyas<br />

empresas se importa diésel. Ellos alegremente<br />

quieren defender sus privilegios, el favoritismo del<br />

que han disfrutado, y mantener el dominio de la<br />

vida del Estado. <strong>No</strong> es como ellos dicen que quieren<br />

beneficiar a Santa Cruz, quieren beneficiarse ellos,<br />

impedir que se apliquen en Santa Cruz las normas<br />

de tierras y también las normas laborales y las que<br />

ordenan que dejen de tener esclavizados a nuestros<br />

hermanos guaraníes.<br />

e&P: ¿crees que van a tratar<br />

de independizarse de Bolivia?<br />

aG: sus intenciones son esas. Su texto autonómico<br />

apunta a separarse del país. Eso lo trabaja el pueblo<br />

con mucho cuidado. La gente pobre de la misma<br />

ciudad y los pueblos indígenas de Santa Cruz están en<br />

contra de ese Estatuto y han hecho cabildos en que<br />

han quemado el texto “autonómico” y proclamado<br />

que lo hacen porque solamente favorece a unos<br />

pocos empresarios y latifundistas.<br />

Junio de 2008


indÍGenAS de AMÉRicA<br />

estados<br />

plurinacionales<br />

y constituyente 1<br />

Ecuador, en el momento actual, se caracteriza por el hecho de que las<br />

fuerzas progresistas asumieron la bandera planteada por el movimien-<br />

to indígena en la década de los noventa para la elaboración de una nueva<br />

Constitución que reconozca la diversidad de una manera profunda a través<br />

de la plurinacionalidad. Los avances en los últimos veinte años han permitido<br />

pasar de la invisibilidad a la visibilidad, de la resistencia a la propuesta,<br />

y ahora, de la interculturalidad a la plurinacionalidad. Es importante<br />

tener en cuenta esto para analizar el actual proceso constituyente.<br />

La Constitución es simplemente un papel que ha sido fuente de frustración<br />

durante mucho tiempo. Varios derechos han sido incluidos pero<br />

los pueblos continúan siendo excluidos, empobrecidos, invisibilizados y<br />

oprimidos. Estamos ante un nuevo tipo de constitucionalismo que implica<br />

un proyecto político de país diferente, otra forma de cultura, de<br />

convivencia, de territorialidad, de institucionalidad del Estado.<br />

Se trata de un periodo nuevo, interesante pero muy difícil, ya que<br />

existen muchos enemigos internos y externos que están muy bien organizados.<br />

Lamentablemente, las fuerzas progresistas no se organizan<br />

tan bien como sus opositores. El actual modelo de Estado es homoge-<br />

[ 1] Intervención magistral realizada en el Encuentro Internacional “Pueblos indígenas,<br />

Estados plurinacionales y derecho al agua”, Quito, 12-14 de marzo de 2008 (editado<br />

por Lina Cahuasquí), Alainet.<br />

Archivo <strong>Cecoin</strong>


neizante porque implica una sola nación, cultura,<br />

derecho, ejército y religión. Esta idea de homogeneidad<br />

predomina en las cabezas de las élites, de<br />

la cultura, y hasta en las fuerzas progresistas que<br />

son o pueden ser aliadas de este proceso. De allí<br />

la importancia de defender otro tipo de unidad<br />

en la diversidad que no sea simplemente aceptada<br />

sino celebrada. La unidad no tiene por qué<br />

ser homogénea y tampoco la diversidad tiene<br />

que ser desintegración. Estos son los retos que<br />

debe enfrentar la nueva Constitución para que<br />

efectivamente el actual proceso político implique<br />

una importante ruptura con el colonialismo que<br />

no terminó con las independencias. Las diversas<br />

iniciativas políticas que están emergiendo en el<br />

continente solo pueden ser entendidas reconociendo<br />

la existencia de un profundo racismo en la<br />

sociedad. Por ejemplo, no podemos entender los<br />

conflictos en Bolivia sin antes recordar que para<br />

sus élites un indio es solo un indio y no conciben<br />

que haya llegado a ser presidente, porque según<br />

ellos no es competente. Si revisamos la historia<br />

recordaremos que en la Colonia creían que los indios<br />

no tenían alma y fue un papa, en 1537, quien<br />

tuvo que reconocer que sí la tenían. Han tenido<br />

que pasar quinientos años, un proceso histórico<br />

muy largo, para que un indio sea elegido democráticamente.<br />

En Venezuela también existe racismo, basta<br />

observar muchas de las críticas lanzadas contra<br />

el presidente Hugo Chávez que lo tildan de macaco<br />

y de no pertenecer a las élites blancas de la<br />

sociedad dominante. De allí la importancia del<br />

reconocimiento de la continuidad del colonialismo,<br />

y de que en el proceso constitucional, la plurinacionalidad<br />

es un acto de poscolonialidad que<br />

rompe con la herencia colonial. La independencia<br />

fue dada, concebida, conquistada por los descendientes<br />

de los colonizadores no por lo pueblos<br />

originarios; es decir, no fue realmente descolonizadora.<br />

En África sucedió todo lo contrario, las<br />

independencias se dieron por los territorios, por<br />

los países a los pueblos originarios con excepción<br />

de Sudáfrica que conquistó su independencia a<br />

mediados de los años noventa.<br />

Este nuevo tipo de constitucionalismo es importante<br />

pero no es exclusivo de América Latina. En<br />

el mundo existen varios países como Canadá,<br />

Suiza, Bélgica y España que se reconocen como<br />

plurinacionales. <strong>No</strong> se entiende entonces por qué<br />

el drama, el enfrentamiento y las dudas. En una<br />

reunión de la Secretaría Nacional de Planificación<br />

y Desarrollo (Senplades) a la cual fui invitado les<br />

preocupó que la plurinacionalidad desintegre y<br />

destruya el país, como también a un periódico<br />

de gran circulación en el Ecuador, y les expliqué<br />

por qué no deben tener miedo. Primero, la plurinacionalidad<br />

tiene como objetivo descolonizar<br />

el país debido a esa profunda herencia colonial.<br />

Segundo, exige otra concepción del territorio y<br />

del manejo de los recursos naturales. Es allí donde<br />

surgen los temores respecto a la propiedad<br />

de la tierra, el manejo de los beneficios y las<br />

ganancias que producen los recursos naturales.<br />

Este proceso político significa una nueva visión<br />

de país, una refundación del Estado ecuatoriano.<br />

Bolivia y Ecuador están inventando otro tipo de<br />

Boaventura de Sousa Santos<br />

LA UNIDAD NO TIENE POR QUé SER<br />

HOMOGéNEA y TAMPOCO LA DIVERSIDAD<br />

TIENE QUE SER DESINTEGRACIóN.<br />

Profesor de la Universidad de Coimbra (Portugal).<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Estado, uno moderno que amerita nuevas instituciones<br />

y nuevos territorios con un marco político diferente<br />

que permita pasar del discurso a la práctica,<br />

y que los cambios se reflejen de una manera visible.<br />

La plurinacionalidad es un acto fundacional o de refundación<br />

del Estado, y todos los actos fundacionales<br />

son transicionales. Pasar de las viejas estructuras<br />

a la construcción de nuevos Estados es un proceso<br />

de transición que no es únicamente político sino<br />

cultural, y que puede provocar enfrentamientos<br />

como está sucediendo en Ecuador y Bolivia. Son<br />

choques sobre la memoria entre aquellos que no<br />

pueden olvidar y los que no quieren recordar. Esta<br />

confrontación, que no es solo política sino también<br />

cultural, exige construir otro tipo de memoria.<br />

El nuevo modelo de Estado implica una nueva institucionalidad,<br />

otra territorialidad pero también otro<br />

modelo de desarrollo. De allí la importancia de las<br />

concepciones indígenas que están ganando terreno<br />

porque van más allá de las reivindicaciones puramente<br />

étnicas. Hoy en día el punto de vista de los<br />

pueblos indígenas es importante en el continente, y<br />

no solamente para ellos sino para todo el país porque<br />

el actual modelo de desarrollo está destruyendo los<br />

recursos naturales, el medioambiente, contaminando<br />

el agua, particularmente en Ecuador, como es el<br />

caso de la Texaco que durante treinta años causó pobreza,<br />

destrucción ambiental y contaminó las aguas.<br />

Este es un viejo modelo y posiblemente las palabras<br />

“de desarrollo” no sean las más adecuadas. Por qué<br />

entonces no utilizar la palabra “revivir” que tiene una<br />

connotación mucho más profunda y que da cuenta<br />

de una relación diferente con la Pacha Mama. El<br />

concepto de naturaleza es muy pobre comparado<br />

con el de Pacha Mama, que es más profundo y rico<br />

porque implica armonía y cosmovisión. Los indígenas<br />

colombianos suelen decir “El petróleo es la sangre<br />

de la tierra, es nuestra sangre, nuestra vitalidad,<br />

OIA<br />

si nos sacan la sangre nos matan”. Esta concepción, Archivo<br />

96<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Estados plurinacionales ]


que para los pueblos indígenas resulta muy natural,<br />

empieza a tener otra aceptación. <strong>No</strong> solamente está<br />

en juego una crisis del capitalismo sino la supervivencia<br />

de la humanidad si se mantiene el actual<br />

modelo de desarrollo.<br />

Este acto refundacional tiene una enorme potencialidad<br />

para el establecimiento de relaciones más<br />

amplias y el movimiento indígena tiene que estar<br />

preparado para la construcción de nuevas alianzas.<br />

Se trata también de otro modelo de democracia<br />

porque la actual es muy excluyente dado que ha<br />

marginado a las grandes mayorías de la mesa de<br />

las negociaciones y de las decisiones. Por tanto, es<br />

necesario democratizar la democracia con nuevas<br />

formas de participación más incluyentes que bien<br />

pueden ser de origen occidental como la democracia<br />

participativa o de origen comunitario como las<br />

formas indígenas. La Constitución boliviana, por<br />

ejemplo, distingue entre democracia representativa,<br />

y, democracia participativa y comunitaria.<br />

La democratización de la democracia va acompañada<br />

de otro proceso interesante que es el de la<br />

“ciudadanización” de la ciudadanía, es decir, la ampliación<br />

de la ciudadanía a formas de ciudadanía intercultural<br />

con diferentes maneras de pertenencia.<br />

Cuando me preguntan si la plurinacionalidad puede<br />

poner en peligro la unidad del país yo respondo<br />

rotundamente que no porque esa ha sido mi larga<br />

experiencia con los movimientos indígenas de este<br />

continente, que básicamente muestran dos cosas.<br />

Los pueblos indígenas son originariamente transnacionales<br />

como es el caso de los aymaras, quechuas,<br />

mapuches que fueron divididos en varios países y<br />

ahora son chilenos, argentinos, peruanos, ecuatorianos<br />

o bolivianos. Se reconocen simultáneamente<br />

con su identidad nacional indígena y también con la<br />

ciudadanía de su país. Han guardado además lealtad<br />

a sus países en guerras fronterizas participando con<br />

mucha valentía en los ejércitos nacionales. Un ejem-<br />

97<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Boaventura de Sousa Santos ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

plo de esta doble pertenencia lo podemos observar<br />

en Canadá, en donde no es lo mismo ser canadiense<br />

para un blanco que para un indígena, sin embargo,<br />

todos son canadienses de una manera muy distinta.<br />

Existen varias formas de pertenencia y, por tanto, de<br />

convivencia. La unidad en la diversidad es una nueva<br />

solidaridad social que puede tener un impacto muy<br />

fuerte en los territorios y recursos naturales. Pueden<br />

producirse enfrentamientos pero en las rupturas<br />

también existen continuidades. Por ello, es importante<br />

que estos conflictos sean manejados dentro<br />

de un marco pacífico y democrático.<br />

Pasar de la interculturalidad a la plurinacionalidad<br />

es un salto muy largo pero también en esto se da<br />

una continuidad. La actual Constitución <strong>Política</strong> del<br />

Ecuador establece las circunscripciones indígenas<br />

pero lamentablemente no fueron reglamentadas.<br />

Cuando me insisten en el riesgo de que la plurinacionalidad<br />

pudiera resquebrajar la unidad nacional,<br />

me pregunto, ¿dónde están las pruebas, los resultados<br />

de estos fenómenos? Por el contrario, los<br />

agronegocios y grandes latifundistas de Santa Cruz<br />

de la Sierra en Bolivia que plantean el separatismo,<br />

ellos sí constituyen un grave peligro para la unidad<br />

del Estado. Por tanto, la desintegración no viene de<br />

los pueblos indígenas.<br />

El objetivo de la plurinacionalidad no es solamente<br />

la idea del consenso sino del reconocimiento de las<br />

diferencias, de otra forma de cooperación nacional<br />

con unidad en la diversidad. Es un acto de justicia<br />

histórica que no puede ser resuelto como un tema<br />

LOS PUEBLOS INDíGENAS RECLAMAN<br />

PARTICIPACIóN EN LOS PROCESOS DE DECISIóN<br />

NO PARA ADUEñARSE DE LOS RECURSOS<br />

NATURALES SINO PARA DEVELAR<br />

OTRO TIPO DE SOLIDARIDAD NACIONAL.<br />

de geometría de la democracia representativa. ¿Cuál<br />

es el porcentaje de indígenas en Ecuador, 30, 20, 7<br />

mil personas? Cuanto más pequeña es la cantidad<br />

demuestra el nivel de exterminio y, por tanto, la plurinacionalidad<br />

tiene que ser más profunda. Un reto<br />

para la institucionalidad es compatibilizar la igualdad<br />

con la diferencia. Es difícil pero no imposible.<br />

Los pueblos indígenas son los defensores de la<br />

soberanía nacional en el actual periodo del neoliberalismo,<br />

en el que Estados Unidos, a través de la<br />

diplomacia y la estrategia militar han garantizado<br />

por años a sus multinacionales el libre acceso a<br />

los recursos naturales. Son para estos sectores<br />

que los pueblos indígenas constituyen una amenaza<br />

por sus concepciones de territorio, cosmovisiones<br />

y la propuesta de la plurinacionalidad.<br />

La arrogancia imperial no tiene límites al incluir<br />

los territorios indígenas y los recursos naturales<br />

como parte de su estrategia de seguridad nacional.<br />

Por ello, es importante analizar estos principios<br />

en Ecuador y Bolivia como procesos más<br />

amplios que deben enfrentar grandes desafíos.<br />

Varios son los retos que tiene el movimiento indígena,<br />

tales como el de articular identidad cultural<br />

con interculturalidad igualitaria, formas propias de<br />

gobierno con participación política en parlamentos,<br />

instituciones y otras formas organizativas que no<br />

sean indígenas, sin perder su integridad, autonomía<br />

y la característica propia de pueblos indígenas.<br />

Otro, superar las divisiones internas, que de hecho<br />

existen, y analizar profundamente los errores cometidos<br />

en el pasado reciente. Transformar las energías<br />

milenarias en conquistas políticas. La gente no puede<br />

continuar siendo humillada. Este proceso constitucional<br />

puede tener retrocesos pero es irreversible.<br />

La idea de la plurinacionalidad se traduce en una<br />

nueva institucionalidad, el concepto que nos propone<br />

es el de una asimetría constitucional. Las<br />

diferencias exigen instituciones apropiadas, y las<br />

98<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Estados plurinacionales ]


convergencias exigen instituciones compartidas<br />

como la democracia representativa que permite la<br />

votación electoral. Por tanto, tiene que haber compatibilización<br />

entre éstas y las formas propias de<br />

autogobierno indígena.<br />

El pluralismo jurídico es otra área que exige el reconocimiento<br />

de la jurisdicción como una institución<br />

con derecho propio, autónomo, que existe y coexiste<br />

con el derecho nacional. Las incompatibilidades se<br />

pueden resolver siempre y cuando los pueblos indígenas<br />

se sienten en la misma mesa de negociaciones<br />

y toma de decisiones para crear instituciones apropiadas<br />

o compatibles, como por ejemplo el Tribunal<br />

Constitucional Plurinacional propuesto en Bolivia.<br />

Ciertamente que no es fácil articular las viejas formas<br />

con la nueva institucionalidad de culturas, territorios,<br />

lenguas, cosmovisiones, pero es plenamente<br />

posible si asumimos que éste es un proceso transicional<br />

y, por tanto, un Estado experimental.<br />

La lucha empieza cuando termina la Constitución,<br />

no al revés. En este Estado experimental, la gente<br />

tiene temores y es necesario reconocer esos miedos<br />

para encontrar soluciones. En Bolivia hice una propuesta<br />

que lamentablemente no se pudo aplicar,<br />

quizás las condiciones en Ecuador sean diferentes.<br />

Consiste en la generación de un proceso global de<br />

participación popular que permita evaluar al cabo<br />

de cinco años los aspectos positivos, negativos o los<br />

fracasos de la nueva Constitución. Erróneamente se<br />

cree que la Constitución es algo permanente, pero<br />

no es así. Este proceso de experimentalismo puede<br />

disminuir los enfrentamientos, como en el caso de<br />

Bolivia en donde cada vez se agudiza el conflicto.<br />

La nueva territorialidad también implica el manejo<br />

de los recursos naturales, y el miedo de la derecha –e<br />

incluso de sectores progresistas– es que los pueblos<br />

indígenas se apropien del agua y de todos los recursos<br />

naturales. Esto refleja el nivel de racismo existente.<br />

PASAR DE LA INTERCULTURALIDAD<br />

A LA PLURINACIONALIDAD ES UN SALTO<br />

MUy LARGO PERO TAMBIéN EN ESTO<br />

SE DA UNA CONTINUIDAD.<br />

Los pueblos indígenas reclaman participación en<br />

los procesos de decisión no para adueñarse de los<br />

recursos naturales sino para develar otro tipo de<br />

solidaridad nacional, de reparto de los beneficios,<br />

de un manejo distinto que no destruya la tierra o<br />

contamine el agua, de una visión para el conjunto de<br />

la sociedad y no simplemente para ellos. Una concepción<br />

que permita vivir bien y no ponga en riesgo<br />

la supervivencia de los pueblos. Esta tarea no es fácil<br />

porque los medios de comunicación están en contra<br />

y el movimiento indígena no ha podido comunicar<br />

bien su visión de país, y tampoco ha logrado tejer<br />

alianzas con fuerzas progresistas e incluso aliados<br />

blancos que son actores importantes en este proceso.<br />

Los ecologistas son uno de ellos porque están<br />

luchando por entender mejor lo que es la Pacha<br />

Mama, una concepción absolutamente evidente<br />

para los indígenas que conciben los recursos naturales<br />

como parte de su cosmovisión, de su cultura,<br />

a diferencia de la cultura eurocéntrica que separa la<br />

naturaleza del resto.<br />

El movimiento feminista es otro potencial aliado<br />

que ha colocado la lucha de la mujer indígena contra<br />

el sexismo indígena en la sociedad blanca. Por tanto,<br />

es una alianza que se puede ampliar.<br />

Finalmente, Ecuador está en condiciones muy favorables<br />

para crear avances importantes en un marco<br />

de profundización democrática. Los ojos del mundo,<br />

y particularmente del continente, están puestos en<br />

él. Es una oportunidad histórica que no puede desperdiciar.<br />

99<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Boaventura de Sousa Santos ]<br />

Junio de 2008


entrevista<br />

con<br />

Luis Macas<br />

Ex presidente de la Confederación de<br />

Nacionalidades Indígenas del Ecuador<br />

(Conaie), y ex ministro de Agricultura<br />

de Ecuador .<br />

e&P: ¿nos puedes contar por qué hay<br />

una Asamblea Constituyente en Ecuador?<br />

lm: es una propuesta del movimiento indígena desde<br />

1990, cuando hubo el levantamiento, una movilización<br />

nacional con alrededor de medio millón o seiscientos<br />

mil gentes, en las carreteras, en las plazas. Nuestra<br />

primera intención era hacernos visibles en la sociedad<br />

y ante el Estado, porque cinco años atrás habían<br />

divulgado una estadística dirigida a la evaluación<br />

del sistema de educación intercultural bilingüe que<br />

habíamos arrancado en nuestras comunidades.<br />

Entonces los datos decían que solamente los indígenas<br />

estábamos presentes en cinco provincias y en el resto<br />

ya no existíamos. Según ellos, por ejemplo, en mi<br />

propia provincia, en Loja, no había indígenas, y en la<br />

provincia del Azuay tampoco. Esa era una forma de<br />

ocultar lo que pasaba en nuestro país.<br />

En cuanto a la cuestión de la tierra, tras la llamada<br />

reforma agraria de 1964, y luego tras la reforma de<br />

1973 las cosas no se habían resuelto, sino más bien se<br />

habían agravado. Se produjeron luchas locales, puedo<br />

enumerar Guamote en la provincia de Chimborazo;<br />

Cayambe en la provincia de Pichincha, cerca de Quito;<br />

Quigua en la provincia de Cotopaxi; fueron luchas<br />

que movieron cielo y tierra desde las provincias, y<br />

ello afectaba a los gobiernos de turno. Pensaban que<br />

había que aplastarnos y la forma era decir que no<br />

había indios. Cuando se entregaron algunas tierras,<br />

la mayoría no eran tierras buenas, cultivables, sino<br />

que se entregaron lo que se llama allá los huasipungos,<br />

lo que el mismo hacendado entregaba al indio que<br />

trabajaba para él, no para que fuera propietario de<br />

la tierra, sino como un agregado, que cultivaba una<br />

parcela para tener algo de comer, y trabajaba para el<br />

hacendado. Entregaron entonces esos pedacitos de<br />

tierra. Eso nunca resolvió el problema de la tenencia<br />

de la tierra.<br />

La educación bilingüe había empezado como una<br />

experiencia clandestina. Una vieja luchadora, una<br />

Mama nuestra, en 1936 empezó trabajando con la<br />

educación en lengua indígena. y esta experiencia siguió<br />

creciendo poquito a poco. Luego llegó a los Shuar en<br />

la Amazonia. En la década de los setenta, dirigentes y<br />

organizaciones la fortalecieron y esto de que surjan<br />

organizaciones, luchas por la tierra, movilizaciones<br />

locales, querían taparlo todo diciendo que no<br />

existíamos.<br />

Entonces sucede que se dio este levantamiento,<br />

esta gran movilización, y los políticos y los medios de<br />

comunicación dijeron “¿de dónde salieron? ¿Acaso hay<br />

tanto indio en este país?”, porque eran miles y miles<br />

de gentes, empezando por el límite con Colombia,<br />

Carchi, Imabura, Cotopaxi. Era muchedumbre<br />

de gentes, no eran cosas pequeñas. Se tomaron<br />

los estadios, llenaron los estadios. Entonces un


Soldepaz<br />

propósito era que nos vieran, que ahí estábamos,<br />

que la discriminación no nos dejaba ver y había que<br />

terminar la invisibilidad.<br />

Además, como habíamos entendido lo que es el<br />

Estado, dijimos que no estábamos de acuerdo con<br />

ese Estado y queríamos una asamblea constituyente,<br />

no pedíamos nada más. <strong>No</strong> fuimos a pedir que<br />

nos dieran herramientitas, no. Hemos planteado<br />

al presidente de ese entonces, Rodrigo Borja, la<br />

constituyente. Me acuerdo que el ministro de<br />

Gobierno de entonces, que ahora está prófugo por<br />

corrupción, nos preguntó ¿asamblea constituyente?<br />

¿Ustedes entienden qué quiere decir asamblea<br />

constituyente? Porque así nos tratan, como gente<br />

que no supiéramos absolutamente nada. <strong>No</strong>sotros<br />

le contestamos “lo que queremos es acabar con este<br />

Estado”. y tomaron el término exactamente y algunos<br />

dijeron “qué les pasa, ustedes vienen a subvertir el<br />

orden”. El ministro dijo “les entiendo, pero la gente no<br />

les va entender, ojalá les entiendan dentro de treinta<br />

o cuarenta años y entonces podrán lograr algo”. y<br />

parece cierto, pero fue un poco antes.<br />

ésta se convirtió en una lucha de los trabajadores,<br />

de los campesinos, de los pobladores urbanos por la<br />

asamblea constituyente. Porque lo que se logró es<br />

consensuar con la base de la sociedad durante estos<br />

tiempos, obviamente no con los políticos, sino con<br />

las alianzas de base que hemos ido estableciendo. Se<br />

entendió y ha sido claro que la insistencia del pueblo<br />

ha sido “asamblea constituyente”.<br />

En 1998 se dio una asamblea constituyente pero<br />

abortada porque, si bien es cierto nos reconocieron<br />

algunos derechos como la propiedad colectiva y las<br />

circunscripciones territoriales, nos goliaron cuando<br />

dijeron que se privatizaría el agua y se dijo que la<br />

forma de hacer reforma agraria era expandir<br />

la frontera agrícola hacia los páramos y la<br />

selva. y luego se atrevieron a decir que habían<br />

consensuado con los indígenas que no había<br />

reforma agraria.<br />

Quiero decir que la constituyente es una<br />

lucha de todos los sectores populares de<br />

nuestro país, que si bien es cierto fue puesta<br />

en la mesa del debate por el movimiento<br />

indígena, ahora es un sentir popular.<br />

Creo que el punto fundamental de<br />

la constituyente ha estado en nuestra<br />

agenda siempre, cuando se dio la<br />

fracasada alianza con Lucio Gutiérrez<br />

era un punto básico, pero él nunca la<br />

convocó. En el primer viaje que fue a<br />

Junio de 2008


Estados Unidos se entregó, se declaró aliado de Bush y<br />

ahí se terminó la alianza.<br />

El presidente Correa sí fue lo suficientemente<br />

inteligente para interpretar y catalizar todo esto, y<br />

no sólo la asamblea sino otros postulados. En toda su<br />

campaña electoral dijo que la asamblea constituyente<br />

era el objetivo y uno de los primeros puntos de su<br />

agenda. y a los dos meses de gobierno la convocó,<br />

primero con una consulta popular que ganó con<br />

una votación abrumadora, el 82% respondió que sí<br />

queríamos la asamblea.<br />

Al instalarse la asamblea constituyente se generó una<br />

expectativa muy grande. La gente está esperando<br />

los cambios y está siguiendo a través de los medios<br />

de comunicación qué temas se van discutiendo. Hay<br />

una preocupación; lo que nos preocupa es que el<br />

gobierno aunque tiene 80 asambleístas, no son un<br />

grupo homogéneo, políticamente hablando, sino un<br />

grupo muy heterogéneo. Hace pocas semanas fui a<br />

la asamblea con Boaventura de Souza, que nos visitó,<br />

y pude constatar que hay asambleístas de la propia<br />

coalición de gobierno que no están de acuerdo con<br />

los cambios ni con el reconocimiento de los derechos<br />

de las nacionalidades indígenas.<br />

e&P: ¿los indígenas tienen una propuesta?<br />

lm: tenemos una propuesta de constitución<br />

elaborada. Un proyecto completo e integral. <strong>No</strong><br />

simplemente una constitución para los pueblos<br />

indígenas, sino una constitución para todo el Ecuador,<br />

legislando sobre los derechos fundamentales, el tema<br />

ambiental, la economía. La propuesta está ahí pero<br />

tenemos temor de que se pueda lograr apenas un 10<br />

o 15 por ciento.<br />

e&P: una de las luchas importantes de la Conaie<br />

ha sido frente a las compañías petroleras y<br />

mineras. ¿Qué cambios ha habido o puede en<br />

Ecuador haber con respecto a este tema?<br />

lm: justamente es otro punto crítico. Las concesiones<br />

y los contratos hechos con las compañías petroleras<br />

ntrevista<br />

extranjeras en los gobiernos anteriores no han<br />

variado; siguen los mismos contratos y concesiones<br />

y siguen las transnacionales como si nada. <strong>No</strong> ha<br />

habido nada por parte del gobierno para cuestionar,<br />

por ejemplo, la participación del 80 por ciento que<br />

se llevan las compañías, mientras que sólo el 20 por<br />

ciento queda para la parte nacional, algo totalmente<br />

inequitativo, totalmente injusto. Además, la política<br />

de explotación no ha variado, esa vieja forma sigue<br />

presente: una política de explotación depredadora,<br />

extraccionista. Ese es el punto de crisis en nuestras<br />

relaciones con el gobierno.<br />

e&P: la declaración de derechos de los pueblos<br />

indígenas aprobada por la Asamblea General de<br />

las Naciones Unidas el 13 de septiembre pasado<br />

dice que se debe obtener el consentimiento<br />

previo informado del respectivo pueblo indígena<br />

para adelantar una explotación petrolera en un<br />

territorio indígena ¿se cumple ya esto en Ecuador?<br />

lm: desde antes el Convenio 169 de la OIT exigía una<br />

consulta previa, pero eso está escrito en el papel y no<br />

ha pasado de ahí. Ninguno de los pueblos afectado<br />

por la explotación petrolera ha sido consultado, y<br />

ninguna de las concesiones ha cumplido con este<br />

requisito, que es fundamental, no ha habido consulta<br />

previa jamás, ni para las concesiones petroleras, ni<br />

para las concesiones mineras, y este es un asunto que<br />

en el país va a reventar y es uno de los problemas que<br />

podría enfrentar el presidente Correa.<br />

El 95 por ciento de las áreas concesionadas son<br />

territorios indígenas. <strong>No</strong> quiero ser pesimista, pero si<br />

las cosas siguen como están, yo creo que la gente se<br />

va a levantar.<br />

Estas son las señales de que las cosas en nuestro<br />

país lastimosamente no han cambiado aún. <strong>No</strong> han<br />

cambiado para nada.<br />

Otra de las propuestas que está en nuestro proyecto<br />

de Constitución es dejar de depender del petróleo y<br />

reactivar la producción, especialmente la producción<br />

de alimentos. Porque del petróleo y la minería no<br />

vamos a vivir siempre.<br />

Luis<br />

Son recursos que se acaban y


producen daño ambiental. Además, desde antes el<br />

modelo económico produjo un gran desempleo y<br />

muchísima gente se ha ido del país a buscar trabajo<br />

e ingresos. <strong>No</strong>s hemos vuelto importadores de<br />

alimentos; hasta la papa ya se importa de Estados<br />

Unidos. Un objetivo fundamental es recuperar la<br />

soberanía alimentaria y para lograrlo hay que hacer<br />

reforma agraria, que no solamente no se ha aplicado,<br />

sino que se ha concentrado la propiedad territorial<br />

en un 9 por ciento de los propietarios, que tienen el<br />

63 por ciento de la tierra cultivable. Eso quiere decir<br />

que hay que resolver un problema estructural e ir a la<br />

reforma agraria, pero tampoco esto se ha dado.<br />

e&P: ustedes lograron parar la firma del TLC,<br />

¿cree que van a lograr cambiar la política petrolera<br />

y minera, reactivar la producción y defender la<br />

soberanía alimentaria?<br />

lm: seríamos demasiado irresponsables para que<br />

esto no lo pudiéramos hacer en el país. Vamos ha<br />

hacer todo lo posible y vamos a jugarnos el todo por<br />

el todo. Ahora mismo está trabajando un equipo de<br />

gente para responder a quienes nos han dicho que<br />

ese proyecto de constitución se tiene que explicar<br />

en su complejidad. Vamos a ir hasta las últimas<br />

consecuencias, pues si no se incorporan en la<br />

constitución nueva estos cambios fundamentales no<br />

hemos hecho nada. y entonces la gente va a tener que<br />

movilizarse otra vez, no hay duda.<br />

e&P: ¿qué opinan ustedes de la situación que<br />

vivimos en Colombia y del Plan Colombia?<br />

lm: siempre hemos estado en una posición única:<br />

ese no es un diseño de los colombianos, sino un<br />

diseño que viene del <strong>No</strong>rte, que tiene un aliado en<br />

el gobierno de Colombia, pero que no es un diseño<br />

para Colombia, sino un diseño regional. Creo que<br />

ahí se está jugando esa política que siempre ha<br />

jugado Estados Unidos para un área, una geopolítica<br />

en términos regionales. Por eso hemos dicho<br />

desde mucho antes de los acontecimientos críticos<br />

que recientemente han pasado: no queremos<br />

involucrarnos en estos problemas. <strong>No</strong> es nada<br />

conveniente ni aconsejable que el Ecuador esté<br />

secundando estas cosas. Pero sucedió que el<br />

entonces presidente Mahuad, sin siquiera pedir<br />

consentimiento al Congreso, consintió y firmó el<br />

acuerdo para establecer la base de Manta y ahí están<br />

los gringos norteamericanos. Hemos rechazado esta<br />

política de los gobiernos anteriores.<br />

Además, hay documentos públicos en que<br />

le hemos dicho al presidente Correa que hay que<br />

reclamar indemnización para las poblaciones del<br />

norte, para la gente que se está muriendo de cáncer<br />

o que tiene enfermedades, para la gente que se<br />

está muriendo de hambre porque le destruyeron<br />

los sembrados de alimentos por las fumigaciones<br />

aéreas con glifosato. Pero el presidente Correa dijo<br />

que iba a hacer que pidan las disculpas y con eso<br />

bastaba. Ahora hay una guerra verbal terrible, pero<br />

yo sí creo que somos los pueblos los que pagamos<br />

los platos rotos en toda la frontera, por ejemplo el<br />

pueblo Awá, cuyo territorio está a ambos lados de la<br />

frontera, estamos sufriendo los impactos; en Carchi,<br />

en Sucumbiós, que son pueblos indígenas y también<br />

colonos.<br />

La crisis ha llegado por no ser más frontal el<br />

gobierno ecuatoriano contra el Plan Colombia; por<br />

no decir y hacer todo lo que tiene que decir y hacer,<br />

y mantener una doblez, ahora nos cayeron con ese<br />

bombardeo dentro del territorio ecuatoriano, porque<br />

antes no se actuó de acuerdo con las exigencias de la<br />

población asentada en la frontera. Se sabía que hay<br />

que exigir que se indemnice a esa población, pero no<br />

se había hecho esta exigencia antes.<br />

Mientras dure el conflicto interno de Colombia<br />

habrá problemas en la frontera. <strong>No</strong> se trata de poner<br />

allí más militares sino de fortalecer las fronteras vivas<br />

que son las comunidades, que están abandonadas<br />

desde hace mucho.<br />

Siendo un problema regional, hay que ver las<br />

intenciones de desbaratar todo el aire nuevo que<br />

hay en América Latina, quieren que esa euforia del<br />

pueblo por vivir una época de transición y de cambios<br />

en la región, sea desmantelada a través del gobierno<br />

colombiano, pero eso viene de arriba, del norte que<br />

ha armado esto.<br />

Macas<br />

Entrevistó Héctor Mondragón, <strong>Cecoin</strong>,<br />

para <strong>Etnias</strong> & <strong>Política</strong>, en abril de 2008.<br />

Junio de 2008


indÍGenAS de AMÉRicA<br />

Autonomías indígenas y comunalidad:<br />

debates y propuestas<br />

para el estudio y la praxis<br />

de las autonomías<br />

en el estado de oaxaca<br />

introducción<br />

El estado de Oaxaca está ubicado en la parte sureste del país, colinda al norte<br />

con Veracruz y Puebla, al sur con el Pacífico, al oeste con Guerrero y al este<br />

con Chiapas, con una variedad impresionante de<br />

climas, recursos, flora y fauna. Oaxaca es atravesada<br />

por la Sierra Madre Oriental y por la Sierra<br />

Madre del Sur. En Oaxaca se desarrollan 15<br />

grupos etnolingüísticos1 reconocidos oficialmente:<br />

amuzgos, mixtecos, ixcatecos,<br />

chochos, triquis, chatinos, nahuas,<br />

chontales, zapotecos, cuicatecos,<br />

mazatecos, chinantecos, huaves,<br />

zoques y mixes. Algunos de ellos<br />

son minoritarios, no rebasan los<br />

[1] Sin embargo, existe una gran diversidad que<br />

supera los 15 grupos reconocidos; tan solo para<br />

el caso de los zapotecos se reconoce una gran<br />

variedad tanto lingüística como cultural.<br />

Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.


10.000 habitantes; otros, como los zapotecos, los<br />

mixtecos o los mazatecos superan los 100.000. El<br />

total de la población indígena según estimaciones<br />

del Instituto Nacional de Estadística, Geografía<br />

e Informática (Inegi) en el Censo del 2000, es de<br />

1’684.426 indígenas, de una población total de<br />

3’438.765 para el 2000. 2 Administrativamente el<br />

estado cuenta con 570 municipios.<br />

El estado de Oaxaca es uno de los más pobres del<br />

país, junto con los estados de Guerrero y Chiapas,<br />

en los cuales además se presenta un grado alto<br />

de población indígena. Tan solo para el caso de<br />

Oaxaca se reconoce que el 94,9% de los municipios<br />

considerados como indígenas viven bajo<br />

condiciones de marginalidad muy alta, alta o<br />

media, condición que comparte con los estados<br />

antes mencionados.<br />

Bajo esta lógica, este estado tan complejo ha<br />

adoptado como una de las formas concretas de<br />

autodeterminación la demanda de autonomía,<br />

demanda que además se visualiza como una<br />

forma ancestral y propia de organización, sin la<br />

cual no se entendería la amplia resistencia que<br />

los pueblos han mostrado a lo largo de cientos<br />

de años. Se señala a lo largo y ancho de estas<br />

comunidades que no existen términos propios o<br />

en lenguas locales para referirse a este concepto,<br />

sin embargo, la coincidencia se presenta en este<br />

punto: las autonomías de facto, las cuales se viven<br />

y se practican en pueblos y comunidades en<br />

convivencia no equitativa con formas nacionales.<br />

Este camino ha llevado a pueblos y comunidades<br />

a transitar por un sin fin de acontecimientos<br />

[2] Indicadores socioeconómicos de los pueblos<br />

indígenas de México, 2002. Según datos de INI-<br />

Conapo e Inegi.<br />

isis contreras<br />

en los cuales la voz y el pensamiento indígena<br />

han quedado plasmados, tal es el caso del movimiento<br />

amplio desarrollado durante el 2006 y<br />

2007, cuya demanda principal giró en torno a la<br />

destitución del gobernador de este estado Ulises<br />

Ruiz, y dio pie a la conformación de la Asamblea<br />

Popular de los Pueblos de Oaxaca (APPO), 3 que si<br />

bien cayó en varios vicios políticos y una sofocación<br />

violenta, es reflejo del poder de esta palabra<br />

y de estas visiones que se desarrollan constantemente<br />

en pueblos y comunidades indígenas de<br />

este estado.<br />

En este sentido, este trabajo pretende mostrar<br />

una serie de debates que se desarrollan en estos<br />

pueblos, así como una interpretación desde una<br />

visión antropológica, teniendo como eje la demanda<br />

actual de autonomía.<br />

Antecedentes de la demanda de<br />

autonomía en el estado de oaxaca<br />

Las autonomías indígenas en México, como una<br />

de las tendencias de la libre determinación, son<br />

relativamente una nueva estrategia política de<br />

pueblos y comunidades indígenas frente a los<br />

Estados-nación en los cuales se desarrollan, y<br />

han sido abordadas desde el ámbito intelectual<br />

y político desde diversas posturas. Estos debates<br />

se han dado con un constante enriquecimiento<br />

y debate desde diversas experiencias a lo largo de<br />

varios pueblos y comunidades indígenas. Para el<br />

caso de América Latina esta demanda ha sido de<br />

[3] Para mayor información consultar las páginas:<br />

http://mexico.indymedia.org/Oaxaca, http://<br />

www.oaxacalibre.org/oaxlibre/index.php y http://<br />

maldeojotv.net/<br />

Antropóloga, Universidad Autónoma Metropolitana.<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

igual forma un camino transitado, con un recorrido<br />

importante en países como Bolivia, Brasil, Nicaragua<br />

y Ecuador.<br />

Estas demandas, para el caso de México, se encuentran<br />

mayormente ancladas en debates y en proble-<br />

Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.<br />

máticas incluso violentas, a pesar de la existencia de<br />

un ámbito en el cual se están desarrollando de facto.<br />

En este sentido, en México, las autonomías continúan<br />

siendo un reto en el marco del reconocimiento<br />

jurídico abogando por reconocer lo que de hecho<br />

existe. Pero esta problemática es aún más compleja,<br />

puesto que tales demandas, a pesar de ser legitimadas<br />

política y jurídicamente en espacios amplios<br />

como el estatal para el caso de Oaxaca, continúan<br />

siendo paradójicamente violentadas.<br />

Dentro del panorama nacional son los estados de<br />

Guerrero, Oaxaca y Chiapas con mayor presencia<br />

de población indígena, en donde se observan<br />

condiciones e índices más altos de pobreza a nivel<br />

nacional. 4 De igual forma, llama la atención que es<br />

precisamente en estos estados que ha florecido y se<br />

ha impulsado de manera importante la práctica de<br />

las autonomías, en ese sentido se visualiza a estas<br />

como una estrategia de sobrevivencia y reproducción<br />

frente a los Estados-nación5 en los cuales se<br />

desenvuelven.<br />

Un recuento breve del camino de las autonomías<br />

lleva a plantearlas dentro de un marco histórico de<br />

resistencias, luchas o rebeliones, en una serie de<br />

movilizaciones tan antiguas como la historia de las<br />

[4] Más adelante presento datos estadísticos al respecto,<br />

sin embargo, estos análisis estadísticos dejan fuera<br />

otros elementos como lo han demandado pueblos y<br />

comunidades indígenas, por ejemplo, valores humanos,<br />

o conocimientos ancestrales, visualizados como una<br />

riqueza humana.<br />

[5] La nación es una comunidad humana estable, surgida<br />

históricamente como la forma de establecer hegemonía<br />

burguesa; esto es, su predominio político, económico,<br />

social y cultural sobre un territorio que reclama como el<br />

ámbito de su producción y como su mercado interior de<br />

mercancías y fuerza de trabajo; estableciendo así mismo,<br />

una imposición lingüística y cultural sobre poblaciones<br />

generalmente heterogéneas en su composición étniconacional<br />

(Castellanos y Rivas, 1992).<br />

106<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


movilizaciones étnicas frente a los “otros” colonizadores,<br />

e incluso a las disputas precoloniales en que<br />

se encontraban los diversos grupos en el estado de<br />

Oaxaca. Posteriormente, estas pugnas continuarán<br />

con el establecimiento de la figura del estado y de<br />

la conformación de pequeños poblados que darán<br />

origen al municipio.<br />

Así por ejemplo, para el caso de la Mixteca oaxaqueña<br />

Francisco Barcenas, originario de esta región, desarrolla<br />

esta visión en la cual observa rebeliones de<br />

autonomía remontándose a conflictos entre grupos<br />

mixtecos y grupos mexicas, lo cual después se vivirá<br />

en rebeliones frente a la dominación española, continuando<br />

con rebeliones importantes porque aun<br />

después de la conformación del Estado-nación las<br />

comunidades continuarán bajo una colonización<br />

interna: “Durante el siglo XIX y principios del XX los<br />

pueblos mixtecos sostuvieron diversas rebeliones<br />

en contra de las fuerzas políticas ajenas que trataban<br />

de dominarlos para imponerles sus intereses, con lo<br />

cual violentaban sus derechos históricos, políticos,<br />

económicos y culturales” (Bárcenas, 2007).<br />

La historia de estas rebeliones, con diversas demandas<br />

y tintes, que se pueden observar en prácticas<br />

cotidianas, marcará la historia de estas reivindicaciones,<br />

en donde las resistencias además se dan en<br />

todos los ámbitos de la vida social y cultural. Posteriormente,<br />

ya durante el siglo XX, emanarán<br />

movimientos amplios en donde la condicionante<br />

no será la etnicidad, sino un movimiento amplio: el<br />

campesino, que durante las décadas de los sesenta<br />

y setenta será el sujeto político que reivindicará<br />

demandas propias del sector agrícola en el sentido<br />

marxista como clase social y clase explotada, es decir,<br />

como proletariado agrícola; esta visión, y el auge<br />

de otros movimientos como el estudiantil, llevan a<br />

visualizar la importancia de alianzas entre “los sectores<br />

oprimidos”; bajo estas lógicas se da, por ejemplo,<br />

DUN RECUENTO BREVE DEL CAMINO<br />

DE LAS AUTONOMíAS LLEVA A PLANTEARLAS<br />

DENTRO DE UN MARCO HISTóRICO<br />

DE RESISTENCIAS.<br />

la conformación de la Coalición Obrero Campesino<br />

Estudiantil de Oaxaca y la Coalición Obrera Campesino<br />

Estudiantil del Istmo (Cocei).<br />

Posteriormente, el movimiento campesino dará<br />

paso al movimiento etnopolítico, en donde se comienzan<br />

a visualizar ciertas especificidades de este<br />

sector:<br />

Después del movimiento campesino, en los setenta<br />

comenzaron a formarse organizaciones<br />

que englobaron sus demandas en un discurso<br />

de reivindicación étnica. Esas organizaciones<br />

ya no se orientaron solamente a la defensa y a<br />

la lucha por la tierra, sino que delinearon estrategias<br />

vinculadas a la lucha por el poder local y<br />

en contra de cacicazgos, por la apropiación del<br />

proceso productivo, por la defensa cultural, de<br />

procuración de justicia y derechos humanos,<br />

así como de revaloración de las instituciones<br />

políticas tradicionales, posteriormente conquistada<br />

en el marco del derecho internacional<br />

(Sánchez, 1999).<br />

Pero será hasta la década de los ochenta cuando en<br />

Oaxaca el movimiento étnico-político acrecentará<br />

su fuerza y sus demandas como grupo:<br />

Las primeras organizaciones etnopolíticas<br />

en Oaxaca se constituyeron a principios de la<br />

década de los ochenta. Estas organizaciones<br />

surgieron como resultado del trabajo organizativo<br />

y pastoral de varios sectores, como el<br />

magisterio y la Iglesia católica, así como de la<br />

experiencia de lucha campesina de la década<br />

107<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

anterior … son dos las principales condiciones<br />

que confluyeron para dar vida a estas organizaciones<br />

regionales con demandas y propuestas<br />

claramente étnicas: la lucha local contra caciquismo<br />

y explotación, y el surgimiento de intelectuales<br />

indios (Maldonado, 2003, p. 17).<br />

Es a través de estas organizaciones que la demanda<br />

de autodeterminación comienza a aparecer en el<br />

espacio público y privado, principalmente entre la<br />

Organización de Defensa de Recursos Naturales y<br />

Desarrollo Social de la Sierra Juárez A C (Odrenasij),<br />

el Comité de Defensa de los Recursos Naturales y<br />

Humanos Mixes (Codremi), y el Comité Organizador<br />

y de Consulta para la Unión de los Pueblos de la<br />

Sierra <strong>No</strong>rte de Oaxaca (Codeco), como demanda y<br />

como una condición antigua de pueblos y comunidades:<br />

“la libertad o autodeterminación comunitaria<br />

era entendida como herencia ancestral, tradicional,<br />

que era necesario no conquistar, sino conservar y<br />

defender frente a las amenazas externas y el sistema<br />

de poder opresivo nacional” (Sánchez,1999).<br />

En este sentido se comienza a vislumbrar la condición<br />

comunitaria de las demandas de autodeterminación,<br />

que darán pie a la comunalidad y a la<br />

reivindicación de una autonomía comunitaria. 6<br />

Así, las nuevas dinámicas del movimiento étnico<br />

en este Estado se encontrarán con la organización y<br />

rebelión de grupos indígenas del estado vecino de<br />

Chiapas, que bajo condiciones semejantes de marginación,<br />

exclusión, pobreza, cacicazgo, entre otras,<br />

[6] Para el caso de los mixes o ayuujk, este comunitarismo<br />

y la demanda por una autodeterminación comunitaria se<br />

verán fuertemente influidos por la historia caciquil que<br />

privó hasta esta década de los ochenta con una fuerte<br />

violencia y sojuzgamiento de todas las comunidades<br />

mixes a una sola, la comunidad de Zacatepec en manos<br />

de una sola persona, el cacique Luis Rodríguez, en donde<br />

posteriormente se instalaría el Distrito Mixe.<br />

darán fuerza al movimiento étnico en el estado de<br />

Oaxaca, que poco tiempo después, al igual que el<br />

movimiento Neo-Zapatista del Ejército Zapatista de<br />

Liberación Nacional (EZLN), hará suya la reivindicación<br />

de autonomía.<br />

derecho indígena y constitución de 1995<br />

En esta investigación el concepto de campo es útil<br />

para la comprensión de las luchas de poder, las dinámicas<br />

de las autonomías en el marco de campos y<br />

arenas en donde unos y otros echan a andar estrategias<br />

por el control. Para el caso de Oaxaca, y tras el surgimiento<br />

de la demanda de autonomía, comienzan a<br />

generarse procesos encaminados a conseguir este fin.<br />

Así, el ámbito jurídico será el campo en el cual los intelectuales<br />

indígenas tendrán avances importantes.<br />

En este sentido, el derecho indígena se ha regido<br />

como “un conjunto de arenas de disputa en las que<br />

confluyen diversos aspectos culturales como lo<br />

político, lo cultural, lo social y lo económico, y es un<br />

punto de partida para comprender las dinámicas<br />

internas de las comunidades indígenas y su relación<br />

con el Estado mexicano” (Cruz, 2007, p. 23).<br />

De esta manera, el estado de Oaxaca se erige como<br />

el estado con mayores avances en materia de legislación<br />

indígena, y la más sobresaliente corresponde<br />

a la de 1998 con la modificación del artículo 16 de la<br />

Constitución de este estado, en donde formalmente<br />

se reconoce el derecho de los pueblos y las comunidades<br />

a regirse por sus usos y costumbres, además<br />

de reconocerse la capacidad de autonomía:<br />

El derecho a la libre determinación de los pueblos<br />

y comunidades indígenas se expresa como<br />

autonomía, en tanto partes integrantes del estado<br />

de Oaxaca, en el marco del orden jurídico;<br />

por tanto dichos pueblos y comunidades tienen<br />

personalidad jurídica de derecho público y<br />

gozan de derechos sociales.<br />

108<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


Así mismo, el estado reconoce a los pueblos<br />

y comunidades indígenas sus formas de organización<br />

social, política y de gobierno, sus<br />

sistemas normativos internos, la jurisdicción<br />

que tendrán en sus territorios, su participación<br />

en el quehacer educativo y en los planes y programas<br />

de desarrollo, sus formas de expresión<br />

religiosa y artística, la protección de las mismas<br />

y de su acervo cultural y en general para todos<br />

sus elementos que configuran su identidad.<br />

En la Ley Indígena de este estado, promulgada el mismo<br />

año, además se reconocen las autoridades locales<br />

y los usos y costumbres como un sistema válido para<br />

impartir justicia, en el artículo 29 se menciona: “el<br />

Estado de Oaxaca reconoce la validez de las normas<br />

internas de los pueblos y comunidades indígenas …<br />

siempre y cuando no contravengan la Constitución<br />

política del estado, las leyes estatales vigentes, ni vulneren<br />

derechos humanos ni de terceros”.<br />

Sin embargo, y a pesar de estos logros, el sistema<br />

Oaxaqueño y las comunidades enfrentan toda una<br />

serie de contradicciones en la aplicación y uso de<br />

estas normas, además de una serie de irregularidades<br />

importantes en materia de violación de derechos<br />

humanos y de la autonomía reconocida de los<br />

pueblos indígenas. En este sentido, Kraemer (2008)<br />

reconoce el valor simbólico de estas propuestas, aunadas<br />

a una serie de modificaciones en materia de<br />

educación intercultural e indígena que desarrollaré<br />

más adelante, sin embargo, aboga por reparar en<br />

el carácter de sistemas en conflicto, en cuanto a la<br />

relación del derecho universal o constitucional y el<br />

derecho indígena o consuetudinario, en este sentido<br />

observa que en realidad no se da una articulación<br />

entre ambos sistemas, como se proponía , ya que<br />

“una auténtica articulación supone que los sistemas<br />

en contacto se enriquecen y fortalecen mutuamente”,<br />

sino que más bien “lo que prevalece es un fun-<br />

Indymedia<br />

cionamiento paralelo de sistemas distintos y el uso<br />

estratégico de las alternativas abiertas”.<br />

En este nivel la influencia del EZLN con la propuesta<br />

de los Acuerdos de San Andrés, en donde se da la<br />

aparente negociación entre el gobierno federal y<br />

este movimiento Indígena, y la posterior negación<br />

y rechazo de esta por parte del mismo gobierno<br />

federal, llevará a varias organizaciones indígenas del<br />

estado de Oaxaca a replantear los niveles y alcances<br />

mediante este nivel jurídico:<br />

109<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Con la ausencia de mecanismos constitucionales<br />

que hagan posible la libre determinación y<br />

la autonomía, los derechos indígenas estarán<br />

quedando prácticamente mutilados. Con el<br />

desconocimiento constitucional de la comunidad<br />

y del municipio indígena, así como de las<br />

posibilidades de asociación de los mismos –tal<br />

como lo plantea la iniciativa de la Cocopa– la<br />

reconstitución el desarrollo de los pueblos<br />

indígenas, seguirá estando solo en discursos,<br />

pero no en el terreno de la construcción práctica”<br />

(Resoluciones del Foro estatal Indígena<br />

de Oaxaca, mayo del 2001, documento presentado<br />

ante la LVII legislatura del estado de<br />

Oaxaca).<br />

Después de este recorrido el panorama de pugnas<br />

dentro de este campo continúa siendo una arena<br />

importante de disputa, ya que la “reivindicación del<br />

derecho indígena y reforma constitucional y legal del<br />

estado (es)… uno de los ejes en los cuales se concentra<br />

actualmente la tensión de la relación entre los<br />

pueblos indígenas y los estados” (Iturralde, 1997).<br />

Dentro del ámbito de estas disputas del derecho, en<br />

el plano internacional también se han marcado tensiones<br />

y contradicciones:<br />

uno de los preceptos más importantes que<br />

establece el Convenio 169 de la Organización<br />

Internacional del Trabajo (OIT) –y del cual<br />

México es firmante– es el reconocimiento<br />

de que las sociedades indígenas constituyen<br />

“pueblos”, es decir, colectividades que poseen<br />

su propia especificidad histórica y cultural [sin<br />

embargo]… inconformó a los pueblos indígenas:<br />

reconoció las nociones de “autodeterminación<br />

externa” y “autodeterminación interna”<br />

(reconociendo a las comunidades indígenas<br />

como pueblos pero) solo reconoce a aquellas<br />

su derecho a la autodeterminación interna<br />

(Hernández, 2006).<br />

Visión comunalista de las autonomías<br />

La propuesta oaxaqueña en torno a las autonomías<br />

se ha desarrollado principalmente a través de la<br />

visión comunalista de las mismas, visión que nace<br />

y se genera desde la realidad oaxaqueña en donde<br />

coexisten 570 pueblos constituidos jurídicamente<br />

desde el estado en municipios, integrado por 9.826<br />

comunidades, dentro de las cuales conviven 15 grupos<br />

etnolingüísticos reconocidos y afromestizos de<br />

la costa oaxaqueña.<br />

Esta visión comunalista surge dentro de la visión<br />

antropológica de indígenas mixes y zapotecos, en un<br />

intento de entablar un diálogo entre la antropología,<br />

la praxis política y la visión emic o desde adentro. Siendo<br />

el comunalismo una forma de entender el colectivismo<br />

que se vive y práctica en las comunidades de<br />

Oaxaca. “Tal es en síntesis la idea de la comunalidad:<br />

cuatro elementos centrales (territorio, trabajo, poder<br />

y fiesta comunales) 7 que son atravesados por los<br />

demás elementos de la cultura (lengua, cosmovisión,<br />

religiosidad, conocimientos, tecnologías, etcétera) en<br />

un proceso cíclico permanente” (Maldonado, 2003).<br />

Para Floriberto Díaz ayuujk8 de Tlahuitoltepec el<br />

debate de las autonomías parten de la vida en comunidad:<br />

…no se entiende una comunidad indígena solamente<br />

como un conjunto de casas con personas,<br />

sino de personas con historia, pasada,<br />

[7] Básicamente, estos cuatro elementos son los<br />

que visualizaran y plasmaran los ideólogos de la<br />

comunalidad, como propios de las comunidades<br />

oaxaqueñas. Los principales teóricos de esta postura<br />

son: Juan José Rendón, Floriberto Díaz, Benjamín<br />

Maldonado, Joel Aquino, Jaime Luna, Adelfo Regino y<br />

Gustavo Esteva.<br />

[8] Autoadscripción del grupo mixe, con ciertas<br />

variaciones dependiendo de la variante lingüística.<br />

110<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


presente y futura, que no sólo se pueden definir<br />

concretamente, físicamente, sino también espiritualmente<br />

en relación con la naturaleza toda.<br />

Pero lo que podemos apreciar de la comunidad,<br />

es lo más visible, lo tangible, lo fenoménico. En<br />

una comunidad9 se establece una serie de relaciones,<br />

primero entre la gente y el espacio, y en<br />

segundo término, entre las personas. Para estas<br />

relaciones existen reglas, interpretadas a partir<br />

de la propia naturaleza y definidas con las experiencias<br />

de las generaciones (Díaz, 2004).<br />

Floriberto Díaz observa la relación complementaria<br />

e indisociable del pueblo y del territorio:<br />

En la variante tlahuitoltepecana de ayuujk,<br />

la comunidad se describe como algo físico,<br />

aparentemente, con las palabras de näjx, käjp<br />

(näjx: tierra; käjp: pueblo). Interpretando, näjx<br />

hace posible la existencia de käjp pero käjp le<br />

da sentido a näjx (Díaz, 2004).<br />

Para Maldonado, la comunalidad se presenta como<br />

parte indisociable de la resistencia india: 10<br />

[9] Para Juan José Rendón, comunalista zapoteco, la<br />

comunidad india como la denomina, “es un núcleo que<br />

subsiste con base en el cultivo de la milpa, se organiza<br />

y resiste apoyado en un modo de vida comunal y se<br />

mantiene unido a través de una red de relaciones de<br />

parentesco y con una identidad que gira en torno a<br />

símbolos culturales y el conocimiento más o menos<br />

objetivo, de la historia y del territorio, base de su<br />

asentamiento” (Rendón, 2003).<br />

[10] Miguel Bartolomé desarrolla el concepto de<br />

“cultura de resistencia”, para referirse no a la resistencia<br />

cultural sino a “El mantenimiento durante siglos de<br />

lenguas, tradiciones y específicos procesos de producción<br />

de significados, aún en el marco de las compulsiones<br />

coloniales sugiere la presencia de lo que podríamos<br />

denominar, un espacio interior de las sociedades<br />

colonizadas. Espacio que han tratado de mantener al<br />

margen de la presencia del dominador y dentro del cual<br />

se reproducen tradiciones milenarias … <strong>No</strong> se trata de<br />

una sufrida adaptación pasiva, sino de una lucha activa<br />

Si la comunidad es la esencia del ser indio y los<br />

indios han seguido siéndolo porque han resistido<br />

a la dominación, entonces la comunalidad<br />

es también el cimiento de la resistencia y por<br />

tanto la incubadora de la liberación (Maldonado,<br />

2003).<br />

Así, las autonomías planteadas desde una visión<br />

de resistencia, en el marco del ámbito territorionaturaleza,<br />

lleva a esta propuesta a plantear una<br />

autonomía comunitaria:<br />

autonomía significa el derecho a conservar,<br />

desarrollar y defender la posesión comunal de<br />

nuestras tierras…; el derecho a organizarnos de<br />

acuerdo a nuestra propia decisión comunitaria,<br />

tanto a nivel local, como a nivel regional y más<br />

allá de nuestras regiones…11 (Díaz, 2003).<br />

Las críticas más fuertes ante esta visión comunitaria<br />

han girado en torno a encerrar a las comunidades<br />

en sí mismas, es decir, dentro de un comunitarismo<br />

cerrado, sin embargo, varios ideólogos de esta postura<br />

aseguran que esta visión prevé fortalecer desde<br />

las comunidades estos procesos para enmarcarlos<br />

en ámbitos más amplios; así por ejemplo, esto se<br />

–a veces silenciosa y cotidiana–. Desarrollada durante<br />

siglos, y que pretende lograr la conservación de matrices<br />

culturales e ideológicas consideradas fundamentales<br />

para la reproducción de la filiación étnica” (Bartolomé,<br />

1997, p. 80, citado en Maldonado, 2003).<br />

[11] En general Floriberto Díaz visualizaba una<br />

autodeterminación en los diversos campos<br />

de la vida en comunidad, en este mismo texto<br />

continúa preguntándose y preocupándose por la<br />

autodeterminación económica, ya que menciona tener<br />

sus dudas acerca de ésta, no siendo la misma condición<br />

para el resto de los campos. Para Alicia Castellanos el<br />

aporte de esta visión de autodeterminación económica<br />

será enriquecedora para la comprensión y la puesta en<br />

práctica de procesos de autonomía. Plática informal con<br />

Alicia Castellanos, marzo del 2005.<br />

111<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

discutía ya a un año del levantamiento zapatista,<br />

en donde pueblos indígenas, campesinos y negros<br />

declaraban:<br />

Autonomía es la capacidad de decidir no solo<br />

sobre nuestro destino, sino también sobre las<br />

cuestiones y acciones más inmediatas y diarias<br />

en las comunidades, con una identidad y<br />

conciencia propia, y con la suficiente capacidad<br />

de apertura para comunicarse con los demás<br />

ciudadanos del país y del mundo. 12<br />

En este sentido, la comunidad se erige como una<br />

categoría teórica y política, y la comunalidad como<br />

[12] V Foro estatal sobre la realidad indígena, campesina<br />

y negra, 1995.<br />

Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.<br />

la “ideología que destaca los valores colectivos sobre<br />

los individuales… ” (Medina, 1996).<br />

Algunos datos estadísticos<br />

sobre la condición<br />

de los grupos indígenas en oaxaca<br />

En el estado de Oaxaca existen 570 municipios, integrados<br />

por 9.826 comunidades. Los municipios a su<br />

vez están agrupados dentro de un nivel más amplio:<br />

el distrito, cuyas facultades quedan como jurisdicción<br />

territorial y administrativa entre los municipios<br />

y el estado, siendo Oaxaca el único estado en el cual<br />

se da la existencia de esta figura, 30 distritos lo conforman<br />

y, dentro de estos se desarrollan y conviven<br />

alrededor de 17 diferentes grupos etnolingüísticos<br />

112<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


que existen desde tiempos prehispánicos. 13 Dichas<br />

divisiones jurídicas datan en muchas ocasiones,<br />

pero no únicamente, de la época colonial, pero estas<br />

no correspondientes en muchas ocasiones al mismo<br />

grupo etnolingüístico.<br />

Dentro de los 95.000 km cuadrados del territorio<br />

de Oaxaca, viven alrededor de 1’518.410 indígenas<br />

de los 10’189.514 calculados a nivel nacional, y<br />

de los 3’506.821 habitantes totales del estado de<br />

Oaxaca, es decir, casi el 50% de la población total<br />

del estado.<br />

También en el estado de Oaxaca 411 de los 570<br />

municipios mantienen la elección por usos y costumbres,<br />

es decir, las autoridades son electas por<br />

sistemas propios de elección de representantes<br />

frente al estado, sin embargo, este sistema convive<br />

con el nacional, acatándose a tiempos y registro de<br />

los mismos (Barabás et ál, 2003).<br />

[13] La historia de los grupos indígenas de Oaxaca se<br />

remonta a unos 10.000 años a. C., con la llegada de<br />

los primeros grupos nómadas a los valles centrales de<br />

Oaxaca. Los indicios más antiguos que documentan la<br />

domesticación del maíz en el valle de Oaxaca datan del<br />

año 5.000 a. C. y los del frijol, entre 4.000 y 3.000 a. C.;<br />

dando así inicio a la transición definitiva entre la vida<br />

nómada y seminómada a la sedentaria.<br />

Se cree que desde el año 4.000 a. C. comienza el proceso<br />

de diversificación lingüística del tronco otomangue, y<br />

que hacia 1.500 a. C. se separan nueve familias, cuatro<br />

de ellas en Oaxaca: las familias zapotecana, mixtecana,<br />

popolocana y chinantecana. A partir de entonces se<br />

empiezan a diferenciar, creándose paulatinamente<br />

las lenguas asociadas a ellas: zapotecana (zapoteco<br />

y chatino), mixtecana (mixteco, cuicateco, amuzgo<br />

y triqui), popolocana (mazateco, popoloca, chocho<br />

e ixcateco) y chinantecana. También se supone que<br />

sucedió algo similar con el tronco mixe-zoqueano,<br />

del que se derivan las familias mixeana y zoqueana,<br />

formadoras de las lenguas mixe y zoque. Perfil indígena<br />

del estado de Oaxaca. Ciesas: http://pacificosur.ciesas.<br />

edu.mx/diagnosticoestatal.html.<br />

PARA EL CASO DE OAXACA,<br />

y TRAS EL SURGIMIENTO DE LA DEMANDA<br />

DE AUTONOMíA, COMIENZAN A GENERARSE<br />

PROCESOS ENCAMINADOS<br />

A CONSEGUIR ESTE FIN.<br />

Según los indicadores socioeconómicos de los pueblos<br />

indígenas de México, del 2002, de la Comisión<br />

Nacional para los Derechos Indígenas (CDI), dentro<br />

del territorio nacional mexicano la población indígena<br />

llega a un total de 10’253.627, es decir el 10,5% de<br />

la población total. De los 2.443 municipios de la nación<br />

mexicana, 871 presentan en mayor o menor medida<br />

población indígena, y de las 199.369 localidades<br />

del país, 17.436 presentan más del 70% de población<br />

indígena. En donde 295 municipios considerados<br />

como indígenas según la representación proporcional,<br />

con alto número de población indígena, presentan<br />

un índice muy alto de marginación, es decir, el<br />

33,9% del total de municipios indígenas, aunándose<br />

otros 363 municipios que representan el 46,5% del<br />

total de municipios considerados como indígenas<br />

con alto grado de marginación, es decir, un total de<br />

658 municipios indígenas que viven bajo condiciones<br />

de marginalidad extremas, lo cual representaría un<br />

total del 80,4% de los municipios indígenas, sumándose<br />

los que según la CDI viven bajo un índice de<br />

“marginación baja”, 45 municipios, ósea el 5,2%, y los<br />

que viven bajo “muy bajo” índice de miseria, que vendrían<br />

a ser 81 municipios que representan el 9,3%.<br />

Por lo que tenemos 784 municipios, de los 871, o sea<br />

el 94,9% de los municipios considerados como indígenas<br />

viviendo bajo condiciones de marginalidad.<br />

Esto traducido para el estado Oaxaqueño, según<br />

estudios oficiales del gobierno federal a través de<br />

su institución del CDI, en su Informe sobre Desarrollo<br />

Humano de los pueblos Indígenas 2006, las<br />

condiciones de marginalidad del estado de Oaxaca<br />

113<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

son bastante altas y son similares a las condiciones<br />

presentadas en las entidades en donde se concentra<br />

mayor número de población indígena como son<br />

Chiapas y Guerrero, textualmente el informe ejecutivo<br />

se presenta así:<br />

Oaxaca, en donde el desarrollo de la población<br />

indígena es 13,7% inferior al de la no indígena<br />

(0,6677 para indígenas, 0,7733 para no indígenas,<br />

0,7183 para la entidad), y Chiapas son las<br />

dos entidades que de manera individual concentran<br />

los mayores volúmenes de población<br />

indígena del país y son los que presentan los<br />

niveles de desarrollo humano más bajos para el<br />

conjunto de su población.<br />

En Oaxaca, Guerrero y Chiapas los índices de<br />

alfabetismo continúan siendo inferiores a<br />

0,8. En gran medida debido a ello, estos tres<br />

estados ocupan los últimos lugares en el índice<br />

educativo, alcanzando valores inferiores a 0,8<br />

(en un rango que va de 0,7760 a 0,7414).<br />

…cinco de los once municipios declarados por la<br />

CDI, como de desarrollo humano bajo en México<br />

se encuentran en Oaxaca, en los cuales se estima<br />

poco más del 98% de población indígena.<br />

Al considerar la ubicación de los municipios con más<br />

bajo desarrollo humano por entidad federativa, observamos<br />

que cincuenta y nueve de estos municipios<br />

se localizan en Oaxaca, veinte en Chiapas, diecisiete<br />

en Puebla, once en Guerrero, nueve en Veracruz, tres<br />

en Chihuahua, y uno en cada uno de los estados de<br />

Hidalgo, Nayarit y San Luis Potosí.<br />

Para concluir esta condición de pobreza y marginalidad<br />

se encuentra presente no solo para el caso de<br />

Oaxaca o México, pues es una condición que al parecer<br />

se extiende con diversas dinámicas y panoramas<br />

dependiendo de la política nacional en la cual se insertan<br />

y sus características internas,<br />

Se estima que entre 5.000 y 8.000 pueblos indígenas…,<br />

se encuentran oprimidos por algún<br />

Estado-nación etnocrático… la tesis de que a<br />

cada nación corresponde un Estado y que un<br />

Estado es expresión de una sola nación ha llevado<br />

a que solo un puñado de 200 Estados se<br />

asuma como representante de 8.000 pueblos<br />

(Olguín, 1998).<br />

Tan solo para el caso de América Latina se calculan alrededor<br />

de 40 millones de indígenas, los cuales viven<br />

en los Estados-nación latinoamericanos, que “han<br />

desarrollado en su gran mayoría practicas encaminadas<br />

al etnocidio” , es decir, la desaparición de los grupos,<br />

tal es el caso de los grupos amazónicos en Brasil<br />

o mayas en Guatemala y México (López, 2002).<br />

De acuerdo con la Primera Encuesta Nacional sobre<br />

Discriminación, realizada por la Secretaría de Desarrollo<br />

Social y el Consejo Nacional para Prevenir<br />

la Discriminación (mayo 2005), “La democracia<br />

tan sacralizada no puede existir en un país donde<br />

el 34% de los entrevistados expresa, por ejemplo,<br />

que para que los indígenas salgan de la pobreza ‘lo<br />

único que tienen que hacer es no comportarse como<br />

indígenas’”. O donde el 43% opina que “los indígenas<br />

tendrán siempre una limitación social por sus características<br />

raciales”. y menos cuando “un doloroso<br />

40% de mexicanos estarían dispuestos a organizarse<br />

para impedir que un grupo de indígenas se establezca<br />

a vivir cerca de su casa” (Rodríguez, 2006).<br />

La Coordinadora Asturiana de Organizaciones <strong>No</strong><br />

Gubernamentales para el Desarrollo (ONGD de<br />

Asturias) 14 señalan que existen en el planeta más de<br />

5.000 comunidades indígenas, que siendo apenas el<br />

5% del total de la población mundial, conforman el<br />

10% de la población más empobrecida.<br />

[14] http://www.congdasturias.org<br />

114<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


Asamblea Popular de los Pueblos de Oaxaca, APPO.<br />

de la utonomía y el sujeto autónomo<br />

Hablar de autonomías para el caso de los pueblos y<br />

comunidades indígenas es hablar de un arduo camino<br />

por la supervivencia, reproducción y continuidad<br />

de estas dentro de los Estados-nación. El debate de<br />

igual forma se presenta de una manera extendida y<br />

diversificada, y se enmarca desde aquellas posturas<br />

de total rechazo a esta demanda autonómica, hasta<br />

aquellas posturas que bajo una visión alejada de las<br />

múltiples realidades de los diversos grupos étnicos,<br />

pretenden instaurar regímenes de autonomías contrapuestos<br />

a la idea central de las mismas.<br />

El caso sin duda múltiples veces citado es el de los<br />

zapatistas chiapanecos, quienes a raíz de una serie<br />

115<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Indymedia<br />

de demandas que surgen debido a la marginalidad<br />

y violencia extrema en la cual viven, finalmente concretan<br />

una demanda por la autonomía, causando<br />

un eco impresionante a lo largo y ancho de pueblos<br />

y comunidades indígenas del país, cuyo proceso irá,<br />

desde la toma de las armas, hasta la actual vivencia y<br />

recreación de formas de gobierno impulsadas en lo<br />

que se ha llamado las Juntas de Buen Gobierno.<br />

Sin embargo, desde sus inicios esta demanda de<br />

autonomía se ha ido redefiniendo, tanto conceptualmente<br />

como en las prácticas de sistemas autonómicos.<br />

Así, la lucha por las autonomías en un ámbito político<br />

se plantea como una redefinición del poder y de<br />

las concepciones sobre el mismo, en el ámbito de la<br />

cuestión étnico-nacional. En este sentido retomo al<br />

filósofo latinoamericanista Enrique Dussel, quien<br />

propone dos formas de comprender el poder:<br />

Una afirmativa, que describe en primer lugar<br />

al poder como la expresión de la voluntad, que<br />

es el querer del viviente que se afirma como<br />

el que lucha por permanecer y aumentar la<br />

vida, al “poder-poner” los medios (entre ellas<br />

las instituciones) para dicha reproducción.<br />

Este primer sentido del “poder” no se puede<br />

“tomar”, como cuando se dice “tomar el poder”.<br />

El “poder” es un momento de la plenitud<br />

de la voluntad y la vida, se tiene como una<br />

facultad necesaria en la afirmación de la vida.<br />

El poder puede negarse en otro, pero no puede<br />

extinguirse jamás, mientras alguien viva.<br />

Mientras viva el viviente que quiere vivir, como<br />

voluntad, tendrá siempre poder, aunque sea<br />

potencialmente. <strong>No</strong> “lo toma” sino que “lo es”<br />

(es su misma voluntad como afirmación de<br />

vida que intenta sobrevivir). … En este sentido<br />

el oprimido (negado) sigue teniendo siempre,<br />

mientras viva, voluntad de vivir (que cuando se<br />

pierde, se pierde todo), y por lo tanto luchará<br />

para poder ejercer (no tomar) el poder-poner<br />

los medios para su plena sobrevivencia que el<br />

dominador le niega (Dussel, 2004).<br />

Esta concepción del poder expresado como la afirmación<br />

de la vida y su reproducción, y la capacidad<br />

de poder poner los medios para la plena supervivencia<br />

del oprimido o negado, nos lleva al mismo<br />

entramado de la construcción individual y colectiva<br />

de las autonomías, ya que este proceso supone la<br />

toma de conciencia para sí, 15 es decir “se pasa a la<br />

conformación del sujeto autónomo, activo, participativo,<br />

forjador de sus propias decisiones, elaborador<br />

de sus propias estrategias en la lucha por sus derechos”<br />

(López y Rivas, 2003, p. 35).<br />

[15] Recordando a Karl Marx, en donde el proletariado<br />

pasa de la conciencia en sí a la conciencia para sí, proceso<br />

que supone la toma de conciencia de un proceso de<br />

organización mayor.<br />

116<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


La segunda forma bajo la cual podemos entender “el<br />

poder”, sería “como ‘voluntad de poder’ (Wille zur<br />

Macht nietzscheano) es voluntad sobre los otros, y<br />

por lo tanto el ‘poder-poner’ del dominador niega el<br />

poder de los dominados. … Pero al final, en su sentido<br />

negativo y defectivo, aquí el poder es “podersobre”<br />

(en el sentido de Holloway)” (Dussel, 2004).<br />

Por tanto hay a) un poder negativo que es el “podersobre”<br />

los otros, y b) un poder creador positivo que<br />

es el “poder-anterior-y-por-sobre-el poder-sobre”<br />

(Dussel, 2004).<br />

Así, mediante esta concepción del poder como una<br />

forma de construcción de posibilidades y “de otros<br />

mundos posibles”, que además es anterior, es decir,<br />

existe y además se impone sobre el “poder sobre”, es<br />

que encontramos a las reivindicaciones de los pueblos<br />

y comunidades indígenas, con base en concepciones,<br />

utopías y acciones comunes que sirven de eje<br />

y de postulado o posicionamiento político frente al<br />

sistema dominante en el sentido del poder negativo,<br />

“poder sobre”, de Dussel.<br />

Bajo esta lógica además,<br />

De lo que se trata es de la “trans-formación”<br />

(veraenderung, decía Marx) de las instituciones<br />

cuando de mediaciones para la vida se han<br />

transformado en instrumentos de muerte, de<br />

impedimento de vida, que se observa empíricamente<br />

en el grito de dolor de los oprimidos,<br />

que son los que sufren las instituciones (Dussel,<br />

2004).<br />

Por tanto, las autonomías reconocidas jurídicamente<br />

se pueden presentar como esa trans-formación<br />

necesaria; sin embargo, no se darán sin la transformación<br />

de una serie de dinámicas ya que el fenómeno<br />

es mucho más complejo puesto que dinámicas,<br />

tanto al interior como al exterior de las comunidades<br />

indígenas, sugieren una serie de fenómenos que<br />

tienden a mirar el poder desde ambas vertientes y<br />

reproducir dinámicas de dominación, aun cuando<br />

el sujeto autonómico ha tomado conciencia de un<br />

proceso autonómico. 16<br />

En este sentido López y Rivas menciona:<br />

…es necesario aclarar de manera reiterada<br />

que las etnias se encuentran firmemente relacionadas<br />

con la estructura socioeconómica y<br />

política en que se insertan. De ahí que las agrupaciones<br />

étnicas no son entidades “armónicas”<br />

o “equilibradas”, como pretenden presentarlas<br />

los etnicistas, ya que en ellas repercuten los<br />

antagonismos que caracterizan el conjunto<br />

nacional del que forman parte (López y Rivas,<br />

2005, p. 41).<br />

Es así que la situación en la que se encuentran las comunidades<br />

y los pueblos indígenas no puede quedar<br />

aislada del complejo sistema nacional en el cual se<br />

desarrollan; así la relación Estado/nación-pueblos<br />

y comunidades indígenas no puede mirarse desde<br />

una perspectiva unidireccional (e incluso no solo<br />

bidireccional); los pueblos y comunidades indígenas<br />

también construyen y proponen visiones y acciones<br />

encaminadas a esta redefinición del poder, al interior<br />

e incluso hacia el exterior de ellas, en una relación<br />

dialéctica, que sin embargo no se da en términos<br />

equitativos. 17<br />

[16] Este entramado complejo además se ve inmerso en<br />

dinámicas antiguas de colonización y neocolonización,<br />

de racismos y de un juego de poder de diversas<br />

instituciones y actores que vuelven particular cada caso.<br />

[17] Si bien esta “no armonía” bajo esta incorporación<br />

en el sistema más amplio es una certeza, se introduce<br />

también aquí el papel de las comunidades para revertir<br />

de la mejor forma estas problemáticas, así también la<br />

discusión frente al conflicto surgido en comunidades a<br />

raíz no solo de esta inserción; sin embargo, a mi parecer<br />

117<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Ahora bien, sería erróneo considerar solamente<br />

el ámbito político de las autonomías, ya que éstas<br />

se insertan en un marco integral que abarca<br />

varios campos, como lo ha propuesto el proyecto<br />

Latautonomy, 18 cuya hipótesis central es: “Autonomías<br />

multiculturales en América Latina: una condición<br />

necesaria para el desarrollo sostenible”; lo cual<br />

nos lleva al planteamiento, por un lado de las autonomías<br />

en un marco integral y, por otro, a visualizar<br />

estas como una condición indispensable para el desarrollo<br />

de los pueblos y comunidades indígenas. 19<br />

Este proyecto parte de una visión de las autonomías<br />

multiculturales que enfoca “el tema de la autonomía<br />

desde un ángulo político-intercultural” (Gabriel<br />

y López, 2005). En donde se propone una mirada<br />

más elaborada de las autonomías al interpelar a una<br />

interculturalidad en las autonomías, lo cual supondría<br />

la superación de ciertos conflictos internos en<br />

lo que se refiere a la relación entre grupos culturales,<br />

por ejemplo entre zapotecos y mixes, sin perder<br />

de vista particularidades, pero sin dejar de lado la<br />

resultaría difícil delimitar los orígenes de este entre el<br />

afuera y el adentro, y aún más sería hacerlo sin desatar<br />

esencialismos de las culturas indígenas.<br />

[18] Latautonomy es un proyecto que abarca el trabajo<br />

en doce regiones latinoamericanas diferentes, bajo el<br />

marco de los procesos autonómicos; dicho proyecto se<br />

llevó a cabo durante tres años, del 2003 al 2005. Para el<br />

caso de México hubo un importante acercamiento a los<br />

casos de Chiapas con el EZLN, a Oaxaca con los mixes, y la<br />

ciudad de México con el caso de los pueblos de Tlalpan,<br />

en donde además del rescate valioso de las experiencias<br />

se ha desarrollado, con la participación conjunta de<br />

intelectuales indígenas o bilingües, e intelectuales<br />

latinoamericanos y europeos con años de experiencia al<br />

respecto, un marco teórico interesante para adentrarnos<br />

al estudio y trabajo con las autonomías indígenas<br />

latinoamericanas.<br />

[19] Ver página del proyecto Latautonomy: http://<br />

www.latautonomy.org/<br />

condición de pueblos étnicos, 20 indígenas, indios, o<br />

afromestizos. 21<br />

De igual forma, bajo la dirección de este proyecto en<br />

México, Alicia Castellanos propone una definición<br />

que me parece acertada, ya que rescata una postura<br />

integral de las autonomías desde donde poder<br />

analizarlas, pero además esta visión permite actuar<br />

desde las comunidades en los diferentes campos<br />

que integran la vida en comunidad, con miras a una<br />

autonomía multicultural como proyecto comunitario<br />

indígena:<br />

Se propone definir la autonomía como una<br />

realidad no solo jurídica, si no cultural, social,<br />

política y económica, para lo cual es necesario<br />

reconocer al sujeto autonómico, abordando<br />

[20] Esta visión más amplia no se encuentra tan<br />

alejada en ámbitos como encuentros de discusión de<br />

estas temáticas, foros, mesas de discusión, encuentros<br />

políticos, etc., ya que se hace alusión a términos como<br />

“hermanos” y “hermanas”, y se reafirma una condición<br />

semejante en los retos que enfrentan las comunidades.<br />

Sin embargo, dinámicas interculturales se ven cruzadas<br />

con diversos procesos, en donde en varias ocasiones<br />

esta “hermandad” no se visualiza y, por el contrario,<br />

se rivaliza, siendo para el caso de Oaxaca un elemento<br />

importante de pugnas la lucha por la tierra, es decir,<br />

los conflictos agrarios. Talvez en algunos casos esta<br />

“hermandad” obedezca a un plano estratégico, y en<br />

otros más aún no se encuentren formas precisas para<br />

erradicar los conflictos interétnicos.<br />

[21] El debate en torno a los términos que se deben<br />

emplear para referirse a esta colectividad es una<br />

discusión bastante amplia que desde la antropología<br />

no se ha resuelto, sin embargo, para este trabajo<br />

me parece más acertado el término de pueblos<br />

etnolingüísticos propuesto por Miguel Bartolomé<br />

haciendo referencia a un grupo cultural en donde<br />

se rebasan fronteras territoriales y se apuesta por la<br />

consolidación de alianzas entre grupos de iguales. Para<br />

casos particulares me inclino por llamar a cada pueblo<br />

como se autodenominan, en este caso son el pueblo de<br />

los ayuujk jaay.<br />

118<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


las formas sociales de subsistencia y actividad<br />

económica, las formas sociales y políticas de<br />

organización colectiva del grupo (que comprende<br />

relaciones de parentesco, comunitarias,<br />

intercomunitarias, entre pueblos y Estado<br />

y con el exterior) y las formas culturales de la<br />

identidad (que comprenden el campo de las<br />

representaciones y el sistema religioso) (Castellanos,<br />

2004, p. 2). 22<br />

Por otro lado, menciona Alicia Castellanos:<br />

...la autonomía concebida como… instrumento<br />

y estrategia del movimiento indígena representa<br />

una alternativa (para el caso mexicano)<br />

a la articulación corporativa que el gobierno<br />

impone a las comunidades indígenas, tanto<br />

a través de los organismos indigenistas del<br />

estado, como por medio de las redes de sujeción<br />

política del partido oficial... (Castellanos y<br />

López, 1997).<br />

Por lo que las autonomías instauradas en una nación,<br />

menciona el equipo Latautonomy:<br />

son procesos de resistencia mediante los cuales<br />

pueblos o etnias soterradas y negadas recuperan<br />

o fortalecen su identidad, a través de<br />

la reivindicación de su cultura, el ejercicio de<br />

derechos colectivos y el establecimiento de estructuras<br />

político-administrativos con diversas<br />

competencias, ámbitos o niveles de aplicación<br />

y una base material propia (Castellanos, 1997).<br />

Así las cosas, las autonomías como procesos de<br />

resistencia, nos llevan a tener otra mirada más: “La<br />

resistencia india no es eterna, por que no es un fin,<br />

[22] Alicia Castellanos, Latautonomy. Informe<br />

Nacional México. http://www.latautonomy.org/<br />

InformeNacional_Mexico.pdf.<br />

sino sólo un medio para lograr su objetivo étnico,<br />

que es la liberación” (Maldonado, 1998).<br />

Así también dentro de este marco, López y Rivas<br />

menciona un replanteamiento de la naturaleza del<br />

Estado-nación:<br />

el debate en torno a la cuestión nacional, en su<br />

aspecto de sectores hegemónicos y excluidos,<br />

pone en el centro de la pregunta respecto de<br />

que nación estamos hablando y que nación<br />

queremos construir. El debate habrá de resolver,<br />

como lo han formulado los pueblos indios,<br />

cuál es el papel o el lugar que en ella habrán de<br />

tener las etnias (López, 2003, p. 37).<br />

Es así como se presenta una constante tensión entre<br />

dos formas de concebir la nación mexicana, puesto<br />

que este queda “…fundamentado en concepciones<br />

basadas en una ‘nación de ciudadanos’ y excluyente<br />

de la ‘nación de pueblos’” (López, 2003, p. 8).<br />

Por otro lado, bajo el proyecto Latautonomy el sujeto<br />

autonómico es entendido “como una red de comunidades<br />

basada en una identidad étnica o cultural<br />

que está luchando en determinadas regiones por<br />

el establecimiento o la conservación de un espacio<br />

vital común y autodeterminado” (López, 2003, p. 8).<br />

Sin embargo, como lo planteo más adelante, la conformación<br />

y constitución de regiones autónomas,<br />

como el caso de los ayuujk, continúa siendo un eje<br />

de acción y de visión a futuro en el cual se ha venido<br />

trabajando con altibajos, pero que sigue siendo un<br />

reto en sí mismo, partiendo del hecho de que “Cada<br />

grupo etnolingüístico de Oaxaca posee las características<br />

que definen a un pueblo: tienen una historia<br />

de siglos, identidad común, cultura compartida y<br />

diferenciada y gobierno de los territorios habitados.<br />

Solo falta que consoliden un proyecto común. Esa es<br />

la tarea en la que están empeñados” (Barabás et ál.,<br />

2003).<br />

119<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

…NO SE ENTIENDE UNA COMUNIDAD<br />

INDíGENA SOLAMENTE COMO UN CONJUNTO<br />

DE CASAS CON PERSONAS,<br />

SINO DE PERSONAS CON HISTORIA.<br />

Estos procesos de discusión, a la par de los procesos<br />

autonómicos de facto que se viven en los pueblos y las<br />

comunidades indígenas de la región mixe de Oaxaca<br />

nos llevan a cuestionar cuidadosamente aquellas<br />

propuestas que a la par han generado visiones alejadas<br />

de las pretensiones y visiones de las comunidades,<br />

“instaurando modelos alejados a los de nuestras<br />

comunidades”, 23 parafraseando a Floriberto Díaz<br />

la discusión de las autonomías no puede provenir<br />

solamente de disertaciones teóricas sino,<br />

y sobre todo, de la reflexión de las realidades<br />

concretas en las cuales se matizan ciertas prácticas<br />

autonómicas…” (Díaz, 2004).<br />

Igualmente, es fundamental señalar que los actuales<br />

movimientos indígenas reivindicativos de autonomías,<br />

al menos para el caso del estado de Oaxaca,<br />

han planteado la creación de instituciones, o de<br />

niveles de gobierno, pero a su vez se presenta la idea<br />

de la recreación o la reconstitución de instituciones<br />

indígenas antiguas, así lo señala el siguiente artículo,<br />

con referencia al pueblo Triqui de San Juan Copala,<br />

que desde los primeros días de enero del 2007 se<br />

declara autónomo, regido bajo el sistema de usos y<br />

costumbres:<br />

Como en otras partes de la República, la creación del<br />

municipio autónomo de San Juan Copala representa<br />

una respuesta pacífica de los pueblos indígenas<br />

[23] Plática informal con comunero de Totontepec<br />

mixes Oaxaca. Diario de campo, 2005.<br />

Indymedia<br />

120<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


por encontrar espacios de participación y representación<br />

política, atendiendo a sus condiciones económicas,<br />

políticas y culturales concretas. Para lograrlo<br />

crean o recrean viejas instituciones, 24 adaptándolas<br />

a sus propias necesidades. Por eso cada que lo hacen<br />

apelan a su derecho a la libre determinación en su<br />

versión de autonomía y la encajonan en la figura del<br />

municipio, que es la base de la organización política<br />

del país y no se levantan en armas para destruir el<br />

Estado, como sucede en algunos países de Europa. 25<br />

experiencias autonómicas<br />

en el estado de oaxaca<br />

Hablar de la reivindicación actual de autonomía<br />

indígena para el estado de Oaxaca es hablar de<br />

una historia cargada de hostilidades, marginación,<br />

racismo, políticas de exterminio, cacicazgos, asesinatos<br />

de líderes indígenas y campesinos, primacía<br />

del PRI sobre las decisiones en las comunidades,<br />

etc.; pero también es hablar de una organización<br />

comunitaria más o menos sólida, una memoria<br />

histórica y oral bastante fuerte, prácticas encaminadas<br />

a la consolidación de proyectos comunitarios<br />

e intercomunitarios, una lucha y organización magisterial,<br />

estudiantil, campesina y social que antecedió<br />

a la actual demanda de autonomía para<br />

pueblos y comunidades indígenas, como “un reconocimiento<br />

a lo que de por sí se practica en nuestras<br />

comunidades”. 26 Es decir, la demanda de autonomía<br />

en Oaxaca hoy responde a la cristalización de<br />

toda una serie de demandas en diversos ámbitos y<br />

[24] La recreación y la revitalización de formas<br />

ancestrales de organización es un discurso más o menos<br />

generalizado entre varios líderes indígenas oaxaqueños.<br />

[25] Francisco López Barcenas, periódico La Jornada, 10<br />

de enero del 2007.<br />

[26] Plática informal con comunero zapoteco.<br />

121<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

HABLAR DE AUTONOMíAS<br />

PARA EL CASO DE LOS PUEBLOS<br />

y COMUNIDADES INDíGENAS ES HABLAR<br />

DE UN ARDUO CAMINO POR LA SUPERVIVENCIA.<br />

prácticas de la vida comunitaria. De tal forma que se<br />

podría hablar de una propuesta concreta de autonomía<br />

para el Estado de Oaxaca, compuesta por los<br />

antecedentes de organización y lucha de diferentes<br />

actores dentro y fuera de sus comunidades, la visión<br />

del derecho indígena plasmada en la modificación<br />

de la constitución del estado en 1998, y la ley indígena<br />

de este mismo año, la propuesta comunalista de<br />

las autonomías, generada por intelectuales indígenas<br />

principalmente zapotecos y mixes.<br />

En este proceso las propuestas regionales también<br />

enriquecen el panorama, aunque estos valiosos<br />

intentos aun no consolidados en muchas de ellas<br />

brindan toda una gama de experiencias. Aquí se<br />

destaca el caso de los Pueblos Mancomunados27 de la Sierra Juárez, que son ocho localidades (Llano<br />

Grande, Nevaría, Cuajimoloyas, Benito Juárez, Latuvi,<br />

Amatlan, Lachatao y yavesia; dispersas en tres<br />

municipios que abarcan 29.430 ha de bosque en la<br />

Sierra Juárez) quienes tras un largo proceso de lucha<br />

por la defensa de sus recursos naturales y territorio<br />

han conformado empresas comunitarias más o menos<br />

sólidas. 28<br />

[27] El Mancomun está reconocido como región<br />

autónoma por el Registro Agrario Nacional de La<br />

Reforma Agraria.<br />

[28] Desde la década de los ochenta pueblos<br />

mancomunados de la Sierra apostaron su capital al<br />

cuidado de sus bosques, hoy este trabajo comienza a<br />

brindar frutos. Para Hermilo Hernández, representante<br />

comunal de Santiago Textitlán, “hoy desde la Sierra sur<br />

Otra propuesta interesante en el estado de Oaxaca<br />

se presentó en comunidades Triquis de San Juan Copala,<br />

declaradas autónomas en enero del 2007, sin<br />

embargo, esta declaración y su posterior desarrollo<br />

nos remite a las condiciones y dinámicas a las que<br />

se enfrentan los municipios indígenas del estado de<br />

Oaxaca:<br />

Para nadie que conozca la región es una novedad<br />

que San Juan Copala y las comunidades<br />

que se aglutinan en torno a ella han<br />

permanecido aisladas por siglos, abandonadas<br />

a su suerte por los municipios a los que formalmente<br />

pertenecen desde 1948, cuando la 60<br />

Legislatura del estado le arrebató la categoría<br />

de municipio libre que tenía desde 1826. Junto<br />

con ello persiste una brutal explotación de la<br />

mano de obra triqui y un irracional saqueo<br />

de sus recursos naturales (López Bárcenas,<br />

2007). 29<br />

La disputa territorial en la cual se ven enfrascados<br />

cientos de pueblos y comunidades en territorio<br />

oaxaqueño ha llevado a fortalecer pugnas internas<br />

entre municipios y agencias o localidades municipales<br />

por el acceso a recursos económicos principalmente,<br />

situación que desarrolló más adelante, y por<br />

ende esto también genera visiones encaminadas a<br />

una autonomía comunitaria en donde cada comu-<br />

hasta la sierra norte nos unimos después de décadas<br />

en las cuales las comunidades forestales han venido<br />

revisando alternativas para poder unirse”. Periódico<br />

<strong>No</strong>ticias de Oaxaca (22/09/06).Corresponsal Francisco<br />

Ramírez.<br />

[29] Recientemente, en abril del 2008, este proceso<br />

autonómico sufre un revés cuando dos locutoras de la<br />

radiodifusora local comunitaria La voz que rompe el<br />

silencio fueron asesinadas cuando viajaban a bordo de<br />

un automóvil particular en la región mixteca al poniente<br />

de la ciudad de Oaxaca.<br />

122<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


nidad apuesta por los márgenes de autodeterminación<br />

sobre sus territorios y dinámicas.<br />

El caso de Oaxaca frente a las autonomías no queda<br />

exento del tejido social amplio en el cual se desenvuelve,<br />

de tal forma que la política de confrontación<br />

por parte del Estado-nación hacia las comunidades<br />

indígenas que se organizan por las autonomías es<br />

la constante como lo han advertido organizaciones<br />

sociales, indígenas, intelectuales, etc. 30 Por consiguiente,<br />

una constante ha sido la deslegitimación<br />

de este tipo de demandas siendo una estrategia<br />

actual el uso de comparaciones con términos como<br />

terrorismo o delincuencia organizada, prevaleciendo<br />

toda una serie de prejuicios y racismos que se<br />

echan a andar para referirse a estas experiencias y<br />

[30] Sin ser totalmente representativo, el caso que<br />

presento a continuación me parece interesante, en el<br />

sentido de las demandas a las cuales hace alusión un<br />

indígena zapoteco de la comunidad de Xanica Oaxaca,<br />

en entrevista con la Haine declara, días después de<br />

su liberación: “Los delitos de homicidio calificado y<br />

tentativa de homicidio, ¿a qué se referían?” Esos delitos<br />

se refieren a los hechos ocurridos en el 2005, cuando<br />

a algo más de un mes de llegar Ulises Ruiz al gobierno,<br />

manda a masacrar a nuestra organización por estar<br />

exigiendo el respeto, la justicia y la democracia y sobre<br />

todo la autonomía de una comunidad indígena como<br />

es xanica. Dos patrullas balacearon a los compañeros,<br />

tres de ellos gravemente heridos (Abraham Ramírez<br />

Vázquez, Juventino García Cruz y <strong>No</strong>el García Cruz)<br />

quienes hasta hoy se encuentran encarcelados<br />

injustamente. Para justificar esto el gobierno del estado<br />

siembra una muerte de un policía (¿) y varios heridos,<br />

de lo cual también se me acusaba a mí. “Porque vosotros<br />

estáis luchando por la instauración de un gobierno<br />

basado en los usos y costumbres ... Así es”. Un gobierno<br />

que sea elegido por el pueblo, que tenga autoridad moral<br />

por haber servido según las leyes de nuestro pueblo. y<br />

esto al gobierno no le conviene porque son leyes basadas<br />

en la autonomía que nos ha regido desde siempre,<br />

opuesta a los partidos políticos, y que no permite la<br />

introducción del Estado. De ahí que no le convenga al<br />

gobierno. (www.lahaine.org . Corresponsal: Sergio de<br />

Castro Sánchez).<br />

ESTE PROyECTO PARTE DE UNA VISIóN<br />

DE LAS AUTONOMíAS MULTICULTURALES QUE<br />

ENFOCA “EL TEMA DE LA AUTONOMíA DESDE<br />

UN ÁNGULO POLíTICO-INTERCULTURAL”.<br />

frenar a los grupos indígenas organizados bajo esta<br />

demanda.<br />

Por otra parte, el aporte de migrantes y actores políticos<br />

que migran a las ciudades ha jugado un papel<br />

importante dentro de esta valoración estratégica<br />

de las autonomías indígenas para sus pueblos y comunidades<br />

de origen. Así por ejemplo, se encuentra<br />

la experiencia del Frente Indígena Binacional (FIB)<br />

originado por migrantes mixtecos31 , o el caso de la<br />

Asamblea de Migrantes de la ciudad de México en la<br />

ciudad capital, que desde su condición de migrantes<br />

siguen en constante vinculación y apoyo de sus comunidades<br />

trasladando sistemas de organización<br />

comunitarios a su organización interna y en las<br />

ciudades como el caso del Centro de Apoyo al estudiante<br />

Kutääy (Cae-k) en la ciudad de Oaxaca, además<br />

apoyando en la construcción, la revalorización<br />

y el reconocimiento de sus comunidades de origen<br />

como comunidades autónomas.<br />

Es notable actualmente el uso extendido de la<br />

demanda de autonomía en diferentes pueblos y<br />

comunidades indígenas del estado, este reclamo de<br />

[31] Producto de esta fluida migración a Estados<br />

Unidos ha sido la constitución, en 1991, del Frente<br />

Binacional Mixteco-Zapoteco, que ha buscado el apoyo<br />

del gobierno mexicano y de las agencias internacionales<br />

para demandar el respeto a sus derechos humanos<br />

y laborales. Este frente, al incorporar a otros grupos<br />

indígenas de Oaxaca, como mixes, triques y chatinos,<br />

se transformó en el Frente Indígena Oaxaqueño<br />

Binacional. Esto ha significado la transnacionalización de<br />

la problemática indígena, introduciéndola en la agenda<br />

política de México y Estados Unidos (Perfil Indígena del<br />

estado de Oaxaca, Ciesas).<br />

123<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

autonomía se encuentra en estrecha relación con la<br />

defensa frente a la intromisión partidista en las comunidades,<br />

en este sentido, por ejemplo, el siguiente<br />

caso de una comunidad Mazateca:<br />

…Claudio Betanzos, actual presidente municipal,<br />

ha permitido la intromisión de los partidos<br />

políticos y las autoridades estatales y federales<br />

en la vida de nuestras comunidades, y ello ha<br />

traído la división y los problemas, además de<br />

que no cumplió con su palabra y el compromiso<br />

de defender los usos y costumbres y la autonomía<br />

del pueblo de Eloxochitlán, sino que ha<br />

hecho todo lo opuesto. 32<br />

Por otro lado, las autonomías de facto entendidas<br />

como aquel ejercicio que de antemano se da en pueblos<br />

y comunidades indígenas en el marco de la libre<br />

determinación, y ante el fuerte comunitarismo prevaleciente<br />

en Oaxaca me llevan a pensar que hablar<br />

de autonomías en Oaxaca implica hablar de autonomías<br />

de facto en mayor o menor medida, con algunos<br />

casos en donde se ha llevado a la declaración<br />

abierta de municipios autónomos, y en donde como<br />

en el caso de los pueblos mancomunados se vienen<br />

desarrollando experiencias de autogestión aunadas<br />

a los procesos de autonomía de facto, con aportes<br />

y con retos por vencer en cada comunidad. Junto<br />

con estos retos se enfrentan los de generar espacios<br />

más amplios de discusión y de unidad dentro y entre<br />

pueblos etnolingüísticos.<br />

Por otra parte, dinámicas internas a las comunidades<br />

indígenas llevan a observar dentro de las formas<br />

de organización la prevaleciente visión comunal,<br />

la cual no podría ser entendida sin la base del ser<br />

indígena: la comunidad, en la cual se desarrollan<br />

[32] Comunicado de Prensa, del 5 de octubre de 2001.<br />

Comité Civil de Solidaridad con las Comunidades<br />

Indígenas Mazatecas.<br />

pensamientos y formas locales de organización,<br />

en este sentido la comunidad indígena se instaura<br />

como pilar para estas autonomías de facto, y como<br />

pilar para una organización más amplia que involucre<br />

a varias comunidades para las autonomías reconocidas,<br />

lo cual supone superar la fragmentación<br />

y la hostilidad prevaleciente entre grupos diversos<br />

conviviendo en regiones, como el caso de municipios<br />

en donde conviven “mestizos” y grupos indígenas,<br />

en donde en muchas ocasiones se presenta<br />

la dominación de municipios “mestizos” frente a<br />

sus agencias “indígenas”. Así las cosas, la alteridad<br />

presente en el multiculturalismo propio del estado<br />

de Oaxaca se presenta como un reto en el sentido<br />

político-social de convivencia, y como marco para la<br />

praxis de las autonomías comunitarias, municipales<br />

y regionales.<br />

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consolidación del Estado nacional y la lucha de los pueblos por su<br />

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Nación. Cuestión nacional, racismo y autonomía. México: Claves<br />

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D.F.<br />

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comunalidad. Modo de vida en los pueblos indios. Tomo1. Oaxaca:<br />

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124<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Autonomías indígenas y comunalidad ]


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� DUSELL, E. (2004). Diálogo con John Holloway. Sobre la<br />

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política. UAM-Iztapalapa, México, 3 de mayo de 2004. http://<br />

www.afyl.org/articulos.html<br />

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mirada indígena. En La autonomía de los pueblos indios. México:<br />

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Diputados LVI legislatura.<br />

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legal: retos y paradojas. En Estado nacional, autodeterminación y<br />

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[recuperado en marzo del 2008].<br />

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Juan Copala” Periódico La Jornada, 10 de enero.<br />

� LóPEZ y RIVAS, G. (2002). Problemática de los pueblos<br />

indígenas en América Latina. Versión revisada y actualizada (3 de<br />

abril de 2002) del documento presentado en el Seminario sobre<br />

la problemática de los pueblos indígenas en América Latina,<br />

organizado por el autor en la ciudad de México del 22 al 24 de<br />

mayo de 1998.<br />

� ______ (2003). Autonomías, democracia o contrainsurgencia.<br />

México: Era.<br />

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parlamentario PRD. Poder Legislativo. Cámara de Diputados LVIl<br />

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� RODRíGUEZ, M. Á. (2006). Educación intercultural bilingüe.<br />

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autonomía. Umbrales de México. México D.F.: Siglo XXI Editores.<br />

documentos y páginas de internet consultadas:<br />

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para el Desarrollo http://www.congdasturias.org<br />

� Latautonomy: http://www.latautonomy.org/<br />

� www.lahaine.org . Corresponsal: Sergio de Castro Sánchez.<br />

125<br />

editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />

[ Isis Contreras ]<br />

Junio de 2008


ntrevista Leyla<br />

con<br />

leyla centeno castro, del comité de defensa<br />

de los derechos del Pueblo de oaxaca, méxico, forma parte<br />

de la asamblea Popular de los Pueblos de oaxaca (aPPo).<br />

Soldepaz<br />

EntrEvistó héctor mondraGón, cEcoin<br />

e&P: ¿cómo se originó la lucha<br />

de la Asamblea Popular de los Pueblos?<br />

lc: se originó a partir de que se evidenciaron cuáles<br />

son los agravios contra el pueblo de Oaxaca. Se violan<br />

los derechos humanos en el estado; se agrede a las<br />

diferentes fuerzas organizadas y a la población al<br />

quererle imponer, por ejemplo, la pertenencia a partidos<br />

políticos a las comunidades que tienen indígenas que<br />

se rigen por sus usos y costumbres; se arremete contra<br />

el patrimonio cultural que es muy importante para<br />

nuestro pueblo, como ocurrió con el centro histórico<br />

de Oaxaca y con la privatización de la fiesta de la yexta.<br />

Pero además, el movimiento oaxaqueño se da porque<br />

hay unas circunstancias de marginación y pobreza que<br />

vienen desde hace muchos años en Oaxaca, que tiene un<br />

porcentaje de población indígena alto, son 16 pueblos<br />

indígenas, con el idioma y variantes de cada uno, pueblos<br />

a los que les ha pegado directamente el endurecimiento<br />

de las políticas neoliberales y el endurecimiento de la<br />

represión. Por eso surge la APPO, con todos los principios<br />

a partir de las formas organizativas propias de los<br />

pueblos indígenas.<br />

e&P: qué quiere decir<br />

eso de “privatizar una fiesta”.<br />

lc: en Oaxaca se realiza una fiesta a la que se le llama<br />

la Guelaguetza, que en los pueblos significa el dar a los<br />

demás, el apoyar, el compartir. Entonces cuando los<br />

pueblos bajaban con sus diferentes trajes a compartir su<br />

propia cultura, a compartir sus bailes, es decir una fiesta<br />

popular, y cuando una fiesta así está tan profundamente<br />

arraigada del pueblo cuyo principio es el dar y el<br />

compartir, se le pone precio para que la gente pueda<br />

asistir, pues es privatizar la cultura.<br />

e&P: ¿qué pueblos indígenas viven en Oaxaca?<br />

lc: viven los amusgos, los mixtecos, los triquis, los<br />

tacuates, los mixes, los mazatecos, zapotecos, son 16.<br />

e&P: ¿cuál es la participación<br />

indígena en la lucha de la Asamblea?<br />

lc: es fundamental. Se retoma la manera asamblearia<br />

en la cual las comunidades se organizan, participan de las<br />

asambleas, en las tomas de decisiones, y eso permite que<br />

haya una participación directa de las comunidades en la<br />

lucha política que se está dando en el estado de Oaxaca.<br />

e&P: ¿qué derechos de los indígenas<br />

están siendo violados?<br />

lc: pues en primer lugar el que tiene que ver con<br />

autodeterminación y el respeto a sus usos y costumbres.<br />

Cuando, por ejemplo, en una comunidad que elige a sus<br />

representantes en la asamblea, que discute cuál ha sido<br />

el trabajo y la trayectoria de las personas que van a ser<br />

elegidas, y en vez de eso se impone el uso de partidos<br />

políticos, ésa es una violación. Cuando se discrimina y no<br />

se da la educación en el idioma propio de la gente y se le<br />

impone el castellano como un idioma en el que a fuerza<br />

se tiene que educar la gente en esa lengua y no en la suya,<br />

materna, originaria.<br />

e&P: ¿hay presencia de transnacionales<br />

y megaproyectos en Oaxaca?<br />

lc: ¡claro! y eso viene agudizando toda la situación<br />

de pobreza y de marginación, como ocurre con el Plan<br />

Puebla-Panamá, donde las transnacionales le tienen<br />

puesto el ojo a la región, porque ahí está el que se llama<br />

el istmo de Tehuantepec, además en este istmo lo que<br />

se prevé va a ser el corredor económico para permitir<br />

el paso de lo que saquen de América Latina. Además,<br />

Oaxaca tiene yacimientos de petróleo, de hierro,


centeno<br />

de uranio, es rico mineralmente hablando. Por otro<br />

paramilitares, y además grupos que utilizaban porras<br />

lado, tiene mucho agua, es una zona rica en madera<br />

y los mismos policías, a quienes no les importaba abrir<br />

y rica en mano de obra que quieren explotar barata,<br />

fuego de manera directa en contra de la población.<br />

aprovechándose de la ignorancia en que supuestamente Hubo desaparecidos, exiliados por amenazas de muerte.<br />

está sumergida la población, “supuestamente”, porque<br />

La represión sigue porque ahora buscan, después de<br />

el gobierno siempre piensa que los pueblos indígenas<br />

golpear de manera abierta a la población, desarticular<br />

somos tontos, sin embargo vemos que se está dando una lo que hay en las comunidades, en el sentido de que hay<br />

resistencia.<br />

esfuerzos que ya están más consolidados, como también<br />

las organizaciones sociales que llevamos años de trabajo<br />

en las comunidades. El gobierno del estado y el gobierno<br />

federal ven un riesgo demasiado grande en que estas<br />

organizaciones sigan ahí y entonces ahora viene esa<br />

represión en contra de las organizaciones sociales, y<br />

están utilizando a los grupos paramilitares, al ejército<br />

para la represión, y usando ciertos proyectos económicos<br />

para fomentar la cooptación y la división interna de<br />

las comunidades, queriendo marearlas para tratar de<br />

sacarlas del proceso organizativo.<br />

e&P: ¿qué aspectos positivos quedan de<br />

la lucha que realizó el año pasado la Asamblea?<br />

lc: positivos quedan muchos. Primero, que la<br />

experiencia de la asamblea popular se repite, es un<br />

gran referente; ahora en México se está tomando en<br />

cuenta esa experiencia, no para copiarla de manera<br />

mecánica sino para analizar y ver qué elementos fueron<br />

los que permitieron que los sectores populares que no<br />

estaban organizados, que no habían hecho presencia<br />

en la lucha, se sumaran. Queda toda una población<br />

que está receptiva, que se está organizando, que está<br />

construyendo de sus comunidades una forma diferente<br />

de vivir. Queda lo que la gente llama el poder del pueblo,<br />

“el poder popular”, eso es lo más positivo, y un proceso<br />

enorme de organización en las comunidades y en los<br />

pueblos, del cual se va posteriormente a construir el<br />

cambio; y además, algo que entendió la población en su<br />

gran generalidad, es que no puede estar desorganizada,<br />

que el hecho de organizarse constantemente les<br />

va a permitir defender sus territorios, su dignidad,<br />

y defenderse de la represión que se venga encima,<br />

entonces eso es algo fundamental que quedó, que se<br />

permea en toda la población.<br />

e&P: ¿cómo fue la represión?<br />

lc: fue algo que sí marcó a la sociedad oaxaqueña<br />

porque nunca se reprimió de tal manera, porque fue<br />

una represión masiva, porque se reprimió a millones de<br />

gentes que salieron a defender sus derechos, a resistir<br />

de manera pacífica, porque el pueblo no utilizó armas,<br />

el pueblo resistió con poner barricadas, tomar las<br />

instalaciones de radiodifusuón, de televisión, tomando<br />

en sus manos el protagonismo para impedir que los<br />

siguieran agrediendo. Entonces la represión se dio de<br />

muchas maneras, tanto selectiva, como abierta y masiva,<br />

y hubo muchos compañeros asesinados por grupos<br />

e&P: ¿el ejército ha participado en la represión?<br />

lc: ¡sí! El 25 de noviembre el ejército mexicano participó<br />

en la masacre que se le hizo al pueblo de Oaxaca, pero<br />

al ejército lo vistieron de policía federal, pero esos eran<br />

efectivos del ejército; lo decimos porque hay fotos en las<br />

cuales se ve cómo cambian de uniformes de los efectivos<br />

militares por los uniformes de la policía.<br />

e&P: ¿y la organización de la asamblea continúa?<br />

lc: sí sigue. Pero hay que señalar que la asamblea<br />

popular tiene una composición muy diversa y hay ciertos<br />

grupos que fueron sólo por una prebenda económica,<br />

utilizando la Asamblea Popular para escalar a puestos<br />

del gobierno, pero el gran movimiento de base se sigue<br />

dando, sigue vivo y se está recomponiendo, porque no<br />

pudieron aniquilarlo con toda la represión que se vivió.<br />

La asamblea sigue reivindicando su sistema asambleario<br />

y su experiencia que es histórica. <strong>No</strong> podemos dejar<br />

que la APPO desaparezca, porque tenemos caídos cuyos<br />

asesinos no han sido procesados por la justicia, porque<br />

tenemos presos políticos y perseguidos, y porque Ulises<br />

Ruiz sigue en el estado de Oaxaca, y mientras él siga es<br />

una acusación viva de todos crímenes y asesinatos que<br />

cometió en contra del pueblo de Oaxaca. y porque una<br />

experiencia como la de la APPO no puede quedar ni va a<br />

quedar en el baúl del olvido.<br />

Junio de 2008


ActUALidAd<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

después de la caída<br />

El 23 de enero de 2008 pasará a la historia como una fecha<br />

trascendental para la consolidación de los derechos funda-<br />

mentales de las comunidades indígenas y afrocolombianas<br />

de nuestro país. Ese día la Corte Constitucional –mediante la<br />

sentencia C-030 de 2008– declaró inexequible en su totalidad<br />

la Ley 1021 de 2006 o Ley General Forestal, por el hecho de no<br />

haber sido consultada previamente con las comunidades étnicas y<br />

tribales de Colombia, tal y como lo establecen el artículo 330 de la<br />

Constitución <strong>Política</strong> y el Convenio 169 de la OIT. Esta decisión, que es<br />

el resultado de una acción pública de inconstitucionalidad redactada y<br />

presentada por el Grupo de Derecho de Interés Público de la Universidad<br />

de los Andes (G-DIP), condujo a que la Corte ampliara su precedente en<br />

materia de consulta previa. Específicamente, dicha ampliación del precedente<br />

se tradujo en el reconocimiento explícito por parte del tribunal,<br />

de la existencia del deber de consulta en cabeza del Estado colombiano,<br />

siempre que se pretenda adoptar una medida legislativa susceptible de<br />

afectar directa y específicamente a las minorías culturales que habitan el<br />

territorio nacional.<br />

Dada la importancia que tiene el contenido de esta sentencia para los<br />

miembros de las comunidades afro e indígenas, así como también para<br />

las organizaciones que los representan, y de manera más amplia, para<br />

los defensores de derechos humanos y la opinión pública colombiana,<br />

este artículo propone un análisis detallado de los argumentos esgrimidos<br />

por la Corte en la sentencia C-030 de 2008. Desde esta perspectiva,<br />

el propósito del texto es proporcionar al lector una mirada comprensiva<br />

frente a la declaratoria de inconstitucionalidad la Ley Forestal, que incorpora<br />

tanto elementos jurídicos como políticos al análisis permitiendo


estudiar la decisión judicial como parte de un<br />

proceso que se inicia con la construcción de la<br />

estrategia de litigio que condujo a la redacción de<br />

la demanda.<br />

El artículo se divide en tres partes. En la primera<br />

parte se abordan los aspectos centrales relacionados<br />

con el diseño e implementación de la estrategia<br />

de litigio. En la segunda parte, se analiza<br />

el contenido de la sentencia C-030 de 2008, se<br />

resalta la importancia de los argumentos esgrimidos<br />

por la Corte, y su importancia para la consolidación<br />

y el desarrollo del contenido del derecho<br />

fundamental a la consulta previa. Por último, en la<br />

tercera parte se plantea una reflexión en relación<br />

con los retos y las perspectivas de acción que surgen<br />

en relación con la consulta previa para medidas<br />

legislativas tras la caída de la Ley Forestal.<br />

diseño e implementación<br />

de la estrategia de litigio<br />

El proceso que condujo a la redacción y presentación<br />

de la acción pública de inconstitucionalidad<br />

en contra de la Ley Forestal se inició en 2006 gracias<br />

a la iniciativa conjunta de la Asociación Interamericana<br />

para la Defensa del Ambiente (AIDA)<br />

y el G-DIP. En ese momento se concluyó acerca de<br />

la necesidad de estudiar la Ley General Forestal<br />

y las implicaciones constitucionales de su contenido,<br />

así como las condiciones bajo las cuales se<br />

había dado trámite legislativo a dicha norma. El<br />

G-DIP asumió la tarea de diseñar e implementar<br />

la estrategia jurídico-política, la cual se centró en<br />

la redacción de dos acciones públicas de inconstitucionalidad<br />

que serían presentadas independientemente<br />

teniendo en cuenta que se trataba<br />

de dos temas distintos. En la primera de ellas se<br />

Alejandra Azuero Quijano<br />

LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LA NORMA<br />

ERA CONSECUENCIA DEL DESCONOCIMIENTO<br />

POR PARTE DEL ESTADO DE LAS OBLIGACIONES<br />

DERIVADAS DEL ARTíCULO 6<br />

DEL CONVENIO 169 DE 1989 DE LA OIT.<br />

argumentó que con la expedición de la norma<br />

demandada se violó el derecho fundamental a<br />

la consulta previa de las comunidades étnicas<br />

del país, mientras que en la segunda demanda se<br />

argumentó que la Ley Forestal violaba el derecho<br />

de todos los colombianos a gozar de un ambiente<br />

sano al igual que el deber de garantizar el desarrollo<br />

sostenible del país.<br />

Finalmente, el 18 de mayo de 2007 fue radicada<br />

ante la Corte Constitucional la demanda por el<br />

cargo de consulta previa. 1 El proceso contó con<br />

la participación de un importante número de organizaciones<br />

y actores de la sociedad civil colombiana,<br />

entre los cuales se encuentran la Comisión<br />

Colombiana de Juristas, la Universidad Nacional<br />

de Colombia, la Universidad del Rosario, el Proceso<br />

de Comunidades Negras (PCN), la Asociación<br />

de Autoridades del Consejo Regional Indígena del<br />

Medio Amazonas (CRIMA), la Red Latinoamericana<br />

Contra los Monocultivos de Árboles (Reco-<br />

[1] Posteriormente, en julio de ese mismo año<br />

fue radicada la segunda demanda ante la Corte<br />

Constitucional. Sin embargo, dado que el tribunal<br />

declaró inexequible en su totalidad la Ley Forestal al<br />

examinar el cargo relativo al derecho fundamental a<br />

la consulta previa, la Corte concluyó improcedente<br />

analizar los cargos por violación al derecho a un<br />

ambiente sano y el deber de garantizar el del<br />

desarrollo sostenible en el país, y por ende, decidió<br />

estarse a lo resuelto en la sentencia C-030 de 2008.<br />

Asesora Jurídica del Grupo de Derecho de Interés Público de la<br />

Universidad de los Andes (G-DIP). http://gdip.uniandes.edu.co<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

ma), la Organización Indígena de Colombia (ONIC),<br />

Censat Agua Viva, el Grupo Semillas y el Centro de<br />

Cooperación al Indígena (<strong>Cecoin</strong>), así como también<br />

varios miembros de resguardos indígenas del<br />

país. A través de la presentación de intervenciones<br />

ciudadanas, estas personas y organizaciones contribuyeron<br />

de manera notable al éxito de la estrategia<br />

de litigio, al fortalecer los argumentos de la demanda,<br />

los cuales apuntaban a demostrar que la Ley Forestal<br />

no había sido consultada, y que dicha omisión<br />

acarreaba la inconstitucionalidad de la norma.<br />

Dicha demanda fue articulada alrededor de cuatro<br />

argumentos centrales. 2 En primer lugar, se argumentó<br />

que la inconstitucionalidad de la norma era<br />

consecuencia del desconocimiento por parte del<br />

Estado de las obligaciones derivadas del artículo 6<br />

del Convenio 169 de 1989 de la OIT, el cual hace parte<br />

del bloque de constitucionalidad colombiano en<br />

sentido estricto. En segundo lugar, se sostuvo que la<br />

incorporación del artículo 6 del Convenio 169 de la<br />

OIT al ordenamiento jurídico colombiano se tradujo<br />

en la ampliación del ámbito de protección del derecho<br />

a la consulta previa3 , por un lado, al reconocer<br />

también como titulares del mismo a las comunidades<br />

afrocolombianas, y por el otro, al incluir el deber<br />

de consulta para medidas legislativas susceptibles de<br />

afectar directamente a los pueblos tribales. 4<br />

[2] El texto de la acción pública de inconstitucionalidad<br />

puede ser consultado en http://gdip.uniandes.edu.co<br />

[3] Usualmente se había interpretado el derecho a la<br />

consulta previa como exclusivo de las comunidades<br />

indígenas, y aplicable solamente a medidas que<br />

previeran la explotación de recursos naturales en sus<br />

territorios.<br />

[4] El Convenio 169 de la OIT amplía el derecho a la<br />

consulta previa en dos áreas: sus titulares y el objeto de la<br />

obligación estatal. En primer lugar, el Convenio reconoce<br />

como titulares de este derecho a todas las comunidades<br />

tribales. Por tanto, en el caso colombiano, este tratado<br />

En consecuencia, en tercer lugar se arguyó que la Ley<br />

Forestal era inconstitucional, pues al no haber sido<br />

consultados sobre dicha medida legislativa los indígenas<br />

y afrocolombianos culturalmente diversos<br />

no pudieron manifestar sus puntos de vista sobre<br />

la misma, en particular, sobre la manera como esta<br />

norma jurídica podría afectar su entorno natural,<br />

y por ende, su integridad y existencia en tanto que<br />

minorías étnicas. En cuarto lugar, se demostró que<br />

en el proceso de creación de la Ley General Forestal<br />

no se realizó la consulta previa en los términos<br />

establecidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional,<br />

violando así un derecho fundamental de<br />

las comunidades étnicas y tribales del país. y por<br />

último, se argumentó que la no realización de la<br />

consulta previa condujo también a la violación de<br />

otros derechos de rango constitucional establecidos<br />

en los artículos 1 (participación y pluralismo), 3<br />

(democracia directa y participativa), 7 (diversidad<br />

étnica y cultural), 9 (reconocimiento de principios<br />

de derecho internacional aceptados por Colombia),<br />

13 (protección a grupos discriminados) y 93 (bloque<br />

de constitucionalidad) de la Constitución.<br />

Esta línea argumentativa condujo a que la Corte<br />

Constitucional se pronunciara favorablemente frente<br />

a las pretensiones de los accionantes, al concluir que<br />

la Ley 1021 de 2006 era inconstitucional en su totalidad<br />

por el hecho de no haber sido consultada previamente<br />

con las comunidades afro e indígenas del país.<br />

internacional declara como titulares del derecho a la<br />

consulta previa tanto a los afrodescendientes como<br />

a las comunidades indígenas. En segundo lugar, este<br />

Convenio, además de ordenar la realización de una<br />

consulta previa cuando quiera que se vaya a adelantar<br />

un proyecto de explotación de recursos naturales<br />

en territorios indígenas (art. 330 de la Constitución<br />

<strong>Política</strong> de Colombia), la ordena cuando se vaya a<br />

tramitar cualquier medida legislativa que pueda afectar<br />

directamente a los pueblos tribales.<br />

130<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Después de la caída ]


Carlos Gómez Ariza<br />

el contenido de la decisión<br />

de la corte constitucional<br />

El contenido de la decisión de la Corte Constitucional<br />

puede ser sintetizado en dos puntos clave. En primer<br />

lugar, el tribunal reconoció que –tal y como fue<br />

sostenido por los demandantes– la consulta previa<br />

es un mecanismo de participación que, en virtud de<br />

lo establecido por el artículo 6 del Convenio 169 de<br />

la OIT, también es aplicable a medidas legislativas. y<br />

en segundo lugar, la Corte también coincidió con los<br />

demandantes en que la Ley Forestal era susceptible<br />

de consulta debido a que se trataba de una medida<br />

legislativa que afectaba de manera directa a las comunidades<br />

indígenas y tribales del país. Estos dos argumentos<br />

fueron desarrollados por el tribunal en la<br />

sentencia C-030 de 2008, la cual se divide en tres partes.<br />

En la primera parte, la Corte estudió la naturaleza<br />

del vicio de inconstitucionalidad, en la segunda,<br />

desarrolló el marco jurídico del derecho a la consulta<br />

previa en el ordenamiento nacional, y por último, estudió<br />

la ausencia de consulta en el caso concreto.<br />

naturaleza del vicio<br />

de inconstitucionalidad<br />

En su intervención dentro del proceso, tanto el Ministerio<br />

de Agricultura como el de Medio Ambiente<br />

instaron a la Corte para que profiriera un fallo inhibitorio.<br />

Esto, bajo el entendido de que: “El cargo<br />

formulado se reduce a la configuración de un vicio<br />

de trámite por la ausencia de consulta previa en el<br />

proceso de expedición de la Ley General Forestal, de<br />

suerte que la demanda formulada está sometida al<br />

término de caducidad de un año consagrada en el<br />

artículo 242 de la Carta <strong>Política</strong>”. 5<br />

[5] Corte Constitucional, sentencia C-030 de 2008.<br />

Concepto rendido por los ministerios de Agricultura<br />

y Medio Ambiente dentro del proceso a solicitud de la<br />

Corte Constitucional.<br />

131<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Alejandra Azuero ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Sin embargo, la Corte no acogió el argumento de<br />

los intervinientes, según el cual el cargo de inconstitucionalidad<br />

por consulta previa debía tramitarse<br />

como un vicio de procedimiento, y por tanto, ser<br />

sometido a los términos de caducidad previstos por<br />

la Constitución para este tipo de casos. 6 Al contrario,<br />

la Corte concluyó que –de acuerdo con su propia<br />

jurisprudencia– ante la ausencia de reglas jurídicas<br />

procedimentales aplicables a la consulta previa de<br />

medidas legislativas, no es posible tramitar el cargo<br />

como un vicio de procedimiento. En ese caso –dijo<br />

la Corte– se debe concluir forzosamente que la omisión<br />

de consulta “afecta la materialidad misma de la<br />

ley”. 7 Aún así, el tribunal instó al Estado para que resolviera<br />

la ausencia de regulación del procedimiento<br />

para surtir la consulta de medidas legislativas. Dijo<br />

la Corte:<br />

En desarrollo de los compromisos adquiridos<br />

en el ámbito del Convenio 169 de la OIT, el<br />

Estado colombiano debe legislar sobre la manera<br />

de hacer efectivo el derecho de consulta<br />

a los pueblos indígenas y tribales frente a las<br />

medidas legislativas que sean susceptibles de<br />

afectarles directamente. Sería, entonces, la ley<br />

orgánica, en armonía con la Constitución y<br />

sin desnaturalizar el alcance del compromiso<br />

adquirido por virtud de lo dispuesto en el artículo<br />

6º del Convenio 169, la que establecería<br />

los casos en los que procede la consulta, la<br />

oportunidad y los procedimientos para llevarla<br />

a cabo. Se configuraría así, un procedimiento<br />

legislativo especial, aplicable, desde la fase de<br />

la iniciativa legislativa, en el evento de medidas<br />

[6] La Constitución prevé que las acciones de<br />

inconstitucionalidad por vicios de procedimiento<br />

solamente podrán ser presentadas dentro del año<br />

siguiente a la promulgación de la norma que se pretende<br />

demandar.<br />

[7] Id.<br />

legislativas que sean susceptibles de afectar<br />

de manera directa a los pueblos indígenas y<br />

tribales y cuyo incumplimiento daría lugar a<br />

un vicio de procedimiento en la formación de<br />

la ley. El procedimiento especial previsto para<br />

adelantar la consulta se convertiría así en una<br />

garantía institucional del derecho que tienen<br />

las comunidades a que la misma se haga efectiva.<br />

Así, la Corte concluyó que la omisión de consulta<br />

previa en el caso de la Ley General Forestal, exigía un<br />

pronunciamiento de fondo sobre las pretensiones<br />

de la demanda.<br />

Marco jurídico del derecho<br />

a la consulta previa<br />

La Corte define el marco jurídico del derecho fundamental<br />

a la consulta previa, reconociendo que la<br />

Constitución otorga especial protección al derecho<br />

de participación de los grupos étnicos en las decisiones<br />

que los afectan, protección que se traduce “en<br />

el deber de adelantar procesos de consulta con las<br />

comunidades indígenas y tribales”. 8 Para el tribunal,<br />

esta obligación surge a partir de uno de los dos<br />

grandes compromisos adquiridos por el Estado colombiano<br />

tras la ratificación del Convenio 169 de la<br />

OIT. 9 Este compromiso tiene como elementos cen-<br />

[8] Id., párrafo 4.1.<br />

[9] Id., parráfo 4.2. Según la Corte, el segundo gran<br />

compromiso que surge para el Estado colombiano en<br />

virtud del Convenio 169 tiene que ver con “las medidas<br />

que deben impulsar para obtener los fines propios del<br />

convenio en los distintos aspectos que son objeto del<br />

mismo, que, como se ha dicho, de una manera amplia,<br />

se orienta a promover las condiciones que permitan<br />

el desarrollo de los pueblos indígenas y tribales de<br />

un modo que respete la diversidad étnica y cultural,<br />

asegure los espacios de autonomía requeridos para<br />

ello y se desenvuelva en un marco de igualdad, y que<br />

específicamente se refiere a su relación con las tierras<br />

132<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Después de la caída ]


trales la participación y el respeto por la diversidad y<br />

autonomía de las comunidades étnicas y tribales, y<br />

alude a la manera como deben adoptarse y ponerse<br />

en ejecución las medidas legislativas y administrativas<br />

susceptibles de afectarlas. En ese orden de ideas,<br />

ha dicho la Corte acerca del carácter fundamental<br />

del derecho a la consulta previa:<br />

El mismo es consecuencia directa del derecho<br />

que les asiste a las comunidades nativas de decidir<br />

las prioridades en su proceso de desarrollo<br />

y preservación de la cultura y que, cuando<br />

procede ese deber de consulta, surge para las<br />

comunidades un derecho fundamental susceptible<br />

de protección por la vía de la acción<br />

de tutela, en razón a la importancia política del<br />

mismo, a su significación para la defensa de la<br />

identidad e integridad cultural y a su condición<br />

de mecanismo de participación. 10<br />

Seguidamente, el fallo plantea un avance en torno al<br />

alcance y contenido del deber de consulta de medidas<br />

legislativas susceptibles de afectar directamente<br />

a las comunidades indígenas, aun cuando éstas no<br />

estén circunscritas a: 1) la explotación de recursos<br />

naturales en sus territorios, o 2) a la delimitación<br />

de los mismos. En ese orden de ideas, la Corte se<br />

o territorios; a las condiciones de trabajo; a aspectos<br />

relacionados con la formación profesional, la artesanía<br />

y las industrias rurales; a salud y seguridad social; a<br />

educación y medios de comunicación y a contactos y<br />

cooperación a través de las fronteras…”<br />

[10] Id., párrafo 4.2.2. En los párrafos siguientes de<br />

la sentencia, la Corte lleva a cabo un pormenorizado<br />

recuento jurisprudencial de los pronunciamientos que<br />

han tenido por objeto delimitar el contenido del derecho<br />

a la consulta previa en relación con medidas legislativas.<br />

Las sentencias a las que hace alusión la Corte son las<br />

siguientes: C-169 de 2001, C-418 de 2002, C-891 de<br />

2002, C-620 de 2003, C-208 de 2007, C-620 de 2003,<br />

T-737 de 2005, SU-383 de 2003, T-382 de 2006.<br />

LA CONSULTA PREVIA DE UNA MEDIDA<br />

LEGISLATIVA ES OBLIGATORIA CUANDO AFECTA<br />

DE MANERA DIRECTA y ESPECíFICA<br />

A LAS COMUNIDADES INDíGENAS.<br />

plantea tres problemas jurídicos que resuelve de la<br />

siguiente manera.<br />

1. ¿Cuándo es obligatoria la consulta previa de una<br />

medida legislativa de acuerdo con el artículo 6<br />

literal a) del Convenio 169?<br />

La Corte concluye que, en virtud del Convenio 169,<br />

la consulta previa de una medida legislativa es obligatoria<br />

cuando afecta de manera directa y específica<br />

a las comunidades indígenas o tribales, sin importar<br />

que dicha afectación sea positiva o negativa. En<br />

cuanto al primer requisito, el tribunal precisó que<br />

“hay una afectación directa cuando la ley altera el estatus<br />

de la persona o de la comunidad, bien sea porque<br />

le impone restricciones o gravámenes, o, por el<br />

contrario, le confiere beneficios”. 11 Adicionalmente,<br />

la Corte exige que la afectación sea específica, es decir,<br />

que la medida debe estar dirigida concretamente<br />

a las comunidades en su calidad de tales. Es decir, se<br />

trata de una norma que está “orientada a regular de<br />

manera específica la situación de esos pueblos” 12 ,<br />

o que, aun cuando ha sido concebida con alcance<br />

general, repercute sobre las comunidades. En ese<br />

orden de ideas, la Corte concluye:<br />

En cada caso concreto sería necesario establecer<br />

si opera el deber de consulta, bien sea<br />

porque se esté ante la perspectiva de adoptar<br />

una medida legislativa que de manera directa<br />

[11] Id., párrafo 4.2.2.2.1.<br />

[12] Id.<br />

133<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Alejandra Azuero ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

LA CORTE ENCONTRó QUE EL CONTENIDO DE<br />

LA LEy GENERAL FORESTAL AFECTABA<br />

DE MANERA PARTICULAR A AQUELLOS SECTORES<br />

QUE TIENEN UNA RELACIóN MÁS ESTRECHA<br />

CON LOS BOSQUES y CON LA ACTIVIDAD<br />

FORESTAL, ENTRE QUIENES SE ENCUENTRAN<br />

LAS COMUNIDADES AFRO E INDíGENAS.<br />

y específica regula situaciones que repercuten<br />

en las comunidades indígenas y tribales, o<br />

porque del contenido material de la medida se<br />

desprende una posible afectación de tales comunidades<br />

en ámbitos que les son propios. 13<br />

2. ¿En qué condiciones de tiempo, modo y lugar<br />

debe producirse esa consulta?<br />

Dado que el Convenio 169 no establece reglas de<br />

procedimiento, y hasta tanto el legislador no regule<br />

la materia a nivel interno, las condiciones de<br />

tiempo, modo y lugar deben atender al mandato de<br />

flexibilidad contenido en el Convenio. Aún así, para<br />

la Corte es claro que este mandato no deja la consulta<br />

sometida por completo a la discrecionalidad de<br />

los Estados. Los principios de buena fe, efectividad,<br />

conducencia, utilidad y oportunidad deben ser<br />

aplicados al momento de definir las condiciones<br />

en que se realizará la consulta. Así mismo, la Corte<br />

estableció que los requisitos desarrollados en la sentencia<br />

SU-039 de 1997 son aplicables a la consulta<br />

previa de medidas legislativas. Dichos requisitos<br />

son: a) el conocimiento pleno de la medida por parte<br />

de las comunidades; b) una suficiente ilustración<br />

sobre posible afectación que esta pueda acarrear<br />

para la comunidad; c) la oportunidad para valorar<br />

las ventajas y desventajas de la medida libremente<br />

y sin interferencias; d) que la consulta involucre a<br />

[13] Id.<br />

las organizaciones/instituciones genuinamente<br />

representativas de la comunidad; e) que la comunidad<br />

se manifieste mediante sus representantes<br />

autorizados; f) que ante la imposibilidad de acuerdo<br />

o concertación la decisión estatal sea proporcional.<br />

Por último, la Corte reafirmó que no tiene el valor<br />

de consulta la mera información o notificación<br />

sobre la medida, y juzgó necesario especificar que<br />

corresponde al gobierno promover la consulta tanto<br />

de los proyectos de ley que son de su iniciativa, como<br />

de aquellos que no los son.<br />

3. ¿Cuál es la consecuencia jurídica de la omisión<br />

frente al deber de consulta?<br />

Según la Corte, existen tres consecuencias jurídicas<br />

posibles frente a la omisión del deber de consulta<br />

134<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Después de la caída ]


previa. 14 La primera consecuencia posible es la in-<br />

constitucionalidad de la norma en su conjunto. La<br />

segunda y tercera opción operarían cuando se trata<br />

de una ley que de manera general concierne a los<br />

pueblos indígenas y tribales y los afecta directamente.<br />

En ese caso, la Corte podría: optar por resolver<br />

la omisión mediante la exclusión de las comunidades<br />

afectadas del ámbito de aplicación de la ley.<br />

O también podría declarar una omisión legislativa<br />

derivada de la falta de previsión de medidas específicamente<br />

orientadas a las comunidades indígenas<br />

y tribales, de forma tal que la ley se conserve en el<br />

ordenamiento y se adopten las medidas necesarias<br />

para subsanar la omisión.<br />

[14] Id., párrafo 4.2.2.2.3.<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

Ausencia de consulta previa<br />

en el caso concreto<br />

Finalmente, en la tercera parte de la demanda la<br />

Corte estudió un último problema jurídico. En efecto,<br />

analizó si a la luz de los criterios desarrollados en<br />

el fallo era necesario o no llevar a cabo la consulta<br />

previa en el caso de la Ley General Forestal, y de ser<br />

así, cuáles serían los argumentos que permitirían<br />

concluir que la consulta no se surtió. En cuanto a<br />

la necesidad de consultar la medida legislativa, la<br />

Corte encontró que el contenido de la Ley General<br />

Forestal afectaba de manera particular a aquellos<br />

sectores que tienen una relación más estrecha con<br />

los bosques y con la actividad forestal, entre quienes<br />

se encuentran las comunidades afro e indígenas. Por<br />

tanto, concluye que la consulta sí era necesaria a la<br />

luz de la Constitución y el Convenio 169 de la OIT,<br />

toda vez que la norma demandada era susceptible<br />

de afectar directa y específicamente a tales comunidades.<br />

Al respecto señaló la Corte:<br />

En la medida en que establece políticas generales,<br />

definiciones, pautas y criterios, que<br />

en cuanto que de aplicación general, pueden<br />

afectar las áreas en las que se encuentran asentadas<br />

las comunidades, lo cual, a su vez, puede<br />

repercutir sobre sus formas de vida y sobre la<br />

relación tan estrecha que mantienen con el<br />

bosque (…) la adopción de la ley debió haberse<br />

consultado con esas comunidades. 15<br />

Ahora bien, una vez reconocido el deber de consulta<br />

en el caso concreto, la Corte entró a estudiar si se había<br />

cumplió adecuadamente con dicha obligación. En<br />

ese orden de ideas, el tribunal observó que la medida<br />

legislativa que se buscaba promover en el Congreso<br />

no fue puesta en conocimiento de las comunidades<br />

[15] Id., párrafo 5.3.<br />

135<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Alejandra Azuero ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

por intermedio de instancias suficientemente representativas.<br />

Así mismo, la Corte constató que las<br />

comunidades afectadas por las medidas tampoco<br />

fueron ilustradas debidamente sobre el alcance y la<br />

manera en que se produciría dicha afectación. Por<br />

último, la Corte verificó que dichos grupos tampoco<br />

tuvieron una oportunidad efectiva para pronunciarse<br />

frente a la medida que se tramitó posteriormente<br />

ante el Congreso. Por tanto, en virtud de estos argumentos<br />

la Corte Concluyó que, si bien en el trámite<br />

del proyecto de ley se cumplió de manera general<br />

con el proceso participativo previsto en la Constitución<br />

y la ley, lo cierto es que la consulta no se surtió<br />

en los términos previstos por la jurisprudencia constitucional<br />

y, por tanto, la norma debía ser declarada<br />

inexequible. Así lo expresó la Corte:<br />

Dado que la ley versa sobre una materia que se<br />

relaciona profundamente con la cosmovisión<br />

de esas comunidades y su relación con la tierra,<br />

y que, por acción o por omisión, es susceptible<br />

136<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Después de la caída ]


de afectarlas de manera directa y específica,<br />

no hay alternativa distinta a la de declarar la<br />

inexequibilidad de la ley. 16<br />

después de la Ley Forestal<br />

La declaratoria de inexequibilidad de la Ley Forestal<br />

es un triunfo innegable para el desarrollo del derecho<br />

a la consulta previa de las comunidades étnicas<br />

y tribales en Colombia. y en esa medida, es también<br />

una decisión judicial que contribuye notablemente<br />

al fortalecimiento de la democracia participativa en<br />

nuestro país. Sin embargo, como suele suceder con<br />

las grandes decisiones judiciales tanto en Colombia<br />

como en el extranjero, éstas también ayudan a evidenciar<br />

los retos a los que se enfrentan las organizaciones<br />

y los ciudadanos al acudir al derecho como<br />

herramienta de transformación social.<br />

Tras la “caída” de la Ley Forestal son innumerables<br />

los frentes en los cuales se hace palpable la necesidad<br />

de seguir trabajando en defensa del derecho<br />

fundamental a la consulta previa. Algunos ejemplos<br />

permiten ilustrar de qué manera abogados, activistas<br />

y academia tienen el reto de seguir articulando<br />

estrategias jurídicas, políticas y sociales que permitan<br />

afianzar los logros alcanzados con la sentencia<br />

C-030 de 2008.<br />

Por un lado, se puede mencionar la importancia<br />

que tendrá en los días por venir la tarea de cabildeo<br />

y seguimiento al nuevo proyecto de ley que fue<br />

presentado por el Ministerio de Agricultura ante<br />

el Congreso, por medio del cual se pretende reglamentar<br />

la actividad de las plantaciones forestales<br />

comerciales a nivel nacional. y por el otro, también<br />

será vital la intervención de las organizaciones ante<br />

la Corte Constitucional, como coadyuvantes de<br />

[16] Id.<br />

la acción pública de inconstitucionalidad que fue<br />

presentada recientemente en contra del Estatuto de<br />

Desarrollo Rural por ausencia de consulta previa. 17<br />

Esta decisión, precedida por las sentencias C-030 de<br />

2008 y C-416 de 2008, 18 será de vital importancia<br />

para la consolidación del precedente que durante el<br />

último año ha desarrollado la Corte en materia de<br />

consulta previa.<br />

Sin embargo, los esfuerzos de las comunidades y organizaciones<br />

en favor de la materialización del derecho<br />

fundamental a la consulta previa son necesarios<br />

mas no suficientes. Corresponde al legislativo y al<br />

ejecutivo la responsabilidad de llevar a cabo la consulta<br />

previa siempre que las comunidades afro e indígenas<br />

sean susceptibles de verse afectadas por una<br />

medida legislativa. Es claro que de estos dos órganos<br />

del poder público también depende que la “caída”<br />

de la Ley Forestal no se convierta en letra muerta.<br />

[17] Número de radicación: D-7308. Acción pública<br />

de inconstitucionalidad presentada el 15 de mayo de<br />

2008 por la Comisión Colombiana de Juristas y suscrita<br />

por la Corporación Grupo Semillas, la Corporación<br />

Colectivo José Alvear Restrepo, la Fundación Centro<br />

de Investigación y Educación Popular (Cinep), la<br />

Asociación Nacional de Usuarios Campesinos, Unidad y<br />

Reconstrucción (ANUC-UR), y la Asociación Nacional de<br />

Usuarios Campesinos de Colombia (ANUC).<br />

[18] En esta última sentencia la Corte Constitucional<br />

declaró la exequibilidad condicionada de la Ley 1151 de<br />

2007 –por medio de la cual se aprobó el Plan Nacional<br />

de Desarrollo– de manera que hasta tanto se realice<br />

dicha consulta, se suspenden los proyectos, programas<br />

y presupuestos plurianuales que puedan incidir<br />

directa y específicamente sobre pueblos indígenas o<br />

comunidades étnicas afrodescendientes.<br />

137<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Alejandra Azuero ]<br />

Junio de 2008


Carlos Gómez Ariza<br />

Los territorios indígenas traslapados<br />

con áreas del Sistema de Parques nacionales<br />

naturales en la Amazonia colombiana:<br />

Situación actual<br />

y perspectivas 1<br />

En la región amazónica un alto porcentaje de las áreas del Sistema de Parques<br />

Nacionales Naturales (SPNN) se encuentran superpuestas con extensos<br />

territorios reconocidos en propiedad a favor de los pueblos indígenas. Las<br />

nuevas consagraciones constitucionales privilegiaron notablemente el estatus<br />

jurídico de los parques naturales y de los territorios indígenas, a tal punto<br />

que actualmente se hace imperativo propender por articular y armonizar en<br />

mutuo beneficio los intereses representados en estas figuras jurídicas, más<br />

aún cuando las condiciones del ambiente adquieren una situación crítica reconocida<br />

a nivel global.<br />

El Sistema de Parques Nacionales Naturales se encuentra estructurado legalmente<br />

bajo la concepción de incompatibilidad con la habitación humana<br />

permanente y la explotación de los recursos naturales. En efecto, el régimen<br />

general dispuesto en la normatividad vigente para estas áreas establece un<br />

estricto y restrictivo control sobre el uso, manejo y aprovechamiento de los<br />

recursos naturales, que impide el desarrollo de actividades agrícolas, forestales,<br />

pesqueras, de caza, mineras o de hidrocarburos. Adicionalmente, dicho<br />

régimen opera de manera prevalente sobre las competencias de protección y<br />

[1] El presente artículo corresponde al Documento de <strong>Política</strong>s Públicas <strong>No</strong>. 23 del Foro<br />

Nacional Ambiental de diciembre de 2007, en prensa.


conservación de la biodiversidad biológica reconocidas<br />

a las restantes autoridades ambientales<br />

del nivel regional o local.<br />

Los territorios indígenas se encuentran reconocidos<br />

como un derecho fundamental constitucional<br />

a favor de los pueblos indígenas, el cual opera principalmente<br />

en dos aspectos: en primer lugar se refiere<br />

a la propiedad colectiva de las tierras y de los<br />

recursos naturales, 2 y en segundo lugar en lo que<br />

se refiere al ejercicio del derecho de autonomía y<br />

autogobierno a nivel local, el cual se materializa<br />

en un sistema jurídico propio en lo administrativo,<br />

judicial y legislativo que debe ser armónico con las<br />

normas del sistema jurídico nacional. 3<br />

[2] Corte Constitucional T – 188 de 1993: “El derecho<br />

de propiedad colectiva ejercido sobre los territorios<br />

indígenas reviste una importancia esencial para<br />

las culturas y valores espirituales de los pueblos<br />

aborígenes. Se resalta la especial relación de las<br />

comunidades indígenas con los territorios que<br />

ocupan, no sólo por ser éstos su principal medio<br />

de subsistencia sino además porque constituyen<br />

un elemento integrante de la cosmovisión y la<br />

religiosidad de los pueblos aborígenes. El derecho<br />

fundamental a la propiedad colectiva de los<br />

grupos étnicos lleva implícito, dada la protección<br />

constitucional del principio de diversidad étnica y<br />

cultural, un derecho a la constitución de resguardos<br />

en cabeza de las comunidades indígenas. El derecho<br />

fundamental de petición es aquí un medio o<br />

presupuesto indispensable para la realización de<br />

aquellos derechos.” (negrillas fuera del texto)<br />

[3] Corte Constitucional, sentencia T-979 de<br />

2006: “Los criterios señalados en el Convenio<br />

169 sobre pueblos indígenas y tribales en países<br />

independientes, enmarcan, y al mismo tiempo<br />

refuerzan, el derecho al auto-gobierno de las<br />

comunidades indígenas, que el Constituyente de<br />

1991 puso de presente en varias disposiciones<br />

constitucionales. De otra parte, tales principios y<br />

criterios encajan claramente dentro del entorno<br />

Ramón esteban Laborde<br />

Variados y extensos estudios jurídicos se han realizado<br />

en busca de definir los aspectos que harían<br />

o no compatibles dichas figuras superpuestas. En<br />

principio se asume de manera generalizada que<br />

la ocupación y el aprovechamiento de las áreas<br />

del Sistema de Parques Nacionales Naturales<br />

por parte de los pueblos indígenas no comporta<br />

amenaza o riesgo para la conservación de los<br />

ecosistemas estratégicos que se busca proteger,<br />

a diferencia de lo que podría ocurrir con otras<br />

poblaciones rurales.<br />

Los aspectos sobre los cuales ha recaído el análisis<br />

jurídico y que en adelante se desarrollarán son los<br />

siguientes:<br />

� La propiedad y administración de la tierra y de<br />

sus recursos naturales renovables en las áreas<br />

traslapadas.<br />

de un Estado social de derecho (art. 1° de la<br />

Constitución <strong>Política</strong>), respetuoso y protector de la<br />

diversidad étnica y cultural (art. 7° ibídem). De allí<br />

que, en desarrollo de las obligaciones resultantes<br />

de su participación en este convenio, al Estado<br />

colombiano le corresponda desarrollar una labor<br />

activa encaminada a promover el respeto y la<br />

prevalencia de la autonomía y los demás derechos de<br />

las comunidades indígenas. Ahora, si al Estado y sus<br />

autoridades les corresponde promover y defender<br />

el derecho fundamental de las comunidades<br />

indígenas a gobernarse por autoridades propias,<br />

se entiende que a fortiori, les compete el deber de<br />

abstenerse de interferir de cualquier manera en<br />

la toma de las decisiones que en desarrollo de su<br />

autonomía corresponde adoptar a los integrantes<br />

de las comunidades indígenas. Siendo sin duda<br />

una de tales decisiones, e incluso una de las más<br />

importantes, la referente a la elección de las<br />

autoridades que de conformidad con sus propias<br />

tradiciones, usos y costumbres, habrán de gobernar<br />

a la comunidad indígena en cuestión, dentro del<br />

ámbito de sus competencias reconocidas por la<br />

Constitución de 1991”.<br />

Abogado, asesor de organizaciones indígenas de la Amazonia.<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

� La afectación o restricción sobre el uso, manejo<br />

y aprovechamiento de los recursos naturales por<br />

parte de los pueblos indígenas. Particularmente<br />

se evidencia una tensión en relación con el aprovechamiento<br />

para fines comerciales de los recursos<br />

naturales por parte de los pueblos indígenas<br />

en situación de traslape.<br />

� La articulación de los sistemas jurídicos nacional e<br />

indígena: la coordinación o coadministración territorial<br />

entre autoridades ambientales nacionales,<br />

y las instituciones de gobierno local indígena.<br />

� Aprovechamiento económico y concesiones de<br />

servicios ambientales y turísticos en los territorios<br />

indígenas traslapados, por parte del Estado y<br />

terceros.<br />

� Instrumentos de planificación: régimen especial<br />

de manejo, planes de ordenamiento territorial,<br />

planes de vida indígena o planes de manejo de las<br />

áreas del SPNN.<br />

� Necesidad de adecuación normativa para estas<br />

áreas traslapadas.<br />

La propiedad y administración de<br />

la tierra y de sus recursos naturales<br />

renovables en las áreas traslapadas<br />

En los análisis jurídicos sobre este tema, uno de los<br />

principales cuestionamientos que se han realizado<br />

es acerca de quién es el titular del derecho de dominio<br />

sobre la tierra y los recursos naturales en las<br />

áreas traspaladas del SPNN y los territorios indígenas;<br />

este cuestionamiento se genera a partir de la interpretación<br />

realizada por el Ministerio de Ambiente<br />

según la cual la nación es propietaria de los recursos<br />

naturales y en particular de las áreas del SPNN, de<br />

conformidad con lo dispuesto en los artículos 63 y<br />

332 de la Constitución. En estas normas se establece<br />

que los bienes de uso público, los parques naturales<br />

140<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Territorios indígenas en la Amazonia ]


y los territorios indígenas, entre otros bienes, son<br />

inalienables, imprescriptibles e inembargables y que<br />

el Estado es propietario de los recursos naturales.<br />

Efectivamente, de una parte, las autoridades ambientales<br />

entendieron que las áreas del SPNN eran<br />

propiedad de la nación y en consecuencia procedieron<br />

a autorreconocer la propiedad y a inscribirse<br />

como propietarios en el registro público, 4 mientras<br />

que las autoridades del sector agrario reconocían<br />

la propiedad de los pueblos indígenas sobre los<br />

territorios tradicionalmente ocupados por éstos y<br />

procedían a su registro, en razón de lo cual existen<br />

actualmente títulos y registros superpuestos sobre<br />

una misma área territorial, con diferentes titulares.<br />

Las autoridades ambientales en el acto de autorreconocimiento<br />

de la propiedad de las áreas del<br />

SPNN fundamentan su decisión en lo dispuesto en<br />

el artículo 42 del Código Nacional de los Recursos<br />

Naturales Renovables, según este artículo “Pertenecen<br />

a la Nación los recursos naturales renovables<br />

y demás elementos ambientales regulados por este<br />

código que se encuentren dentro del territorio nacional”.<br />

Dentro de éstos se encuentra el género de<br />

las áreas de manejo especial donde se incluyen las<br />

pertenecientes al Sistema de Parques Nacionales,<br />

entendiendo por tales “el conjunto de áreas con valores<br />

excepcionales para el patrimonio nacional que,<br />

en beneficio de los habitantes de la Nación y debido a<br />

sus características naturales, culturales o históricas,<br />

[4] Resolución 2394 del 24 de octubre de 1995 del<br />

Inderena “Por la cual se solicita cambio de titular de las<br />

áreas del Sistema de Parques Nacionales Naturales”,<br />

el cambio de titular que se solicitó e inscribió<br />

efectivamente fue del Inderena a la Nación-Ministerio<br />

de Medio Ambiente, por ejemplo, en la oficina de<br />

registro de Leticia (Amazonas) se encuentra registrada<br />

la propiedad de la nación sobre el Parque Nacional<br />

Natural Amacayacu (Folio de matrícula inmobiliaria <strong>No</strong>.<br />

400-0001038) y el PNN Cahuinari (Folio de matrícula<br />

inmobiliaria <strong>No</strong>. 400-0002262).<br />

EL DERECHO DE DOMINIO DE LOS TERRITORIOS<br />

INDíGENAS SE ESTABLECE EN BENEFICIO<br />

DE LOS MIEMBROS DE DETERMINADO GRUPO<br />

éTNICO O DE VARIOS DE ELLOS,<br />

NUNCA EN BENEFICIO DE LA NACIóN.<br />

se reserva y declara comprendida en cualquiera<br />

de las categorías que adelante se enumeran”. 5 Finalmente,<br />

la Ley 99 de 1993 le asigna la función al<br />

Ministerio de Ambiente para reservar, alinderar y<br />

administrar las áreas del SPNN, reglamentando su<br />

uso y funcionamiento. 6<br />

Los pueblos indígenas obtienen el reconocimiento<br />

de la propiedad sobre sus territorios y de los recursos<br />

naturales de acuerdo con lo dispuesto en el<br />

artículo 329 de la Carta, así como lo establecido en<br />

el artículo 15 del Convenio 169 de la OIT, entre otras<br />

normas. En efecto, el derecho de dominio de los<br />

territorios indígenas se establece en beneficio de los<br />

miembros de determinado grupo étnico o de varios<br />

de ellos, nunca en beneficio de la nación. Esta propiedad<br />

colectiva se asimila a la propiedad privada, y<br />

en consecuencia les corresponderá a sus titulares la<br />

administración y, adicionalmente, en ejercicio de las<br />

facultades de autogobierno local les correspondería<br />

determinar lo referente al uso del suelo, incluida la<br />

preservación de los recursos naturales renovables. 7<br />

El régimen legal vigente para las áreas del SPNN se<br />

aplica plenamente a los propietarios particulares.<br />

Frente a ellos se entiende y justifica que el Estado<br />

adquiera la propiedad de los predios incluidos en el<br />

[5] Decreto-ley 2811 de 1974, artículo 327 (énfasis<br />

agregado).<br />

[6] Ley 99 de 1993, artículo 5 numerales 18 y 19.<br />

[7] Artículo 330 Constitución <strong>Política</strong>.<br />

141<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Ramón Esteban Laborde ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

SIN DISCUSIóN SE ACEPTA<br />

QUE LA PROPIEDAD DE LA TIERRA<br />

y LOS RECURSOS NATURALES SE ENCUENTRA<br />

RADICADA EN LOS PUEBLOS INDíGENAS.<br />

sistema, aún de manera forzada. Así mismo, se encuentra<br />

establecido el beneficio general para todos<br />

los habitantes del territorio nacional de usar los PNN<br />

con fines recreativos, educativos, investigativos, etc.<br />

En este caso, la propiedad privada no adquiere la<br />

connotación de ser un derecho fundamental constitucional,<br />

no existe una relación espiritual, cultural e<br />

histórica con el territorio, la relación es simplemente<br />

económica o patrimonial, por lo que puede incluso<br />

ser expropiado, previa indemnización.<br />

El régimen legal vigente para las áreas del SPNN no<br />

es aplicable para los pueblos indígenas, pues su propiedad<br />

territorial no puede ser objeto de adquisición<br />

voluntaria o forzosa, ya que constitucionalmente ha<br />

adquirido el carácter de inalienable y en consecuencia<br />

es inalienable su administración. Por ser éste un<br />

atributo esencial al derecho de dominio, es decir, que<br />

sin ésta se desnaturaliza el derecho de propiedad, lo<br />

cual no es procedente para los territorios indígenas.<br />

Sin discusión se acepta que la propiedad de la tierra<br />

y los recursos naturales se encuentra radicada en los<br />

pueblos indígenas; sin embargo, como se ha establecido,<br />

formalmente la nación-Ministerio de Ambiente,<br />

Vivienda y Desarrollo Territorial tiene inscritas en<br />

las oficinas de instrumentos públicos la propiedad<br />

de la totalidad de las áreas que componen el SPNN,<br />

incluidos los titulados y registrados a nombre de los<br />

pueblos indígenas. Esta situación debe ser corregida,<br />

pues no son aceptables estas ambigüedades<br />

por parte del Estado. La obligación de reconocer la<br />

plena propiedad de los territorios ancestralmente<br />

utilizados por los Pueblos Indígenas por parte del<br />

Estado se encuentra establecida en el Convenio 107<br />

de la OIT (Ley 31 de 1967) y reiterado en el Convenio<br />

169 de la OIT (Ley 21 de 1991), normas que hacen<br />

parte del bloque de constitucionalidad en estricto<br />

sentido. 8 Por tanto, se debe revocar la Resolución<br />

2394 de 1995 del Inderena, y ordenar la cancelación<br />

de los folios de matrícula inmobiliaria de las áreas<br />

del SPNN traslapadas parcial o totalmente con territorios<br />

indígenas.<br />

La afectación o restricción<br />

sobre el uso, manejo y aprovechamiento<br />

de los recursos naturales<br />

Los territorios indígenas, al igual que todas las propiedades,<br />

se encuentran sometidas al cumplimiento<br />

de la función ecológica: lo que habría que determinar<br />

son las limitaciones adicionales al uso, manejo y<br />

aprovechamiento a las cuales tendrían que sujetarse<br />

los pueblos indígenas cuando sus territorios se encuentren<br />

superpuestos con áreas del SPNN.<br />

La jurisprudencia constitucional ha dicho al paso<br />

(obiter dicta) 9 :<br />

Dentro de las zonas delimitadas y, por consiguiente,<br />

reservadas o destinadas a parques<br />

naturales, no sólo se comprenden terrenos de<br />

propiedad estatal, sino de propiedad privada.<br />

Si bien en estos casos subsiste la propiedad<br />

privada, que es enajenable, ella esta afectada<br />

a la finalidad de interés público o social propia<br />

del sistema de parques nacionales, afectación<br />

que implica la imposición de ciertas limita-<br />

[8] Ver Corte Constitucional, sentencia C-401 de 2005.<br />

[9] Parte no vinculante u obligatoria de las sentencias<br />

judiciales, solo tienen valor pedagógico o de ilustración.<br />

Ver Corte Constitucional, sentencia SU-047 de 1999.<br />

142<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Territorios indígenas en la Amazonia ]


ciones o cargas al ejercicio de dicho derecho,<br />

acordes con dicha finalidad. <strong>No</strong> obstante, debe<br />

aclararse, que en cuanto se afecte el núcleo<br />

esencial del derecho de propiedad con la referida<br />

afectación el respectivo inmueble debe ser<br />

adquirido mediante compra o expropiación<br />

(sentencia C-649 de 1997).<br />

En el caso de los territorios indígenas, siguiendo esta<br />

cita tendríamos que considerar que la afectación a<br />

su propiedad sobre la tierra y los recursos naturales<br />

renovables no puede llegar a la imposición de limitaciones<br />

o cargas que afecten el núcleo esencial de<br />

tales derechos, pues como se sabe éstos no podrían<br />

ser objeto de adquisición por parte del Estado debido<br />

a su carácter de derecho fundamental inalienable.<br />

Convenido lo anterior tendríamos que reiterar<br />

que en los territorios indígenas comprendidos en<br />

unas de las áreas del SPNN no se aplica el régimen<br />

general de dicho sistema; recordemos que en éste<br />

se encuentran prohibidas las actividades de tumba,<br />

quema y siembra, caza, pesca, forestales, agropecuarias,<br />

industriales, mineras, petroleras, hoteleras,<br />

etc. 10 , o cualquier otra actividad que vaya en contra<br />

de los objetivos de conservación del área.<br />

En principio no habría inconveniente en aceptar<br />

que de las anteriores actividades no permitidas en<br />

las áreas del SPNN, las que se refieren a las propias<br />

de la subsistencia de las comunidades indígenas<br />

no pueden ser objeto de limitación. Es claro que de<br />

éstas depende su supervivencia física, de igual modo<br />

ocurre con las que se requieran para su bienestar<br />

espiritual, en general no se les podrá limitar o reglamentar,<br />

ni será necesario formalizar acuerdos sobre<br />

el uso, manejo y aprovechamiento de los recursos<br />

naturales que adelanten de manera tradicional. De<br />

igual manera, no será admisible que en estas áreas<br />

[10] Artículo 30 del Decreto 622 de 1977.<br />

traslapadas el Estado pueda autorizar exploración<br />

y explotación de los recursos del subsuelo, pues<br />

frente a sí mismo operan las limitaciones que hacen<br />

incompatible las actividades mineras o petroleras<br />

en áreas de especial importancia ecológica. La<br />

cuestión que habrá de resolverse es el desarrollo<br />

de actividades de carácter industrial o comercial<br />

que no puedan considerarse como de subsistencia<br />

o tradicionales, en efecto, la siembra extensa de<br />

monocultivos, la explotación forestal a gran escala,<br />

la caza o pesca con fines comerciales, el montaje de<br />

industrias, la hotelería y turismo, entre otras, serán<br />

las actividades sobre las cuales deberá alcanzarse un<br />

acuerdo entre el Estado y las comunidades indígenas<br />

que se encuentran en áreas del SPNN.<br />

Dentro de estas actividades que hemos denominado<br />

de carácter industrial o comercial existen algunas<br />

que tampoco representan una amenaza para los objetivos<br />

de conservación de las áreas del SPNN. Particularmente<br />

la hotelería y el turismo son realizada y<br />

promovidas por el mismo Estado en otras áreas del<br />

SPNN, por lo cual no parece haber justificación para<br />

que las mismas comunidades puedan adelantarlas<br />

dentro de sus territorios, determinando previamente<br />

la capacidad de carga y demás condiciones requeridas<br />

en la zona donde se adelantará.<br />

Sobre las otras actividades de carácter industrial<br />

o comercial plantearemos algunos principios por<br />

considerar:<br />

� Derecho de los pueblos indígenas a definir sus<br />

prioridades en lo que atañe a su proceso de desarrollo<br />

económico, cultural y social. Artículo 7<br />

del Convenio 169 de la OIT: para las comunidades<br />

indígenas que han manejado sosteniblemente<br />

sus recursos naturales, no resulta prioritario el<br />

interés de la nación por la conservación in situ,<br />

sus intereses prioritarios se dirigen a aspectos<br />

culturales, sociales y económicos, por lo cual no<br />

143<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Ramón Esteban Laborde ]<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

resulta justo ni proporcionado imponerles unas<br />

prioridades externas. <strong>No</strong> puede ocultarse que los<br />

pueblos indígenas en la actualidad y cada vez con<br />

más fuerza, vienen adoptando y requiriendo de<br />

bienes y servicios propios del sistema de la economía<br />

de mercado, lo cual genera consecuentemente<br />

la necesidad de obtener mayores ingresos<br />

para satisfacer estos nuevos requerimientos y, en<br />

principio, podrían buscar alternativas productivas<br />

o económicas en sus territorios, pudiendo<br />

optar por la utilización sostenible de sus recursos<br />

naturales renovables.<br />

� En caso extremo, es decir, cuando el desarrollo de<br />

una actividad industrial o comercial pueda gene-<br />

rar una verdadera amenaza para los objetivos de<br />

conservación del área del SPNN, el Estado podrá<br />

resolver motivadamente prohibir dicha actividad<br />

en aras del interés general, esto sin perjuicio<br />

del daño especial que se cause a la comunidad<br />

indígena11y la responsabilidad patrimonial del<br />

Estado.<br />

[11] De acuerdo con la doctrina vigente se produciría<br />

un daño especial que conlleva una indemnización de<br />

perjuicios independientemente de que se ajuste a la ley la<br />

prohibición de adelantar determinada actividad industrial<br />

o comercial por parte de los pueblos indígenas, se trata de<br />

un caso de responsabilidad objetiva del Estado según lo<br />

disponen el artículo 90 de la Carta y la jurisprudencia del<br />

Consejo de Estado.<br />

144<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Territorios indígenas en la Amazonia ]


� El aprovechamiento industrial o comercial de los<br />

recursos naturales por parte de los pueblos indígenas<br />

en las áreas del SPNN deberá ser realizado<br />

con tecnologías compatibles con la conservación<br />

del área superpuesta, y debe ser sostenible ambientalmente,<br />

estando el Estado en la obligación<br />

de aportar los requerimientos técnicos y financieros<br />

para este propósito.<br />

� La resolución de los conflictos que puedan surgir<br />

entre las prioridades del Estado y los pueblos<br />

indígenas deben ser resueltos a partir de los elementos<br />

que proporcione cada caso en particular<br />

(casuística), atendiendo al nivel de conservación<br />

de los recursos naturales y de la cultura de la res-<br />

pectiva comunidad indígena, y deben ponderarse<br />

los intereses en conflicto en concreto. <strong>No</strong> se puede<br />

generalizar o resolver en abstracto y de antemano<br />

soluciones a dichos conflictos, así lo ha señalado<br />

la Corte Constitucional para este tipo de casos.<br />

� El interés de la conservación in situ no puede<br />

erigirse como un nuevo instrumento de dominación<br />

estatal en relación con los pueblos indígenas,<br />

cualquier forma de colonialismo interno<br />

se encuentra proscrito de nuestro ordenamiento<br />

jurídico, por tanto la relación debe estructurarse<br />

horizontalmente en igualdad de condiciones,<br />

libre de cualquier arbitrariedad o con abuso de la<br />

posición dominante.<br />

145<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Ramón Esteban Laborde ]<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

La articulación y coordinación de los<br />

sistemas jurídicos: nacional e indígena,<br />

en la función de las áreas traslapadas<br />

Los pueblos indígenas obtuvieron con la Constitución<br />

de 1991 y las normas internacionales especialmente<br />

referidas a estos el reconocimiento a su<br />

autonomía política y jurídica a nivel local, lo cual se<br />

traduce en la posibilidad de ejercer funciones administrativas,<br />

legislativas y judiciales<br />

dentro de su ámbito territorial, en armonía con las<br />

normas nacionales. Esta circunstancia determina<br />

una diferencia sustancial con relación a las autoridades<br />

regionales, departamentales o municipales,<br />

estas últimas en lo administrativo se encuentran<br />

sometidas a las políticas, planes y programas dispuestos<br />

por el nivel central de la administración<br />

pública, adicionalmente carecen totalmente de funciones<br />

legislativas o judiciales. Sin llegar a extremos,<br />

se puede señalar que esta condición les permite a los<br />

pueblos indígenas, por lo menos, obtener un trato<br />

horizontal por parte del Estado, es decir, no jerarquizado<br />

o de dominación y, en consecuencia, surge<br />

la necesidad de alcanzar un consenso y articulación<br />

para el manejo de las áreas traslapadas.<br />

Los pueblos indígenas amazónicos, entre otros,<br />

mantienen sofisticados y complejos sistemas de<br />

manejo de su territorio y de sus recursos naturales<br />

los cuales bien pueden ser entendidos en su conjunto<br />

como un cuerpo normativo completo, suficiente<br />

DEBE DARSE APLICACIóN PLENA<br />

AL SISTEMA DE REGULACIóN DISPUESTO<br />

POR LAS AUTORIDADES INDíGENAS<br />

y EN RELACIóN CON SUS MIEMBROS.<br />

y eficiente para garantizar el interés de la nación en<br />

la conservación in situ. <strong>No</strong> obstante, ante las nuevas<br />

realidades económicas y sociales requieren de la<br />

colaboración de las autoridades ambientales para<br />

garantizar definitivamente dicho interés nacional,<br />

de tal manera que los dos sistemas jurídicos deben<br />

articularse y armonizarse de manera complementaria<br />

o subsidiaria.<br />

En principio, debe darse aplicación plena al sistema<br />

de regulación dispuesto por las autoridades indígenas<br />

y en relación con sus miembros, y de manera<br />

subsidiaria y complementaria debe operar la autoridad<br />

y normatividad nacional en relación con las personas<br />

que no están bajo la jurisdicción y autoridad<br />

indígena. De lo contrario se presentaría una confusión<br />

al no tenerse claridad acerca de la autoridad y la<br />

normatividad que rige determinada área traslapada,<br />

sería esta la única manera de realizar la articulación<br />

entre los diversos sistemas jurídicos indígenas y el<br />

nacional, particularmente en lo que se refiere a las<br />

concepciones y regulaciones sobre el uso, manejo<br />

y aprovechamiento de los recursos naturales. En<br />

el caso del PNN Cahuinari se pudo comprobar el<br />

error de pretender fusionar los diferentes sistemas<br />

normativos y las actuaciones de las autoridades<br />

indígenas con las del SPNN en una sola “masa”, pues<br />

se terminan desnaturalizando el cuerpo normativo<br />

y ejecutivo de cada una de las partes, la cuestión es<br />

mantener la diversidad dentro de la unidad sin pretender<br />

generar un sincretismo.<br />

La coordinación territorial entre las autoridades ambientales<br />

nacionales y las autoridades e instituciones<br />

de gobierno local indígena no puede materializarse<br />

con el esquema centralizado y hegemónico que de<br />

manera general opera en las áreas del Sistema de<br />

Parques Nacionales Naturales. En estos casos, la<br />

función de conservación de la diversidad biológica<br />

requiere del reconocimiento de un esquema des-<br />

146<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Territorios indígenas en la Amazonia ]


centralizado y pluralista donde la autoridad indígena<br />

mantenga su autonomía política y jurídica, y las<br />

autoridades ambientales nacionales actúen por defecto<br />

a nivel interno y de manera complementaria<br />

frente a los particulares externos a las comunidades<br />

indígenas; considero que este planteamiento no<br />

solo responde a una situación jurídica indudable,<br />

sino a una realidad práctica.<br />

Las limitaciones o cargas que se requieren implantar<br />

en un área de conservación traslapada con un<br />

territorio indígena deben operar frente a diversos<br />

destinatarios, de una parte a los miembros de las comunidades<br />

indígenas que comprenden y responden<br />

a los postulados de su propio sistema normativo,<br />

y de otra parte, a los miembros de la sociedad na-<br />

147<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Ramón Esteban Laborde ]<br />

Carlos Gómez Ariza<br />

cional que comprenden y responden a sus propios<br />

postulados normativos; entonces, para lograr de<br />

manera eficiente el fin propuesto cada cual debe<br />

atender sus responsabilidades de acuerdo con sus<br />

normas, articulándose y actuando conjuntamente<br />

cuando se requiera en los casos donde se presente<br />

la intersección de los sistemas normativos o cuando<br />

simplemente las necesidades lo requieran.<br />

necesidad de adecuación normativa<br />

para estas áreas traslapadas<br />

La UAESPNN viene promoviendo la discusión y consulta<br />

previa de un proyecto de decreto que introduciría<br />

reformas al Decreto 622 de 1977 reglamentario<br />

de la normatividad referida al SPNN contenida en el<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables<br />

con el cual se pretende actualizar, entre otras, lo<br />

referente a los territorios indígenas.<br />

Como se ha expuesto, el régimen general del SPNN<br />

no tiene aplicabilidad dentro de los territorios<br />

indígenas, salvo para el caso de la autorización de<br />

exploración y explotación de recursos del subsuelo<br />

de propiedad del Estado o de permisos de explotación<br />

comercial o industrial de recursos naturales<br />

renovables. Es decir, que los miembros de las comunidades<br />

indígenas en áreas traslapadas de manera<br />

ininterrumpida y pacífica han venido realizando<br />

el manejo, uso y aprovechamiento de sus recursos<br />

naturales, sin que hubieren operado las limitaciones<br />

dispuestas en dicho régimen.<br />

Entre otras razones, dicho régimen no se ha aplicado<br />

debido a que no se contemplan allí normas que<br />

actualmente se destinen a los pueblos indígenas. En<br />

su momento estuvo vigente el artículo 7 del Decreto<br />

622 de 1977, en el que se disponía la compatibilidad<br />

entre las áreas del SPNN y las reservas indígenas, y<br />

la necesidad de establecer un régimen especial en<br />

beneficio de esta población, con lo que respetaría<br />

su permanencia en el área y el derecho al aprovechamiento<br />

económico de los recursos naturales<br />

con tecnologías compatibles con los objetivos del<br />

sistema. Esta norma perdió su fuerza de ejecutoría12 [12] De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2º<br />

del artículo 66 del CCA, los actos administrativos<br />

pierden su fuerza de ejecutoria cuando desaparezcan<br />

sus fundamentos de derecho y en el presente caso la<br />

figura de las reservas indígenas desaparecieron del<br />

ordenamiento jurídico al ser derogado el Decreto 2117<br />

de 1969, por el Decreto 2001 del 28 de septiembre de<br />

1988 en el que se dispuso la conversión de las reservas<br />

indígenas en resguardos indígenas, debiéndose aclarar<br />

que esta última figura reconoce la plena propiedad<br />

de los territorios indígenas, mientras que las reservas<br />

otorgan un derecho de usufructo. Adicionalmente, debe<br />

considerarse que las reservas y los resguardos no son<br />

pues desde el 28 de septiembre de 1988 desaparecieron<br />

los fundamentos de derecho en los cuales<br />

se sustentaba sin que se hubiera aplicado en algún<br />

caso, es decir, no se constituyó ningún PNN sobre<br />

alguna reserva indígena, ni se estableció un régimen<br />

especial sobre alguna reserva indígena.<br />

Se cuestiona la viabilidad de realizar la actualización<br />

normativa del SPNN en relación con los pueblos<br />

indígenas a través de una reforma a la norma reglamentaria,<br />

sin reformar el Código Nacional de<br />

los Recursos Naturales Renovables. Tenemos que<br />

considerar que la limitación para compatibilizar la<br />

presencia humana permanente se encuentra en este<br />

último, y que un decreto reglamentario no puede<br />

utilizarse para modificar la normatividad en que se<br />

sustenta, el objeto de un acto reglamentario no puede<br />

comprender la reforma de la norma superior a la<br />

cual se encuentra sujeta, en palabras más simples,<br />

las normas de menor jerarquía no pueden reformar<br />

o desconocer las de superior jerarquía, cuando esto<br />

ocurre se genera la nulidad del acto irregular.<br />

Las normas del SPNN contenidas en el mencionado<br />

código disponen que la finalidad principal de dicho<br />

sistema es conservar sin deterioro los recursos naturales<br />

reservados y declarados bajo algunas de las categorías<br />

allí contenidas, los cuales estarán sometidos<br />

o regulados en un régimen especial de manejo. 13<br />

Ninguna de las categorías aludidas contempla o permite<br />

la presencia humana, como tampoco ninguna<br />

de sus zonas internas, ya que desde el principio se<br />

acogió el modelo de parques sin gente, aunque por<br />

otra parte, se constata que existe desde el principio<br />

figuras iguales; cuando se promulgó el Decreto 622 de<br />

1977 existían jurídica y fácticamente los resguardos, sin<br />

embargo, no se dispuso su compatibilidad con las áreas<br />

del SPNN.<br />

[13] Decreto 2811 de 1974, artículos 327 y 328.<br />

148<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Territorios indígenas en la Amazonia ]


presencia humana permanente en casi la totalidad<br />

de las áreas del SPNN, situación que incluso llevó a la<br />

administración a implementar la política institucional<br />

de parques con la gente.<br />

En la actualidad, el régimen jurídico se encuentra<br />

estructurado bajo el modelo sin gente, y la política<br />

institucional bajo el modelo con gente, resultando<br />

que los funcionarios y habitantes de las áreas del<br />

SPNN se ven en la disyuntiva de cumplir el régimen e<br />

incumplir la política o viceversa.<br />

El régimen jurídico opera de acuerdo con la calidad<br />

racial o étnica que se tenga: a) las personas<br />

pertenecientes a la sociedad nacional no pueden<br />

habitar permanentemente las áreas del SPNN, las<br />

que se encuentran en éstas deben ser reubicados<br />

en su exterior; b) las personas pertenecientes a las<br />

comunidades negras14 en principio no pueden<br />

habitar permanentemente las áreas del SPNN, el<br />

reconocimiento territorial no puede comprender<br />

áreas de dicho sistema; excepcionalmente, si se<br />

han establecido con anterioridad a la declaratoria<br />

del área del SPNN podrán permanecer mientras<br />

cumplan con el plan de manejo dispuesto por la<br />

autoridad ambiental, en caso contrario se procederá<br />

a su reubicación, 15 y c) las personas pertenecientes a<br />

[14] De acuerdo con la Ley 70 de 1993 se entiende<br />

por: “Comunidad negra. Es el conjunto de familias de<br />

ascendencia afrocolombiana que poseen una cultura<br />

propia, comparten una historia y tienen sus propias<br />

tradiciones y costumbres dentro de la relación campopoblado,<br />

que revelan y conservan conciencia de<br />

identidad que las distinguen de otros grupos étnicos”.<br />

[15] Ley 70 de 1993, “Artículo 22. Cuando en las áreas<br />

del Sistema de Parques Nacionales Naturales ubicados<br />

en las zonas se encuentren familias o personas de<br />

comunidades negras que se hubieran establecido en<br />

ellas antes de la declaratoria del área-parque, el Inderena<br />

o la entidad que haga sus veces definirá, en el plan de<br />

manejo que se debe expedir, las prácticas tradicionales<br />

los pueblos indígenas pueden habitar permanentemente<br />

las áreas del SPNN. <strong>No</strong> es el modelo o sistema<br />

de manejo, uso y aprovechamiento de los recursos<br />

naturales el que determina la posibilidad de permanencia<br />

de las personas en las áreas del SPNN,<br />

el derecho de permanencia allí se determina con<br />

fundamento en prejuicios raciales, lo cual resulta<br />

inaceptable dentro del marco constitucional.<br />

Para el caso de los pueblos indígenas, en el proyecto<br />

de reforma al Decreto 622 de 1977 se propone lo<br />

siguiente:<br />

� Declarar la compatibilidad de las áreas del SPNN<br />

con los resguardos indígenas o territorios indígenas<br />

no titulados.<br />

� La declaración de un área del SPNN sobre territorios<br />

indígenas se hará previa consulta con los<br />

pueblos interesados.<br />

� Se reglamenta el proceso de consulta previa para<br />

declarar áreas del SPNN con comunidades indígenas,<br />

si no se logra acuerdo la decisión final la<br />

adopta el gobierno.<br />

� Las competencias constitucionales y legales de<br />

las entidades territoriales para elaborar y adoptar<br />

los POT se pierden totalmente sobre las áreas del<br />

SPNN.<br />

� Se incluye una zona denominada de superposición<br />

con resguardo indígena, la cual funcionará<br />

bajo un régimen especial de manejo, y que podrá<br />

de dichas comunidades que son compatibles con la<br />

naturaleza, objetivos y funciones del área de que se trate.<br />

Para tal efecto, la entidad administradora del Sistema de<br />

Parques Nacionales promoverá mecanismos de consulta<br />

y participación con estas comunidades.<br />

Si las personas a que se refiere el presente artículo no<br />

se allanan a cumplir el plan de manejo expedido por<br />

la entidad, se convendrá con ellas y con el Incora su<br />

reubicación a otros sectores en los cuales se pueda<br />

practicar la titulación colectiva”.<br />

149<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Ramón Esteban Laborde ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

tener una zonificación interna establecida conjuntamente<br />

entre las autoridades ambientales y<br />

las autoridades indígenas.<br />

� El Régimen Especial de Manejo garantizará el<br />

ejercicio del conjunto de derechos constitucionales<br />

y legales de los pueblos indígenas, en especial<br />

los territoriales, de uso y aprovechamiento sostenible<br />

de los recursos naturales renovables.<br />

� El Régimen Especial de Manejo será el marco técnico<br />

y de gestión del área superpuesta, y se elaborará<br />

teniendo como insumos el plan de manejo<br />

del área y el plan de vida de las comunidades.<br />

� El Régimen Especial de Manejo contiene el conjunto<br />

de reglas y procedimientos de planeación,<br />

implementación y seguimiento de las acciones<br />

coordinadas de las autoridades ambientales y las<br />

autoridades indígenas.<br />

� Se establece que en ningún caso la articulación<br />

y coordinación de acciones implica traslado, renuncia<br />

o desprendimiento de las funciones de la<br />

UAESPNN.<br />

� Cuando las comunidades carezcan de título se les<br />

consultará el Plan de Manejo del área.<br />

� Las actividades de control y vigilancia en las áreas<br />

superpuestas se realizará de manera conjunta o<br />

coordinada con las autoridades indígenas, según<br />

lo dispuesto en el Régimen Especial de Manejo.<br />

� Los Regímenes Especiales de Manejo establecidos<br />

con anterioridad a la vigencia del decreto<br />

deberán ser ajustados a éste en un término no<br />

superior a tres (3) años.<br />

En relación con las anteriores propuestas se realizarán<br />

algunos análisis o críticas generales.<br />

� La compatibilidad de los resguardos indígenas<br />

y las áreas del SPNN. Puede existir acuerdo con<br />

la consagración positiva de la compatibilidad de<br />

estas figuras. Sin embargo, ésta no ésta al alcance<br />

de un decreto reglamentario, en la actualidad<br />

ninguna de las categorías ni zonas del SPNN contempla<br />

la presencia humana, lo cual no puede<br />

realizarse sino a través de la reforma del código,<br />

además porque en el caso de los resguardos<br />

indígenas, por tratarse de la regulación de un derecho<br />

fundamental constitucional, tiene reserva<br />

de ley estatutaria. 16 Finalmente, debería referirse<br />

integralmente a los territorios indígenas, es decir,<br />

tanto al resguardo (propiedad) como a la Entidad<br />

Territorial Indígena (autogobierno) más cuando<br />

adelante se establece un sistema articulado y<br />

conjunto de administración del área superpuesta<br />

entre las autoridades ambientales y las autoridades<br />

indígenas. En estas últimas solo tienen razón<br />

en el marco del ejercicio de las funciones constitucionales<br />

contenidas en los artículos 246 y 330,<br />

más aún cuando se contempla la pérdida de las<br />

competencias constitucionales de las entidades<br />

territoriales en relación con el uso del suelo y la<br />

protección del patrimonio ecológico local (POT)<br />

en las áreas del SPNN; 17 no se menciona a las ETI,<br />

pero no se excluyen tampoco de su aplicación<br />

cuando podrían estar en igual condición.<br />

� La consulta previa y su reglamentación. La consulta<br />

previa es un derecho fundamental constitucional<br />

que algunos casos no tiene efectos<br />

vinculantes para el Estado, es decir, que agotado<br />

el proceso el gobierno podrá adoptar la decisión<br />

que considere sin arbitrariedad. En el caso de la<br />

declaración de un área del SPNN, habría que acla-<br />

[16] De acuerdo con el literal a) del artículo 152 de<br />

la Constitución, mediante las leyes estatutarias el<br />

Congreso deberá regular los derechos y deberes<br />

fundamentales de las personas, los procedimientos y<br />

recursos para su protección<br />

[17] Ver artículo 17 del Proyecto de Decreto elaborado<br />

por la UAESPNN.<br />

150<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Territorios indígenas en la Amazonia ]


ar si la consulta es vinculante o no; si el área tiene<br />

exclusivamente como objetivo la conservación<br />

de la diversidad biológica podría pensarse que el<br />

Estado podría afectar o limitar el derecho de los<br />

pueblos indígenas, y aún habría que tener mayor<br />

precisión sobre el alcance de la afectación en concreto,<br />

mientras que los objetivos de recreación,<br />

investigación, educación, cultura, que pueden<br />

implicar el ingreso público de particulares a una<br />

propiedad colectiva-privada no pueden ser resueltos<br />

por las autoridades ambientales con prescindencia<br />

de la voluntad de los pueblos indígenas.<br />

Igualmente, la calidad de derecho fundamental<br />

constitucional imposibilita la reglamentación a<br />

través de un acto administrativo, pues como se<br />

explicó, tiene reserva de ley estatutaria.<br />

� Concesiones comerciales de servicios en los territorios<br />

indígenas traslapados. Se omite cualquier<br />

referencia al tema de las concesiones de bienes<br />

y servicios de hotelería y turismo en las áreas del<br />

SPNN a favor de particulares; debe atenderse<br />

a la circunstancia de que la conservación de la<br />

biodiversidad es la que permite el ejercicio de las<br />

prerrogativas estatales en las áreas del Sistema de<br />

Parques Nacionales Naturales, pero no el monopolio<br />

en la explotación económica en las mismas<br />

áreas a través de terceros; de igual manera, nada<br />

se establece en relación con los beneficios económicos<br />

provenientes de la venta de servicios<br />

ambientales en las áreas superpuestas, las cuales<br />

EL RéGIMEN ESPECIAL DE MANEJO<br />

GARANTIZARÁ EL EJERCICIO DEL CONJUNTO<br />

DE DERECHOS CONSTITUCIONALES y LEGALES<br />

DE LOS PUEBLOS INDíGENAS<br />

pueden establecerse a favor de los pueblos indígenas,<br />

aún con exclusión del gobierno nacional,<br />

atendiendo a su condición indiscutible de propietarios<br />

de los recursos naturales.<br />

� Instrumentos de planificación: régimen especial<br />

de manejo, planes de ordenamiento territorial<br />

o planes de vida indígena, y planes de manejo<br />

de las áreas protegidas del sistema. El carácter<br />

alcanzado por los territorios indígenas como<br />

entes territoriales no permite que el instrumento<br />

de planificación de su territorio se enmarque<br />

exclusivamente dentro de un Régimen Especial<br />

de Manejo o de un Acuerdo sobre el Uso, Manejo<br />

y Aprovechamiento de los Recursos Naturales,<br />

cuando lo que se trata de regular desborda el<br />

ámbito de la conservación de la diversidad biológica.<br />

En el territorio indígena se debe además<br />

incluir la planificación de desarrollo económico,<br />

social, cultural y ambiental, lo cual se ha venido<br />

realizando por parte de los pueblos indígenas a<br />

través de planes de ordenamiento territorial o<br />

planes de vida.<br />

151<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Ramón Esteban Laborde ]<br />

Junio de 2008


ActUALidAd<br />

Archivo CRIC<br />

Uribe incumple<br />

reparación<br />

integral<br />

por masacre<br />

y amenaza<br />

El gobierno ha tardado 17 años en cum-<br />

plirle al pueblo Nasa con la reparación<br />

integral por la masacre de El Nilo. ya<br />

en reiteradas ocasiones se ha hecho<br />

denuncia pública por el incumplimiento<br />

a los acuerdos establecidos entre el<br />

gobierno y los pueblos indígenas del departamento<br />

del Cauca, y de las sistemáticas<br />

violaciones por parte del gobierno,<br />

incluso asesinatos.<br />

Lorenzo Largo Dagua, alguacil del cabildo<br />

de Tacueyó, fue abaleado en la<br />

hacienda La Emperatriz el 29 de noviembre<br />

de 2007, cuando participaba<br />

en los rituales de liberación de la Madre<br />

Tierra para reclamar el cumplimiento<br />

gubernamental, y murió como consecuencia<br />

de las heridas, mártir por su<br />

pueblo, el 14 de diciembre siguiente.


La respuesta de Uribe en consejo con los latifundistas<br />

en Popayán, el 15 de abril de 2008, fue<br />

ofrecer recompensas por los dirigentes indígenas<br />

y llamarlos delincuentes. Pero antes ir alguien<br />

a declarar contra los líderes indígenas, fue en<br />

cambio yidis Medina quien acudió a denunciar a<br />

los delincuentes que compraron la reelección de<br />

Álvaro Uribe.<br />

El 21 de mayo de 2008, en la hacienda La Emperatriz,<br />

cerca de 500 personas que reclamaban su<br />

derecho a la tierra y a la reparación integral por la<br />

masacre de El Nilo fueron atacadas por el ESMAD<br />

de la policía Nacional con bombas explosivas y<br />

armas de fuego, ocasionando heridas de gravedad<br />

en ocho indígenas nasa, entre ellos Eulogio<br />

Dagua Cuetia, Luis Enrique Ramos, Alex Méndez<br />

y Luis Eduardo Ramos, comuneros de los resguardos<br />

indígenas de Jambaló, San Francisco, Huellas<br />

y Toribío.<br />

En el consejo comunitario realizado en el municipio<br />

de Florida, Valle, el pasado 24 de mayo, el presidente<br />

de la República, en un acto inadmisible e<br />

impropio de la investidura del jefe del Estado, ordenó<br />

a un general de la República detener a “esos<br />

congresistas que estimulan, tras bambalinas, la<br />

violencia de los invasores”. Pretende el señor Uribe<br />

Vélez amedrentar a quienes se atrevan a solidarizarse<br />

con los pueblos indígenas en la lucha<br />

por sus derechos. Hay que decirlo con claridad: lo<br />

que hizo Uribe es característico de una dictadura:<br />

el presidente juzga, condena y ordena la judicialización<br />

y el arresto de dos senadores en un Consejo<br />

Comunitario. Los senadores Alexander López y<br />

Jesús Piñacué han respondido enérgicamente la<br />

orden inconstitucional de Uribe. A continuación<br />

las intervenciones de este último en el Senado:<br />

Jesús Piñacué<br />

Senador. Alianza Social Indígena.<br />

¡Llamo a los jóvenes<br />

nasa a levantarse!<br />

Fragmento del discurso del senador Jesús Piñacué<br />

en el Senado en respuesta al presidente de la República<br />

mayo de 2008<br />

La esperanza de una sociedad como la nuestra es el<br />

motor de las culturas que creen en las leyes, y la paciencia<br />

es la fuerza heroica que se presenta en una comunidad<br />

como la nuestra no obstante la adversidad y<br />

la amenaza.<br />

<strong>No</strong>s cansamos de tal tragedia, y desde 1991 estamos<br />

luchando por nuestro territorio. Es muy tonta la<br />

pretensión esa de alegar que como América es el territorio<br />

ancestral de los indios, entonces vamos a pretender<br />

recuperar toda América. Ilusa conclusión en la<br />

pretensión de combatir nuestras pretensiones.<br />

La Emperatriz, El Japio, como las fincas aledañas a estos<br />

predios hacen parte de nuestro territorio. Hoy cité<br />

al ministro de Defensa para que como un hombre de<br />

política confronte con nosotros a la luz de la verdad y<br />

de los argumentos, pero eso de que anden ministricos<br />

por ahí, ilustrados por falsas expectativas, diciendo<br />

que por ejemplo Villacarola es de los reasentados<br />

a quienes parece que el gobierno les ha comprado,<br />

está cometiendo un error grave, lo que no ha dicho es<br />

que está comprando esos predios en los resguardos<br />

indígenas.<br />

Mentirosos, tontos. Incapaces de resolver los problemas<br />

que está viviendo esta sociedad, y como paramilitares,<br />

narcotraficantes recurren desde el gobierno a<br />

matar indios, a dispararles, y después como cobardes<br />

a decir que nosotros estamos utilizando bombas,<br />

armas de fuego para hacerle daño a la fuerza pública,<br />

fuerza pública que entre otras cosas infiltrada por paramilitares<br />

asesinó a buena parte de nuestra gente, y<br />

hoy quieren hacer lo mismo a la luz de un imperio del<br />

que estamos viviendo.<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Claro, en Florida tuvo que haber dicho el presidente semejante<br />

arbitrariedad porque lo hizo antes en el Cauca diciendo<br />

que había que pagar recompensas para capturar indios.<br />

yo sí le quiero preguntar al senador Salazar a cuál senador<br />

se refiere el presidente de la República para que sea sujeto<br />

de la captura. Esto no es nada raro, ya ha pasado.<br />

Pero llamo desde este atril a los jóvenes indígenas paeces:<br />

levántense tómense esas tierras; he buscado la manera de<br />

dialogar, de discutir, de concitar el interés del gobierno y no<br />

hay posibilidad de que nos escuchen.<br />

<strong>No</strong> vamos a morir de rodillas, preferimos morir en la condición<br />

en que nos están condenando, antes que guardar<br />

silencio y paciencia como lo guardamos durante tantos<br />

siglos. 1971 nos levantamos, llevamos treinta años preparándonos.<br />

Creo que no habrá fuerza capaz de destruirnos si somos<br />

capaces de levantarnos con la fuerza de la conciencia y de<br />

la historia que nos da la razón ante una sociedad incapaz de<br />

legislar en función de la convivencia. La propiedad privada<br />

claro que hay que respetarla, pero ella tiene una función<br />

social, por ella han habido guerras, y hoy en el Cauca se<br />

está dando la posibilidad de una guerra atroz, miserable,<br />

inconveniente. Esos policías ni siquiera la investidura de<br />

este senador respetan, porque me han gritado y me han<br />

insultado, y si no me han dado patadas o bolillos o disparos<br />

es porque les da miedo aún, pero no tienen miedo de dispararle<br />

a gente moribunda de hambre y de necesidades, así<br />

que doctor Salazar es bueno medir el lenguaje, los términos<br />

con que se dirigen las situaciones como la que estamos<br />

viviendo, simplemente no hay una actitud de diálogo, y<br />

ante ella la situación es evidente: de guerra, de sangre atroz,<br />

horrible lo que estamos viviendo, pero no retrocederemos.<br />

”LLAMO DESDE ESTE ATRIO A LOS JóVENES<br />

INDíGENAS NASA ¡LEVANTENSE, TóMENSE ESAS<br />

TIERRAS!... EN 1971 NOS LEVANTAMOS,<br />

LLEVAMOS 37 AñOS PREPARÁNDONOS, CREO<br />

QUE NO HABRÁ FUERZA CAPAZ DE DESTRUIRNOS,<br />

PORQUE SOMOS CAPACES DE LEVANTARNOS CON<br />

LA FUERZA DE LA CONCIENCIA y DE LA HISTORIA.”<br />

debate en la comisión Segunda<br />

del Senado sobre la situación<br />

de los pueblos indígenas del cauca<br />

Jesús Piñacué Achicue<br />

La razón única, la que explica y justifica la decisión de<br />

las autoridades indígenas de respaldar las acciones de<br />

liberación del territorio que las comunidades indígenas<br />

en el Cauca han escogido como opción para poner en<br />

el ámbito público sus demandas, y que tanto cuestiona<br />

el gobierno, está en el incumplimiento de las responsabilidades<br />

constitucionales y el incumplimiento de los<br />

compromisos acordados entre las autoridades indígenas<br />

y el gobierno nacional.<br />

Jamás se podrá tomar como juicio serio el que se nos<br />

señale como que renunciamos a la concertación y al diálogo,<br />

pues, la verdad es que desde 1971 hemos tomado<br />

la decisión de hacer valer la autonomía y, en tal sentido,<br />

ante el agobio de las urgencias sociales nos hemos puesto<br />

de acuerdo en la priorización de las soluciones. Uno<br />

de los aspectos que rigurosamente se evalúa es la relación<br />

de los pueblos indígenas y el Estado.<br />

Con esperanza y paciencia esperamos la intervención<br />

del Estado, pero nos cansamos y entonces las vías de<br />

hecho se han constituido en nuestro único instrumento<br />

eficiente. Recordemos que los acuerdos y convenios firmados,<br />

y que constituyen importantes avances, se han<br />

dado cuando hemos acudido a estas vías, no por voluntad<br />

espontanea del Estado:<br />

Miremos algunos de ellos:<br />

� Acuerdo de Totoró y el Incora en 1986, suscrito directamente<br />

por los totoró.<br />

� Acuerdo de La Salvajina en 1987: se planteó la exigibilidad,<br />

entre indígenas de Morales, sector campesino<br />

de Suárez y otros municipios, para la reparación por<br />

los perjuicios causados por la construcción de la represa<br />

de La Salvajina.<br />

� Acuerdo de Paz del Quintín Lame en 1991: se suscribe<br />

154<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Uribe incumple reparación integral por masacre y amenaza ]


Archivo CRIC<br />

este acuerdo entre el movimiento Quintín Lame y el gobierno<br />

nacional, que recoge el proceso de reinserción de<br />

los combatientes y las necesidades de las comunidades<br />

indígenas.<br />

� Acuerdo por la masacre en la Hacienda El Nilo en 1991,<br />

a raíz de la masacre de veinte indígenas, el cual comprende:<br />

indemnización por los hechos ocurridos en la<br />

masacre, reparación y adquisición de 15.663 hectáreas<br />

para las comunidades indígenas. La indemnización se<br />

haría durante los años 1992, 1993, 1994.<br />

� Acuerdo por sustitución voluntaria de los cultivos ilícitos,<br />

conocido como el convenio de Jambaló, firmado en<br />

1992.<br />

� Acuerdo de las minas de azufre de 1993.<br />

� Acuerdo de la avalancha del río Páez de 1994.<br />

� Acuerdo para la construcción de una planta procelulosa<br />

en Caldono.<br />

Todos estos acuerdos fueron llevados a un acuerdo único<br />

que se firma como convenio de la María-Piendamó, que<br />

recoje el estado de incumplimientos de todos los acuerdos<br />

puntuales que presentaban proyecciones, se trataba de<br />

implementar los acuerdos en un convenio para ser más<br />

vinculantes en términos jurídicos y políticos, complementario<br />

al Acta de <strong>No</strong>virao. Posteriormente, para conseguir<br />

una mayor vinculación y compromiso del gobierno, fueron<br />

recogidos en el decreto 982 de 1999.<br />

155<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Jesús Piñacué ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

En dicho decreto se crea un mecanismo de interlocución directo<br />

entre representantes indígenas del departamento del<br />

Cauca y una comisión gubernamental del nivel nacional<br />

para tratar de darle solución a todos los acuerdos, pero a la<br />

fecha continúa el incumplimiento.<br />

Otro ejemplo es lo relacionado con la masacre de El Nilo:<br />

ante la impunidad evidente e indiscutible del Estado colombiano<br />

las víctimas se ven en la necesidad de acudir a<br />

instancias internacionales como es la Comisión Interamericana<br />

de Derechos Humanos, ante la cual el Estado reconoce<br />

su responsabilidad y muestra un interés conciliatorio (caso<br />

11.101). En la conciliación, entre otros aspectos muy importantes<br />

se compromete a entregar 15.663 hectáreas de tierra<br />

como reparación colectiva a la comunidad indígena Páez, la<br />

cual adquiriría en los años 1992, 1993, 1994.<br />

Según el informe 114 de 1999 la CDIH, entre otras, expresó:<br />

la comisión no puede sino concluir que después de 8<br />

años el éstado no ha investigado, juzgado y sancionado<br />

de manera adecuada y eficaz a sus agentes por la<br />

responsabilidad penal que les cabe en la masacre de<br />

caloto. (…) La protección judicial debida por el Estado<br />

incluye también el deber de reparar a las víctimas o<br />

Archivo CRIC<br />

sus familiares (…) conforme a la información recabada<br />

por las partes y aquella obtenida durante el proceso de<br />

solución amistosa se arribó a una serie de conciliaciones<br />

en los procesos contenciosos-administrativos cuya ejecución<br />

aún no se ha hecho efectiva.<br />

Ante el evidente incumplimiento, la Comisión hace una<br />

serie de recomendaciones entre las que en forma clara la<br />

número tres señala: “el Estado debe adoptar las medidas<br />

necesarias para cumplir con los compromisos relativos a<br />

la reparación social a favor de la comunidad indígena Páez<br />

del <strong>No</strong>rte del Cauca”, y la recomendación cuatro señala<br />

que: “debe adoptar las medidas necesarias para que en el<br />

futuro se produzcan hechos similares, con forme al deber<br />

de prevención y garantía de los derechos fundamentales<br />

reconocidos en la Convención Americana”.<br />

Teniendo en cuenta que el incumplimiento continúa, la<br />

CDIH emite el informe 36 de 2000 en el que ratifica las<br />

recomendaciones, entre ellas las recomendaciones tres y<br />

cuatro citadas anteriormente, y “lamenta que la solución<br />

amistosa de este proceso haya fracasado en su etapa final”.<br />

En septiembre de 2005 se firma un nuevo compromiso que<br />

ofrece dar cumplimiento a la obligación de reparación del<br />

156<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Uribe incumple reparación integral por masacre y amenaza ]


Estado entre el Ministerio del Interior y las comunidades<br />

indígenas, que tampoco se cumple, por lo que la ACIN emite<br />

un comunicado informando que:<br />

Hoy cerca de 18 años después de la masacre no se ha<br />

cumplido con la indemnización de los familiares de<br />

las víctimas, no se ha terminado de adquirir las 15.663<br />

hectáreas, y no ha iniciado el apoyo del plan de vida que<br />

permita resolver las NBI en el marco de autodeterminación,<br />

según artículos constitucionales y convenios<br />

internacionales. Lo más grave es que no se ha judicializado<br />

y se protege a los responsables de la masacre”. y en<br />

lo que tiene que ver con los aspectos de la prevención de<br />

nuevas violaciones la misma ACIN señala: “Lo que ha sucedido<br />

es todo lo contrario de lo acordado. Por ejemplo:<br />

la masacre del Naya con más de 100 víctimas en el año<br />

2001, la masacre de 13 indígenas en la vereda Gualanday<br />

municipio de Corinto en el año 2001, la masacre de<br />

7 indígenas en la vereda San Pedro en el municipio de<br />

Santander de Quilichao en el 2001. Han sido asesinados<br />

3 indígenas a partir de la firma del último acuerdo<br />

durante acciones de la fuerza pública para reprimir las<br />

movilizaciones reclamando el cumplimiento de sus<br />

acuerdos. Ha ocurrido un gran número de desaparicio-<br />

nes forzadas, asesinatos selectivos, desplazamientos.<br />

Todos estos hechos criminales han ocurrido dentro del<br />

área donde debía realizarse la reparación integral del<br />

pueblo nasa del norte del departamento del Cauca”.<br />

Referencias<br />

EL ESTADO DEBE ADOPTAR LAS MEDIDAS<br />

NECESARIAS PARA CUMPLIR CON LOS<br />

COMPROMISOS RELATIVOS A LA REPARACIóN<br />

SOCIAL A FAVOR DE LA COMUNIDAD INDíGENA<br />

PÁEZ DEL NORTE DEL CAUCA<br />

� COMISIóN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,<br />

Masacre “Caloto” vs. Colombia, Caso 11.101, informes 114 de<br />

1999, 036 de 2000.<br />

� Comunicado: El gobierno incumple acuerdos frente a la masacre<br />

de El Nilo, emitido por la Junta Directiva de Autoridades<br />

Tradicionales de la ACIN, mayo 20 de 2008.<br />

157<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América ActUALidAd documentos<br />

[ Jesús Piñacué ]<br />

Junio de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

docUMentoS<br />

Biodiversidad, cambio<br />

climático y derechos<br />

de los pueblos indígenas<br />

en colombia<br />

Pueblos indígenas de colombia presentes en<br />

el foro permanente para las cuestiones indígenas<br />

En Colombia, la Madre Tierra manifiesta su dolor. El volcán del Huila está<br />

empezando a hacer erupción, y el Estado no quiere verlo como señal de la<br />

emergencia climática en que estamos, ni quiere responder para proteger a los<br />

pueblos nasa y guambianos que viven alrededor del volcán.<br />

En la discusión sobre alternativas para la generación de energía debemos ir<br />

con precaución y seguridad. En Colombia se implementó un parque eólico en<br />

territorio wayúu, que ha sido presentado por el gobierno y otros organismos<br />

como un ejemplo exitoso de energía alternativa. Sin embargo, para el pueblo<br />

wayúu ha significado la llegada del paramilitarismo a su territorio, como<br />

respaldo a los grupos económicos con interés en la obra; se hacen amenazas y<br />

atentados, secuestro, límites a la libre circulación y al pastoreo que es tradicional<br />

para el Pueblo wayúu, así como el desconocimiento de la espiritualidad<br />

de este pueblo, ya que el parque desconoce lo sagrado de sus cementerios.<br />

Por tanto, solicitamos en nombre de los pueblos indígenas de Colombia que<br />

el Foro recomiende:<br />

� Al sistema de las Naciones Unidas para que reoriente la discusión sobre el<br />

cambio climático en lo referente a los pueblos indígenas y no se siga plan


teando que los indígenas nos debemos adaptar a la destrucción de nuestro<br />

planeta, sino que los gobiernos deben asumir la responsabilidad de transformar<br />

sus prácticas industriales, y sobre todo sus posturas políticas, para<br />

así caminar hacia la reversión de los efectos climáticos y salvar la Madre<br />

Naturaleza.<br />

� A los gobiernos, organismos de las Naciones Unidas y otros actores, para<br />

que garanticen que los pueblos indígenas estemos presentes activamente<br />

en la toma de decisiones sobre protocolos y convenios que conciernen al<br />

tema del calentamiento global y a la biodiversidad a nivel global y regional.<br />

� A los gobiernos que se niegan a firmar pactos y protocolos internacionales<br />

sobre los cambios climáticos, como es el caso del Protocolo de Kyoto, a que<br />

se responsabilicen por los efectos nocivos del cambio climático.<br />

� A los gobiernos, los organismos y las agencias de financiación, para que en<br />

el caso de la implementación de energías renovables como plantas solares<br />

y energía eólica, no atropellen la integralidad de sus territorios y consulten<br />

a los pueblos involucrados, en los términos del Convenio 169 de la OIT y de<br />

la Declaración de Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas de la ONU.<br />

autoridad nacional dE GoBiErno ProPio, onic<br />

orGanización dE PuEBlos indíGEnas<br />

dE la amazonia colomBiana, oPiac<br />

cEntro dE cooPEración al indíGEna, cEcoin<br />

fuErza dE mujErEs wayúu, sürsüin jiyEyu wayúu<br />

vii foro PErmanEntE dE los PuEBlos indíGEnas dE la orGanización<br />

dE las nacionEs unidas (onu), nuEva york, 21 dE aBril dE 2008<br />

159<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Biodiversidad, cambio climático [ ONIC y derecho ] de los indios en Colombia ]<br />

enero de 2008


etniAS & PoLÍticA<br />

Los diez mandamientos<br />

para salvar el planeta<br />

evo Morales Ayma<br />

1. Si se quiere salvar el planeta, hay que erradicar al modelo capitalista y lograr<br />

que el norte pague la deuda ecológica en vez de que los países del sur<br />

y de todo el mundo paguen la deuda externa.<br />

2. Denunciar y acabar con las guerras, que solo traen ganancias para los imperios,<br />

las transnacionales y un grupo de familias, pero no a los pueblos.<br />

Los millones y millones de dólares destinados a las guerras deberían ser<br />

invertidos en la tierra, herida por el maltrato y la sobreexplotación.<br />

3. Desarrollar relaciones de coexistencia y no de sometimiento entre los<br />

países en un mundo sin imperialismo ni colonialismo. Son importantes<br />

las relaciones bilaterales y multilaterales porque somos de la cultura del<br />

diálogo y de la convivencia social, pero esas relaciones no deben ser de sometimiento<br />

de un país a otro.<br />

4. El agua es un derecho humano y para todos los seres vivientes del planeta.<br />

<strong>No</strong> es posible que haya políticas que permitan privatizar el agua.<br />

5. Desarrollo de energías limpias y amigables con la naturaleza, acabar con el<br />

derroche de energía. En cien años estamos acabando con la energía fósil<br />

que ha sido creada en millones de años. Evitar que se promuevan los agrocombustibles.<br />

<strong>No</strong> se puede entender que algunos gobiernos y modelos de<br />

desarrollo económico puedan reservar tierras para hacer funcionar automóviles<br />

de lujo y no para alimentos del ser humano. Promover debates<br />

con los gobiernos y crear conciencia para que la tierra beneficie a los seres<br />

humanos y no sea usada para producir combustibles.<br />

6. Respeto a la Madre Tierra. Aprender con las escenas históricas de los pueblos<br />

nativos e indígenas sobre el respeto a la Madre Tierra. Se debe generar<br />

160<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Los diez mandamientos para salvar el planeta ]


una conciencia social, colectiva, de todos los sectores de la sociedad, de que<br />

la tierra es nuestra madre.<br />

7. Los servicios básicos, como agua, luz, educación, salud, comunicación y<br />

transportes colectivos deben ser tomados en cuenta como un derecho humano,<br />

no puede ser un negocio privado, sino de servicio público.<br />

8. Consumir lo necesario, priorizar lo que producimos y consumir lo local,<br />

acabar con el consumismo, el derroche y el lujo. <strong>No</strong> es entendible que algunas<br />

familias solo busquen el lujo, a cambio de que millones y millones<br />

de personas no tengan posibilidades de vivir bien.<br />

9. Promover la diversidad de culturas y economías. Somos tan diversos, y esa<br />

es nuestra naturaleza. Un Estado plurinacional, donde todos convivamos,<br />

blancos, morenos, negros, rubios.<br />

10. Queremos que todos puedan vivir bien, que no es vivir mejor a costa del<br />

otro. Debemos construir un socialismo comunitario y en armonía con la<br />

Madre Tierra.<br />

vii foro PErmanEntE dE los PuEBlos indíGEnas<br />

dE la orGanización dE las nacionEs unidas<br />

(onu), nuEva york, 21 dE aBril dE 2008<br />

161<br />

editorial Puntos de vista indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Evo Morales Ayma ]<br />

enero de 2008


Compañero de lucha:<br />

Rafael Coicué<br />

Nuestro hermano rafael Coicué ha perdido su<br />

ojo izquierdo a causa de un ataque del Esmad. Lo<br />

pierde como consecuencia de la injusticia y del<br />

abuso que cumplen 516 años causando dolor,<br />

pobreza, sufrimiento y muerte. Lo pierde porque<br />

pasaba frente a “La Emperatriz” en su moto,<br />

mientras otras y otros Nasa resistían los ataques<br />

de la fuerza pública por exigir “Libertad para la<br />

madre tierra”, lucha de rafa y de todas y todos<br />

los que defendemos la vida.<br />

si no hubiera sido por esta injusticia de siempre,<br />

rafael no habría comenzado su vida teniendo<br />

que recuperar tierras con su comunidad,<br />

arriesgando la vida sin conocer su infancia, para<br />

escuchar el mandato de Quintín Lame y negarse<br />

a pagar terraje y a ser siervo en la tierra, en la que<br />

recibimos al extranjero para que nos cobrara con<br />

explotación y miseria por dejarlo vivir en nuestra<br />

madre.<br />

si no hubiera sido por la injusticia, rafa no habría<br />

tenido que vivir hasta hoy con el peso en el alma<br />

de haber sobrevivido la masacre de El Nilo en<br />

la que la fuerza pública, los paramilitares y los<br />

narcos asesinaron a su hermano entre las 20 personas<br />

que allí cayeron.<br />

si hubiera justicia, el Estado y los diversos gobiernos,<br />

en consecuencia con sus obligaciones, desde<br />

diciembre de 1991 habrían entregado las 15.663<br />

hectáreas por las que seguimos luchando hoy en<br />

día. si no gobernara la injusticia, la fuerza pública<br />

estaría liberando tierra con nosotras y nosotros<br />

para cumplir el deber de defender los derechos<br />

de los pueblos y la vida en vez de perseguirnos<br />

para así defender privilegios de terratenientes.<br />

Como no hay justicia, rafael, desde el Cabildo<br />

de Corinto, organizó la Audiencia del 4 de julio<br />

de 2008, porque el ejército de Colombia fusiló<br />

dentro de su humilde vivienda a dos comuneros<br />

ISSN 1900-1673<br />

9 771900167001 0 7<br />

de tacueyó y pretendió hacerlos pasar como<br />

guerrilleros muertos en combate y porque desde<br />

Corinto, se levanta la dignidad hoy a reclamar y<br />

construir resistencia y vida ante el proyecto de<br />

muerte que, desde el Plan Colombia II viene a<br />

robarnos el territorio para entregarlo a las corporaciones<br />

transnacionales. Cuando recorría las comunidades<br />

y viajaba a Quilichao para completar<br />

los preparativos de la Audiencia, fue impactado<br />

en su ojo.<br />

Porque debe haber justicia, nosotros, hermano<br />

rafa, amigo, ejemplo, compañero, te reconocemos<br />

hoy y desde hace tiempo como lo que eres:<br />

humilde, comprometido, estudioso, sabio, leal<br />

y cercano a nuestras almas y a nuestra tierra. te<br />

honramos rafael, porque has estudiado como<br />

nadie esta realidad, porque conoces como pocos<br />

el proyecto global egoísta y porque te has dedicado<br />

a aprender para enseñarnos y para tejer<br />

una jigra de unidad y dignidad con otros pueblos<br />

y procesos. <strong>No</strong>s honras como Nasa porque tu<br />

vida es ejemplo y por eso nos cuesta trabajo no<br />

dejarnos llevar por la ira y el odio ahora mismo,<br />

mientras pierdes el ojo. <strong>No</strong> podemos echar atrás<br />

lo sucedido aunque quisiéramos. <strong>No</strong> podemos<br />

devolverte el ojo, pero sí defender tu mirada<br />

transparente y de futuro. Esa, no te la pueden<br />

quitar porque es de todas y de todos y porque tienes<br />

más fuerza, más claridad y más compromiso<br />

que toda la injusticia que te han hecho.<br />

tejido de comunicación ACIN<br />

EN EstE NúmErO<br />

Bolivia, batalla decisiva

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