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Revista Etnias & Política No 7 - Observatorio Étnico Cecoin

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Carlos Gómez Ariza<br />

res, el mérito y capacidad, la igualdad ante la ley<br />

y el respeto por los derechos individuales, al logro<br />

de sus objetivos muy cercanos al totalitarismo”<br />

(FAES, 2007).<br />

Este ataque a los derechos colectivos de los pueblos<br />

indígenas debe analizarse con detalle. Es fundamental<br />

recordar que los derechos indígenas, en especial<br />

aquellos ligados a su cultura y a su territorio, no pueden<br />

considerarse como la simple suma del conjunto<br />

de los derechos individuales, ni tampoco como su<br />

negación. La garantía plena de los derechos territoriales<br />

y culturales depende de un ejercicio colectivo<br />

ligado con prácticas comunitarias acordes con visiones<br />

ancestrales de mundo. Si los derechos territoriales<br />

y culturales de los pueblos indígenas perdieran su<br />

carácter colectivo, puede decirse que los indígenas<br />

perderían el goce efectivo de la mayoría de sus derechos<br />

(Berche et al., 2006), pues tal especificidad es la<br />

que los constituye como sujetos con derechos en las<br />

normas internacionales y las constituciones de buena<br />

parte de las democracias contemporáneas. Los<br />

derechos colectivos también son individuales pues<br />

el goce de aquéllos se materializa en cada individuo;<br />

lo que ocurre es que las nociones de “colectivo”, de<br />

“pueblo” y de “comunidad” que soportan tales derechos<br />

no se pueden explicar por la simple suma de<br />

los individuos. Los promotores de la doctrina Aznar,<br />

quienes se muestran como aparentes defensores de<br />

los derechos individuales, en realidad pretenden la<br />

negación de estos derechos para los indígenas.<br />

Por esta razón resulta tan importante para la derecha<br />

europea insistir en la defensa del constitucionalismo<br />

liberal del siglo XIX, ya que le permite<br />

reafirmar su nostalgia por un Estado que no había<br />

reconocido derechos sociales para la clase trabajadora,<br />

que no había presenciado revoluciones agrarias o<br />

proletarias, y donde buena parte de las monarquías<br />

gozaban de buena salud. Así que el ataque a los<br />

derechos colectivos de los pueblos indígenas refleja<br />

la continuidad de tal racionalidad conservadora, ya<br />

que solo hasta el siglo XX, con las luchas por la descolonización,<br />

y el despliegue de revoluciones agraristas<br />

como la mexicana de 1917, se empieza a gestar<br />

de manera plena el reconocimiento de estos dere-<br />

15<br />

editorial PUntoS de ViStA indígenas de América Actualidad documentos<br />

[ Alejandro Mantilla ]<br />

Junio de 2008

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