Revista Etnias & Política No 7 - Observatorio Étnico Cecoin
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etniAS & PoLÍticA<br />
Con la ausencia de mecanismos constitucionales<br />
que hagan posible la libre determinación y<br />
la autonomía, los derechos indígenas estarán<br />
quedando prácticamente mutilados. Con el<br />
desconocimiento constitucional de la comunidad<br />
y del municipio indígena, así como de las<br />
posibilidades de asociación de los mismos –tal<br />
como lo plantea la iniciativa de la Cocopa– la<br />
reconstitución el desarrollo de los pueblos<br />
indígenas, seguirá estando solo en discursos,<br />
pero no en el terreno de la construcción práctica”<br />
(Resoluciones del Foro estatal Indígena<br />
de Oaxaca, mayo del 2001, documento presentado<br />
ante la LVII legislatura del estado de<br />
Oaxaca).<br />
Después de este recorrido el panorama de pugnas<br />
dentro de este campo continúa siendo una arena<br />
importante de disputa, ya que la “reivindicación del<br />
derecho indígena y reforma constitucional y legal del<br />
estado (es)… uno de los ejes en los cuales se concentra<br />
actualmente la tensión de la relación entre los<br />
pueblos indígenas y los estados” (Iturralde, 1997).<br />
Dentro del ámbito de estas disputas del derecho, en<br />
el plano internacional también se han marcado tensiones<br />
y contradicciones:<br />
uno de los preceptos más importantes que<br />
establece el Convenio 169 de la Organización<br />
Internacional del Trabajo (OIT) –y del cual<br />
México es firmante– es el reconocimiento<br />
de que las sociedades indígenas constituyen<br />
“pueblos”, es decir, colectividades que poseen<br />
su propia especificidad histórica y cultural [sin<br />
embargo]… inconformó a los pueblos indígenas:<br />
reconoció las nociones de “autodeterminación<br />
externa” y “autodeterminación interna”<br />
(reconociendo a las comunidades indígenas<br />
como pueblos pero) solo reconoce a aquellas<br />
su derecho a la autodeterminación interna<br />
(Hernández, 2006).<br />
Visión comunalista de las autonomías<br />
La propuesta oaxaqueña en torno a las autonomías<br />
se ha desarrollado principalmente a través de la<br />
visión comunalista de las mismas, visión que nace<br />
y se genera desde la realidad oaxaqueña en donde<br />
coexisten 570 pueblos constituidos jurídicamente<br />
desde el estado en municipios, integrado por 9.826<br />
comunidades, dentro de las cuales conviven 15 grupos<br />
etnolingüísticos reconocidos y afromestizos de<br />
la costa oaxaqueña.<br />
Esta visión comunalista surge dentro de la visión<br />
antropológica de indígenas mixes y zapotecos, en un<br />
intento de entablar un diálogo entre la antropología,<br />
la praxis política y la visión emic o desde adentro. Siendo<br />
el comunalismo una forma de entender el colectivismo<br />
que se vive y práctica en las comunidades de<br />
Oaxaca. “Tal es en síntesis la idea de la comunalidad:<br />
cuatro elementos centrales (territorio, trabajo, poder<br />
y fiesta comunales) 7 que son atravesados por los<br />
demás elementos de la cultura (lengua, cosmovisión,<br />
religiosidad, conocimientos, tecnologías, etcétera) en<br />
un proceso cíclico permanente” (Maldonado, 2003).<br />
Para Floriberto Díaz ayuujk8 de Tlahuitoltepec el<br />
debate de las autonomías parten de la vida en comunidad:<br />
…no se entiende una comunidad indígena solamente<br />
como un conjunto de casas con personas,<br />
sino de personas con historia, pasada,<br />
[7] Básicamente, estos cuatro elementos son los<br />
que visualizaran y plasmaran los ideólogos de la<br />
comunalidad, como propios de las comunidades<br />
oaxaqueñas. Los principales teóricos de esta postura<br />
son: Juan José Rendón, Floriberto Díaz, Benjamín<br />
Maldonado, Joel Aquino, Jaime Luna, Adelfo Regino y<br />
Gustavo Esteva.<br />
[8] Autoadscripción del grupo mixe, con ciertas<br />
variaciones dependiendo de la variante lingüística.<br />
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editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />
[ Autonomías indígenas y comunalidad ]