Revista Etnias & Política No 7 - Observatorio Étnico Cecoin
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Otro economista, el español Federico Abizanda Estabén<br />
(2004), añade que<br />
la filosofía del AMI es bastante clara: pretende,<br />
ante todo, dejar las manos libres a las empresas<br />
transnacionales, a la vez que ata a los Estados<br />
que se convertirían en sujetos pasivos frente a<br />
las empresas que se instalasen en su territorio.<br />
Estamos entonces haciendo frente a la primera fase<br />
de un “mundo corporativizado”.<br />
La empresa Bechtel demandó a Bolivia porque,<br />
como resultado de la lucha popular en 2000 y 2001,<br />
en la que se conoció como “guerra del agua”, derogó<br />
la privatización del líquido. La Bechtel perdió porque<br />
Bolivia ni había firmado el TLC con Estados Unidos,<br />
ni tenía una ley como la 963 de 2005 de Colombia<br />
que protege a los grandes capitalistas del cambio de<br />
las leyes, ni tenía ningún estatuto como el que pretende<br />
la oligarquía de Santa Cruz.<br />
El proyecto de Estatuto del Departamento Autónomo<br />
de Santa Cruz pretende un régimen económico<br />
y financiero propio del departamento (art. 40) que<br />
incluya la regulación laboral; la gestión de las telecomunicaciones,<br />
de manera que puedan evadir la<br />
renacionalización de la empresa Entel, que estaba<br />
en poder de una transnacional italiana, y la gestión<br />
de los recursos naturales, sobre los que no solamente<br />
se debate cuántas regalías le corresponden al departamento<br />
frente al Estado central, los municipios<br />
y las comunidades indígenas y campesinas en cuyo<br />
territorio se encuentra el recurso, sino se discute si<br />
el departamento tiene facultades legislativas, reglamentarias<br />
y ejecutivas sobre los recursos no renovables<br />
(art. 7 num. 12).<br />
Los departamentalistas pretenden además la competencia<br />
ejecutiva en el otorgamiento de la propiedad<br />
intelectual, tema que ha causado precisamente<br />
la ruptura de la Comunidad Andina con la imposición<br />
de Estados Unidos a Colombia y Perú la patente<br />
de seres vivos, y que resulta especialmente grave<br />
cuando el departamento pretende tener facultades<br />
legislativas sobre la diversidad biológica (art. 6).<br />
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editorial Puntos de vista indÍGenAS de AMÉRicA Actualidad documentos<br />
[ Héctor Mondragón ]<br />
Junio de 2008