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Preguntas relacionadas con Sección <strong>SI</strong> 6 – Resistencia al fuego de la estructuraReferenciaAsuntoPreguntaRespuestaprevistas…”, ¿Se refiere exclusivamente a la estructura principal (vigas,jácenas…) o a toda la estructura, tanto principal (vigas, jácenas…)como secundaria (viguetas, correas)?Se refiere a la estructura principal; a la secundaria no se le exige resistenciaal fuego R.No obstante, hay que tener en cuenta que la diferencia entre estructuraprincipal y secundaria no siempre es nítida. En estructuras de jácena ycorrea, puede estar más o menos claro, pero cuando existen tres rangosde elementos estructurales (cosa relativamente frecuente en estructurametálica) surge la duda de si los elementos del rango intermedio son, aestos efectos, estructura secundaria o principal. Incluso con jácenas muyseparadas y correas de mucha luz y sección importante, cabría plantearsesi estas son elementos secundarios.En tales casos de duda hay que aplicar el criterio que se establece en <strong>SI</strong>6-4: se consideran elementos secundarios aquellos cuyo colapso en casode incendio (teniendo en cuenta el momento en el que dicho colapso podríatener lugar) no puede ocasionar daños personales o comprometer laestabilidad global, la evacuación o la compartimentación en sectores deincendio.<strong>SI</strong> 6-3Resistencia al fuego suficiente desuelos y escaleras<strong>SI</strong> 6-3Resistencia al fuego de la estructurade escaleras exteriores.¿Se debe considerar que todo suelo es un elemento estructuralprincipal y que por ello debe necesariamente garantizar una resistenciaal fuego conforme a la tabla 3.1 de <strong>SI</strong> 6-3?No necesariamente. No precisan garantizar resistencia al fuego aquellossuelos y escaleras cuyo colapso ante la acción directa del incendio nopueda ocasionar daños a los ocupantes, ni comprometer la estabilidadglobal de la estructura, la evacuación o la compartimentación en sectoresde incendio del edificio. Tal puede ser el caso de determinadas entreplantas,de suelos o escaleras de construcción ligera, etc.No obstante, todo suelo que, por no serle aplicable lo anterior, deba garantizarresistencia al fuego conforme a la tabla 3.1 de <strong>SI</strong> 6-3, debe seraccesible al menos por una escalera que, o bien garantice la resistenciaR exigible a dicho suelo, como mínimo, o bien sea protegida.¿Se puede deducir de <strong>SI</strong> 6-3.3 que la estructura portante de una escaleraabierta al exterior apta como escalera especialmente protegida noprecisa garantizar ninguna resistencia al fuego?Cuando se trate de una escalera exterior al edificio y sin recinto, apta comoescalera especialmente protegida y considerada como tal (no es obligatoriohacerlo, si no es necesario) hay que tener en cuenta que sus puntos (lo queincluye a su estructura) tienen que cumplir las distancias respecto de loshuecos en fachada que se exigen en <strong>SI</strong> 2-1, las cuales permiten, en general,que dicha estructura no precise garantizar ninguna resistencia al fuego.En caso de duda, o bien cuando la escalera exterior no se considere especialmenteprotegida y por tanto no precise cumplir y de hecho no cumplalas distancias antes citadas, para determinar la resistencia al fuego necesariaen sus elementos estructurales hay que proceder como con cualquierelemento estructural exterior, cuya R debe ser función de la separación yposición respecto de los huecos de fachada a través de los cuales se lespueda transmitir la acción térmica del incendio debida a la acción directa dellama y/o a la radiación.43