12.07.2015 Views

CAPÍTULO X § 1. Concreción del cargo. - SPIJ

CAPÍTULO X § 1. Concreción del cargo. - SPIJ

CAPÍTULO X § 1. Concreción del cargo. - SPIJ

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICASALA PENAL ESPECIAL_____________________________________________________________________EXP. Nº A.V. 19 – 2001Parte II – Capítulo XPosteriormente, el dos de noviembre de mil novecientos noventa ytres la revista SI publicó otro reportaje identificando el lugar de laejecución y de las primeras fosas. La Fiscalía constató la información yhalló restos de cadáveres y efectos personales que fueronreconocidos por los familiares de las víctimas, así como cartuchos deretrocarga, casquillos y proyectiles.12) Que, en función a lo expuesto, el Estado fue responsable de laviolación <strong>del</strong> derecho a la vida de los agraviados. Además, demanera sistemática y <strong>del</strong>iberada se negó a los familiares de lasvíctimas las garantías judiciales mínimas al ocultar información ymedios para conocer el destino de los desaparecidos. También semanipuló los poderes públicos al recurrir, en mil novecientos noventay tres, al Congreso y al Consejo Supremo de Justicia Militar parapromulgar y aplicar leyes inconstitucionales a fin de evitar la sanciónpenal de los responsables de los crímenes y de altos mandos <strong>del</strong>Ejército involucrados en estos hechos.519°. El Informe sobre la situación de los Derechos Humanos en Perú, de laComisión Interamericana de Derechos Humanos <strong>del</strong> doce de marzo de milnovecientos noventa y tres dio cuenta de lo siguiente:A. La Comisión observó con especial atención el estado de los derechosen el Perú durante un prolongado periodo. Así, adoptó un conjuntode Informes sobre casos individuales en el curso de los años milnovecientos ochenta y ocho –catorce casos–, mil novecientosochenta y nueve –dos casos–, y mil novecientos noventa y milnovecientos noventa y uno –cincuenta y un casos– en los que dacuenta de la responsabilidad el Estado peruano por gravesviolaciones a los derechos humanos.B. Como consecuencia de la invitación <strong>del</strong> Gobierno <strong>del</strong> Perú se realizóuna visita desde el veintiocho al treinta y uno de octubre de milnovecientos noventa y uno, precedida de una comisión preparatoriaejecutada a inicios de septiembre de ese año.C. En los momentos inmediatamente posteriores al cinco de abril de milnovecientos noventa y dos –con motivo de la instauración <strong>del</strong> Gobiernode Emergencia y Reconstrucción Nacional, luego de la interrupción <strong>del</strong>sistema democrático– se produjeron detenciones de connotadosopositores, de miembros <strong>del</strong> Congreso, <strong>del</strong> periodista Gustavo Gorriti,de miembros de la Asociación de Abogados Democráticos y sesometió a arresto domiciliario a los presidentes de las CámarasLegislativas, así como <strong>del</strong> vocal supremo Doctor Horacio Valladares,de un grupo de civiles no identificados, <strong>del</strong> señor Andrés de los Ríos,militante aprista.D. Entre el seis y el nueve de mayo pasado se produjo la muerte de unelevado número de prisioneros acusados de actividades terroristasalojados en el Establecimiento Penal “Miguel Castro Castro”. Por otrolado, se denunció la desaparición de ocho personas que habríaocurrido el dos de mayo de mil novecientos noventa y dos en la- 436 -

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!