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CAPÍTULO X § 1. Concreción del cargo. - SPIJ

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICASALA PENAL ESPECIAL_____________________________________________________________________EXP. Nº A.V. 19 – 2001Parte II – Capítulo XDesde esta perspectiva no es de extrañar –y, por el contrario, confirmalo que se ha concluido– tanto la difusión de notas periodísticas que señalabanel nivel de involucramiento en los hechos de la inteligencia militar y de losaltos mandos castrenses, cuanto la divulgación de notas de inteligencia yde denuncias de grupos de oficiales desafectos con la política institucional<strong>del</strong> Ejército impuesta por los altos mandos atribuidas a fuentes militares eincluso de inteligencia que proporcionaron información coincidente en suesencia con lo ya relatado [Comaca y León Dormido].533°. Un dato que es necesario determinar es si la orden que recibió el jefeoperativo <strong>del</strong> Destacamento Colina, mayor EP Martin Rivas, era matar o,simplemente, detener a las víctimas de La Cantuta.El AIO Sosa Saavedra afirmó que la orden, transmitida inicialmentepor el coronel EP Federico Navarro Pérez, era detener, según se lo hizo saberel propio Navarro Pérez; que fue por ello que no llevó picos, palas ni calpara la operación; y que en el camino a la Universidad La Cantuta tuvo unaltercado con el mayor EP Martin Rivas porque anunció de la eliminaciónfísica de los presuntos subversivos, lo que incluso dio lugar a que se proveade palas en la Universidad cuando se producía la intervención a lasvíctimas. Esa versión, parcialmente, es corroborada por el AIO Tena Jacintocuando expresó que cuando se retiraban de la Universidad, a la altura deÑaña sonó el celular <strong>del</strong> mayor EP Martin Rivas y pudo escuchar que estecontestaba: “Abuelo, el trabajo ya está terminado”, a la vez que acontinuación exclamó “quiere que entregue a estos animales a la DIRCOTE.Yo no voy a trabajar para la policía, ya le he dicho que el trabajo estáterminado” –escena que, por cierto, no reconoce Sosa Saavedra–. El AIO SauñePomaya ratifica esa cita y afirma que también escuchó esa conversacióntelefónica. El AIO Ortiz Mantas, según aparece en la sentencia decolaboración eficaz, mencionó que el AIO Chuqui Aguirre –aunque en elacto especificó que era el AIO Tena Jacinto– le dijo, en el camino a laUniversidad, cuando se detienen cerca de Huachipa, que la orden quetenían eran detener a los subversivos, aunque él no escuchó ningún cambiode orden.Empero, si se revisa la admisión <strong>del</strong> mayor EP Martin Rivas al periodistaHumberto Jara, éste involucra en la operación al general EP Pérez Documete indica que la muerte de los agraviados fue consecuencia inevitable de loshechos. Además, el teniente EP Portella Núñez precisó que si bien tuvo lugaresa llamada telefónica que atendió el mayor EP Martin Rivas, no pudoescuchar su contenido, y menos pudieron hacerlo quienes estaban en elvehículo, además en ningún momento, al regresar, el mayor EP Martin Rivasmencionó el contenido de la llamada ni hizo algún comentario. VeraNavarrete, asimismo, acota que no escuchó la conversación telefónica deMartín Rivas pero sí le ordenó detenerse para hacerlo.Asimismo, el AIO Chuqui Aguirre expresó que no tuvo conocimientode la orden para impedir la ejecución –Sosa Saavedra sólo le comentó que sehabía olvidado de las palas y de la cal y que tuvo un problema con Martin Rivas–.El AIO Atuncar Cama es más enfático, pues expresó que Sosa Saavedra lerefirió que la operación en La Cantuta, donde irían, era para matar a los- 447 -

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