12.07.2015 Views

jurisprudencia comentada - AELE

jurisprudencia comentada - AELE

jurisprudencia comentada - AELE

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

INFORME TRIBUTARIO ADUANERObre Valoración en Aduana de la OMC, el importador, previasolicitud presentada dento de los diez (10) días hábiles siguientesa la notificación de la determinación del valor en aduana dela mercancía, tiene derecho a recibir de la Administración Aduanera,por escrito, una explicación del método según el cual seha determinado el valor en Aduana de las mercancías contenidasen su declaración.En base a la experiencia de otros países, se preveé que losmétodos más recurrentemente aplicables serán los de de Valorde Transacción de las Mercancías Importadas, del Valor de Transacciónde Mercancías Idénticas y el del Valor de Transacciónde Mercancías Similares.LA ADUANA PERUANA FRENTE A LOS CAMBIOSDe una evaluación respecto a la situación de la Aduanaperuana frente a los cambios y exigencias del Comercio Internacionalactual, se desprende que en la Aduana se han adecuadoy rediseñado los formatos para la implementación y sistematizaciónde la Declaración, (así, actualmente tenemos ladenominada Declaración Unica de Aduanas (1) que unifica loque anteriormente eran la Declaración Unica de Importacióny, de otro lado, la Declaración Unica de Exportación) y losInformes de Verificación que se trasmitirán vía teledespacho, locual permite agilizar las labores durante el Despacho de lasmercancías.Asimismo, se continúa con las funciones de Inspección previaal embarque realizada por las Empresas Verificadoras, quienestrasmitirán en línea a la Aduana los resultados de las verificacionesmediante «Informes de Verificación» en sustitución delos Certificados de Inspección emitidos en virtud al sistema devaloración anterior.De otro lado, se ha fortalecido el Sistema Integrado de GestiónAduanera - SIGAD con la implementación del Subsistemade Verificación de Precios - SIVEP el cual facilita la labor de losespecialistas de las Aduanas Operativas, quienes retransmitenen forma inmediata a los Inspectores de Fiscalización los casosque ameriten acciones de verificación posterior y que generen,en primera instancia, dudas razonables respecto a la aceptaciónde Valores Provisionales en Aduana.En materia de capacitación, Aduanas viene realizando unacampaña integral en el ámbito nacional para el personal de lasIntendencias de Aduanas Operativas y para los distintos Operadoresde Comercio Exterior, quienes cumplen un rol muy importantedentro del Acuerdo.Finalmente, es preciso señalar que la Aduana Peruana ha asumidoun nuevo reto adoptando principalmente nuevos procedimientosy la capacitación oportuna que permitirá afrontar los cambiosque origina la aplicación del Acuerdo sobre Valoración Aduanerade la OMC en la Administración Aduanera.–––––––––(1) En aplicación de la Resolución de Intendencia Nacional Nº 000ADT/2000-001272, publicada el 10 de mayo último, la Declaración Unica de Aduanas(DUA) es utilizada a partir del 05 de junio del presenta año.MESEneroFebreroMarzoAbrilMayoJunioJulioAgostoSetiembreOctubreNoviembreDiciembreÍndice de Precios - INEIA. Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana y Variación PorcentualÍNDICE PROMEDIO MENSUALVARIACIÓN PORCENTUALBase Año 1994 =100.00MENSUALACUMULADA ANUAL (1)AÑO 97(*) 98 99 2000 97 98 99 2000 97 98 99 2000 97 98 99130.21130.33131.99132.50133.50134.95136.07136.38136.77136.98137.09137.96139.21140.93142.79143.66144.52145.28146.19146.58145.79145.30145.35146.25146.27146.73147.63148.50149.20149.47149.86150.12150.81150.63151.04151.70151.80152.53153.36154.14154.170.480.091.270.390.761.090.830.230.290.150.080.640.911.231.320.610.590.530.630.26-0.54-0.330.030.620.010.310.610.590.470.180.260.170.46-0.120.280.430.070.480.540.510.020.480.571.852.253.024.145.005.245.555.715.796.460.912.153.504.134.755.315.976.255.685.325.356.010.010.330.941.542.022.202.472.643.122.993.283.730.070.551.091.611.6311.009.429.318.798.819.488.908.148.107.487.076.466.918.138.188.428.267.667.447.486.606.076.036.015.074.123.393.373.242.882.512.423.443.673.913.7320003.783.953.883.803.33(1) Respecto al mismo mes del año anterior. Fuente: INEI - Dirección General de Indicadores Económicos y Sociales - Dirección de Índices. (*) Año Base 1994 = 100AÑOMESEneroFebreroMarzoAbrilMayoJunioJulioAgostoSetiembreOctubreNoviembreDiciembreB. Índice General de Precios al Por Mayor (IPM) a Nivel Nacional y Variación PorcentualNúmero ÍndiceVARIACIÓN PORCENTUAL19992000MENSUAL ACUMULADA DOCE MESESBase 1990 Base 1994 Base 1990 Base 1994 1998 1999 2000 1998 1999 2000 1998 1999 20001576.9133401595.0510571605.2257681614.5138821617.3924591619.2492111628.3400271630.2542051637.9341461646.2598611654.4853551661.207974141.940326143.572929144.488770145.324807145.583912145.751041146.569319146.741617148.182310147.432900148.922699149.5278121662.5709671668.5724891674.9266781682.4440951684.858598149.650497150.190703150.762653151.439307151.6566400.130.921.160.310.350.280.770.600.450.060.060.050.131.150.640.580.180.110.560.120.470.510.500.410.080.360.380.450.141.282.223.413.724.094.395.205.826.306.366.426.470.131.281.932.522.702.823.393.514.004.535.055.480.080.440.831.281.425.986.958.038.047.366.927.427.857.987.686.886.475.265.494.945.235.054.874.654.154.174.645.105.485.434.614.344.214.17JUNIO 2000 21

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!