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subcontratación en sectores industriales chilenos - Industriall

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PIB por clase de actividad económica anual, volum<strong>en</strong> aprecios 2011 <strong>en</strong>cad<strong>en</strong>ado millones de pesos <strong>en</strong>cad<strong>en</strong>adosActividad económica 2011Minería 12.533.060Electricidad, gas y agua 3.540.046Química, caucho y plástico 1.663.554Productos metálicos, maquinaria y equipos y otros 1.590.864Celulosa, papel e impr<strong>en</strong>tas 1.487.778Minerales no metálicos y metálica básica 1.028.536Refinación de petróleo 550.267Textil, pr<strong>en</strong>das de vestir y cuero 381.157Elaboración propia a partir de datos del Banco C<strong>en</strong>tralDERECHOS FUNDAMENTALES DETRABAJADORES Y TRABAJADORASA 34 años del Plan Laboral de la dictadura,cuyos cimi<strong>en</strong>tos legales se manti<strong>en</strong><strong>en</strong>, larealidad laboral muestra que <strong>en</strong> Chile 9 de 10trabajadores no negocia colectivam<strong>en</strong>te yqui<strong>en</strong>es logran hacerlo, ti<strong>en</strong><strong>en</strong> un derecho ahuelga reducido a su mínima expresión, bajo elacecho constante del personal de reemplazo <strong>en</strong>el período del conflicto; los resultadoseconómicos de la negociación colectiva, nosiempre superan el alza del IPC y qui<strong>en</strong>es lologran se ubican <strong>en</strong> promedio <strong>en</strong> una cifram<strong>en</strong>or al 1% de reajuste real.Esta realidad ha llevado a que desde 2003hasta el 2010, la participación de lasremuneraciones <strong>en</strong> la riqueza producida delpaís ha desc<strong>en</strong>dido de 41,2% a 35,8%, segúnse despr<strong>en</strong>de del informe de Cu<strong>en</strong>tasNacionales 2012 del Banco C<strong>en</strong>tral, mi<strong>en</strong>tras <strong>en</strong>países desarrollados la participación de lasremuneraciones <strong>en</strong> el Producto es superior al60%. Una mirada económica no oficial 2 indicaque trabajadores y trabajadoras dejaron depercibir por esta causa unos US$14 mil millonesdurante el año 2010.A lo anterior se debe agregar múltipleslimitaciones a los procesos de constitución desindicatos y sus posibilidades de ejercer suderecho a negociación, que se manti<strong>en</strong>ecircunscrito al ámbito de la empresa o razónsocial, impidiéndose negociaciones por holdingo sectoriales.Esta negación de derechos se agrava conla posibilidad de que grupos negociaciones, al2 Orlando Caputo Leiva. Economista U de Chile,Investigador CETES(C<strong>en</strong>tro de Estudios sobre Transnacionalización, Economía y Sociedad) ydel Grupo de Economía Mundial de CLACSO y de la REDEM. GracielaGalarce Villavic<strong>en</strong>cio.Economista U de Chile, Magíster <strong>en</strong> Ci<strong>en</strong>ciasSociales–FLACSO, Investigadora CETES.2marg<strong>en</strong> del sindicato puedan realizarnegociaciones colectivas bajo la modalidad deConv<strong>en</strong>ios y no Contratos Colectivos. LosConv<strong>en</strong>ios Colectivos están permitidos comouna segunda modalidad por la normativalaboral.Los Conv<strong>en</strong>ios, según indica la DT 3 , ti<strong>en</strong>edifer<strong>en</strong>cias con el Contrato Colectivo <strong>en</strong>términos de plazos ya que puede iniciarse <strong>en</strong>cualquier mom<strong>en</strong>to, aun cuando <strong>en</strong> la empresaexista un instrum<strong>en</strong>to colectivo vig<strong>en</strong>te; no se<strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tra sujeto a restricciones de ningunanaturaleza; no existe la instancia para reclamarsobre la respuesta del empleador; no hayderecho a fuero para los trabajadoresinvolucrados; no obliga a negociar al empleadorni a suscribir un instrum<strong>en</strong>to colectivo; sinderecho a huelga ni lock-out, <strong>en</strong>tre otras.Estas características del conv<strong>en</strong>iofavorables a la empresa se han vuelto unapráctica, es más, a cambio de algunos bonos, laempresa inc<strong>en</strong>tiva el uso de esta modalidad <strong>en</strong>desmedro de la negociación colectiva regladaque lleva a la suscripción de un contratocolectivo.Para la superación de todas estaslimitaciones se hace necesario un nuevo tratolaboral, que requiere el pl<strong>en</strong>o funcionami<strong>en</strong>to <strong>en</strong>el país de los conv<strong>en</strong>ios fundam<strong>en</strong>tales de laOIT, parti<strong>en</strong>do por aquellos que garantizan losderechos a sindicalización y a negociacióncolectiva, además de los que garantic<strong>en</strong> laigualdad y la no discriminación y la seguridad ysalud <strong>en</strong> el trabajo.Estas informaciones contribuy<strong>en</strong> con lainterpretación del contexto <strong>en</strong> el cual sedes<strong>en</strong>vuelve la subcontratación <strong>en</strong> Chile.SUBCONTRATACIÓNEn las últimas décadas <strong>en</strong> el país se haconsiderado los negativos efectos de lasubcontratación <strong>en</strong> la calidad del empleo, lascondiciones de trabajo y el ejercicio dederechos personales y colectivos detrabajadores y trabajadoras.El conflicto <strong>en</strong>tre la visión pro-crecimi<strong>en</strong>to yla pro-derechos laborales ha quedado demanifiesto con la ley de subcontratación. Tantola discusión, aprobación y aplicación de esta leydejaron <strong>en</strong> evid<strong>en</strong>cia las notables difer<strong>en</strong>ciaspolíticas <strong>en</strong>tre empresarios y trabajadores y3 Ver http://www.dt.gob.cl/consultas/1613/w3-article-62080.html

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