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Guia_general_para_la_planeacion_ejecucion_23_AGO_2011.pdf

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Las funciones de <strong>la</strong> interventoría de obra no deben limitarse únicamente a lo administrativo y técnico,sino que también deben abarcar los aspectos jurídicos, entendiendo que <strong>la</strong> ejecución de unproyecto se hace dentro de un marco legal y jurídico establecido, vigente al momento de <strong>la</strong> ejecuciónde <strong>la</strong>s obras, por lo que se deberá garantizar que todas <strong>la</strong>s actividades del contratista se enmarquendentro de dicha realidad jurídica, que en nuestro caso es <strong>la</strong> ley y jurisprudencia colombianas. (MaldonadoC. José A. Manual Guía de Interventoría de Obra. Bucaramanga. 2000.)En ese sentido, a continuación se transcribe textualmente el numeral 2 del artículo 32 de <strong>la</strong> Ley80 de 1993 que trata sobre los contratos de consultoría dentro de los cuales se encuentran los deinterventoría:2. Contrato de consultoría:“Son contratos de consultoría los que celebren <strong>la</strong>s entidades estatales referidos a los estudiosnecesarios <strong>para</strong> <strong>la</strong> ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidado factibilidad <strong>para</strong> programas o proyectos específicos, así como a <strong>la</strong>s asesorías técnicas decoordinación, control y supervisión.Son también contratos de consultoría los que tienen por objeto <strong>la</strong> interventoría, asesoría, gerenciade obra o de proyectos, dirección, programación y <strong>la</strong> ejecución de diseños, p<strong>la</strong>nos, anteproyectosy proyectos.Ninguna orden del interventor de una obra podrá darse verbalmente. Es obligatorio <strong>para</strong> el interventorentregar por escrito sus órdenes o sugerencias y el<strong>la</strong>s deben enmarcarse dentro de lostérminos del respectivo contrato.”Recuerde que toda obra cuya selección de contratista se haya hecho a través de contratación pública,en <strong>la</strong> que se ejecuten dineros del erario público, debe contratar <strong>la</strong> correspondiente interventoríatécnica, administrativa y financiera que permita hacer un adecuado seguimiento de <strong>la</strong> calidad, pertinencia,manejo administrativo, manejo financiero y costos de <strong>la</strong>s obras, de acuerdo con <strong>la</strong>s cláusu<strong>la</strong>sdel contrato suscrito entre el municipio (contratante) y el constructor (contratista). Dependiendodel costo estimado de <strong>la</strong> interventoría se determinará <strong>la</strong> modalidad del proceso de contratación.Es usual que <strong>la</strong> entidad cofinanciadora o socio donante quiera contratar directamente <strong>la</strong> interventoríadel contrato de obra, con el fin de tener un mejor y más adecuado control de <strong>la</strong> ejecución tanto de<strong>la</strong>s obras como de sus recursos.81

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