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POLÍTICA DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD

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necesario al adoptar las rutas definir conjuntos mínimos de información que los<br />

diferentes agentes deben disponer para gestionar el riesgo de acuerdo con los<br />

objetivos de salud contenidos en las mismas.<br />

En algunos casos, para las enfermedades y condiciones de interés en salud pública<br />

la Gestión Integral del Riesgo en Salud debe atender lineamientos de carácter<br />

nacional, en otras cosas, debe integrarse con las prioridades definidas en los Planes<br />

Territoriales de Salud. En todo caso las GIRS, deben basarse en los grupos de riesgo<br />

y en los requerimientos de las RIAS.<br />

3.2.4 Delimitación Territorial del Modelo Integral de Atención en Salud<br />

La operación del MIAS debe adaptarse a las diferentes condiciones de los territorios,<br />

entendidos estos como la unidad básica en la cual se integran el Sistema de Salud y<br />

los agentes del SGSSS e implica una asignación poblacional del aseguramiento y la<br />

prestación de los servicios de salud, las cuales incluyen las características<br />

diferenciales de la demanda (sociales, geográficas, étnicas, de genero) y de la oferta<br />

en cuanto a la disponibilidad efectiva de servicios.<br />

Para hacer una operación efectiva del MIAS es necesario armonizar las funciones de<br />

los dos tipos de entidades territoriales, municipio y departamento, con las escalas<br />

requeridas para garantizar la efectividad del Modelo. Esto implica la homologación en<br />

el encuadre territorial del modelo y de la operación de los tres agentes del sistema<br />

(Ente territorial, EAPB y Redes de prestación) con la población del territorio. La<br />

operación de las redes integrales de prestadores de servicios de salud debe<br />

considerar el ámbito territorial (Departamento o Distrito) para garantizar las<br />

condiciones de disponibilidad, suficiencia, y completitud. El aseguramiento debe<br />

garantizar una operación y habilitación departamental con el fin de integrar las<br />

escalas y procesos de la red integral de prestadores de servicios de salud habilitada<br />

en el ámbito territorial (Departamento o Distrito) donde está la aseguradora<br />

autorizada para operar.<br />

En cuanto a las funciones y recursos de salud pública, estos recaen con<br />

preponderancia en los municipios, lo cual acarrea dificultades para disponer de<br />

escalas costo efectivas para muchas intervenciones colectivas. El plan departamental<br />

de salud debe considerar estas limitaciones y plantear intervenciones integradas<br />

entre municipios para mejorar costo efectividad en las intervenciones que evidencien<br />

ese tipo de problemática.<br />

El nuevo modelo de atención reconoce tres tipos de ámbitos territoriales:<br />

Ámbitos territoriales urbanos: son aquellos donde existe alta agregación de<br />

población en condiciones de densidad y accesibilidad geográficas a los servicios de<br />

salud pues la demanda se ubica especialmente en la inmediación de la oferta, la<br />

oferta es suficiente en los diferentes segmentos tecnológicos, y no existen barreras<br />

relevantes en la distancia entre los servicios y la población. Desde la oferta la<br />

competencia entre aseguradoras y entre prestadores de servicios de salud genera<br />

ganancias de bienestar, en donde la libertad de elección puede modular las<br />

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