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POLÍTICA DE ATENCIÓN INTEGRAL EN SALUD

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Esto implica que las redes, para su planificación, dimensionamiento, desarrollo e<br />

implementación, deben tener explícitos los criterios y procesos que propicien una<br />

prestación de servicios de salud configurada desde los requerimientos de la demanda<br />

y su correspondiente arreglo institucional y no al arbitrio de los agentes<br />

institucionales del Sistema.<br />

Cada RED debe consolidarse para una población y un entorno territorial de referencia,<br />

su conformación debe sustentarse en los resultados del ASIS del territorio, la<br />

caracterización de las aseguradoras y debe atender las prioridades del Plan Territorial<br />

de Salud. Por esta razón, su proceso de configuración debe incorporar los conceptos<br />

del Asegurador en cuanto a los riesgos individuales de la población asegurada, los de<br />

la entidad territorial frente a los determinantes y riesgos colectivos de las poblaciones<br />

y del conjunto de prestadores en lo concerniente a los procesos de gestión clínica de<br />

pacientes, referencia y contra referencia dentro de la propia red.<br />

Toda red integral deberá tener dos componentes prestacionales:<br />

Componente primario de prestación, encargado de la prestación de las acciones<br />

individuales, colectivas y poblacionales en salud, definidas como primarias de<br />

acuerdo a las RIAS, para la resolución de los eventos más frecuentes, a nivel<br />

personal, familiar y comunitario, durante todos los momentos del curso de la vida y<br />

en los diferentes entornos, en un ámbito geográfico cercano a la población, e<br />

incorporando la tecnología necesaria y disponible , con pertinencia socio cultural, con<br />

servicios de baja y mediana complejidad. Gradual y progresivamente, este<br />

componente deberá resolver mínimo el 80% de los problemas de salud de la<br />

población<br />

El componente primario deberá estar conformado y organizado de la siguiente<br />

manera:<br />

<br />

Como un conjunto de servicios habilitados (servicios primarios) por diferentes<br />

prestadores (públicos, privados o mixtos) en un territorio, que como<br />

contribuyen a la adecuada operación de las redes organizadas y gestionadas<br />

por los aseguradores y entidades territoriales, de acuerdo a su función de<br />

atención integral en salud, para su población objeto.<br />

<br />

Como prestadores primarios habilitados (públicos, privados o mixtos), es decir,<br />

que cuentan con el conjunto de procesos y servicios primarios habilitados, y<br />

cumplan además con los estándares y criterios definidos por el MSPS para dar<br />

alcance a los objetivos planteados, para la atención integral en salud en lo<br />

concerniente al componente primario de la red (capacidades y condiciones<br />

soportadas en instrumentos, procesos, procedimientos e insumos); y que<br />

contribuyen a la adecuada operación de las redes organizadas y gestionadas<br />

por los aseguradores y entidades territoriales para asegurar la atención<br />

integral de acuerdo a sus competencias.<br />

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